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Ayudas a la contratación de Cantabria al hacer contrato de formación

Ayudas a la contratación de Cantabria al hacer contrato de formación

Ayudas a la contratación de Cantabria al hacer contrato de formación.

Os queremos informar de otra subvención a la contratación que se ha aprobado recientemente. En este caso, se trata de una subvención a la contratación de la Comunidad de Cantabria, regulada en la Orden INN/14/2013, de 19 de Abril, para el fomento del empleo en el sector de la distribución comercial durante el año 2013.

  • Cuantía de la subvención: 70% de las retribuciones brutas anuales, con un límite de 4.500 euros por cada contratación.
  • Requisitos:
  1. Empresa con plantilla igual o inferior a 20 empleados.
  2. El establecimiento donde vaya a trabajar el empleado debe pertenecer a la Comunidad de Cantabria.
  3. Su actividad esté incluida en los siguientes epígrafes del IAE: Agrupación 64 y 65, Grupos 661.3, 662, 663, 691.1, 755, 856, 971, 972, 973.1, 973.3 y 975.
    En general, podrán acogerse las empresas cuya actividad principal sea de carácter minorista, que les faculte para la venta al detalle, siempre que dispongan de una superficie dedicada a exposición y ventas.
  4. Formalizar un contrato de formación durante 1 año con desempleados empadronados en Cantabria.
  5. Incrementar su plantilla con respecto al año anterior, como mínimo, por la mitad del número de contratos a subvencionar. Si es de nueva creación, se toma como fecha su inicio.
  • Se excluyen:
  1. Relaciones laborales de carácter especial.
  2. Contrataciones a cónyuge o familiar de hasta segundo grado.
  3. Trabajadores que hayan trabajado en la misma empresa hasta 24 meses antes.
  4. Trabajadores que no figuren inscritos en alguna Oficina de Empleo de Cantabria en el momento de su contratación.
  • Compatibilidades:
    Esta subvención es compatible con cualquier otra ayuda procedente de otras entidades públicas o privadas, excepto de las procedentes del Gobierno de Cantabria.
  • Plazo: Como máximo hasta el 16 de Octubre de 2013.
  • Pago: Una vez concedida la subvención, se recibirá el 75% de forma anticipada, y el 25% restante, durante el año 2014, una vez que el beneficiario haya justificado la contratación subvencionada. No se podrá recibir la subvención si la empresa tiene deudas con la Agencia Tributaria, Seguridad Social o Comunidad Autónoma.
  • Solicitudes: Debe presentarse el modelo oficial en el Registro Delegado de la Dirección General de Comercio y Consumo, situado en la C/ Nicolás Salmeron, 7 (Santander).

Es una ayuda muy interesante, ya que además, la empresa se estaría beneficiando de una bonificación del 100% de los Seguros Sociales al contratar con un contrato de formación.

Si tenéis alguna consulta sobre el tema, podemos hablar en el 900 44 22 44 o chat online.

Subvención de la Comunidad Valenciana al contratar con contrato de formación

Subvención de la Comunidad Valenciana al contratar con contrato de formación

Subvención de la Comunidad Valenciana al contratar con contrato de formación

El pasado 5 de Junio, La Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo aprobó la Orden 18/2013, por la que se convocan diferentes programas para favorecer la contratación de jóvenes desempleados de la Comunidad Valenciana.

Entre otras medidas, han establecido un Programa de incentivos a la contratación para la formación y el aprendizaje.

A continuación os resumimos las claves de esta subvención:

  • Objeto de la subvención: Jóvenes menores de 30 años inscritos en el SERVEF al menos 3 meses ininterrumpidos previos a su contratación.
  • Tipo de contrato: Contrato de formación.
  • Duración mínima del contrato: 12 meses.
  • Cuantía de las ayudas: 2.000 euros, si se contrata a una mujer, 2.500 euros. Se pagarán en un solo plazo. Las solicitudes se resolverán en 6 meses por la dirección del SERVEF.
  • Beneficiarios: empresas privadas de la Comunidad Valenciana.
  • Quedan excluidos del programa:
  1. Jóvenes que hayan sido previamente contratados por la empresa con contrato indefinido.
  2. Jóvenes que hayan finalizado un contrato indefinido por mutuo acuerdo en los 3 meses previos a la  contratación.
  3. Contrataciones a través de ETT.
  4. Empresas que hayan cometido infracciones graves o muy graves.
  5. Empresas que hayan realizado un despido colectivo en los 12 meses anteriores, o hayan extinguido contratos por causas improcedentes.
  6. Contrataciones a familiares de hasta 2º grado o  pareja del empleador.
  • Las ayudas son incompatibles con cualquier otra subvención para el mismo fin.
  • Solicitudes: En un impreso normalizado, se dirigirán al SERVEF. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 2 meses desde la contratación.
    Acompañadas de la siguiente documentación:
  1. Identificación del solicitante o representante legal.
  2. Declaración responsable de no incurrir en alguna de las prohibiciones para recibir la subvención.
  3. Dos ejemplares de los datos de domiciliación bancaria.
  4. Copia de la solicitud de la actividad formativa.
  • Plazo máximo para solicitar la subvención: 30 de septiembre de 2013.

Es una opción muy interesante, ya que la subvención es compatible con la bonificación del 100% de los Seguros Sociales del contrato de formación.

Si tenéis alguna consulta sobre el tema, podemos hablar en el 900 44 22 44 o chat online.

 

Cómo solicitar las ayudas a la contratación de BBVA. Programa «Yo Soy Empleo»

Cómo solicitar las ayudas a la contratación de BBVA. Programa «Yo Soy Empleo»

Cómo solicitar las ayudas a la contratación de BBVA. Programa «Yo Soy Empleo»

Desde BBVA han impulsado la iniciativa «Yo Soy Empleo» para fomentar la contratación en nuestro país.

A través de su programa, se ofrece ayuda económica directa a las empresas que contraten trabajadores desempleados.

Hay dos tipos de ayuda:

  • 1.500 euros netos por trabajador contratado de forma temporal que cumpla los requisitos.
  • 3.000 euros netos por contratación indefinida.

Cada empresa puede solicitar hasta 10 ayudas.

Requisitos para optar a la ayuda:

  1. Empresa privada de menos de 250 empleados.
  2. Contratar a una persona desempleada, (al menos 2 meses en el paro).
  3. El nuevo empleado debe domiciliar su nómina en BBVA durante un año.
  4. El contrato mínimo debe ser de 1 año, mínimo 20 horas semanales. Quedando excluidos los contratos por obra o servicio.
  5. La contratación debe ser posterior al 2 de Febrero de 2013.
  6. Solicitar la ayuda 30 días después de la contratación.
  7. Estar al corriente de pagos con la Administración y no tener situación de mora con BBVA.

Si eres autónomo también puedes acogerte a esta ayuda, pero nunca se puede solicitar la ayuda en concepto de autoempleo.

Pasos para solicitar la ayuda:

  1. La empresa debe tener cuenta en BBVA.
  2. Registrarse en www.bbvacontuempresa.es.
  3. Contratar a la persona desempleada.
  4. Una vez comprobada la documentación, te envían un email con el plan de pagos de las ayudas.

Las ayudas se abonarán cada trimestre en la cuenta BBVA indicada por la empresa.

Plazo máximo: 31 de Diciembre de 2013.

Si estás pensando en contratar, esta ayuda es muy interesante. Además, puedes contratar con un contrato de formación, que cumple con todos los requisitos, y beneficiarte de una bonificación del 100% en los Seguros Sociales.

Si necesitas ampliar información, estamos a tu disposición en nuestro chat online o en el teléfono 900 44 22 44.

 

Las Claves del Programa «Accedemos» de la Fundación Mapfre

Las Claves del Programa «Accedemos» de la Fundación Mapfre

Las Claves del Programa «Accedemos» de la Fundación Mapfre.

La Fundación Mapfre ha puesto en marcha el Programa «Accedemos» de ayudas al empleo juvenil, con el fin de proporcionar una oportunidad de empleo profesional a los jóvenes de nuestro país, y de ofrecer ayuda, a su vez, a las empresas que necesitan contratar y no puedan.

La Fundación otorgará 600 ayudas de 500 euros mensuales, durante los 6 primeros meses de contrato, hasta un máximo de 3000 euros para la contratación de jóvenes en situación de desempleo.

A continuación os resumimos las 10 claves del Programa «Accedemos»:

  1. Tipo de Contrato: Contrato de formación y aprendizaje o contrato en prácticas.
  2. Duración mínima: 6 meses.
  3. Prórrogas: se puede prorrogar durante 6 meses si la empresa garantiza la contratación indefinida de ese trabajador.
  4. Máximo 3 solicitudes por empresa.
  5. Los jóvenes son seleccionados por la Fundación. Ofrece 3 candidatos a la empresa.
  6. La ayuda consiste en 500 euros mensuales (hasta un máximo de 3.000 euros), que se ingresan directamente al trabajador, como parte de su salario, en nombre de la empresa, teniendo dicha cantidad carácter de donación.
  7. Los jóvenes tendrán que hacer un curso sobre «Destrezas sociales» dirigido por la propia Fundación. Este curso no sustituye, en ningún momento, la formación propia del puesto al que se incorpora el joven.
  8. Incompatibilidades: el trabajador no puede percibir retribuciones por parte de otra empresa, prestación por desempleo o becas similares a esta ayuda.
  9. Requisitos:

 

Si eres empresa:

  • Estar registrada en España.
  • Ser una empresa privada de menos de 50 empleados.
  • No tener más de 10 millones de euros de facturación anual.
  • Acreditar estar al corriente de pago con la Seguridad Social y Administraciones Públicas.
  • No haber despedido a un trabajador desde el 1 de Abril de 2013.
  • Suscribir con la Fundación Mapfre el Convenio del Programa «Accedemos».
  • Ofrecer un puesto de trabajo que se corresponda con la finalidad del programa.
  • Asignar un tutor que supervise su formación.
  • Informar de la evolución del trabajador a la Fundación Mapfre.

 

Si quieres optar a las ofertas de empleo:

  • Edad: 18 a 30 años.
  • Estudios mínimos: Título E.S.O. o formación equivalente.
  • Ser demandante de empleo.
  • Pleno aprovechamiento de la formación que se les ofrece.[/li]

Plazos:

Para la empresas:

  • Solicitud del programa: fecha límite el 30 de Mayo de 2013. Programa Accedemos.
  • Fecha máxima para contratar: 30 de Septiembre de 2013.

Para los interesados en las ofertas:

  • Solicitud: desde el 3 de Junio hasta el 30 de Junio de 2013. Mediante la web: Programa Accedemos.

Si tenéis dudas, podemos chatear online en la página de Grupo 2000 o hablar en el teléfono 900 44 22 44.

Comparativa de los contratos bonificados

Comparativa de los contratos bonificados

Comparativa de los contratos bonificados. Te ofrecemos una tabla comparativa para que puedas ver las características de forma sencilla y ágil.

Tras el RD Ley 4/2013 existen nuevas figuras contractuales para incentivar la contratación de jóvenes desempleados: contrato para jóvenes a tiempo parcial, contrato indefinido para jóvenes y se ha mejorado el contrato de formación y aprendizaje.

Para poder comparar mejor estos contratos y ver sus características, hemos confeccionado la siguiente tabla con la comparativa de los contratos bonificados, para que a la hora de elegir entre uno u otro, tengáis en cuenta cuál aporta más beneficios a vuestra empresa.

Tabla comparativa de los contratos bonificados

Esta comparativa que hemos realizado contiene información de carácter general, si tu caso tiene alguna peculiaridad, estaremos encantados de solucionar tus dudas. Llámanos al 958 806 760, o charla con nosotros en nuestro chat Grupo 2000.

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