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Webinar sobre obligaciones de igualdad para tu empresa

Webinar sobre obligaciones de igualdad para tu empresa

¿Sabes cuáles son las obligaciones de igualdad para tu empresa?

Ángela Labrador, Graduada Social y experta en el área laboral, te explicará cómo cumplir con la normativa vigente y qué empresas están obligadas en este webinar gratuito.

En este Webinar conocerás cuáles son las obligaciones reales para tu empresa, según tu volumen de plantilla:

  • Plan de Igualdad.
  • Plan LGTBI.
  • Registro Retributivo.
  • Protocolo de Acoso.
  • Canal de denuncias.
  • Auditoría salarial.
  • Y mucho más.

Asimismo, a lo largo de la sesión conocerás qué cursos sobre igualdad son obligatorios y por qué debes ofrecerlos a tu plantilla.

La sesión se realizará el jueves, 4 de abril, a las 17 horas ¡Apúntate ya y resuelve todas tus dudas!

 

Imagen Video Webinar Obligaciones Igualdad Grupo2000

¿Cómo reservar tu plaza en el Webinar?

Si deseas asistir a la sesión, simplemente tienes que completar este formulario:

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Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Una vez te hayas inscrito, recibirás un email de confirmación con tu enlace personalizado para acceder al Webinar a través de la plataforma de Grupo2000.

¡IMPORTANTE! Recuerda revisar siempre todas tus bandejas de entrada.

 

¿A quiénes se dirige el Webinar sobre obligaciones de igualdad para tu empresa?

La sesión está dirigida a todo tipo de empresas interesadas en cumplir con las normativas vigentes sobre igualdad para promover un ambiente laboral inclusivo.

También podrán acceder responsables de recursos humanos, profesionales interesados en actualizarse sobre las obligaciones en el ámbito laboral.

Así como todas las personas comprometidas con la igualdad de género en el lugar de trabajo.

 

Webinar sobre obligaciones de igualdad para tu empresa. Horario de la sesión

El Webinar se realizará:

  • Día: Jueves, 4 de abril.
  • Hora: A las 17:00 horas.

 

¿Necesitas formar a tu plantilla en materia de igualdad?

Grupo2000 está acreditado por el SEPE para impartir formación bonificada para las empresas.

Disponemos de un amplio Catálogo de Cursos especializados en Igualdad.

Además, te recordamos que nuestro centro de formación está especializado en la tramitación de contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy interesante. Te permite contratar durante 2 años sin pagar Seguros Sociales y ahorrar más de 3.500 € al año.

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Modelo 721: así se declararán las criptomonedas en el extranjero

Modelo 721: así se declararán las criptomonedas en el extranjero

¿Tienes monedas virtuales situadas en el extranjero? Si suponen más de 50.000 euros tienes la obligación de declararlas. Para ello, deberás usar el Modelo 721.

¿Sabes de qué plazo dispones? La fecha límite para presentar el Modelo 721 termina el próximo 31 de marzo.

Modelo 721: así se declararán las criptomonedas en el extranjero.

Te contamos todos los detalles, a continuación:

 

¿Qué es el Modelo 721?

El Modelo 721 es un nuevo modelo usado para declarar la tenencia de criptomonedas en el extranjero.

Su uso permitirá a Hacienda tener conocimiento real sobre la tenencia de monedas virtuales, ya que la mayor parte de las mismas están depositadas en casas de cambio o plataformas situadas en el extranjero.

Así se podrá prevenir el fraude y la evasión fiscal.

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¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 721?

Tienen la obligación de presentar el Modelo 721 aquellas personas que a 31 de diciembre del año pasado hayan sido titulares, personas autorizadas o beneficiarias de criptomonedas en el extranjero por una cuantía superior a 50.000 euros.

Es decir, estarán obligadas:

  • Las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español.
  • Los establecimientos permanentes en el país de personas o entidades no residentes.
  • Las entidades recogidas en el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria titulares de monedas virtuales o que tengan las condiciones de beneficiarios, autorizados o tengan poder de disposición.
  • También quienes, aunque ya no posean dichas monedas sí hayan sido titulares, autorizados o beneficiarios y hayan perdido su condición a 31 de diciembre del año anterior.

Para los próximos años la presentación del Modelo 721 se convertirá en obligatoria si el saldo de las criptomonedas aumenta más de 20.000 euros.

Antes de continuar, te recordamos algo: puede que no tengas monedas virtuales en el extranjero pero si dispones de criptomonedas en España también tendrás la obligación de declararlas.

Tienes toda la info en nuestro post: En 2024 ya es obligatorio declarar las criptomonedas.

 

¿Cuál es el objetivo de la presentación del Modelo 721?

El fin del Modelo 721 es proporcionar a Hacienda información detallada sobre la tenencia de monedas virtuales en el extranjero.

Con el auge de la tecnología blockchain las criptomonedas se almacenan de manera descentralizada, lo que puede propiciar el uso fraudulento y la elusión de las autoridades tributarias.

Para abordar este desafío, ya desde el año 2021 se comenzaron a adoptar medidas en España en materia de prevención y lucha contra el fraude fiscal, como la Ley 11/2021.

En dicha Ley se estableció la necesidad de declarar las monedas situadas en el extranjero. Posteriormente, fue en la Orden HFP/886/2023 donde se establecieron las condiciones y el procedimiento para declararlas.

 

¿Cuál es el plazo para presentar el Modelo 721?

El plazo para presentar el Modelo 721 comenzó el 1 de enero de 2024 y finalizará el próximo 31 de marzo.

Por lo que debes cumplir con tu obligación antes del 1 de abril.

 

¿Qué información debe incluirse en el Modelo 721?

Se deberá incluir:

  • El nombre y apellidos o la razón social o denominación completa.
  • En el caso que corresponda, también el número de identificación fiscal del país de residencia de la persona o entidad que proporciona servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros.
  • Domicilio o dirección del sitio web.
  • La identificación completa de cada tipo de moneda virtual.
  • Los saldos de cada tipo de moneda virtual a 31 de diciembre del pasado año (tanto en unidades de moneda virtual como en su valoración en euros).

 

¿Cuándo se entiende que una moneda virtual está situada en el extranjero?

Se entiende que una moneda virtual se encuentra en el extranjero cuando la entidad que la custodia y proporciona servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros no está registrada en el Banco de España.

 

Si presento el Modelo 721 en 2024, ¿tengo que volver a presentarlo el año que viene?

La presentación de la declaración en los próximos años será obligatoria únicamente si el saldo a 31 de diciembre de las monedas virtuales en el extranjero experimenta un incremento superior a 20.000 euros.

Esto es con respecto a la presentación de la última declaración.

En cualquier caso, sí será obligatorio presentar las monedas virtuales en relación de las que se hayan extinguido antes del 31 de diciembre la condición de obligado a declarar.

 

¿En qué formato debe presentarse el Modelo 721?

Deberá presentarse usando el formulario web disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Si se utiliza un programa externo entonces el envío se realizará en formato XML.

 

Sanciones por no presentar el Modelo 721

En un principio, se indicó que las sanciones por no presentar el Modelo 721 supondrían las mismas multas que en el caso de no presentar el Modelo 720.

Esto conllevaría:

  • Multa de 300 euros si no se presenta y te lo requiere la Administración.
  • Multa de 150 euros por presentarlo de manera incorrecta.

Además, te pueden sancionar con 20 euros por registro no declarado y 10 euros por hacerlo mal.

Sin embargo, las últimas informaciones han indicado que estas sanciones podrían aumentar suponiendo hasta 20.000 euros.

Estaremos pendientes para informar de todas las novedades.

¿Tienes que presentar el Modelo 721 este año? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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Los autónomos que trabajen desde casa pueden deducir el IVA de los suministros

Los autónomos que trabajen desde casa pueden deducir el IVA de los suministros

¿Eres autónomo y trabajas desde tu vivienda? El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) resolvió hace unos meses lo siguiente:

Los autónomos que trabajen desde casa pueden deducir el IVA de los suministros.

Esto es en referencia a, por ejemplo, gastos de luz, agua o gas derivados de la actividad de la persona trabajadora autónoma.

Además, te recordamos una importante novedad: Hacienda está estudiando la posibilidad de subir del 7% al 10% la deducción en el IRPF para que los autónomos puedan desgravarse gastos no justificables.

A continuación, analizamos todos los detalles.

 

¿Puede un autónomo deducir el IVA de los suministros de su vivienda cuando trabaje en ella?

Así es. La última modificación del TEAC señaló que con carácter vinculable para la Administración Tributaria:

Los autónomos pueden deducir sus gastos de agua, teléfono, luz o gas, entre otros suministros, compartidos con el resto de la vivienda habitual.

Hasta ese momento, se habían producido sentencias en ese sentido. Pero Hacienda continuaba poniendo trabas y negando la deducción de dichos suministros.

La negativa de Hacienda a permitir que los autónomos dedujeran el IVA obligaba a estas personas trabajadoras a demostrar que los gastos estaban afectos a la actividad.

Y, para ello, exigían facturas aparte de las de la vivienda habitual.

Es decir, para deducir los gastos las personas trabajadoras autónomas tenían que separar los gastos afectados al trabajo y los gastos generados por la actividad personal.

Esta situación no era nada práctica para las personas trabajadoras autónomas que tenían que tener, por ejemplo, dos líneas de Internet diferenciadas para poder deducir el gasto.

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¿Por qué se denegaba la deducción de las cuotas de IVA a los autónomos que trabajaban desde casa?

La resolución del TEAC surgió a raíz de que la Administración Tributaria le denegase la deducción de las cuotas de IVA de los gastos de suministro a una trabajadora autónoma.

Esta trabajadora se encontraba desarrollando su actividad laboral en su vivienda habitual, que figuraba como domicilio fiscal de su negocio.

Desde la Agencia Tributaria consideraban que la vivienda:

  • No estaba siendo afectada de manera directa y exclusiva por la actividad económica realizada.
  • E indicaban que esa casa estaba siendo utilizada, además, como vivienda habitual.

Asimismo, señalaban que no había contrato de arrendamiento ni se había satisfecho cantidad alguna por su uso. Por tanto, el inmueble no estaba afectado de forma directa por la actividad realizada.

Tras esta situación, la trabajadora autónoma solicitó en el trámite de alegaciones que se tuviese en cuenta el mismo porcentaje que la propia Agencia había reconocido como afecto a la actividad del 20%.

Ahora bien, desde la Agencia Tributaria se apoyaban en el artículo 95 de la Ley de IVA, que recoge las limitaciones del derecho a deducir:

“Los empresarios o profesionales no podrán deducir las cuotas soportadas o satisfechas por las adquisiciones o importaciones de bienes o servicios que no se afecten, directa y exclusivamente, a su actividad empresarial o profesional”.

La trabajadora autónoma reclamó ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia (TEAR).

El TEAR estimó las reclamaciones de forma parcial reconociendo un porcentaje de afectación parcial del 20%.

Con anterioridad, también el Tribunal Superior de Justicia de Madrid había reconocido en una sentencia que la luz y el gas podrían deducirse siguiendo la misma regla de prorrateo que algunas personas trabajadoras autónomas ya venían realizando con el IBI.

 

¿Desde cuándo pueden los autónomos deducir el IVA de los suministros si trabajan desde casa?

El TEAC unificó criterios y apoyándose en la Directiva 200/112/CE del Consejo Europeo, de noviembre de 2006, indicó que las cuotas son deducibles si la persona autónoma se encuentra en una vivienda usada tanto para su actividad económica como para su vida privada.

De hecho, el TEAC se fundamenta en el artículo 92 de la Ley de IVA sobre cuotas tributarias deducibles.

Además, refuerza su decisión basándose en el artículo 168 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, que indica lo siguiente:

Siempre y cuando los bienes y servicios se usen para las necesidades de sus operaciones gravadas el sujeto pasivo tendrá derecho a deducir del importe del impuesto del:

  • IVA devengado o pagado por los bienes que le hayan sido o le vayan a ser entregados y por los servicios que le hayan sido o le vayan a ser prestados por otro sujeto pasivo.
  • IVA devengado por operaciones asimiladas a entregas de bienes y a prestaciones de servicio.
  • IVA devengado por las adquisiciones intracomunitarias de bienes.
  • IVA devengado por las operaciones asimiladas a adquisiciones intracomunitarias.

Por tanto, el TEAC interpretó su decisión según lo dispuesto en la Directiva, indicando, además, que el artículo 95 de la Ley del IVA tiene que interpretarse de forma amplia.

 

¿Qué condiciones debe cumplir un autónomo para deducir el IVA de su vivienda?

La principal condición para poder deducir el IVA de la vivienda es teletrabajar, es decir, la persona trabajadora autónoma tiene que prestar sus servicios desde casa.

Se podrán deducir los gastos referidos a la parte de la vivienda destinada al trabajo, por ello, será necesario indicar qué parte de la vivienda se destina al trabajo y qué parte se destina a uso personal.

Un ejemplo de deducción sería el siguiente:

Imagina que una persona trabajadora autónoma tiene una vivienda de 90 metros cuadrados y tiene una habitación de 25 metros cuadrados destinada exclusivamente al desarrollo de su actividad laboral en modalidad de teletrabajo.

Se aplicaría el porcentaje de deducción (que correspondería a un 30%) a esos 25 metros cuadrados, lo que daría lugar a un 7,5%.

A esa cantidad habría que sumarle el IVA y ya se podría deducir.

 

¿Qué tipo de gastos pueden deducir los autónomos que trabajen desde casa?

Ten en cuenta que los gastos deben estar ligados a la actividad de la persona trabajadora autónoma para ser deducibles.

Por ejemplo, si una persona trabajadora autónoma presta sus servicios desde casa va a necesitar un ordenador, pero no va a poder justificar la compra de 6 ordenadores para una misma persona.

Además, es importante aportar facturas de los gastos que se desean deducir y mantenerlos registrados en los libros que corresponda.

En este sentido, es importante recordar que lo ideal es mantener las facturas digitalizadas para evitar pérdidas.

De hecho, los autónomos ya no pueden declarar el IVA en papel.

Los autónomos que presten sus servicios desde casa podrán deducir los gastos de suministros a través del modelo 036.

Ahora bien, los gastos solo pueden ser deducibles en la declaración de impuestos si el contribuyente puede demostrar que están directamente relacionados con la generación de ingresos.

El Tribunal señala que basarse simplemente en la proporción de metros cuadrados de una vivienda destinados a la actividad no es suficiente para justificar la deducción de gastos.

Sin embargo, se podría considerar como válido un criterio combinado que incluyera:

  • Metros cuadrados.
  • Días laborables dedicados a la actividad.
  • Y las horas en las que se lleva a cabo la actividad en la vivienda.

Una persona trabajadora autónoma que trabaja desde casa puede deducirse en su declaración de impuestos gastos como el IBI o la cuota de la comunidad de propietarios, según la parte de la vivienda utilizada para la actividad profesional. Este aspecto no ha cambiado.

Sin embargo, la Agencia Tributaria anteriormente no permitía aplicar esta misma regla a los consumos como la luz o el gas.

Y argumentaba que no existía una regla lógica para determinar cuánto de estos suministros se usaban para fines personales y cuánto para la actividad profesional.

Asimismo, desde Hacienda han dejado entrever la posibilidad de reclamar lo abonado de más durante los últimos cuatro ejercicios económicos.

 

¿Pueden los autónomos recuperar lo que han pagado de más por el IVA?

De momento, Hacienda aún no ha modificado la normativa. Sin embargo, todo apunta a que quizá las personas trabajadoras autónomas podrían recuperar lo que han pagado de más por el IVA.

Para ello, tendrán que calcular el IVA que podrían haberse reducido para solicitar la rectificación en sus declaraciones.

Habrá que esperar hasta conocer los criterios definidos para realizar los cálculos.

 

¿Subirá Hacienda al 10% la deducción para los autónomos por gastos no justificables?

Hay otra novedad que afecta a las personas trabajadoras autónomas: la Agencia Tributaria está barajando la posibilidad de incrementar al 10% la deducción en IRPF para desgravar gastos de difícil justificación.

En este sentido, se incluirían gastos como comidas, gasolina o suministros del hogar para las personas trabajadoras autónomas que estén prestando sus servicios en modalidad de teletrabajo.

Actualmente, las personas trabajadoras autónomas pueden aplicar una reducción del 7% por los gastos de difícil justificación.

En el caso de los autónomos societarios el porcentaje es del 3%.

Asimismo, hay otra cuestión que se está estudiando: bajar de 85.000 euros a 80.000 el umbral necesario de ingresos anuales para que las personas trabajadoras autónomas se acojan a la exención del IVA.

Las últimas informaciones indicaban que los autónomos que ganen menos de 85.000 euros no pagarán el IVA.

Tendremos que esperar para conocer cómo avanzan estas medidas.

¿Sabías que los autónomos ya pueden deducir sus gastos de suministros cuando trabajen desde casa?

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Hacienda ampliará las campañas de avisos para evitar incidencias en el IRPF

Hacienda ampliará las campañas de avisos para evitar incidencias en el IRPF

Ya se ha publicado en el BOE la Resolución de 21 de febrero de 2024, que recoge las directrices del Plan Anual de Control Tributario.

Entre las novedades, hay que destacar que Hacienda ampliará las campañas de avisos para evitar incidencias en el IRPF.

Además, desde la Agencia Tributaria van a ampliar el control sobre operadores extranjeros que vendan online.

Te contamos todas las novedades, a continuación:

 

¿Por qué se van a ampliar las campañas de avisos en IRPF?

Esta medida tiene como objetivo facilitar la corrección de incidencias en las declaraciones antes de que la Agencia actúe.

Durante el período voluntario de presentación de la declaración de IRPF del año pasado, se realizó una campaña de avisos dirigida a contribuyentes que, aunque estaban obligados a presentar la declaración, tenían una alta probabilidad de no hacerlo.

Para 2024 se planea ampliar el número de contribuyentes destinatarios de estos avisos.

Además, se mejorará la navegación por Renta Web para que los contribuyentes puedan presentar la declaración complementaria más fácilmente.

Esto se logrará ofreciendo un borrador para corregir las incidencias detectadas de manera sencilla.

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La Agencia Tributaria planea intensificar el control sobre operadores extranjeros que venden online

Desde Hacienda planean aumentar el control sobre operadores extranjeros que realizan ventas online, con el objetivo de verificar el cumplimento de sus obligaciones fiscales.

Entre estas obligaciones se destaca el pago del IVA. Aunque estos operadores no se encuentren en territorio español son responsables del pago del IVA por las ventas realizadas a consumidores finales ubicados en España.

Por tanto, son ellos y no las plataformas quienes deben declarar e ingresar el impuesto correspondiente.

Para facilitar este proceso se utilizará un flujo de información sobre pagos transfronterizos a través de proveedores de servicios de pago.

Además, se contrastarán los volúmenes importados con las cifras declaradas en aduanas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los operadores extranjeros.

Estas son algunas de las novedades recogidas en el Plan Anual de Control Tributario 2024.

A continuación, detallamos otras medidas destacadas:

 

Hacienda reforzará su vigilancia sobre los neobancos

Los neobancos son entidades de pago electrónico y sistemas de pago virtual que operan en España sin presencia física.

Estas empresas, aunque están registradas legalmente en algún Estado miembro de la UE prestan sus servicios financieros digitales en España.

Sin embargo, al no tener presencia física existe una falta de información sobre los medios de pago utilizados, como son tarjetas de débito y crédito.

Por tanto, se van a intensificar los controles sobre las empresas que utilicen medios de cobro que no estén sujetos a las obligaciones de suministro de información para evitar casos de elusión fiscal o fraude.

Además, se continuará recabando información sobre intermediarios que operen en el ámbito de inversión y pagos con monedas virtuales.

Esto permitirá ampliar el conocimiento de los inversores sobre los criptoactivos.

 

La Agencia Tributaria continuará simplificando el lenguaje de sus documentos

Siguiendo la línea de trabajo iniciada en 2023, la Agencia Tributaria va a continuar simplificando el lenguaje usado en sus documentos durante 2024.

Esta iniciativa se centrará especialmente en documentos clave, como los acuerdos de aplazamiento, con el objetivo de facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.

La simplificación del lenguaje en los documentos emitidos con mayor frecuencia permitirá que sean más comprensibles y accesibles, contribuyendo a una mayor claridad y transparencia en las comunicaciones entre la Agencia y los contribuyentes.

 

Se mejorará la asistencia de los ciudadanos

La asistencia de los ciudadanos será mejorada con la implementación de servicios tanto presenciales como no presenciales.

Entre las mejoras se incluirá un servicio de atención telefónica con horario ampliado por las tardes para ofrecer mayor accesibilidad.

Aunque la atención presencial seguirá siendo fundamental para proporcionar información y asistencia, la Agencia Tributaria está apostando por la diversificación de canales de comunicación, como el teléfono, chats, asistentes virtuales y vídeo-llamadas.

 

Se controlará la economía sumergida

En el ámbito de la economía sumergida y la ocultación de actividades se mantendrán las inspecciones en domicilios sociales de empresas con autorización administrativa o judicial.

Además, se controlará a los contribuyentes que eviten pagos por medios bancarios, tengan ventas directas al consumidor o muestren signos de riqueza incoherentes con su declaración.

También se investigarán entidades creadas para emitir facturas falsas y bienes ocultos tras fundaciones.

Y se analizarán posibles conexiones entre criptomonedas y actividades ilícitas o fraude fiscal, recopilando información de empresas intermediarias y nuevas obligaciones informativas sobre monedas virtuales.

 

Estos son los sectores en los que se incrementarán las Inspecciones en 2024

Uno de los principales enfoques de Hacienda este año será la declaración de criptomonedas, que se presenta por primera vez con los datos de 2023.

En este sentido, existe una sección exclusiva para pequeños negocios y personas trabajadoras autónomas.

Además, como mencionamos anteriormente, se implementará una campaña de advertencias dirigida específicamente a destacar posibles irregularidades en las declaraciones del IRPF, con ciertos sectores de autónomos siendo los más susceptibles.

Entre ellos, se destacan aquellos negocios donde el uso excesivo de efectivo sugiere un alto riesgo de actividad económica no declarada.

Se pondrá especial atención en sectores como el comercio, la construcción y la hostelería, entre otros.

 

Hacienda continuará realizando visitas sorpresas a los autónomos en 2024

Además, el Plan de Control Tributario aborda otra cuestión importante: Hacienda continuará realizando visitas sorpresa de manera presencial.

Esto se lleva a cabo para verificar posibles reformas realizadas, entre otros aspectos.

Asimismo, se prestará especial atención a:

  • Los negocios que no acepten pagos a través de medios bancarios.
  • Los negocios digitales.
  • Aquellos negocios que obtengan ingresos de entregas de bienes o prestaciones de servicios directamente realizados al consumidor, ya que aumentan los riesgos y la falta de control en los métodos de pago.
  • Los negocios que presenten incoherencias entre las rentas presentadas y los signos de riqueza.

 

¿Cómo deben ser las inspecciones para considerarse válidas?

Algunos expertos sostienen que una inspección debe cumplir con los criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad para ser considerada válida.

Es crucial tener en cuenta que, para llevar a cabo una inspección sorpresa de manera presencial, regulada en el artículo 113 de la Ley General Tributaria, se requiere obtener consentimiento o una autorización judicial.

Por tanto, es necesario demostrar que dicha inspección sorpresa es la única opción viable:

  • Para recopilar la documentación necesaria que pueda evidenciar una posible infracción.
  • Y que existe un riesgo de que se destruyan los indicios si se avisa previamente.
 

¿Cómo superar una inspección de trabajo?

El primer paso para superar una Inspección de Trabajo es comprender la razón detrás de la inspección.

Esto permitirá preparar la documentación y argumentos necesarios para evitar posibles sanciones. 

En muchas ocasiones, las inspecciones surgen a razón de conflictos entre la empresa y una persona empleada, quien puede decidir denunciar la situación ante la Inspección de Trabajo. 

 

¿Quién debe asistir a la citación de una Inspección?

Tanto la persona responsable de la empresa como un asesor o asesora laboral pueden acudir a la citación de Inspección.

Esta persona deberá llevar consigo la documentación requerida y estar preparada para responder a las preguntas del inspector.

Una vez concluida la comparecencia, se deberá esperar para confirmar si se emitirá un acta de infracción.

Si se detecta alguna irregularidad que requiera corrección, será necesario abonar la sanción correspondiente.

El pago anticipado de la multa, antes de la emisión del acta, puede conllevar un descuento de hasta un 40%.

Esperamos que este post te resulte de interés. ¿Conocías las medidas incluidas en el Plan de Anual de Control Tributario?

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El Tribunal Supremo aclara cómo afecta la subida del SMI a los convenios

El Tribunal Supremo aclara cómo afecta la subida del SMI a los convenios

Las subidas del SMI en los últimos años han causado cierto revuelo entre personas empleadas y empresas ante las dudas sobre cómo influirían dichas subidas en el salario percibido.

Se desconocía si había que tomar el salario base y sobre él calcular los diferentes complementos, como el de antigüedad o peligrosidad.

Para acabar con la incertidumbre y resolver la cuestión, el Tribunal Supremo aclara cómo afecta la subida del SMI a los convenios colectivos a través de 3 sentencias.

Te contamos todos los detalles en este post.

 

¿Cómo influye la subida del SMI a los convenios colectivos?

El Tribunal Supremo lo tiene claro, para lograr la efectiva percepción del SMI hay que atender a las previsiones del convenio colectivo, incluyendo los diversos complementos salariales, salvo que una norma con rango de ley concluya otra cosa distinta.

Esto es en concordancia con el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores que establece:

“La revisión del salario mínimo interprofesional no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel”.

La decisión del Tribunal Supremo tiene como fin evitar que el SMI sea distinto para cada colectivo dependiendo del convenio al que esté sujeto.

A continuación, detallamos cuáles fueron las 3 sentencias que resolvieron la cuestión tras las subidas del SMI.

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Estas sentencias aclaran cómo afecta la subida del SMI a los convenios

A continuación, analizamos 3 sentencias que aclaran cómo afectaría la subida del SMI a los convenios:

 

El plus de antigüedad forma parte del salario

El 22 de enero de 2022 encontramos la sentencia rec. 89/2020 en la que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo resolvió la cuestión de cómo se debería aplicar la subida del SMI.

Esta sentencia hacía referencia a la subida de 900 € mensuales del SMI en 2019 y analizaba cuál sería su aplicación en cuanto al Convenio colectivo de Trabajo del sector de Talleres para personas con discapacidad intelectual de Cataluña.

La duda que debía de tratar el Tribunal Supremo era si para garantizar la percepción del SMI:

  • Debía incrementarse el salario hasta 900 € al mes.
  • O, si debía sumarse al salario base el plus de antigüedad hasta alcanzar el SMI.

El Tribunal expuso que debería sumarse el salario base y el plus de antigüedad. Únicamente en el caso en el que la suma de ambos no alcanzase el SMI se debería aumentar el salario para ajustarlo al SMI.

Así el Tribunal Supremo concluyó que a no ser que un convenio diga lo contrario, el plus de antigüedad formará parte del salario.

Es decir, la subida del SMI estará compensada si al sumar el salario base y el plus de antigüedad se percibe un salario igual o superior al SMI establecido.

Por tanto, la subida del SMI no afectaría a las personas trabajadoras que ya vengan cobrando un salario superior en cómputo anual.

 

Los complementos salariales y la prima de producción forman parte del salario

La segunda sentencia del Tribunal Supremo que determinó cómo afecta la subida del SMI a los convenios la encontramos el 29 de marzo de 2022 (rec. 162/2019).

En este caso, el Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación interpuesto por UGT, CCOO y la USO que reclamaron la suma al SMI de los complementos de convenio sin que se absorbiera ninguno de ellos.

Es decir, pedían que las personas trabajadoras tuviesen derecho a:

  • Recibir sus 900 euros mensuales en 14 pagas (concretados en el SMI 2019).
  • Además de los complementos salariales de convenio y la prima de producción, aún en el caso de superarse los 12.600 euros anuales.

El Tribunal Supremo no aceptó la demanda y resolvió que todos los complementos salariales forman parte del salario.

 

Los complementos extrasalariales no computan en el SMI

La tercera sentencia la encontramos también el 29 de marzo de 2022 (rec. 60/2020).

En este caso, el Tribunal Supremo advirtió que los únicos complementos que quedan fuera del cómputo del SMI son los extrasalariales.

Hablamos de complementos que no tienen la consideración de salario, por ejemplo, indemnizaciones o gastos relacionados y a consecuencia de la actividad laboral de una persona trabajadora.

En este caso, el Tribunal Supremo consideró que no se puede compensar el incremento del SMI con complementos extrasalariales puesto que la finalidad de los mismos es compensar los gastos derivados de la actividad laboral de los empleados.

 

Este es el SMI en 2024

Con efectos retroactivos desde el 1 de enero, el Gobierno ha establecido que el SMI para 2024 será de 1.134 euros.

Esta cifra es de aplicación siempre y cuando recibas 14 pagas en tu empresa.

En el caso de que únicamente percibas 12 pagas, se prorratean en tu nómina y las mensualidades a percibir son de 1.323 euros.

 

¿A qué trabajadores afecta la subida del SMI?

La subida del SMI afecta de manera directa o indirecta a todas las personas trabajadoras.

Si un empleado cobra menos de lo establecido en el SMI (incluyendo el salario base y los complementos salariales) verá cómo se incrementa su sueldo.

Aunque haya casos en los que no se produzca una subida del salario, las personas empleadas se van a beneficiar de forma indirecta de la subida del SMI, por ejemplo, en la cantidad de salario protegido frente a un embargo.

 

¿Todos los trabajadores tienen que cobrar 1134 euros al mes?

Las personas trabajadoras cobrarán de forma proporcional y dependiendo del tipo de jornada que tengan.

Por ejemplo, en los contratos de formación en alternancia el salario será el que se establezca en convenio colectivo.

Si el convenio no establece nada, se aplicará un 60% durante el primer año y un 75% durante el segundo. Esto es respecto a la cantidad fijada en convenio para ese grupo profesional o funciones en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Esperamos que esta información sea de tu interés. Continuaremos trabajando para ofrecerte contenido actualizado.

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