El pasado mes de octubre, se publicó la modificación de las bases reguladoras de la ayuda a la contratación de jóvenes, menores de 30 años, propietarios del Cheque joven en la Comunidad de La Rioja.
Cuantía de la ayuda:
La medida consiste en ayudas de hasta 3.750 €. La cuantía anual de la subvención variará en función del grupo de cotización del trabajador.
Puede incrementarse hasta en 7.500 € si se mantiene al trabajador 24 meses.
Además, es una ayuda compatible con el contrato en formación. La empresa puede solicitar la ayuda y beneficiarse de una reducción del 100% de los Seguros Sociales.
Entidades beneficiarias:
Pueden solicitarlo empresas (independientemente de su forma jurídica) y entidades privadas sin ánimo de lucro, dadas de alta en una actividad económica.
Deben cumplir los requisitos para ser beneficiarios establecidos en el art. 13 del Decreto 14/2006, 26 febrero.
Requisitos del contrato:
- Duración 12 meses. Existe la posibilidad de prorrogar la subvención hasta 24 meses, si el trabajador sigue contratado.
- Jornada completa o media jornada.
- Desarrollar la actividad en un centro de trabajo de La Rioja.
Requisitos de los jóvenes:
- Menores de 30 años, que no estén trabajando, ni cursando formación reglada.
- Acreditar el cumplimiento de los requisitos del Programa Cheque joven y mantener las condiciones en el momento del alta.
- Empadronado al menos 1 año en La Rioja.
- Nacionalidad española o ciudadanos de la UE. Extranjeros con autorización de residencia y trabajo.
¿Cómo puedo inscribirme en el Programa Cheque Joven?
Si cumples con los requisitos exigidos a los jóvenes menores de 30 años, deberás presentar el formulario de inscripción al programa, junto con la acreditación de estar desempleado, de forma telemática (si dispones de certificado electrónico) o en la sede Dirección General de Formación y Empleo (C/Gran Vía, 56. Logroño) o en cualquier Oficina de registro.
Una vez presentada, te citarán para elaborar un itinerario de inserción profesional, con tu orientador. Comprobarán si reúnes los requisitos y te entregarán el certificado de estar inscrito en el Programa de Cheque Joven.
Exclusiones:
- Relaciones laborales de carácter especial (Art.2.1 del Estatuto de los Trabajadores).
- Contratar a socios de la empresa.
- Contrataciones de Administraciones Publicas, entidades y empresas dependientes.
- Trabajadores que hayan trabajado en la empresa o grupo, en los 24 meses anteriores, con contrato indefinido.
- Empresas sancionadas por infracción muy grave por Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
- Contrataciones a cónyuges o parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad del empleador.
- Que hayan planteado un ERE en el año inmediatamente anterior.
- Para empresas con más de 50 trabajadores que incumplan la cuota de reserva para discapacitados.
- ETT y empresas de subcontratación.
- Incurrir en alguna circunstancia del art. 13.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.
Si podrá solicitar la ayuda un trabajador autónomo, que contrate a sus hijos (tanto si conviven o no con él) en casos de trabajador con discapacidad.
Solicitud y plazos:
La solicitud (Anexo 3) puede presentarse telemáticamente o en la Dirección General de Formación y Empleo (C/Gran Vía, 56. Logroño) o en cualquier Oficina de Registro.
Se deberá acompañar de los siguientes documentos (original y copia):
- Representación de la entidad y tarjeta acreditativa de identificación fiscal.
- Ficha de alta de terceros, salvo que ya se encuentre en poder de la Tesorería.
- Autorización en su caso, de estar al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas.
El plazo para resolver será de 6 meses desde la recepción de la solicitud. Se comunicará a los solicitantes de manera individualizada la concesión o denegación, importe, periodo de contratación subvencionado y puesto.
En el plazo de un mes desde la notificación tendrá que incorporase el trabajador, manteniendo todas las condiciones de la solicitud.
Se permite formalizar contrato y aportarlo a posteriori con la solicitud, aunque estará a expensas de que se conceda, o no, la ayuda.
La opción para tramitar la solicitud vía telemática todavía no esta habilitada, si la queréis tramitar ya, tendríais que hacerlo a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja.
No hay plazo límite establecido para solicitar la ayuda, en principio será hasta fin de fondos.
¿Qué ocurre si se da una baja voluntaria o de despido no declarado antes de los 12 meses?
Podrá sustituirlo por otro trabajador que reúna los requisitos de ese grupo de cotización, en el plazo de 1 mes.
Para cualquier consulta, estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.
Fuente: LaRioja.org
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