Ayuda de 4.000 euros para la contratación de jóvenes en Santander

Ayuda de 4.000 euros para la contratación de jóvenes en Santander

Se ha publicado el Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 3 de junio de 2024, aprobando la convocatoria de ayudas SANTANDER 30: CREA, EMPLEA y RETORNA.

En este post nos vamos a centrar concretamente en el Programa II – Santander 30 emplea cuyo objetivo es ofrecer una ayuda de 4.000 euros para la contratación de jóvenes en Santander.

Esta ayuda es compatible con el contrato de formación en alternancia.

¿Quieres ser una de las entidades beneficiarias? Te ofrecemos todos los detalles, a continuación:

 

¿Cómo es la ayuda de 4.000 euros para contratar en Santander?

Para apoyar a emprendedores y empresarios en la generación y en el mantenimiento del empleo, el Ayuntamiento de Santander ha publicado una serie de ayudas económicas.

Te ofrecemos todos los detalles más abajo.

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¿Quiénes pueden beneficiarse de las ayudas de 4.000 euros por contrato en Santander?

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas y jurídicas que desarrollen su actividad en Santander y cumplan estos requisitos:

  • Estén al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Santander.
  • No tengan pendiente de justificación ninguna otra subvención anterior concedida por  el Ayuntamiento de Santander.
  • Cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2.003 General de Subvenciones y el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

 

¿Cómo se financia esta ayuda?

Las ayudas serán financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Santander del ejercicio correspondiente.

 

¿Es compatible esta ayuda con el contrato de formación en alternancia?

Así es. El Programa II – Santander 30 Emplea está diseñado para que tanto personas físicas como jurídicas con un centro de trabajo en Santander puedan contratar a jóvenes de hasta 30 años entre el 1 de diciembre de 2023 y el 16 de septiembre de 2024.

 

Detalles de la ayuda:

  • 4.000 euros por contrato formalizado. Se subvenciona cualquier tipo de modalidad contractual (a excepción de los fijos discontinuos) siempre que se firme el contrato por un período de mínimo 1 año.
  • Incentivos adicionales. Si la entidad tiene una plantilla de 10 o menos personas en el momento de la contratación, la cuantía de la subvención podrá incrementarse en 1.000 euros adicionales.

 

Beneficios del contrato de formación en alternancia:

El contrato de formación en alternancia, compatible con la ayuda, es muy beneficioso para las empresas, ya que conlleva a parte 3 bonificaciones adicionales:

  • Bonificación de los Seguros Sociales.
  • Bonificación de la formación teórica.
  • Bonificación de entre 60 y 80 euros en concepto de tutorización.

Si deseas firmar un contrato de formación que reúna los requisitos para ser subvencionable, ¡contáctanos!

¿Cuál es el régimen de concesión de las ayudas?

Las subvenciones se concederán a las solicitudes que reúnan todos los requisitos establecidos, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.

 

¿Hasta cuándo se puede solicitar esta ayuda?

Se podrá solicitar hasta el 16 de septiembre de 2024.

¿Conocías esta subvención disponible en Santander? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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Esta es la normativa que recoge el Código Laboral en 2024

Esta es la normativa que recoge el Código Laboral en 2024

Código Laboral y de la Seguridad Social, ¿sabes qué novedades incluye? Esta es la normativa que recoge el Código Laboral en 2024.

Analizamos las novedades más destacadas, a continuación:

 

¿Qué es el Código Laboral?

El Código Laboral y de la Seguridad Social es un documento que recoge un conjunto de leyes y de regulaciones que indican los derechos y los deberes de las personas empleadas en relación con la seguridad social y con su puesto de trabajo.

El Código Laboral regula temas esenciales, como son la contratación, el salario, las horas de trabajo o las prestaciones laborales. Su objetivo es proteger los derechos de las personas trabajadoras y asegurar un ambiente de trabajo justo y seguro.

A continuación, analizamos las normativas más actuales que están recogidas en el Código Laboral en 2024:

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¿Qué normativa recoge el Código Laboral en 2024?

La normativa más destacada recogida en el Código Laboral y de la Seguridad Social este año 2024 es:

 

Igualdad de trato y no discriminación 

La Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación viene recogida de manera parcial en el Código Laboral 2024.

Esta ley prohíbe limitaciones, segregaciones o exclusiones en el acceso al empleo por cuenta ajena, ya sea público o privado, incluyendo criterios de selección, formación para el empleo, promoción profesional, retribución, jornada laboral y demás condiciones de trabajo, así como en casos de suspensión, despido u otras causas de terminación del contrato.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, conforme a la normativa, supervisará el cumplimiento del derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el acceso al empleo y las condiciones laborales.

En el ejercicio de su función de vigilancia, la Inspección de Trabajo incluirá en su plan anual de actuación objetivos específicos sobre igualdad de trato y no discriminación.

Además, se podrá exigir por vía reglamentaria a empresas con más de 250 personas trabajadoras que publiquen información salarial para analizar diferencias salariales, considerando las condiciones y circunstancias establecidas.

Esta ley también prohíbe limitaciones, segregaciones o exclusiones en el acceso y desarrollo de actividades por cuenta propia, conforme a las causas contempladas en la normativa.

 

Ley de Empleo

El Código Laboral 2024 incorpora la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, diseñada para reducir la tasa de desempleo y abordar las debilidades estructurales del mercado laboral.

Entre las novedades destacadas de esta Ley se encuentra el cambio de denominación del SEPE a Agencia Española de Empleo. La principal diferencia radica en la integración de las empresas en su funcionamiento.

La Agencia Española de Empleo ajusta la formación de las personas trabajadoras según las necesidades y modelos de producción de las empresas.

Además, la Ley amplía los colectivos de atención prioritaria e incorpora la perspectiva de género para promover la igualdad de oportunidades.

Para más detalles, puedes consultar nuestro post Nueva Ley de Empleo: esto es todo lo que debes saber.

 

Ley de Formación Profesional

Dentro del Código Laboral se incluye la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.

La finalidad de esta Ley es transformar el sistema educativo en un modelo más flexible adaptado a todo tipo de personas, independientemente de su edad.

Además, la Ley de Formación Profesional pretende incrementar el número de horas de formación que realizan tanto las personas trabajadoras como aquellas que se encuentran en la búsqueda de empleo con el fin de equiparar a España con los países más avanzados en este ámbito.

Tienes más información sobre la Ley de Formación Profesional en nuestro post Se publica en el BOE la nueva ley de la Formación Profesional.

 

Catálogo de Especialidades Formativas

La Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, por la que se regula el Catálogo de Especialidades Formativas en el marco del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral también viene recogida en el Código Laboral.

El fin del Catálogo de Especialidades es ofrecer la formación necesaria a las personas trabajadoras para responder a las necesidades de los sectores más demandados del mercado.

Te recordamos que Grupo2000 es un centro acreditado por el SEPE para impartir la formación de Catálogo de Especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo para los contratos de formación en alternancia.

Si deseas formalizar un contrato de formación en alternancia, ¡contáctanos!

Nuestro equipo te asesorará para que lo realices según la normativa y se encargará de las gestiones necesarias.

Salario Mínimo Interprofesional en 2024

Además, hay que hacer referencia al Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el SMI para 2024.

Actualmente el SMI 2024 es de 1.134 euros brutos al mes, en 14 pagas. Esta cantidad supone un incremento del 5% respecto a 2023.

 

Registro Retributivo en 2024

Otra normativa recogida en el Código Laboral es el Real Decreto 902/2020, que incluye la necesidad de contar con un registro retributivo adaptado a la normativa.

El Registro Retributivo es un documento que recoge toda la información salarial de una empresa de forma detallada.

En el Registro Retributivo se deben incluir los salarios de toda la plantilla, distinguiendo entre las retribuciones de hombres y mujeres.

El objetivo del Registro Retributivo es garantizar la transparencia de las retribuciones y facilitar un acceso a esta información, independientemente del tamaño de la empresa.

Es decir, todas las empresas, con independencia de su número de personas trabajadoras deben contar con un Registro Retributivo actualizado.

¿Todavía no has realizado el Registro Retributivo en tu compañía? ¡Te ayudamos!

Desde Grupo2000 te asesoramos para realizar tu Registro Retributivo y puedas ponerlo a disposición en caso de una Inspección de Trabajo.

 

Otras normativas incluidas en el Código Laboral 2024

Además de las normativas mencionadas anteriormente, el Código Laboral incluye:

 

Procedimiento de valoración de puestos de trabajo 

El Código Laboral incluye la Orden PCM/1047/2022, de 1 de noviembre, por la que se aprueba y se publica el procedimiento de valoración de puestos de trabajo.

La normativa para realizar la valoración de puestos de trabajo tiene como objetivo que todas las personas trabajadoras que realicen un mismo puesto de trabajo en una compañía reciban:

  • El mismo salario.
  • La misma valoración por sus actividades laborales.

Para ello, el Ministerio de Igualdad creó una herramienta para poner fin a la brecha salarial y a las desigualdades laborales.

Tienes toda la información sobre qué empresas están obligadas a cumplir con la normativa sobre la valoración de puestos de trabajo en nuestro post Entra en vigor la nueva normativa para hacer la Valoración de puestos.

 

Ley de Teletrabajo 

Esta Ley 10/2021, de 9 de julio, de teletrabajo regula los derechos y obligaciones de las personas trabajadoras que prestan sus servicios a distancia.

Asimismo, la Ley de Teletrabajo recoge la necesidad de firmar el Acuerdo de Teletrabajo por escrito para dejar constancia de los cambios en las condiciones de prestación de servicios a distancia.

La Ley de Teletrabajo también incluye la obligación de las empresas de compensar los gastos que implique el teletrabajo para la plantilla.

Es decir, el mero hecho de trabajar a distancia no podrá suponer que la persona trabajadora asuma los costes para las herramientas que precisará para la actividad laboral.

 

Mecanismo RED de flexibilidad y estabilización del empleo 

El Real Decreto 608/2023 regula el mecanismo que permite a las empresas solicitar medidas de reducción de jornada y suspensión de contratos de trabajo.

Este decreto establece el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, diseñado para preservar el empleo durante crisis cíclicas o sectoriales.

 

Recuperación del pago indebido de prestación por FOGASA 

La Orden TES/941/2023, de 1 de agosto, por la que se regula el procedimiento para el reintegro al Fondo de Garantía Salarial, O.A., de las prestaciones pagadas indebidamente, también está incluida en el Código Laboral

Las principales novedades de esta orden son:

  • Se define el concepto de pago indebido.
  • Se establece el ámbito competencial para declarar un pago como indebido.

Además, se detalla el procedimiento para los casos de revisión de actos declarativos de derechos que perjudiquen a los beneficiarios, los cuales pueden ser revisados ante la jurisdicción social.

También se incluyen revisiones motivadas para verificar omisiones o inexactitudes en las declaraciones de los beneficiarios.

Tienes más información en nuestro post ¿Cómo recupera el FOGASA el pago indebido de prestaciones?

 

Los becarios pueden convalidar como cotizadas sus prácticas anteriores

El Código Laboral también recoge la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril, por la que se regula la suscripción de convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de:

  • Prácticas formativas.
  • Prácticas académicas externas.

Tienes más info en el post Todos los becarios en prácticas ya cotizan en 2024.

 

Los trabajadores españoles desplazados al extranjero pueden seguir cotizando a la Seguridad Social

La Orden ISM/835/2023, de 20 de julio, por la que se regula la situación asimilada a la de alta en el sistema de la Seguridad Social de las personas trabajadoras desplazadas al extranjero al servicio de empresas que ejercen sus actividades en territorio español también está incluida.

En ella se señala que las personas trabajadoras españolas expatriadas o desplazadas al extranjero pueden seguir cotizando a la Seguridad Social si trabajan para una empresa española.

 

¿Hay incentivos a la Seguridad Social derivados de la contratación en 2024?

El Código Laboral recoge el Real Decreto 1/2023, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección de las personas artistas.

Este Real Decreto Ley recoge nuevas bonificaciones que tienen como fin mejorar la calidad en el empleo y favorecer la contratación de personas desempleadas, especialmente de colectivos más vulnerables y/o en riesgo de exclusión.

Si quieres conocer cuáles son las bonificaciones a la contratación, en nuestro post Así son las nuevas bonificaciones para la contratación laboral las examinamos con detalles.

 

Novedades laborales para las personas trabajadoras en el Régimen Especial del Hogar: tienen acceso a paro

El Código Laboral incluye el Real Decreto Ley 16/2022, de 6 de septiembre, que reconoce el derecho a paro de las empleadas del hogar.

Se mejoran sus condiciones y se garantiza un derecho que había sido reclamado por el colectivo durante años, ya que se acaba con la opción de despedir a una persona trabajadora en el Régimen del Hogar sin causa justificada.

 

Nueva cuota de autónomos según un sistema de ingresos por tramos

Asimismo, se recoge el Real Decreto Ley 13/2022, de 26 de julio, que introdujo un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia.

Desde el año pasado, para las personas trabajadoras autónomas se aplica un sistema de cotización basado en los rendimientos reales declarados fiscalmente.

Si deseas conocer todas las novedades que afectan a personas trabajadoras autónomas puedes acceder al post Cuota de autónomos en 2024, ¡descarga guía con todo lo que debes saber! Encontrarás toda la información que necesitas.

Esperamos que este post te sirva de ayuda para estar al día en cuanto a nueva normativa. No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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Bases de cotización para el Régimen Especial de Hogar en 2024

Bases de cotización para el Régimen Especial de Hogar en 2024

¿Te gustaría conocer cuáles son las bases de cotización para el Régimen Especial de Hogar en 2024?

Las bases de cotización vienen establecidas en la Orden PJC/281/2024, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024.

A continuación, te ofrecemos todos los detalles.

 

Estas son las bases de cotización para las empleadas de hogar en 2024

Tal y como recoge la Orden PJC/281/2024 estas son las bases de cotización para las empleadas de hogar en 2024:

Tramo Retribución mensual en euros / mes Base de cotización en euros / mes
1 Hasta 306,00 284
2 Desde 306,01 hasta 474 405
3 Desde 474,01 hasta 644 559
4 Desde 644,01 hasta 814 729
5 Desde 814,01 hasta 986 901
6 Desde 986,01 hasta 1.153 1.069
7 Desde 1.153,01 hasta 1.323 1.323
8 Desde 1.323,01 Retribución mensual

A efectos de la determinación de la retribución mensual de la persona empleadas de hogar, el importe percibido mensualmente debe incrementarse con la parte proporcional de las pagas extraordinarias que tenga derecho a percibir el dicha persona empleada.

Desde el 1 de enero de 2024 el tipo de cotización por contingencias comunes sobre la base de cotización que corresponda es del 28,30%:

  • Siendo el 23,60% a cargo del empleador.
  • Y el 4,70% a cargo de la persona empleada.

Por su parte, la base de cotización mensual a aplicar por la Tesorería General de la Seguridad Social a efectos de determinar la cuota a ingresar, no puede ser inferior a las indicadas a continuación:

  • Para los contratos a tiempo completo o cuando las horas de trabajo sean 160 mensuales o 40 semanales, la base de cotización no puede ser inferior a la prevista en el tramo en el que se encuentre incluida la retribución equivalente al SMI mensual vigente, incrementado con la parte proporcional de las pagas extraordinarias que tenga derecho a percibir.
  • En contratos a tiempo parcial o cuando las horas de trabajo sean inferiores a 160 horas mensuales o 40 semanales y la retribución pactada sea mensual, la base de cotización no puede ser inferior a la prevista en el tramo en el que se encuentre incluida la retribución equivalente al SMI mensual vigente incrementado con la parte proporcional de las pagas extraordinarias en proporción a la jornada pactada en el contrato.
  • En contratos a tiempo parcial, en aquellos casos de empleados de hogar que trabajen por horas en régimen externo habiéndose pactado una retribución por horas que incluya todos los conceptos retributivos, la base de cotización no puede ser inferior a la prevista para el tramo en el que se incluya la retribución que resulte de multiplicar el SMI por hora vigente por el número de horas mensuales de trabajo.
  • En el supuesto de que no conste a la Tesorería General de la Seguridad Social que la retribución pactada sea mensual o por horas, se va a considerar que la retribución pactada es mensual.
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¿Cómo afecta el MEI al régimen especial de hogar en 2024?

Para el mecanismo de equidad intergeneracional se aplica el tipo del 0,7% sobre la base de cotización por contingencias comunes:

  • El 0,58% será a cargo del empleador/a.
  • El 0,12%, a cargo de la persona trabajadora.

 

¿Hay reducciones aplicables al régimen especial de hogar en 2024?

Desde el 1 de enero de 2024 es aplicable una reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en este sistema.

Asimismo, es posible aplicar una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial.

¡Importante! Hay que recordar una novedad fundamental para el colectivo. Desde octubre de 2022 se hizo efectivo el derecho a paro de las empleadas de hogar. Analizamos los detalles, a continuación:

 

¿Las trabajadoras del hogar tienen derecho a paro? 

Así es, el Congreso de los Diputados convalidó el RD Ley 16/2022, reconociendo el derecho a paro de las empleadas del hogar, mejorando sus condiciones y garantizando un derecho que había sido reclamado por el colectivo durante años.

Meses antes, el Tribunal de Justicia de la UE había señalado a España y había declarado improcedente que las empleadas de hogar no tuvieran derecho a paro.

Desde el TJUE destacaron que el 95% de las empleadas de hogar son mujeres y se estaba vulnerando el derecho a percibir una prestación de este colectivo, una vez despedidas.

España estaba constituyendo una discriminación directa por razón de sexo a las prestaciones de la Seguridad Social.

Para acabar con esta situación, el Gobierno aprobó el derecho a recibir la prestación por desempleo de las empleadas de hogar, que ya fue convalidado por el Congreso de los Diputados.

Así, se pretendía acabar con la posibilidad de despedir sin causa justificada.

 

El Gobierno regulariza la situación de las empleadas de hogar

En el año 2012 se aprobó en España el régimen actual de empleadas de hogar posibilitando a las mismas el acceso al Régimen General.

Las empleadas de hogar comenzaron a cotizar desde la primera hora trabajada y podían darse de baja en caso de enfermedad.

Sin embargo, no se había regularizado su situación de derecho a paro tras finalizar su contrato.

Para ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional de Trabajo sobre trabajadoras y trabajadores domésticos y regularizar el acceso a la prestación por desempleo, el Gobierno aprobó el derecho a paro de las empleadas de hogar.

La norma, convalidada por el Congreso de los Diputados, recoge que:

  • Las empleadas de hogar tienen derecho a todas las prestaciones asistenciales disponibles en el ordenamiento jurídico laboral.
  • Y se deben incorporar a la prevención de riesgos laborales.

 

¿Cuándo comenzaron las empleadas del hogar a cotizar para su prestación por desempleo?

La normativa no tuvo efectos retroactivos, por lo que las trabajadoras del hogar comenzaron a cotizar para su prestación por desempleo desde el 1 de octubre de 2022.

 

¿Cuánto paro le corresponde a una empleada del hogar?

La cuantía de la prestación por desempleo va a depender de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales que tenga la persona trabajadora durante los 180 últimos días cotizados.

Para determinar la base reguladora mensual, el SEPE suma las bases de cotización de esos 180 días y luego divide el resultado por 30.

Es importante tener en cuenta que el cálculo no determina la prestación a recibir en su totalidad.

Durante los primeros 180 días la prestación por desempleo corresponde al 70% de la base reguladora, y después (a partir del día 181) disminuye ligeramente al 60% hasta que se agote el derecho a cobrar.

En cuanto al tiempo de paro a recibir, el SEPE distingue:

Días de cotización Días de prestación
De 360 a 539 120
De 540 a 719 180
De 720 a 899 240
De 900 a 1.079 300
De 1.080 a 1.259 360
De 1.260 a 1.439 420
De 1.440 a 1.619 480
De 1.620 a 1.799 540
De 1.800 a 1.979 600
De 1.980 a 2.159 660
Desde 2.160 720

 

¿Qué requisitos deben cumplir las empleadas del hogar para cobrar el paro?

Las empleadas del hogar que deseen acceder al paro deben cumplir un requisito fundamental.

Al igual que ocurre con cualquier otra persona trabajadora por cuenta ajena que se queda sin empleo de manera involuntaria, ya sea debido a un despido o al fin de su contrato, para acceder al paro deberán haber cotizado al menos 360 días por desempleo.

Es decir, esto equivale a un año de trabajo.

Como comentamos, la medida establecida en el RD Ley 16/2022 no tiene carácter retroactivo.

Por lo que una empleada del hogar habrá tenido que trabajar durante un año completo desde que entrase en vigor la nueva Ley para acceder al paro.

 

¿Cuánto pago por la cotización de una empleada del hogar en 2024?

La norma estableció, además, que los empleadores son los encargados de gestionar la cotización de las empleadas de hogar que presten sus servicios.

También puede hacerlo la persona trabajadora si así lo acuerda con el empleador y su jornada es inferior a 60 horas mensuales.

Esto es para eliminar la opción de que sean las empleadas las que soliciten su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.

Aunque se han mejorado las condiciones de trabajo de las empleadas del hogar y se ha incrementado la cotización para la protección por desempleo y la aportación a FOGASA, los empleadores no han sufrido una subida muy elevada ya que cuentan con diferentes bonificaciones.

 

Bonificaciones para dar de alta a una empleada del hogar

Como comentamos, las cotizaciones están bonificadas en un 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial.

Y es posible aplicar una reducción de un 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.

Los requisitos que deben cumplir los empleadores son:

  • Encontrarse al corriente con la Seguridad Social.
  • Y cumplir con sus obligaciones tributarias una vez que inicie su actividad.

Además, la Orden PCM/74/2023 incluyó el siguiente derecho de las personas empleadoras que diesen de alta en la Seguridad Social a una persona trabajadora al servicio del hogar:

  • Aplicar una bonificación del 45% en las cuotas de la Seguridad Social a cargo del empleador para familias numerosas que tuvieran contratada a una trabajadora del hogar antes del 1 de abril de 2023. 

Este año, según recoge la Orden PJC/51/2024 la bonificación del 45% por la contratación de cuidadores en familias numerosas quedó referida a las contrataciones realizadas antes de la fecha en que entrase en vigor el desarrollo reglamentario o, en cualquier caso, antes del 1 de abril de 2024.

Las bonificaciones por la contratación de empleadas del hogar en familias numerosas que se estuvieran aplicando antes de la fecha en que entrase en vigor el desarrollo reglamentario o antes del 1 de abril de 2024 mantendrán su vigencia hasta la fecha de efectos de la baja de las empleadas del hogar.

 

Sanciones a los empleadores que no paguen las cuotas a la Seguridad Social

La TGSS ha emitido un aviso a todas las personas que tengan contratada a una empleada del hogar: quienes no paguen las cuotas a la Seguridad Social podrían enfrentarse a multas de entre 3.750 y 12.000 euros.

Además de las multas, los empleadores y empleadoras podrían enfrentar:

  • Recargos del 20% si las cuotas adeudas se abonan después del vencimiento del plazo reglamentario.
  • Intereses de demora que comenzarán a devengarse a partir del día siguiente al vencimiento del plazo reglamentario de ingreso de las cuotas.

Específicamente, los intereses de demora serán exigibles una vez transcurridos 15 días desde la notificación de la comunicación del inicio del procedimiento de deducción, si la deuda no ha sido abonada.

Es importante recordar que los empleadores son los únicos responsables de tramitar el alta y de ingresar las cuotas correspondientes, independientemente del número de horas que trabaje la empleada de hogar.

 

¿Cómo son las indemnizaciones para las empleadas de hogar?

El RD Ley 16/2022 eliminó la figura del desistimiento. Hasta ese momento, las empleadas de hogar podían ser despedidas sin ningún motivo y el empleador las indemnizaba con 12 días de salario por año de servicio, con el límite de 6 mensualidades.

Esto ya no es así. La norma establece que se deben acreditar los motivos para finalizar el contrato.

La relación laboral puede extinguirse por alguna de las siguientes causas, siempre que estén justificadas:

  • Disminución de los ingresos de la unidad familiar o incremento de sus gastos por circunstancia sobrevenida.
  • Modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar que justifican que se prescinda de la persona trabajadora del hogar.
  • El comportamiento de la persona trabajadora que fundamente de manera razonable la pérdida de confianza de la persona empleadora.

Si la prestación de servicios ha superado el año de duración la empleada de hogar tiene derecho a conocer la voluntad de su despido con mínimo 20 días de antelación. Para el resto de casos, es con mínimo 7 días de antelación.

Durante ese período de preaviso frente al despido la empleada de hogar que preste sus servicios a jornada completa puede disfrutar de una licencia de 6 horas a la semana para buscar un nuevo empleo (sin que exista pérdida ni disminución en su retribución).

Las empleadas de hogar tienen derecho a recibir una indemnización de 33 días de salario por año trabajado si se trata de un despido declarado como improcedente, con hasta un máximo de 24 mensualidades.

Y de una indemnización de 20 días por año trabajado y un límite de 12 meses si es un despido objetivo.

 

Esta sentencia recogió por primera vez el derecho a paro de las empleadas de hogar

Una trabajadora de hogar solicitó en el año 2019 cotizar por desempleo, pero la Seguridad Social rechazó su petición afirmando que la legislación no contemplaba ese derecho y, por tanto, no podía disfrutar de la prestación.

La trabajadora interpuso un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº2 de Vigo, alegando encontrarse en una situación de desamparo al no poder percibir su cotización por desempleo una vez despedida, y se pidió la interpretación del TJUE.

EL TJUE resolvió que la legislación española estaría discriminando a las trabajadoras del hogar. 

Así, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Vigo reconoció por primera vez en una sentencia el derecho de una empleada de hogar a recibir la prestación por desempleo.

El Gobierno se sumó a esta decisión y reconoció a las empleadas de hogar su derecho a recibir la prestación por desempleo.

Estaremos pendientes para ofreceros las actualizaciones que puedan surgir.

¿Qué piensas sobre la normativa que recoge el derecho a paro de las empleadas de hogar? ¿Conocías las cotizaciones de las empleadas del hogar en 2024?

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Ayudas de más de 15.000 € para jóvenes autónomos en Cataluña

Ayudas de más de 15.000 € para jóvenes autónomos en Cataluña

La Generalitat ha puesto en marcha una línea de ayudas para fomentar el autoempleo.

En concreto, está ofreciendo ayudas de más de 15.000 € para jóvenes autónomos en Cataluña.

La fecha máxima para solicitar la ayuda es el 15 de julio. Te contamos qué requisitos hay que cumplir para beneficiarse de ella:

 

¿Cómo son las ayudas de más de 15.000 euros para nuevos autónomos en Cataluña?

La Generalitat ha puesto en marcha una ayuda de hasta 15.876 euros para jóvenes catalanes que deseen abrir un negocio y se den de alta como autónomos en 2024.

El fin de la ayuda es garantizar un ingreso mínimo al inicio de esa nueva actividad económica.

La Resolución EMT/1594/2024 por la que se hace pública la convocatoria de concesión de subvenciones del año 2024 recoge 2 líneas de ayudas:

  • Línea 1. Destinada a jóvenes con domicilio fiscal o centro de trabajo ubicado en un micropueblo de Cataluña. Se consideran micropueblos los municipios de menos de 500 habitantes.
  • Línea 2. Destinada a jóvenes con domicilio fiscal o centro de trabajo ubicado en Cataluña.

¿Puedo acceder tanto a la Línea 1 como a la Línea 2? Las personas trabajadoras autónomas con un domicilio fiscal ubicado en un micropueblo de Cataluña podrán solicitar, en un único formulario de solicitud, la ayuda para ambas líneas de subvención.

En este sentido, se dará prioridad a la línea 1 y, en caso de carencia de presupuesto disponible, optarán a la línea 2.

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¿Qué requisitos deben cumplir los nuevos jóvenes autónomos para acceder a la ayuda?

Podrán acceder aquellos jóvenes que se den de alta como autónomos e inicien un negocio que cumplan estos requisitos:

  • Tengan entre 18 y 29 años en el momento del alta.
  • Estén registrados en el Programa de Garantía Juvenil en situación “inscrito beneficiario” el día anterior a la fecha de inicio de la actividad como persona trabajadora autónoma.
  • Hayan iniciado su actividad económica antes de solicitar la ayuda. En concreto, el alta debería haberse realizado entre el 20 de septiembre de 2023 y el 15 de julio de 2024.
  • Tengan domicilio fiscal y centro de trabajo en Cataluña.
  • No se hayan beneficiado de la ayuda durante convocatorias anteriores.
  • Mantengan y acrediten la realización de la actividad económica durante un mínimo de 18 meses de forma ininterrumpida. Durante este tiempo no podrán estar contratados como persona trabajadora asalariada.
  • Participen en acciones de carácter formativo o de asesoramiento que contribuyan a la mejora en la gestión de su negocio o esté relacionada de manera directa con la actividad económica o profesional que se desarrolle.

 

¿Cuál es el importe total subvencionable de la ayuda?

El importe de la ayuda puede ser de hasta 15.876 euros para cada persona trabajadora autónoma que se mantenga de alta de manera ininterrumpida durante 18 meses.

Si se da de baja antes de que pasen 12 meses consecutivos de alta tendrá que devolver la ayuda recibida.

Transcurridos 12 meses de alta ininterrumpidos en el RETA se usarán las siguientes cuantías, teniendo en cuenta solo los meses completos:

Meses de alta en el RETA Importe de la subvención
Menos de 12 0,00 €
12 10.636,92 €
13 11.907,00 €
14 12.700,80 €
15 13.494,60 €
16 14.288,40 €
17 15.082,20 €
18 15.876,00 €

 

¿Cuál es el plazo de solicitudes?

Los jóvenes de entre 18 y 29 años podrán solicitar la ayuda hasta el 15 de julio a las 14 horas.

El trámite se realizará únicamente de manera telemática a través de la web habilitada.

 

¿Qué documentación se requiere para solicitar la ayuda?

Será necesario presentar:

  • Un Certificado de la inscripción en el Programa de Garantía Juvenil.
  • La hoja de domiciliación bancaria.
  • La declaración de alta en el censo de empresarios de Cataluña (modelos 036-037).

¿Conocías estas ayudas disponibles para nuevos jóvenes autónomos en Cataluña? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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La Inspección de Trabajo agiliza su proceso sancionador en 2024

La Inspección de Trabajo agiliza su proceso sancionador en 2024

En general, hasta el momento, los procesos sancionadores han requerido largos períodos de tiempo para tramitar las actas debido a la complejidad y la intervención de distintas Administraciones en el proceso.

Sin embargo, la Inspección de Trabajo agiliza su proceso sancionador en 2024 tras la entrada en vigor del RD 1011/2023.

El objetivo principal de este RD es agilizar y simplificar el proceso de sanciones realizadas a través del Organismo de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

A continuación, te proporcionamos toda la información al respecto:

 

¿En qué consiste el proceso sancionador de Inspección?

El proceso sancionador de la Inspección de Trabajo comprende una serie de actuaciones destinadas a investigar posibles infracciones laborales, en colaboración con otras Administraciones.

Estas infracciones suelen implicar riesgos para la seguridad y la salud en el ámbito del trabajo.

Cuando se detectan irregularidades durante una inspección, es necesario levantar un acta de infracción que incluya:

  • Las mejoras requeridas.
  • Las normativas laborales que están siendo incumplidas. Para que conozcas qué normativas debes cumplir en 2024 te recomendamos leer nuestro post ¿Cumplirá tu empresa con la normativa laboral en 2024?
  • Las posibles sanciones que la empresa podría enfrentar por la irregularidad detectada.

Posteriormente, se notifica a la empresa afectada y se le ofrece un plazo para presentar alegaciones y corregir la situación.

Durante todo este proceso, es fundamental que las Administraciones involucradas trabajen de manera eficaz y coordinada para garantizar el cumplimiento de la normativa laboral y la protección de las personas trabajadoras.

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¿Qué problemas presentaba el proceso sancionador de la Inspección de Trabajo?

El proceso sancionador de la Inspección de Trabajo enfrentaba varios desafíos significativos.

A la hora de confirmar actas de la ITSS la intervención de diferentes Administraciones ralentizaba mucho su tramitación.

Los procesos administrativos se prolongaban a lo largo del tiempo lo que conllevaba una sobrecarga del trabajo en las investigaciones y resoluciones afectando a la eficacia del proceso sancionador.

Con la entrada en vigor del RD Ley mencionado, se busca promover una gestión más ágil e interconectada para la administración de sanciones.

 

¿Cómo se agiliza el proceso sancionador de Inspección?

El proceso sancionador ha experimentado una agilización mediante las siguientes medidas:

  • Gestión conjunta con las Comunidades Autónomas: se permite a la Inspección de Trabajo y a las Administraciones de las Comunidades Autónomas gestionar de forma colaborativa el proceso sancionador a través de un entorno tecnológico compartido.
  • Adopción de plataformas tecnológicas: se fomenta la adhesión de las Administraciones a plataformas diseñadas para el propósito mencionado. Estas plataformas facilitan el seguimiento y la realización de los trámites, promoviendo la cooperación entre todas las partes involucradas.

El uso de la tecnología en este contexto reduce significativamente los tiempos necesarios para realizar las distintas gestiones administrativas en cuanto al proceso sancionador, minimizando las cargas administrativas y burocráticas.

Esto repercute directamente en los derechos de las personas trabajadoras, al acelerar los tiempos de respuesta y asegurar una administración más eficiente de las sanciones laborales.

 

¿Qué otras medidas mejoran el proceso sancionador de Inspección?

Además, hay que destacar la creación de un Registro Electrónico de Apoderamientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Su objetivo es simplificar y facilitar la interacción entre las entidades encargadas de la Inspección y las personas ciudadanas.

 

¿Cuándo entró en vigor el nuevo sistema para agilizar el proceso sancionador de Inspección?

El RD estableció un período de tres meses para su aplicación, entrando el nuevo sistema en vigor el 6 de marzo de 2024.

Además, cabe mencionar la recién publicada Resolución de 17 de junio de 2024, de la Tesorería General de la Seguridad Social, que establece la tramitación automatizada de las resoluciones y comunicaciones en el procedimiento de gestión de autorizaciones a través del Sistema RED de la Seguridad Social.

Esta medida también busca mejorar la eficiencia administrativa mediante la automatización de procesos, utilizando el sello electrónico de la TGSS como sistema de firma electrónica.

Estas acciones están diseñadas para garantizar la eficiencia, transparencia y cumplimiento normativo en los procedimientos electrónicos, fortaleciendo así la infraestructura administrativa.

¿Conocías el nuevo procedimiento sancionador de Inspección? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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