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Ayudas de más de 600.000 euros para pymes y autónomos en Castilla y León

13 marzo, 2025
Ayudas de más de 600.000 euros para pymes y autónomos en Castilla y León

La Junta de Castilla y León tiene en marcha una línea de ayudas de más de 600.000 euros para pymes y autónomos de la región.

Esta iniciativa tiene como fin fortalecer el tejido empresarial, fomentar el crecimiento, la digitalización y la creación de empleo en un contexto económico con numerosos desafíos.

Te contamos qué requisitos debes cumplir para acceder a esta subvención:

 

¿En qué consisten estas ayudas para autónomos y pymes de Castilla y León?

Las subvenciones están dirigidas a pequeñas y medianas empresas, así como a trabajadores por cuenta propia, con el fin de promover la creación y consolidación de empresas mediante el fomento de la inversión y la generación de empleo.

Para acceder a estas ayudas la inversión a ejecutar deberá estar valorada entre 30.000 euros y 1.500.000 euros.

La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido, cuyo importe se calculará en función de los costes del proyecto de inversión y los criterios de valoración establecidos.

El porcentaje máximo de ayuda será del 35%, aunque en algunas provincias podrá ser superior:

  • Soria y Zamora: hasta un 40%.
  • Salamanca: hasta un 45%.
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¿Quiénes pueden solicitar la ayuda?

Podrán acceder a esta ayuda autónomos y pymes que realicen proyectos de inversión subvencionables dentro del territorio de Castilla y León.

Sin embargo, quedan excluidas del acceso a estas ayudas:

  • Comunidades de bienes.
  • Sociedades civiles.
  • Asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro.

 

¿Qué sectores son subvencionables?

Los proyectos de inversión deberán pertenecer a alguno de los siguientes sectores:

  • Industrias extractivas y transformadoras.
  • Servicios de apoyo industrial, como aquellos que mejoren los procesos de producción, la calidad o innovación del producto; la introducción de nuevas tecnologías y los servicios en sectores como las TIC; plataformas logísticas, recogida y valorización de residuos, entre otros.
  • Comercio al por mayor y comercio al por menor.
  • Establecimientos de alojamiento hotelero.
  • Turismo rural en establecimiento que cumplan los requisitos para ser clasificados como posadas y hotel rural.
  • Alojamientos turísticos en modalidad de camping.
  • Albergues turísticos.
  • Actividades de turismo activo realizadas por empresas autorizadas.
  • Restaurantes, siempre que estén debidamente clasificados.

 

Gastos y acciones subvencionables

Se podrán financiar las inversiones iniciales en activos materiales e inmateriales, entre las que se incluyen:

  • Terrenos y bienes inmuebles: adquisición de terrenos no edificados y edificados con un límite del 10% del gasto total subvencionables.
  • Obra civil y adquisición de bienes inmuebles, incluyendo:
    • Traídas y acometidas de servicios.
    • Urbanización y obras exteriores necesarias para el proyecto.
    • Construcción y acondicionamiento de oficinas, laboratorios, áreas de almacenamiento y edificios de producción.
  • Bienes de equipo, como:
    • Maquinaria de proceso.
    • Equipos de generación térmica.
    • Equipos de transporte interior y adaptación de vehículos especiales.
    • Equipos de medida y control.
    • Sistemas de seguridad y medioambientales.
  • Servicios de planificación y consultoría: ingeniería de proyecto y dirección facultativa de las obras.
  • Activos fijos materiales, incluyendo equipamiento informático, mobiliario de oficina, utensilios y herramientas necesarias para la prestación del servicio.
  • Activos inmateriales, como la adquisición de patentes, licencias de explotación o conocimientos técnicos no patentados, siempre que:
    • Se utilicen exclusivamente en el establecimiento beneficiario.
    • Sean elementos amortizables.
    • Se adquieran a terceros en condiciones de mercado.
    • Permanezcan en la empresa al menos tres años.

No serán subvencionables los gastos cuyo justificante individual sea inferior a 100 euros, ni las adquisiciones realizadas a entidades vinculadas, salvo autorización expresa.

 

Criterios de valoración: creación de empleo

Uno de los factores clave para la concesión de la ayuda será la creación y/o mantenimiento de empleo, especialmente para colectivos con dificultades de inserción laboral, como mujeres, personas con discapacidad, mayores y otros grupos identificados en el Acuerdo 82/2020.

Para acreditar el cumplimiento de este requisito se exigirá un certificado de vida laboral.

Se considerarán válidos los siguientes contratos:

  • Contratos formativos, en prácticas o para la formación en alternancia, siempre que el puesto subsista al menos dos años.
  • Contratos indefinidos, tanto a jornada completa como parcial.
  • Contratos fijos discontinuos.
  • Contratos para el fomento de la contratación indefinida.
  • Contrato de relevo para garantizar la cobertura de jubilaciones parciales.

El empleo deberá crearse desde la solicitud de la ayuda hasta la finalización del período de ejecución del proyecto, y mantenerse hasta el momento de la justificación final.

En los proyectos donde se exija la creación de empleo la empresa deberá generar al menos un puesto de trabajo a tiempo completo.

 

¿Cuál es el plazo de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes se abrió el 4 de noviembre de 2022 y permanecerá abierto hasta que se agoten los fondos disponibles.

 

¿Cuándo se debe presentar la solicitud de subvención?

No es posible presentar la solicitud en cualquier momento. Debe tramitarse antes de realizar cualquier gasto o inversión relacionada con el proyecto subvencionado.

Si se efectúan inversiones antes de presentar la solicitud el proyecto quedará automáticamente excluido de la ayuda, ya que la subvención perdería su efecto incentivador.

No obstante, hay algunas excepciones:

  • Compra de terrenos.
  • Trabajos para la obtención de licencias.
  • Estudios previos de viabilidad (aunque estos gastos anteriores a la solicitud no serán subvencionables).

 

¿Cómo tramitar la solicitud?

La gestión se realiza exclusivamente por medios electrónicos a través de la web oficial de la Junta de Castilla y León, utilizando el certificado digital correspondiente.

 

¿La subvención cubre el IVA?

No en todos los casos. El IVA solo será subvencionable cuando no sea recuperable a través de la Hacienda Pública.

 

¿Es posible elegir libremente al proveedor de los bienes o servicios subvencionables?

Sí, pero si el gasto subvencionable supera las cuantías establecidas en el artículo 31 de la Ley 38/2003 el beneficiario deberá:

  • Solicitar un mínimo de tres ofertas de distintos proveedores antes de contratar.
  • Justificar su elección en caso de no optar por la oferta más económica.

 

¿Cómo se cobra la ayuda una vez concedida?

Una vez aprobada la subvención la empresa beneficiaria podrá optar por:

  • Esperar hasta el final del plazo de vigencia establecido en la resolución de concesión.
  • Adelantar la finalización si considera que ya ha cumplido todas las condiciones.

Una vez finalizado el plazo la empresa dispone de tres meses para presentar la solicitud de cobro, junto con la documentación justificativa que acredite:

  • La realización del proyecto según lo aprobado.
  • El cumplimiento de todos los requisitos y obligaciones exigidos en la convocatoria.

¿Te animas a solicitar esta subvención?

Esperamos que este post te resulte de interés. No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

En Grupo2000 te ayudamos a solicitar esta ayuda

Desde Grupo2000 te ayudamos a solicitar esta ayuda. Si estás interesado, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

Además, te recordamos que Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia, una de las modalidades válidas para la creación de empleo con esta ayuda.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar durante 2 años sin pagar Seguros Sociales durante su vigencia.

¡No dudes en consultarnos cualquier duda que tengas!

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Olga Agea

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