Estas son las novedades en formación bonificada 2024

Estas son las novedades en formación bonificada 2024

¿Planeas realizar acciones formativas a lo largo de los meses que quedan de 2024? Es fundamental comunicarlo a través de FUNDAE.

¿Cómo hay que comunicarlo? Estas son las novedades en formación bonificada 2024 para el aplicativo de FUNDAE.

En este post te contamos todo lo que necesitas saber para estar al día y sacar el máximo provecho a las bonificaciones para formar tu plantilla.

 

¿Cuáles son las novedades en formación bonificada 2024? 

El año pasado, se introdujeron ligeras modificaciones según la Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal.

Estas afectaron a la formación bonificada y a su comunicación en FUNDAE.

Para este año, parece que todo se mantiene igual. A continuación, te contamos qué variaciones debes tener en cuenta desde el pasado año:

 

Plazo de comunicación para iniciar la formación: hasta 2 días 

El plazo de 2 días para comunicar el inicio de las formaciones continúa y se podrán realizar modificaciones en un plazo de 24 horas.

La falta de comunicación en estos plazos implicará que el grupo de formación se considere como «no realizado» a efectos de aplicar la bonificación en las cotizaciones sociales.

Salvo que esa falta de comunicación en plazo se deba a causas imprevisibles debidamente justificadas y comunicadas en el momento en que se produzcan.

 

Se mantiene el Aula Virtual para la formación bonificada 2024

El Aula Virtual se mantiene dentro de la modalidad presencial.

Las acciones formativas que se financien en la iniciativa de formación bonificada por las empresas, con cargo al crédito disponible para el ejercicio 2024, cuando se impartan en modalidad presencial o la parte presencial de la modalidad mixta o de teleformación, se podrá impartir en su totalidad mediante Aula Virtual.

 

¿Qué es el Aula Virtual?

Se considera aula virtual al entorno de aprendizaje donde el tutor o tutora y sus alumnos/as interactúan en tiempo real, a través de un sistema de comunicación telemático que permite el intercambio de conocimientos y posibilita el aprendizaje.

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¿Cómo debe impartirse la formación mediante Aula Virtual?

La impartición de la formación se tiene que organizar para garantizar la conectividad y debe tener un registro de conexiones para identificar qué personas participan en el aula, sus fechas y tiempos de conexión.

Además, la modalidad presencial puede impartirse utilizando un sistema de impartición bimodal:

  • Una parte de los participantes puede estar en un aula.
  • Simultáneamente otra parte puede estar presente vía virtual, a través de la mencionada aula.

 

Se pueden usar los medios electrónicos para gestiones de formación bonificada 2024

Los interesados, incluidas las personas físicas, deben relacionarse de manera electrónica con el SEPE y con FUNDAE.

Además, se permite el uso de la firma electrónica de los responsables de formación, formadores y alumnos mediante captura de firma digitalizada o con datos biométricos en los documentos que precisen de su firma.

 

Los empleados pueden solicitar permisos individuales de formación

Las personas trabajadoras pueden solicitar a sus empresas, durante el ejercicio 2024, permisos individuales de formación para la asistencia a las acciones formativas impartidas mediante Aula Virtual.

 

Otras novedades sobre el aplicativo FUNDAE para 2024

La aplicación telemática de FUNDAE para 2024 está habilitada, y estas son las cuestiones a tener en cuenta:

  • Cuestionario de evaluación. Se ha implementado un cuestionario de evaluación en formato PDF que se puede rellenar de manera digital, reduciendo los trámites en papel y promoviendo una gestión más sostenible.
  • Validación en tiempo real. La vida laboral en la TGSS de las personas participantes de las formaciones se valida en tiempo real, permitiendo a las entidades organizadoras comprobar al momento quiénes están dados de alta en la empresa que va a bonificar un curso.
  • Teleformación. Cuando finalicen los grupos que realicen la acción formativa en modalidad de teleformación, no será necesario introducir la fecha de inicio y fin por cada participante. Las fechas se comprobarán a través de la situación laboral del participante en la fecha de inicio del grupo formativo.
  • Anulación de grupos. En caso de actuación de seguimiento, la solicitud de anulación de grupo se considerará no admitida. Además, se mantiene bloqueada la posibilidad de solicitar la incidencia para anular un grupo de forma instantánea.
  • Nuevos campos. Desde el año pasado, se ha incluido un nuevo apartado denominado ‘sector de empresa’ (si ya hemos dado de alta la entidad organizadora) y se ha eliminado el campo ‘campo de actividad’. Este último, anteriormente opcional, servía para complementar los datos y especificar la actividad de una empresa cuando no se podía delimitar exactamente el CNAE o el Convenio de empresa.

 

¿Pueden las empresas gestionar su formación para el año 2024?

Desde hace meses, las compañías pueden gestionar sus formaciones para el año 2024 en FUNDAE. Es crucial tener en cuenta los formatos XML para optimizar este proceso.

Con el fin de facilitar la labor a los usuarios del Sistema de Bonificaciones, desde el año pasado se puso a disposición de las empresas la estructura de los ficheros XML, permitiendo:

  • Cargas masivas de acciones formativas.
  • Inicio de grupos formativos.
  • Inicio de participantes.
  • Finalización de grupos.

La modificación principal se centró en el fichero de ‘Fin de Grupos’.

Asimismo, en la convocatoria de 2024 no es necesario comunicar estos datos de los participantes:

  • Nombre y apellidos.
  • NISS.
  • CIF de la Empresa y Cuenta de Cotización.
  • Fecha de nacimiento y sexo.
  • Grupo de Cotización.
  • Fechas de Inicio y Fin de la Teleformación.

Estos datos se consultarán directamente del fichero de vida laboral del trabajador a través de la Tesorería General de la Seguridad Social.

¡Importante! Hay que validar que cada participante:

  • Es una persona trabajadora asalariada perteneciente a alguna de las compañías en el grupo formativo.
  • La cuenta de cotización está dada de alta en la aplicación para la empresa.

Además, existe la etiqueta ‘fijo discontinuo / excedencia’ para el caso de personas trabajadoras en esta situación cuya formación sea bonificable.

Desde al año pasado, el ‘Fichero de Participantes’ ha sido eliminado, simplificando aún más el proceso de gestión de la formación.

 

¿Por qué las empresas deben ofrecer formación a sus plantillas?

La formación bonificada es una oportunidad muy interesante para las empresas, ya que permite formar a sus plantilla a coste 0 euros.

Todas las empresas disponen de un crédito anual para gastar en formación, cuyo importe varía según el tamaño de la plantilla y de la cuantía cotizada en concepto de formación profesional durante el año anterior.

 

Créditos de formación bonificada disponibles en 2024

Para este año 2024 el crédito de formación bonificada disponible corresponde a:

  • Mínimo 420 euros: para compañías de nueva apertura o de 1 a 5 personas trabajadoras.
  • 100% de la cantidad cotizada: empresas con entre 6 y 9 personas en plantilla.
  • 75% de la cantidad cotizada: negocios de 10 a 49 personas empleadas.
  • 60% de la cantidad cotizada: para empresas de 50 a 249 personas trabajadoras.
  • 50% de la cantidad cotizada: empresas de 250 o más personas en plantilla.

¿Te gustaría saber qué crédito tiene disponible tu empresa? 

Para conocer el crédito de formación bonificada 2024 que le corresponde a tu empresa puedes visitar nuestra sección de formación bonificada.

Además, hace unos meses, te explicamos cómo acumular tu crédito de formación para usarlo en 2025.

 

Beneficios de la formación bonificada en 2024

Las empresas pueden aprovechar su crédito de formación para:

  • Impulsar las competencias y habilidades de su personal, especialmente en áreas clave como la digitalización y nuevas tecnologías.
  • Actualizar a su plantilla sobre novedades laborales y cambios en la normativa.
  • Cumplir con obligaciones legales, como el registro retributivo.

Ofreciendo formación las empresas no solo mejoran la capacidad de su personal sino que también fomentan un ambiente de aprendizaje continuo según las nuevas exigencias del mercado.

Si quieres acceder a nuestro Catálogo de Cursos para elegir qué acción formativa es más adecuada para tu empresa haz clic en el siguiente botón:

¿Puede una persona con contrato de formación recibir formación bonificada?

Antes de finalizar el post, es importante abordar una pregunta que recibimos con frecuencia: ¿puede una persona con un contrato de formación beneficiarse de la formación bonificada?

La respuesta es sí. Las personas trabajadoras con contrato de formación en alternancia pueden realizar formación bonificada, siempre y cuando dicha formación no sea la misma que ya están recibiendo con el contrato de formación.

Esto es posible ya que las personas trabajadoras con contrato de formación cotizan por formación profesional.

 

Detalles a tener en cuenta:

Las personas con contrato de formación combinan su actividad laboral con una parte teórica, diseñada para adquirir un mayor conocimiento de sus tareas.

Por eso, la formación que se bonifica no puede ser la misma que ya se está recibiendo con el contrato de formación.

 Por ejemplo, si has firmado un contrato de formación para un puesto de administrativo/a, en general, no podrás bonificar una formación específica de administrativo, ya que esa teoría ya se está cubriendo.

Sin embargo, sí podrás bonificar otras formaciones, como cursos de inglés o de inteligencia artificial, que complementen y amplíen las habilidades de la persona trabajadora sin duplicar los contenidos ya cubiertos por el contrato de formación

¿Vas a realizar acciones formativas en tu compañía a lo largo de 2024? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

Grupo2000, centro de formación especializado en formación bonificada

Grupo2000 somos un centro acreditado por el SEPE para impartir formación con más de 24 años de trayectoria en el sector.

Contamos con un amplio Catálogo en el que disponemos de cursos sobre las áreas más demandadas en la actualidad.

Además, nos encargamos de todo el proceso formativo y de todas las gestiones, incluidos los trámites con FUNDAE.

Si quieres más información, puedes contactar con nosotros en el teléfono 958 80 67 60 o en nuestro chat online. ¡Estaremos encantados de ayudarte!

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Se extiende el plazo de reclamación del despido hasta 21 días

Se extiende el plazo de reclamación del despido hasta 21 días

Generalmente, cuando una persona trabajadora recibe la carta de despido dispone de un plazo de 20 días hábiles a partir de la fecha del despido para presentar una demanda.

Este plazo se suspende al interponer la papeleta de conciliación, reiniciándose si no se alcanza un acuerdo durante la conciliación.

Por ejemplo, si una persona tarda 10 días hábiles en presentar la papeleta de conciliación, le quedarían otros 10 días hábiles para presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social.

Sin embargo, el Tribunal Supremo, en su sentencia del 22 de mayo de 2024, ha establecido un plazo superior.

Se extiende el plazo de reclamación del despido hasta 21 días hábiles en casos específicos.

A continuación, te explicamos todos los detalles

 

¿En qué casos se extiende el plazo de reclamación del despido hasta 21 días?

La reclamación puede extenderse hasta 21 días hábiles siempre y cuando el día 20 sea inmediatamente anterior al día de la conciliación.

En estos casos, la demanda se tiene que presentar hasta las 15 horas del día 21 desde que se produjo el despido.

Así lo recoge la sentencia 727/2024 del Alto Tribunal. Te lo contamos, a continuación:

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¿A partir de qué día empieza a contar el plazo para demandar por despido?

Como comentamos, el plazo general para demandar por despido es de 20 días hábiles, aunque habrá casos específicos en los que pueda ser de 21 días.

Una vez que pase este plazo la persona trabajadora no podrá reclamar ningún tipo de indemnización a la empresa.

El plazo comienza a contar desde el día siguiente de la fecha de efectos del despido.

 

¿Qué es el acto de conciliación?

Es un acto que se realiza una vez que la persona trabajadora ha presentado la papeleta de conciliación ante el SMAC para alcanzar un acuerdo y evitar el procedimiento judicial.

Así es la sentencia por la que el Supremo aumenta el plazo de reclamación del despido hasta 21 días 

El Tribunal Supremo ha ratificado su sentencia del 26 de mayo de 2015 y ha estimado el recurso de una trabajadora cuya reclamación por despido fue inicialmente rechazada por estar supuestamente caducada.

El caso específico fue el siguiente:

  • Una trabajadora despedida el 1 de junio de 2022 presentó la papeleta de conciliación el 4 de julio de 2022.
  • Durante ese período hubo 2 días festivos entre medias.
  • Tras la celebración de la conciliación el 21 de julio sin acuerdo la trabajadora presentó la demanda ante el Juzgado de lo Social el 22 de julio.
  • El Tribunal rechazó su demanda al considerar que estaba fuera de plazo.
  • Tanto el Juzgado de lo Social de Plasencia como el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura argumentaron que la acción fue presentada 22 días después del despido, excediendo el plazo de 20 días establecido por el Estatuto de los Trabajadores.

Sin embargo, hay novedades al respecto.

Según la sentencia 727/2024 del Alto Tribunal la reclamación puede extenderse hasta 21 días hábiles en circunstancias específicas.

  • Será posible únicamente cuando el día 20 sea inmediatamente anterior a la demanda de conciliación.
  • En estos casos se podrá presentar la demanda al día siguiente hasta las 15 horas.

El Tribunal Supremo basa su decisión en el artículo 65 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, que establece que:

La presentación de la solicitud de conciliación o de mediación suspenderá los plazos de caducidad e interrumpirá los de prescripción. El cómputo de la caducidad se reanudará al día siguiente de intentada la conciliación o mediación o transcurridos quince días hábiles, excluyendo del cómputo los sábados, desde su presentación, sin que se haya celebrado”.

Por tanto, en este caso, al reanudarse el cómputo el 22 de julio de 2022, la acción de la trabajadora se presentó dentro del plazo permitido, revocando así la sentencia inicial del Juzgado de lo Social.

En conclusión, la trabajadora logró que se reconociera la validez de su demanda por despido improcedente tras presentar evidencia clara de que actuó dentro de los límites legales establecidos para la reclamación laboral.

Esperamos que esta información sea de utilidad. Seguiremos pendientes de las novedades para ofrecer el contenido lo más actualizado posible.

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Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

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¿Es obligatoria la formación en ciberseguridad?

¿Es obligatoria la formación en ciberseguridad?

La digitalización y la innovación tienen efectos muy positivos para las empresas, pero también conllevan riesgos significativos, como los ciberataques.

Hace unos años, Iberdrola sufrió un ciberataque que expuso los datos de más de 1 millón de clientes. También Samsung fue víctima de un incidente similar que dejó al descubierto información interna de la compañía.

Ante esta realidad, surge una cuestión, ¿es obligatoria la formación en ciberseguridad?

En este post resolvemos esta duda y analizamos las claves para proteger de manera efectiva los datos de tu compañía.

 

¿Qué es la formación en ciberseguridad?

La formación en ciberseguridad consiste en proporcionar a las plantillas los conocimientos y herramientas necesarias para proteger la información y los sistemas de una empresa contra amenazas informáticas.

Es fundamental para enseñar a las personas trabajadoras los procedimientos necesarios para trabajar de manera segura desde sus equipos informáticos.

Los ciberataques y las filtraciones de datos suelen ocurrir debido al desconocimiento de las prácticas adecuadas de seguridad informática por parte de las personas empleadas.

Para reducir estos riesgos las empresas deben proporcionar formación continua a sus plantillas que asegure la protección y privacidad de la información sensible de los clientes.

Es crucial recordar que a menudo compartimos información en línea sin ser conscientes de ello.

Cuando una empresa usa redes sociales, al registrarse y utilizar plataformas como Facebook o LinkedIn se está compartiendo información, como la ubicación o el nombre.

También, cuando se usan aplicaciones móviles éstas recopilan datos del personal de la empresa, como sus contactos, preferencias y comportamientos de uso.

Esto suele ser parte de los términos y condiciones que las personas trabajadoras suelen aceptar al descargarse y al instalar una aplicación determinada.

Lo mismo sucede cuando se realizan compras en línea. Al realizar pagos en Internet se está proporcionando información de pago, dirección de envío y otros detalles importantes, que de no tomar las precauciones adecuadas, pueden ser robados fácilmente.

Es por ello, que hay que hacer hincapié en la importancia de que el personal de una empresa sea consciente de cómo se recopilan y utilizan sus datos en línea.

Y, además, revisen las políticas de privacidad y los términos de servicio de las plataformas y servicios que utilizan.

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¿Están obligadas las empresas a formar a sus empleados en ciberseguridad?

Aunque no existe una obligación como tal, todas las empresas deberían formar a sus plantillas en materia de ciberseguridad.

El RGPD indica la necesidad de las empresas de instruir, concienciar y formar a las plantillas sobre seguridad de datos para gestionarlos de forma correcta, evitando fugas de información.

Los ciberataques representan una amenaza constante para las empresas, independientemente de su sector o tamaño.

Gran parte de las filtraciones de datos se producen debido a la falta de conocimiento de las personas trabajadoras sobre ciberseguridad.

El más leve descuido puede tener consecuencias graves para una empresa, ya que se puede filtrar información confidencial que cause problemas con clientes, daños en la reputación o pérdidas significativas de dinero.

Por eso, la formación en ciberseguridad es crucial. Se trata de una medida fundamental para evitar caer en engaños que provoquen filtraciones de datos confidenciales.

Algunos estudios revelan que más del 90% de los españoles afirma necesitar formación en seguridad en Internet para realizar sus actividades online de forma segura.

¿Qué es un malware? ¿Qué es el phishing? Ambas son técnicas muy usadas por los ciberdelincuentes, pero un alto porcentaje de las plantillas de las empresas ni siquiera conocen el significado de ambos términos.

Por eso, es tan importante capacitar a las personas empleadas en ciberseguridad. Es la única manera de proteger la empresa frente a ciberataques.

 

Formación para la plantilla en ciberseguridad

Desde Grupo2000 impartimos formación en ciberseguridad.

Sabemos que formar a las plantillas en ciberseguridad es un requisito imprescindible para todas las empresas.

Con nuestro Curso de Ciberseguridad para empresas ofrecerás a tu plantilla los conocimientos necesarios para que sepan detectar las amenazas más frecuentes y mantener a tu empresa protegida.

¿Debo notificar si mi empresa sufre un ciberataque?

Así es, el artículo 33 del RGPD recoge la necesidad de que los responsables y encargados del tratamiento de datos personal notifiquen a la autoridad competente la existencia de un ciberataque.

Es decir, será necesario notificar a la autoridad que corresponda las brechas de datos personales cuando éstas puedan suponer un riesgo para los derechos de las personas.

El plazo para notificar a la autoridad correspondiente la brecha de datos es de 72 horas desde que la compañía tenga constancia de lo sucedido.

Esta notificación deberá realizarse a la AEPD de forma electrónica.

 

¿Cómo evitar ciberataques en tu empresa?

Para proteger adecuadamente los datos de la empresa es necesario establecer políticas claras de privacidad y seguridad de datos y asegurarse de que todas las personas trabajadoras están capacitadas en cuanto a dicha políticas.

Por ello, la formación en ciberseguridad es esencial para garantizar que todo el personal comprenda la importancia de proteger los datos.

Aparte de ofrecer formación en ciberseguridad a tu plantilla es importante que todas las personas trabajadoras tengan en consideración una serie de consejos:

 

Establecer contraseñas seguras

Es importante que tu plantilla use contraseñas seguras. Las contraseñas deben contener letras, números y símbolos.

Nunca se deben utilizar nombres o fechas de cumpleaños. Son contraseñas que pueden adivinarse de manera muy fácil y propiciar ciberataques y fugas de información.

Además, es recomendable cambiar las contraseñas cada tres o seis meses.

 

No usar un Certificado Digital en un ordenador compartido

Para evitar que alguien usurpe tu identidad es importante que nunca utilices tu Certificado Digital desde un ordenador compartido.

Debes usar tu Certificado únicamente desde tu propio equipo y desde dispositivos a los que solo tengas acceso tú.

 

No abrir correos con emails desconocidos

Es importante fijarse siempre en el email desde el que se envía una información y nunca hacer clic en un enlace del que se desconoce su identidad.

Hay que estar alerta por si se trata de un email o enlace sospechoso.

Una pista que nos indica que puede tratarse de algún tipo de virus es el formato: los archivos adjuntos suelen tener formato RAR.

 

Realizar copias de seguridad

Es importante realizar copias de seguridad para mantener a salvo la información.

Lo ideal es realizar la copia de seguridad en un servidor externo. Aunque también es recomendable tener al menos dos copias de seguridad, una en un dispositivo físico y otra en un disco duro o servidor en la nube.

Por supuesto, esas copias deben protegerse de manera adecuada.

 

Evitar conectarse a redes WIFI públicas

Las redes WIFI públicas son muy usadas por los ciberdelincuentes para robar información, por eso, lo mejor es evitarlas y conectarse siempre a una red privada.

 

Establecer controles de acceso

Es importante que solo las personas autorizadas puedan acceder a datos sensibles. Para ello, es recomendable implementar sistemas de autenticación para cada persona empleada.

 

Actualizar el software empresarial

Mantener el software actualizado y utilizar medidas de seguridad informática, como firewalls (cortafuegos) y un antivirus, es fundamental para proteger los datos contra amenazas cibernéticas.

 

Realizar auditorías de manera regular

Este paso es fundamental para impedir que se filtre información. Todas las compañías deberían realizar auditorías sobre seguridad de datos de forma regular para identificar y abordar posibles vulnerabilidades y riesgos.

Estos consejos sólo se pueden realizar correctamente ofreciendo formación continua en ciberseguridad a las personas trabajadoras.

Ten en cuenta que ninguna empresa está exenta de los riesgos que supone la ciberdelincuencia.

Por eso, todas las personas deben formarse y mantenerse concienciadas de la necesidad de proteger sus equipos de trabajo.

Además, es importante que la compañía se asegure de cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos y que tenga un plan de respuesta en el caso de que ocurra una filtración o robo de datos.

En este sentido, será importante notificar tanto a las autoridades como a las personas afectadas.

 

¿Es obligatorio tener un responsable de seguridad de la información en tu empresa?

¡Importante! Recuerda la importancia de la figura del Responsable de Seguridad de la Información.

Desde la publicación del RD Ley 43/2021 se obliga a las empresas a tener un Responsable de Seguridad de la Información con conocimientos y experiencia necesaria para proteger a la compañía de ciberataques.

Esperamos que este post te sirva de ayuda y comiences a formar a tu plantilla en ciberseguridad. Solo así podrás evitar amenazas y ciberataques.

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Formación sobre Legionella, ¿para qué empresas es obligatoria?

Formación sobre Legionella, ¿para qué empresas es obligatoria?

¿Eres una empresa hostelera? ¿Trabajas con instalaciones en las que se usa agua? Entonces debes tener muy presente el RD 487/2022 y su reciente actualización en el RD 614/2024, de 2 de julio.

Estas normativas establecen los requisitos sanitarios para la prevención y control de la legionelosis mediante medidas sanitarias específicas.

Entre las medidas recogidas en el RD 487/2022 se incluye la obligación de formar al personal sobre Legionella para prevenir su propagación, especialmente en instalaciones de riesgo.

En este post solventamos tus dudas y te indicamos si realmente tu empresa debe cumplir con esta formación.

Formación sobre Legionella, ¿para qué empresas es obligatoria?

 

¿Qué es la Legionella?

La Legionella es una bacteria que puede causar la enfermedad del legionario, una grave forma de neumonía.

Para prevenir su aparición, ciertas empresas y establecimientos deben formar a su personal sobre esta bacteria y las medidas necesarias para evitar su propagación.

Curso de Operaciones Menores en la Prevención y Control de Legionella

¿Es obligatorio formar al personal de una empresa sobre el control de Legionella?

Según el RD 487/2022 la formación sobre el control de legionella es obligatoria para las personas designadas por la empresa para realizar esas operaciones menores.

El artículo 18 del RD 487/2022 establece que la persona titular de las instalaciones debe garantizar que todo el personal, tanto propio como externo, cuente con la formación requerida para las actividades relacionadas con el control de la Legionella.

Específicamente, se establece que:

“El personal propio o de empresa de servicios a terceros que realice operaciones menores en la prevención y control de Legionella, tales como mediciones de temperatura, comprobación de los niveles de biocidas, control de pH, se incluirá dentro del plan de formación de la empresa titular de la instalación o de la empresa de servicios a terceros.”

Además, la persona responsable técnica del Programa de Prevención y Control de Legionella o Plan Sanitario de Legionella debe contar con la formación y los conocimientos suficientes para realizar tratamientos con biocidas.

 

¿Qué tipo de instalaciones se consideran de alto riesgo para la propagación de la Legionella?

Los sujetos obligados a cumplir con la normativa por ser considerados de alto riesgos son, entre otros, los titulares de instalaciones de:

  • Sistemas de agua sanitaria.
  • Torres de refrigeración y condensadores evaporativos.
  • Humidificadores.
  • Sistemas de riego por aspersión en el medio urbano o en campos de golf o deportes.
  • Sistemas de lavado de vehículos
  • Sistemas de agua contra incendios.
  • Cualquier otra instalación que utilice agua en su funcionamiento y produzca o sea susceptible de producir aerosoles que puedan suponer un riesgo para la salud de la población.

 

¿Qué empresas están obligadas a ofrecer formación contra la Legionella?

Las empresas obligadas a ofrecer formación para prevenir la Legionella son aquellas que puedan convertirse en focos de exposición humana a la bacteria y, por tanto, de propagación de la enfermedad de la legionelosis durante su funcionamiento, pruebas de servicio o mantenimiento.

Es crucial tener en cuenta que la Legionella prospera en agua templada, lo que hace esencial la implementación de medidas preventivas en cualquier instalación donde se use agua.

La formación se considera indispensable en empresas de este tipo:

  • Hoteles y alojamientos turísticos, como son las pensiones, albergues o apartamentos turísticos.
  • Centro sanitarios, como hospitales o residencias de ancianos.
  • Edificios públicos.
  • Centros deportivos y gimnasios.
  • Industrias alimentarias.
  • Plantas de tratamiento de agua.

Por tanto, la formación es fundamental en cualquier instalación que utilice agua en su funcionamiento y produzca, o sea susceptible de producir, aerosoles que puedan suponer un riesgo para la salud de la población.

Curso de Operaciones Menores en la Prevención y Control de Legionella

¿Cuándo entró en vigor la obligación de contar con formación sobre el control de Legionella?

El Real Decreto 487/2022 fue publicado el 21 de junio de 2022, aunque su entrada en vigor se pospuso hasta el 2 de enero de 2023.

No obstante, la obligación de proporcionar formación sobre el control de Legionella al personal no se implementó de inmediato.

Se estableció un período de transición para permitir a las empresas adaptarse y cumplir con esta nueva obligación.

Lo detallamos, a continuación:

¿En qué casos no es necesario ofrecer la formación sobre el control de Legionella al personal?

La Disposición Transitoria Tercera del RD 487/2022 establece un período de transición de 5 años para cumplir con los requisitos de formación.

Durante este período hay ciertas excepciones en las que no es necesario ofrecer formación adicional sobre el control de Legionella.

 

Certificados vigentes

Si el personal ya contaba con el Certificado anterior sobre mantenimiento higiénico sanitario en instalaciones susceptibles de proliferación de Legionella no necesita realizar formación adicional durante el período de transición.

La validez de estos certificados se extiende por un período adicional de 5 años (hasta 2028).

 

Contratación de empresas externas

Si la empresa contrata a una compañía externa especializada para encargarse del control de Legionella no es necesario formar al personal interno en esta área específica.

 

¿Cuáles son las sanciones por no contar con la formación sobre el control de Legionella?

El artículo 19 recoge las infracciones aplicadas al incumplimiento del Real Decreto 487/2022.

Estas infracciones se clasifican en:

  • Leves: se trata de irregularidades que tienen poca repercusión y no impactan de forma directa en la salud pública.
  • Graves: se producen cuando se incumplen las medidas preventivas y de formación o cuando no se corrigen deficiencias.
  • Muy graves: en estos casos, se daña de forma directa y grave a la salud pública.

Las sanciones para todos estos casos se regirán por lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Estas multas pueden suponer altos costes poniendo en riesgo la estabilidad económica de la empresa.

Además de las sanciones, hay más consecuencias por no cumplir con el Real Decreto 487/2022, como son el cierre temporal de instalaciones, la pérdida de clientes o la mala reputación.

Desde Grupo2000 te recomendamos realizar la formación sobre el control de Legionella para cumplir con las obligaciones y prevenir sanciones.

Nuestro Curso de Operaciones Menores en la Prevención y Control de Legionella está adaptado a la normativa e incluye las nociones es prácticas para mantener las instalaciones en perfecto estado.

¿Hay novedades aplicables a la prevención de la legionelosis?

Como mencionamos al inicio del post, recientemente se ha publicado el Real Decreto 614/2024 que modifica el Real Decreto 487/2022 de prevención de la legionelosis.

Según el Ministerio de Sanidad, la actualización tiene como objetivo mejorar la seguridad y claridad en la gestión de las instalaciones que utilizan agua y pueden producir aerosoles, reduciendo así el riesgo de legionelosis para la población.

La norma introduce cambios en varios artículos del Real Decreto original, como son:

  • Una nueva definición del concepto de ‘titular de la instalación’ para incluir no solo a los propietarios, también a los explotadores de las instalaciones.
  • Una nueva responsabilidad que implica que en el caso de que una instalación sea operada por una persona o empresa distinta del propietario, la persona o empresa que la opera será responsable del cumplimiento de las responsabilidades y obligaciones relacionadas con la prevención y control de la legionelosis.
  • La actualización del artículo 11, que exige que la toma de muestras para la determinación de Legionella se realice exclusivamente por entidades o empresas acreditadas según la Norma UNE-EN-ISO/IEC 17025:2017. Para ello, se concede un periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2030 para que las empresas obtengan dicha acreditación.
  • La ampliación de la obligación de la acreditación de la toma de muestras para la determinación de Legionella a los Planes Sanitarios frente a Legionella (PSL).
  • La inclusión de una nueva disposición transitoria quinta que incluye que los titulares de instalaciones incluidos en el Anexo I deberán actualizar el PPCL o el PSL antes del 1 de julio de 2025.

 

¿Es necesario actualizar el Plan de Control frente a la Legionella?

Sí, tras la entrada en vigor del Real Decreto 614/2024 y la inclusión de modificaciones respecto al Real Decreto 487/2022 es necesario actualizar tanto el PPCL como el PSL.

Para ello, se establece un período transitorio hasta el 1 de julio.

¿Tienes dudas sobre la Legionella? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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El Gobierno eleva la penalización a los contratos de corta duración

El Gobierno eleva la penalización a los contratos de corta duración

¡Importante información para los contratos temporales de menos de 30 días! El Gobierno eleva la penalización a los contratos de corta duración.

Tras la publicación en el BOE de la Orden PJC/281/2024 donde se recogen las bases mínimas de cotización para 2024, ligadas a la subida del SMI, se produjeron novedades sobre los contratos temporales inferiores a un mes.

Entre ellas, hay que destacar la subida de 29,74 a 31,22 euros de la cotización adicional que tienen que pagar las empresas a su personal trabajador cuando finalice una relación laboral de menos de 30 días.

Te ofrecemos todos los detalles, a continuación:

 

¿Qué son los contratos de duración determinada?

Los contratos de duración determinada o de corta duración son aquellos contratos temporales que se concretan en un período inferior a 30 días.

En España, en los últimos años se estaba produciendo un aumento de contratos firmados bajo esta modalidad, lo que fomentaba la inestabilidad laboral de gran parte de las personas trabajadoras.

Para acabar con la inestabilidad laboral, el Gobierno ya indicó la prohibición de los contratos por obra o servicio. Esta medida se impulsó con el fin de fomentar la creación de empleos indefinidos.

Tras la publicación de la Orden PJC/281/2024, además, se han elevado las cotizaciones a pagar para los contratos de corta duración.

Esto es a consecuencia del aumento de las bases mínimas de cotización en un 5% para este año.

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Así es el incremento de la penalización para los contratos temporales de duración determinada

Diversos estudios demuestran que cuando se firma un contrato temporal es muy difícil que esa persona trabajadora logre un contrato indefinido en dicha empresa.

Este problema venía afectando a los colectivos más vulnerables: mujeres y jóvenes sin estudios universitarios.

La reforma laboral incluyó una cotización adicional en contratos temporales de duración determinada, que ya se vio incrementada en 2023 y ha vuelto a aumentar en  2024.

Tras la entrada en vigor de la reforma laboral en el año 2021, cada vez que una compañía daba de baja un contrato con una duración de menos de 30 días tenía que pagar una penalización de 27,53 euros por persona trabajadora dada de baja.

Después, en 2023 la cotización aumentó a 29,74 euros, como consecuencia del incremento de las bases mínimas de cotización en un 8% para ese año.

Y, para 2024 se ha vuelto a producir una subida en la penalización a los contratos de corta duración elevándose la cuantía.

Por tanto, los contratos temporales que no superen los 30 días de duración tienen una cotización a cargo del empresario una vez que finalicen los mismos y están penalizados con 31,22 euros.

Esta cotización adicional resulta de aplicación independientemente de que la duración del contrato sea de 1 día o de 29 días.

 

¿A qué sectores no les afecta la penalización para los contratos temporales? Estas son las exclusiones

Existen excepciones, ya que esta medida no es de aplicación para los contratos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios.

Tampoco en el Sistema Especial para Empleadas de Hogar ni en el Régimen Especial para la Minería de Carbón ni para contratos por sustitución.

De la misma manera, este aumento de la cotización empresarial no se aplica a los contratos de formación en alternancia.

 

¿Cómo se calcula la cotización adicional para los contratos temporales de duración determinada?

La cotización adicional se calcula en función de la base mínima de cotización diaria del grupo 8 del Régimen General de la Seguridad Social (oficiales de primera y segunda).

Como comentamos, se ha incrementado en consonancia con el SMI 2024 en un 5%.

 

¿Cuándo es posible firmar un contrato temporal de corta duración?

Tras la Reforma Laboral es posible firmar contratos temporales, pero, para ello, hay que especificar la causa que motiva la contratación temporal y las circunstancias concretas que lo justifican.

Se establecen dos supuestos excepcionales de contratación temporal:

  • Los de sustitución de una persona trabajadora.
  • Los de circunstancias de producción.

El contrato temporal por sustitución se puede realizar cuando se trate de personas trabajadoras con derecho a reserva del puesto de trabajo.

También puede utilizarse para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva.

La duración de estos contratos no puede ser superior a 3 meses.

Por otra parte, por circunstancias de producción se entiende el incremento ocasional e imprevisible de la demanda que no pueda ser atendido por su plantilla habitual, por ejemplo, para empaquetar regalos en la época de Navidad.

En este caso, los contratos temporales pueden firmarse cuando existan razones de carácter productivo u organizativo, es decir, se pueden firmar para cubrir actividades que no hubieran podido ser previstas por la empresa.

Los contratos por razones de carácter productivo u organizativo pueden únicamente firmarse por un máximo de 6 meses, ampliables hasta 12.

Es fundamental siempre que los contratos queden por escrito.

En el caso de que no se haya realizado la firma de un contrato por escrito y se desconozcan las causas de la contratación las personas contratadas pasarían a considerarse trabajadores fijos.

 

¿Qué consecuencias tiene no concretar las causas que justifican la contratación temporal?

Antes de finalizar es necesario tener algo claro: concretar las causas que justifican la contratación temporal al firmar el contrato es fundamental.

El TSJ de Cataluña, en su sentencia del 14 de febrero de 2024 (EDJ 521044), determinó la improcedencia del despido de un trabajador al finalizar el plazo de duración de su contrato por circunstancias de la producción.

Entre los puntos clave hay que tener en cuenta los requisitos de la contratación temporal:

  • El trabajador fue contratado de manera temporal con un contrato por circunstancias de la producción el 11 de mayo de 2022.
  • La empresa no especificó claramente la causa de la temporalidad al momento de la contratación.
  • En el juicio la compañía aportó documentación intentando justificar la validez de la causa temporal.

Sin embargo, el TSJ Cataluña determinó que el incumplimiento de los requisitos formales en la contratación temporal, como la falta de concreción de la causa de temporalidad desde el inicio, implicaba que la relación laboral adquiría automáticamente la condición de indefinida.

Esto es incluso aunque no existiera intención fraudulenta por parte de la empresa.

Por tanto, se declaró la improcedencia del despido del trabajador debido al incumplimiento de los requisitos formales en la contratación.

Esta sentencia destaca la importancia de cumplir con los requisitos básicos al momento de realizar contrataciones temporales.

¿Qué piensas del aumento en la penalización de los contratos de muy corta duración? ¿Conocías la necesidad de concretar las causas que justifican un contrato temporal?

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