Se suspende el Bonus por disminución de la siniestralidad laboral

Se suspende el Bonus por disminución de la siniestralidad laboral

¿Sabías que se suspende el Bonus por disminución de la siniestralidad laboral para 2023? Así lo recoge la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

De esta manera, ¿no se puede solicitar la reducción de las cotizaciones por disminución de la siniestralidad laboral? Te contamos todos los detalles, a continuación.

 

Se suspende el Bonus por disminución de la siniestralidad laboral en 2023

La Disposición adicional nonagésima séptima de la Ley PGE 2023 indica la suspensión del Bonus o sistema de reducción de cotizaciones por disminución de la siniestralidad laboral.

“Se suspende la aplicación del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral, prevista en el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, para las cotizaciones que se generen durante el año 2023”.

Esta suspensión se va a extender hasta que el Gobierno proceda a la reforma de la norma reguladora.

Hay que mencionar que la Ley 22/2021 ya suspendió la aplicación del Bonus a las empresas que hubiesen disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral, para las cotizaciones que se generaran en 2022.

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¿Qué es el sistema de reducción de cotizaciones por disminución de la siniestralidad laboral?

El sistema de reducción de cotizaciones por disminución de la siniestralidad laboral es un mecanismo que permite a las empresas minimizar la cantidad de cotizaciones que deben pagar a la Seguridad Social.

Esto es en función de la disminución de la siniestralidad laboral que hayan experimentado.

La siniestralidad laboral se refiere a los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que sufren los trabajadores en el desempeño de su actividad laboral.

Este sistema se basa en la idea de que las compañías que han implementado medidas de prevención de riesgos laborales y han logrado reducir el número de accidentes y enfermedades profesionales en su empresa, deben ser recompensadas con una reducción en las cotizaciones que deben realizar a la Seguridad Social.

Así se pretende fomentar la prevención de riesgos laborales e incentivar a las empresas a mejorar las condiciones de trabajo de sus empleados.

 

¿Qué empresas están obligadas a tener un Plan de Prevención de Riesgos Laborales?

Todas las empresas tienen la obligación de elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

Cualquier compañía que tenga con uno o más trabajadores a su cargo tiene que velar por la seguridad de sus empleados.

En los Planes de Prevención de Riesgos Laborales cada compañía debe evaluar los riesgos a los que se enfrentan sus trabajadores y establecer medidas adecuadas para prevenirlos.

Hay que tener en cuenta, además, los riesgos psicosociales. Las compañías deben informar a los trabajadores y establecer vigilancia para su correcto estado de salud y para fomentar el bienestar laboral.

Cada compañía puede crear su propio Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

Estaremos pendiente para ofrecerte el contenido lo más actualizado posible.

¿Sabías que el Bonus por disminución de la siniestralidad laboral para 2023 permanece suspendido? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

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Nuestra Agencia de Colocación cumple 10 años

Nuestra Agencia de Colocación cumple 10 años

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Nueva prestación por desempleo para artistas y sector cultural

Nueva prestación por desempleo para artistas y sector cultural

El BOE publicó el pasado 10 de enero el RD Ley 1/2023 de mejora de la protección social de artistas que afectará a los trabajadores del sector cultural.

Entre otras medidas este RD Ley incluye una nueva prestación por desempleo para artistas y sector cultural y una mayor compatibilidad de la jubilación con los ingresos derivados del trabajo artístico.

Así, los artistas ven cómo se cumplen dos reclamaciones que llevan exigiendo durante años. Estas novedades del sector cultural van a formar parte del Estatuto del Artista. Te lo contamos todo, a continuación.

 

Nuevas medidas de protección para artistas

Las nuevas medidas que recoge el RD Ley 1/2023 para facilitar y mejorar la situación de los artistas son las siguientes:

 

Así es la prestación especial por desempleo para artistas y sector cultural

Hay que destacar que los artistas suelen alternar periodos de actividad (empleo) con periodos de inactividad (desempleo).

Por eso, ha sido necesario incluir en el RD Ley 1/2023 una nueva prestación especial por desempleo para los trabajadores que desarrollan su actividad en artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como para quienes realizan actividades técnicas y auxiliares.

 

Cuantía de la prestación por desempleo para artistas

La cuantía de la prestación especial para artistas será igual al 80% del IPREM mensual que esté vigente en cada momento.

Salvo que la media diaria de las bases de cotización correspondientes a los últimos 60 días de prestación real de servicios en la actividad artística sea superior a 60 euros.

En este caso, será igual al 100% del IPREM.

 

Duración de la prestación especial por desempleo para el sector cultural

La duración de la prestación especial para artistas será de cuatro meses y entrará en vigor el 1 de julio de 2023. Hasta ese momento, se trabajará en una herramienta específica para su gestión.

Esta prestación especial no será compatible con el trabajo por cuenta propia.

Si será compatible con la percepción de derechos de propiedad intelectual y de imagen.

 

¿Qué artistas pueden acceder a la nueva prestación por desempleo?

Los artistas deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Acreditar estar en situación legal de desempleo con 60 días cotizados por prestación real de servicios en la actividad artística en los últimos 18 meses.
  • Acreditar 180 días de alta en Seguridad Social por prestación real de servicios en la actividad artística en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo, siempre que no hayan sido computadas para el reconocimiento de una prestación anterior.
  • No tener derecho a una prestación contributiva ordinaria por desempleo, aunque, en el caso de que la prestación especial sea más beneficiosa podrán renunciar a ésta y recibir la nueva prestación especial.

Una vez extinguida la prestación especial el trabajador podrá obtener de nuevo su reconocimiento cuando vuelva a encontrarse en situación legal de desempleo, reúna los requisitos exigidos al efecto y haya transcurrido un año, al menos, desde la fecha de dicha extinción.

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Mayor compatibilidad de la jubilación con los ingresos derivados del trabajo creativo y artístico

El RD Ley 1/2023 incluye también la compatibilidad de la pensión de jubilación contributiva con la actividad artística y de creación. La novedad es que incluye actividades relacionadas como conferencias o presentaciones de libros.

Hasta ahora, esa compatibilidad solo alcanzaba a actividades que generaban derechos de propiedad intelectual.

Además, garantiza la compatibilidad de las prestaciones no contributivas con los rendimientos de la actividad artística que no superen el umbral del SMI.

Esta medida estará vigente a partir del 1 de abril de 2023.

 

Mejora de la protección social de los artistas inscritos en el RETA con bajos ingresos

Además, el RD atiende a la especial situación de autónomos artistas con bajos ingresos y adapta el régimen de la relación laboral de carácter especial de las personas dedicadas a las actividades artísticas, así como a las actividades técnicas y auxiliares necesarias para su desarrollo.

De esta manera, se mejoran las condiciones laborales del sector, permitiendo a los autónomos artistas compatibilizar su actividad creativa y su inclusión en el sistema de Seguridad Social.

Para los artistas autónomos con ingresos inferiores a 3.000 euros anuales se especifica una base de cotización mensual reducida que se fija para el año 2023 en 526,14 euros mensuales.

El importe será objeto de modificación en años sucesivos a través de los Presupuestos Generales del Estado.

Además, se abre la posibilidad a solicitud del interesado de que el plazo de ingreso de las cuotas sea trimestral, en lugar de mensual.

 

¿Cuándo entrarán en vigor las nuevas medidas para artistas?

Como comentamos, la rebaja en la cotización y las novedades en la jubilación de los trabajadores del sector cultural entrarán en vigor a partir del 1 de abril de 2023.

Por su parte, la prestación especial por desempleo para los artistas entrará en vigor el 1 de julio de 2023.

Todas estas medidas formarán parte del Estatuto del Artista, para el que se han creado una comisión y un grupo de trabajo:

 

Creación de nuevas comisiones y grupos de trabajo

El RD Ley prevé la aprobación de 2 comisiones de trabajo interministeriales:

  • Grupo de trabajo para el estudio e impulso de medidas de reconocimiento de la intermitencia en el ámbito laboral y de la Seguridad Social de los artistas y trabajadores autónomos de la cultura. Deberá ponerse en marcha en el plazo de 1 mes.
  • Comisión para impulsar la evaluación y el reconocimiento de determinadas enfermedades profesionales derivadas de las actividades específicas en el sector cultural. Tendrá que ponerse en marcha en el plazo de 6 meses.

 

¿Qué es el Estatuto del Artista?

Todas las medidas mencionadas anteriormente tienen como fin facilitar y mejorar la situación de los artistas y de los trabajadores del sector cultural.

En este sentido, el desarrollo del Estatuto del Artista se configura como una de las reformas recogidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, destinado a la revalorización de la industria cultural.

El objetivo del Estatuto del Artista es la adecuación del marco jurídico, fiscal y laboral del sector cultural, para mejorar la protección social de los agentes de este sector.

Además, el Estatuto del Artista daría respuesta a peticiones sobre la protección laboral, fiscalidad e ingresos por derechos de autor.

Varios Ministerios se encuentran trabajando en este Estatuto del Artista y para ello, se han creado la Comisión y el Grupo de Trabajo anteriormente mencionados.

Se espera la publicación del Estatuto del Artista a lo largo del año.

Estaremos pendientes para ofrecer la información lo más actualizada posible. ¿Qué te parecen las nuevas medidas para artistas y sector cultural?

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Se implanta la plataforma concursal para micropymes y autónomos

Se implanta la plataforma concursal para micropymes y autónomos

Hace unas semanas se publicó en el BOE la Orden JUS/1333/2022, de 28 de diciembre, que regula la plataforma creada para los concursos de micropymes.

De esta manera, se implanta la plataforma concursal para micropymes y autónomos 2023.

Esta plataforma fue impulsada por la Ley 16/2022 de reforma de la Ley Concursal. En este post, analizamos todos los detalles.

 

¿Qué es la Ley Concursal?

La Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, surgió para asegurar la continuidad de empresas y negocios que son viables pero que se encuentran en dificultades financieras que pueden amenazar la solvencia y revocar el consiguiente concurso.

Más abajo, analizaremos todas las novedades que incluyó la Ley Concursal. En primer lugar, vamos a detallar qué pasa con el procedimiento especial para microempresas.

 

Procedimiento especial para microempresas

Las pymes constituyen más del 94% de las empresas españolas por lo que se consideró necesario ofrecer un instrumento útil para las mismas.

Hasta el momento los instrumentos vigentes no habían funcionado, los acuerdos extrajudiciales de pago han tenido un uso escaso ya que el concurso tiene unos elevados costes fijos.

La reforma de la Ley Concursal incluye un procedimiento especial para microempresas.

 

Plataforma concursal para micropymes y autónomos 2023

De esta manera, surge la plataforma concursal para micropymes y autónomos, diseñada para posibilitar un acceso rápido al procedimiento, en el que se minimicen los costes fijos del sistema y sea más sencilla la adopción de un plan de continuación o bien, si esta no es posible, la liquidación de la misma.

La comunicación se podrá realizar a través de formularios electrónicos normalizados oficiales accesibles en línea de manera gratuita. Esto permitirá recibir la información en tiempo real.

 

¿Quiénes pueden acceder a la plataforma concursal?

El procedimiento especial para microempresas es aplicable a los deudores que sean personas naturales o jurídicas, que realicen una actividad empresarial y reúnan las siguientes características:

  • Haber empleado durante el año anterior a la solicitud una media de menos de 10 trabajadores.
  • Tener un volumen de negocio anual inferior a 700 mil euros o un pasivo inferior a 350 mil euros según las últimas cuentas cerradas en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud.

El procedimiento especial afectará a la totalidad de los bienes y derechos integrados en el patrimonio del deudor en la fecha de apertura del procedimiento especial y los que se reintegren en el mismo, exceptuando los bienes y derechos legalmente inembargables.

Para acceder a la plataforma será necesaria la identificación a través de:

El procedimiento especial para microempresas podrá tramitarse como:

  • Procedimiento de continuación.
  • Procedimiento de liquidación con o sin transmisión de la empresa en funcionamiento.

Y será aplicable a microempresas que se encuentren en probabilidad de insolvencia, en estado de insolvencia inminente o en insolvencia actual.

Este nuevo procedimiento entró en vigor el 1 de enero de 2023, pero ha comenzado a ser accesible desde el día 9 de este mes.

De esta manera, los autónomos y las microempresas con menos de 10 empleados pueden acceder desde el 9 de enero a una plataforma que les posibilita la comunicación de forma directa con los juzgados. Esto es en caso de que requieran acudir a un concurso de acreedores.

 

Liquidación de bienes y servicios

Otra de las novedades de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, es la liquidación de los bienes y derechos.

Se introduce la posibilidad de la venta de los activos de las microempresas, tanto a través de venta directa por acceso externo al catálogo de los clientes, como a través de la realización de subastas electrónicas periódicas.

En los 2 casos a través de la creación de una plataforma de liquidación que será un portal electrónico público, de acceso gratuito y universal.

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El Gobierno aprueba la Reforma de la Ley Concursal

Tras más de un año de trámites parlamentarios, el Gobierno aprobó hace unos meses la Reforma de la Ley Concursal.

La nueva normativa, que busca agilizar los procedimientos de insolvencia, podría ayudar a las empresas con dificultades económicas.

 

¿Cuándo entró en vigor la Ley Concursal?

La normativa entró en vigor el pasado 26 de septiembre de 2022, aunque la plataforma concursal no se ha implantado hasta este 9 de enero de 2023.

 

Así es la Ley Concursal

La Ley Concursal pretende establecer la fase pre-concursal como una vía útil para que los negocios con dificultades financieras de manera puntual puedan continuar con su actividad.

Hasta el momento, la fase pre-concursal no ha sido muy utilizada por las empresas, ya que requería una insolvencia inminente.

A partir de ahora, se podrá usar como una reestructuración en una situación de probabilidad de insolvencia.

 

Descubre otras novedades que incluye la Ley Concursal

Las principales novedades que incluye la Ley Concursal son:

 

Planes de reestructuración

La Ley Concursal introduce los planes de reestructuración para evitar la insolvencia y para ayudar a superarla. Se suprimen así los actuales instrumentos pre-concursales.

Los planes de reestructuración permiten actuar de manera previa a los instrumentos pre-concursales, sin asociarse al concurso y con características que incrementan su eficacia.

Su introducción provocará una reestructuración más temprana, y con mayores probabilidades de éxito, y contribuirá a la descongestión de los juzgados y a una mayor eficiencia del concurso.

Las empresas podrán acogerse a los planes de reestructuración en una situación de probabilidad de insolvencia, de manera previa a la insolvencia inminente que se exige para poder recurrir a los actuales instrumentos.

Además, el contenido de los planes de reestructuración es más amplio y los acreedores tienen libertad para establecer las medidas que consideren oportunas para frenar la crisis de solvencia del deudor.

En cuanto a los acreedores que se vean afectados por el plan de reestructuración, éstos tendrán que agruparse por clases dependiendo del interés común.

Los acreedores de créditos que tengan igual rango para el concurso de acreedores formarán parte de una misma clase, únicamente podrán separarse si hay razones justificadas.

Por su parte, aparece la figura del experto en la reestructuración. Éste podrá intervenir en la fase pre-concursal cuando lo solicite el deudor, los acreedores que representen más del 50% del pasivo que pudiera verse afectado o cuando se solicite la homologación de un plan que no hubiera sido aprobado por las clases de acreedores o los socios.

Además, se reduce de 5 a 3 años la duración del plan de pagos del deudor.

 

Pre Pack Concursal

El Pre Pack Concursal permitirá a las empresas vender 1 o más unidades productivas para obtener fondos y hacer frente a sus deudas antes de que se produzca la solicitud de concurso de acreedores.

 

Alerta temprana

La alerta temprana permitirá al deudor responsable detectar la necesidad de actuar para evitar y acabar con la insolvencia.

Nace para que el deudor, una vez que detecte la probabilidad de insolvencia, pueda actuar sin demora con el objetivo de evitar que la posibilidad se convierta en insolvencia actual.

 

Derecho a una segunda oportunidad

La nueva Ley Concursal modifica el procedimiento de segunda oportunidad: amplía la relación de deudas exonerables e introduce la posibilidad de exoneración sin liquidación previa del patrimonio del deudor y con un plan de pagos.

Esto permitirá al deudor mantener su vivienda actual y si fuese un autónomo, continuar con su actividad.

Es decir, los trámites se simplifican y ya no será necesaria la liquidación previa de los bienes del deudor para el perdón de sus deudas.

Además, las exoneraciones previstas de hasta 1.000 € frente a Hacienda y otros 1.000 € con la Seguridad Social aumentan hasta 10.000 € para las personas físicas.

 

Modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial

Esta modificación surge para mejorar el reparto competencial establecido para los juzgados de lo mercantil y para las secciones especializadas de las Audiencias Provinciales.

 

¿Qué beneficios conlleva la nueva Ley Concursal?

La Ley Concursal permitirá que en todo concurso se abra una fase de calificación, en la que se juzgue si el empresario es el culpable del estado de falta de liquidez de la empresa.

De esta manera, los directivos y responsables de las empresas podrían anticiparse a los problemas, ya que se podría recurrir a un procedimiento de insolvencia con una antelación de hasta 2 años.

Cuanto antes se anticipen menor será el riesgo de que los socios pierdan el control de la empresa.

Además, la nueva normativa permitirá que los gestores de fondos internacionales especializados en invertir en compañías con situaciones especiales incluyan a España como uno de los países que ofrecen garantías.

Seguiremos pendientes de todas las novedades relacionadas con la Ley Concursal.

¿Qué te parece la nueva normativa? ¿Crees que son útiles las reformas aprobadas para la Ley Concursal? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

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Entra en vigor la nueva normativa para hacer la Valoración de puestos

Entra en vigor la nueva normativa para hacer la Valoración de puestos

El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado mes de noviembre la Orden PCM/1047/2022, de 1 de noviembre, por la que se aprueba y se publica el procedimiento de valoración de los puestos de trabajo previsto en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres

¿Sabes qué obligaciones incluye para las empresas? Te lo contamos, a continuación.

Además, te recordamos que Trabajo e Igualdad publicaron hace unos meses una nueva herramienta para identificar las diferencias retributivas entre hombres y mujeres y poder corregirlas.

 

¿Por qué surge la normativa para hacer la Valoración de puestos de trabajo?

La nueva normativa para hacer la Valoración de puestos de trabajo tiene como fin que todos los trabajadores y trabajadoras que realicen un mismo puesto de trabajo en una empresa reciban el mismo salario y la misma valoración por sus actividades laborales.

Tiene por objeto realizar una estimación global de todos los factores que concurren o pueden concurrir en un puesto de trabajo, teniendo en cuenta su incidencia y permitiendo la asignación de una puntuación o valor numérico al mismo.

Los factores de valoración deben ser considerados de manera objetiva y deben estar vinculados con el desarrollo de la actividad laboral.

Para ello, el Ministerio de Igualdad creó hace unos meses una herramienta para acabar con la brecha salarial a través de la valoración de puestos de trabajo.

La herramienta incorpora un modelo voluntario de procedimiento de valoración de puestos de trabajo, que permite que cada empresa pueda evaluar de forma efectiva el valor que aporta cada puesto de trabajo al conjunto de la organización.

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¿Qué empresas están obligadas a cumplir con la normativa sobre la Valoración de puestos de trabajo?

Todas las empresas que estén obligadas a realizar con un Plan de Igualdad tienen que realizar una auditoría salarial, que forma parte del diagnóstico de situación.

Para hacer esa auditoría salarial es necesario realizar de manera previa una valoración de puestos de trabajo que servirá para analizar si existe o no brecha salarial entre mujeres y hombres.

De esta manera, la valoración de puestos de trabajo se convierte en una obligación que deben seguir las empresas para garantizar la igualdad y la transparencia retributiva entre mujeres y hombres en puestos de trabajo que tengan igual valor.

La herramienta de valoración de puestos creada por el Ministerio de Igualdad podría adquirir gran relevancia.

 

Conoce la herramienta de valoración de puestos para acabar con la brecha salarial del Ministerio de Igualdad

La herramienta de valoración de puestos del Ministerio de Igualdad es una herramienta totalmente gratuita que nace para impulsar y apoyar el cumplimiento del RD 902/2020 sobre igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

Fue desarrollada por una mesa de diálogo social formada por la Dirección General de Trabajo, el Instituto de las Mujeres, CEOE, CEPYME y las organizaciones sindicales UGT y CCOO.

El fin de la herramienta es realizar una valoración de los puestos de trabajo para visibilizar y corregir las desigualdades existentes en materia de género.

La herramienta del Ministerio de Igualdad permitirá asignar una puntuación numérica a cada puesto de trabajo para comparar los valores asignados y clasificar en agrupaciones los puestos de trabajo de igual valor.

Para su uso se necesita información sobre la estructura de la organización (grupos profesionales, departamentos y puestos de trabajo existentes).

También se requiere conocimiento sobre cada uno de los puestos de trabajo, como las principales tareas a desempeñar.

Para analizar los salarios percibidos por los trabajadores y trabajadoras de una empresa, se necesitan datos desagregados y actualizados de cada una de las personas de la organización, su salario y su puesto de trabajo.

Además, de forma complementaria, se requerirá información del convenio al que esté adscrito la organización.

 

Este es el objetivo de la herramienta de valoración de puestos del Ministerio de Igualdad

El fin de la herramienta es realizar una estimación de los requerimientos necesarios para realizar cada uno de los puestos de trabajo.

Para ello, se les asigna una puntuación numérica a cada puesto de trabajo que permite comparar el valor de todos empleos para después clasificarlos en agrupaciones de puestos de trabajo de igual valor.

Esta valoración es fundamental para elaborar correctamente los planes de igualdad y realizar la auditoria retributiva, que tendrá que incluir una media aritmética de las percepciones salariales de puestos considerados de igual valor.

Así podrán identificarse casos discriminatorios cuando alguien esté percibiendo una retribución inferior a la que debería de recibir.

Es una herramienta creada para acabar con la discriminación y para aplicar de manera correcta el principio de igualdad retributiva.

 

¿Cuándo se considera un trabajo del mismo valor?

El artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores establece:

“Un trabajo tendrá igual valor que otro cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes”.

 

Estas son las características de la nueva herramienta para acabar con la brecha salarial

La herramienta se puede utilizar en cualquier compañía, independientemente del número de trabajadores o del sector de actividad al que pertenezca.

El método que utiliza es cuantitativo y ponderado, por tanto, la evaluación de cada uno de los puestos de trabajo se realiza a través de la asignación de un valor numérico a cada puesto de trabajo.

Se usan factores neutros y objetivos para evitar discriminación o sesgos por razón de sexo.

 

Cómo se usa la herramienta de valoración de puestos del Ministerio de Igualdad

Primero hay que determinar y establecer todos los puestos de trabajo que se desarrollen dentro de la empresa y realizar una evaluación de cada uno de ellos, atendiendo a diferentes factores.

Cada factor tiene que pertenecer necesariamente a uno de los siguientes 4 tipos: conocimiento y aptitudes, responsabilidad, esfuerzo y condiciones de trabajo.

Se analizan las obligaciones del puesto, el esfuerzo físico y mental que requiere, la responsabilidad, etc.

Habrá que elegir entre femenino, masculino o neutro dependiendo de si el factor se atribuye habitualmente a mujeres, a hombres, o a ambos indistintamente.

La herramienta clasifica con una puntuación cada uno de los puestos de la compañía y agrupa aquellos que se encuentren al mismo nivel para comparar si existen diferencias de sueldos en puestos similares.

Este instrumento también ofrece una agrupación por sexo, es decir, muestra la composición de los puestos de trabajo y qué personas los realizan.

Por tanto, sirve para analizar si existe un mayor número de trabajadores hombres contratados en puestos con mejor salario y de mujeres en puestos con una retribución inferior.

 

Estas son las ventajas de la herramienta de valoración de puestos de trabajo del Ministerio de Igualdad

  • Establece un sistema de valoración de puestos de trabajo atendiendo a los diferentes criterios.
  • Elimina las diferencias salariales en función de género.
  • Determina un sistema de retribución acorde al valor de cada puesto de trabajo.
  • Acaba con la discriminación y revaloriza el papel de las mujeres.
  • Supone un gran apoyo no solo para las auditorías retributivas sino para los planes de igualdad.
  • Permite visibilizar las tareas, funciones y actividades que tradicionalmente, por estar ligadas a puestos de trabajo altamente feminizados, no se valoran debidamente.

Eso sí, el uso de esta herramienta es totalmente voluntario. Las empresas pueden usar cualquier otro sistema para analizar la valoración de puestos de trabajo, siempre que cumpla con los requisitos exigidos.

Esperamos que te sirva de ayuda esta información en materia de igualdad.

No olvides dejar más abajo tu comentario para contarnos qué te parece esta nueva herramienta para acabar con la brecha salarial. ¡Nos encanta leer tus opiniones!

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