Obligaciones de autónomos sin empleados en prevención laboral
Frecuentemente surge la pregunta: ¿Los autónomos sin empleados tienen obligaciones en prevención de riesgos laborales?
La respuesta es sí. Aunque la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no se aplica de manera directa a las personas trabajadoras autónomas que no tienen empleados, estos profesionales deben tener en cuenta ciertas responsabilidades cuando prestan servicios en instalaciones de terceros.
A continuación, analizamos cuáles son las obligaciones de autónomos sin empleados en prevención laboral y solventamos tus dudas al respecto.
¿Tienen los autónomos sin empleados obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales?
Sí, los autónomos sin empleados también tienen obligaciones en materia de seguridad y salud laboral, como establece la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo.
Aunque no tengan personas empleadas, deben cumplir con las normativas de seguridad y salud que les sean aplicables, ya sea por ley o por contrato.
Es importante distinguir entre dos situaciones diferentes:
Autónomos que trabajan en su propia empresa y no tienen contacto con terceros
En este caso, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no se aplica.
No es necesario disponer de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales ni contratar a una empresa para evaluar posibles riesgos.
Sin embargo, la persona trabajadora autónoma debe asegurarse de utilizar materiales adecuados y seguir medidas de protección para realizar su trabajo de manera segura.
Autónomos que sí prestan servicios en instalaciones de terceros
Si una persona trabajadora autónoma ha sido contratada o subcontratada por una empresa para trabajar en sus instalaciones debe cumplir con las obligaciones de la Ley 31/1995.
Esto incluye la cooperación y coordinación con la empresa principal en la aplicación de la normativa de prevención de riesgos laborales.
En este contexto, tanto la empresa como el autónomo tienen la responsabilidad de intercambiar información e instrucciones sobre los riesgos presentes en el lugar de trabajo, así como sobre las medidas de protección y emergencia necesarias.
Además, si la empresa contrata al autónomo para realizar una actividad dentro de su centro de trabajo está obligada a supervisar que el autónomo cumpla con las normativas de prevención de riesgos laborales.
¿Cuáles son las responsabilidades del autónomo en materia de prevención de riesgos laborales?
Según el Real Decreto 171/2004, una persona trabajadora autónoma tiene varias obligaciones en cuanto a prevención de riesgos laborales, especialmente cuando trabaja en entornos compartidos con empleados de otras empresas.
Estas obligaciones incluyen:
- Informar a la empresa principal: la persona trabajadora autónoma debe informar a la empresa o empresas cuyos trabajadores se encuentren en el mismo lugar de trabajo sobre los riesgos específicos asociados a sus actividades.
- Proporcionar documentación relevante: la persona trabajadora autónoma debe entregar a la empresa una documentación completa.
Esta documentación debe incluir:
- La descripción de los riesgos y las medidas preventivas.
- Certificados de reconocimiento médico.
- Acreditación de formación e información sobre prevención de riesgos laborales.
- Un justificante del uso de equipos de protección individual, especialmente en el sector de la construcción según el Real Decreto 1627/1997.
Además, el autónomo tiene la responsabilidad de:
- Informar sobre accidentes de trabajo: debe notificar a las empresas cualquier accidente laboral que derive de los riesgos relacionados con su actividad.
- Comunicar situaciones de emergencia: está obligado a informar de manera inmediata cualquier situación que pueda comprometer la salud o la seguridad de las personas trabajadoras en el lugar de trabajo.
¿Cómo debe un autónomo implantar la prevención de riesgos laborales?
Las personas trabajadoras autónomas que tengan empleados o que estén sujetos a la normativa de coordinación de actividades empresariales deberán contratar a una empresa especializada para desarrollar e implementar un programa de prevención de riesgos laborales.
Multas a los autónomos por no prevenir los accidentes de trabajo
Las personas trabajadoras que no se capaciten para evitar que se produzcan accidentes de trabajo pueden ser sancionadas con multas de hasta 983.736 euros.
En los casos más graves, en los que se ponga en peligro la vida de una persona trabajadora, el autónomo podría enfrentarse a penas de prisión de hasta 3 años.
¿Deben formarse los autónomos en materia de riesgos laborales?
Aunque no existe una obligación como tal, es altamente recomendable que los autónomos se formen en prevención de riesgos laborales.
Esta formación, aunque no obligatoria, es esencial para garantizar la seguridad y salud en el desarrollo de sus actividades profesionales.
La formación en riesgos laborales no solo protege la integridad del autónomo, sino que también puede mejorar la eficiencia y productividad en su trabajo.
Una de las prácticas más recomendadas para las personas trabajadoras autónomas es la formación continua. Participar en cursos de formación sobre seguridad laboral y prevención de riesgos es esencial para mantenerse al día con las prácticas a aplicar en su sector.
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