¿Cuáles son los trámites para cumplir con la apertura de un restaurante?

¿Cuáles son los trámites para cumplir con la apertura de un restaurante?

En los últimos años, el crecimiento del sector hostelero en nuestro país dentro del contexto europeo ha dado lugar a la aparición de nuevos requisitos y trámites para cumplir con la apertura de restaurantes, bares y cafeterías. Hemos experimentado, de una parte, cómo Ayuntamientos y Comunidades Autónomas han automatizado vía internet ciertos trámites agilizándonos la apertura de nuestro negocio y, de otra, cómo han implantado nuevos requisitos que debemos cumplir para poder abrir de manera legal un restaurante en nuestro país durante 2016.

Queremos mostrarte, en esta ocasión, una guía que te permita supervisar todos los documentos obligatorios que van a permitir solicitar una licencia nueva para apertura de un negocio de restauración durante este año.

De este modo, destacamos los trámites con:

 

Trámites de apertura con el Ayuntamiento

Licencia de actividad municipal (bar, cafetería o restaurante):

  • Previa solicitud, hay que elaborar un proyecto técnico en el que se certifique que el local cumple con los requisitos para desempeñar su actividad.
  • Solicitud de licencia debe contener: informe técnico y visado de proyecto aprobados para la actividad, medidas de insonorización, plan contra incendios, NIF/CIF de la sociedad, abono de tasas de solicitud de licencia.

Novedades: No se podrá abrir el negocio sin haber presentado la solicitud de licencia y si se hace, puede representar una multa directa por parte del ayuntamiento.  El Ayuntamiento, informará a los vecinos sobre el trámite de la licencia y si éstos se oponen pueden demorar la concesión de la misma.

Licencia de obras para realizar el acondicionamiento del local.

  • Al finalizar las obras y tras la inspección correspondiente el Ayuntamiento emitirá la Licencia de Apertura para poder ejercer la actividad en el local.
  • Se deberá solicitar un permiso para utilizar la vía pública en el caso de querer disponer de mesas, sillas o toldos en exteriores.

 

Trámites con la Comunidad Autónoma

  • Registro de Empresas y Actividades Turísticas. Se deberá inscribir a la empresa en este registro del Departamento de industria y comercio de la comunidad autónoma.
  • Obtener la placa identificativa de bar o restaurante y colocarla en lugar visible fuera del establecimiento.
  • Hojas de reclamaciones a disposición de los clientes del bar o restaurante debiendo estar disponibles para el consumidor y registradas en el Área de Consumo de la Comunidad Autónoma.
  • Certificado de Manipulador de Alimentos. El personal que trabaje en el local deberá disponer del certificado de manipulador de alimentos vigente que sustituye al carné de manipulador de alimentos.
  • Autorización Sanitaria. Tramitada por el órgano competente de cada Comunidad Autónoma.
  • Plan de análisis de peligros y puntos de control críticos. Debe contener un análisis de los riesgos alimentarios potenciales y el establecimientos de medidas de control (APPCC).
  • Lista de precios y cartas a la vista de los clientes. La carta debe de estar adaptada a los requerimientos del Real Decreto 126/2015, de 27 de Febrero, por el que se aprueba la norma relativa a la información alimentaria, etiquetado y alérgenos en los alimentos.
  • Seguro de Responsabilidad Civil.

 

Trámites con la Agencia Tributaria

  • Modelo 036. Declaración de Alta de Inicio de Actividad

 

Trámites con Seguridad Social

  • Alta de Empresa en la Seguridad Social (para la contratación de empleados).
  • Alta de Autónomo.
  • Alta de Centro de Trabajo.
  • Calendario Laboral.
  • Evaluación de riesgos y plan de prevención de riesgos laborales
  • Libro de Visitas.
  • Seguro de Accidentes (Obligatorio).

 

Agencia de Protección de Datos

  • Declaración de datos personales de los trabajadores.
  • Declaración de datos personales de proveedores y clientes.
  • Documento de seguridad si los datos se almacenan en un ordenador propio.

 

S.G.A.E (Sociedad General de Autores y Editores)

  • Alta en entidades que gestionen derecho de autor (TV, radio, música)

 

Carteles obligatorios en el local para cumplir con la normativa

  • Horario legalmente establecido de apertura y cierre del local.
  • Prohibición de consumo y venta de bebidas alcohólicas a menores.
  • Prohibición de dispensar tabaco a menores.
  • Prohibido fumar en todo el establecimiento.
  • Derecho de admisión en el caso que se desee imponer otra distintas a las genéricas.
  • Licencia de apertura del establecimiento.
  • Aforo limitado del local.

Esencialmente, estos son los trámites para la apertura de un restaurante de manera legal y efectiva para este 2016.

Recomendamos que, para ciertos cumplimientos, se disponga además de formación para poder supervisar, implantar y corregir las desviaciones en el funcionamiento del restaurante como es por ejemplo formación en gestión de calidad y seguridad alimentaria basada en la Norma ISO 22000 o Primeros Auxilios para conocer las maniobras básicas ante intoxicaciones o ahogamientos; así como, algunas más técnicas que aportarán a tu restaurante de un valor diferencial con respecto a los restaurantes de la competencia como es por ejemplo conocimientos en inglés para servicios de restaurante.

En Grupo2000, disponemos de planes formativos para empresarios y trabajadores especializados en hostelería que permitirán obtener toda la formación necesaria para el cumplimiento con los trámites en la apertura de tu restaurante para este 2016 gracias a la formación programada para empresas o con un descuento especial a través de cursos online y formación privada.

Puedes solicitar más información sobre nuestros cursos especial para hostelería y restauración en el 958 80 67 60 o a través de chat o email.

¿Qué ocurre con la prestación por maternidad si finaliza el contrato?

¿Qué ocurre con la prestación por maternidad si finaliza el contrato?

Existen muchas dudas y consultas acerca de qué ocurre en diferentes casos con la prestación por maternidad. Hace algunas semanas, ya os adelantábamos cómo se tramita la baja por maternidad en el contrato en formación. En este caso, nos gustaría detallaros qué es lo que ocurre con la prestación por maternidad si cuando se está percibiendo se produce la finalización natural del contrato.

La prestación por maternidad es un subsidio que se reconoce a los trabajadores durante los periodos de descanso establecidos legalmente. La prestación por maternidad recoge los casos de adopción, maternidad, acogimiento familiar y tutela siempre que el trabajador acredite los requisitos que se exigen por cada caso específico.

Pero, ¿qué ocurre en el caso de que el contrato de un trabajador finalice justo cuando se está percibiendo la prestación económica de maternidad?

En este caso, el trabajador podrá continuar percibiendo su prestación económica de maternidad hasta completar el plazo de 16 semanas. En el caso de paternidad, este plazo será de 13 días hasta el alta médica o fin de situación. A partir de este momento en que finalizan los plazos establecidos, el trabajador podrá solicitar la prestación o subsidio por desempleo en los 15 días hábiles siguientes.

Recordamos los requisitos establecidos para recibir la prestación por desempleo:

  • Afiliado a la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
  • Situación legal de desempleo.
  • Inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • Haber cotizado al desempleo al menos 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. Si se ha cotizado menos, el trabajador podrá tener derecho al subsidio por desempleo.
  • No haber cumplido la edad legal de jubilación.
  • No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo compatibilidad establecida por algún programa de fomento de empleo.
  • No cobrar una pensión de la Seguridad Social que presente incompatibilidades con el trabajo.

El plazo para presentar la solicitud de prestaciones es de 15 días hábiles a partir de que acabe el periodo de maternidad o paternidad, a través de:

  • La sede electrónica del SEPE.
  • Oficina de Prestaciones.
  • Oficina de Registro Público.
  • Correo administrativo.

Es necesario cumplimentar, en cualquier supuesto, este modelo de Solicitud de Prestación Contributiva para percibirla. Podrás consultar todas las dudas sobre la prestación por desempleo tras el periodo de maternidad o paternidad en el teléfono de atención al ciudadano del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) 901 119 999.

 

También te interesará echar un vistazo a estas ayudas y subvenciones con plazo de solicitud abierto:

Los autónomos no podrán utilizar el sistema de Renta Web para hacer la declaración

Los autónomos no podrán utilizar el sistema de Renta Web para hacer la declaración

La Agencia Tributaria anunció hace unos días la implantación de un nuevo sistema de declaración de la renta que sustituirá de manera definitiva al programa PADRE. Este sistema, Renta Web, facilitará el pago de los impuestos y el máximo control del sistema tributario español. Pocos saben que, el Programa PADRE quedará como una herramienta destinada sólo a perfiles como contribuyentes que tengan actividades económicas.

De este modo hay que aclarar que, Renta Web no estará disponible para quienes obtengan rendimientos de actividades económicas y no podrán acceder al sistema de Renta Web. Tendrán que utilizar el Programa PADRE. Los autónomos seguirán haciendo la declaración de la renta online mediante el Programa PADRE como hasta el momento.

Pero, ¿qué mejoras presenta el sistema de Renta Web frente al tradicional Programa PADRE?

El nuevo sistema de Renta Web, va a aportar una solución mucho más dinámica ya que estará adaptado al uso de smartphone, tablets y otros dispositivos de acceso a internet a diferencia del Programa PADRE. La propia Agencia Tributaria (AEAT) asegura que esta adaptación ha sido más que necesaria ya que el 20% de sus usuarios realizan su acceso a la web mediante dispositivos móviles. Para este año, la AEAT prevé que siga en aumento.

Las ventajas que tendremos al realizar la declaración de la renta este año mediante el sistema de Renta Web esencialmente vienen relacionada con su adaptación a todos los dispositivos ya que gracias a esto podremos:

  • Hacer nuestra declaración de IRPF 2015 online sin instalar el Programa PADRE en nuestro ordenador ni la aplicación Java.
  • Comenzar a hacer la declaración en un dispositivo y finalizarla en otro. Esto es una gran ventaja ya que podremos incorporar los datos necesarios para hacer bien la declaración de la renta en cualquier momento y lugar.
  • Ser más ágiles en el trámite. Se ha procurado una interfaz más interactiva e intuitiva. Ahora el borrador de la declaración de la renta se llamará Predeclaración’.

Para acceder al nuevo sistema de Renta Web, la AEAT solicitará los mismos datos que hasta el momento. Tendremos que:

  1. Entrar en la página web de Agencia Tributaria.
  2. Acceder al icono de: Renta 2015.
  3. Buscar el icono de Renta Web. El icono de ‘Borrador’ ya no existe, será sustituido por el icono de ‘Renta Web’.
  4. Autentificar nuestra identidad. La autenticación como usuario será siendo la misma de cada año. Podremos acceder a nuestros datos fiscales mediante:
  • Certificado electrónico o DNI electrónico.
  • Sistema Clave PIN.
  • Número de referencia de la declaración.

Una vez entremos en Renta Web, el procedimiento de declaración de la renta será similar al de todos los años y contará con un asistente que nos guiará en el trámite hasta completarla correctamente.

Cambios destacables en el sistema Renta Web

Hay que tener en cuenta que, el programa Renta Web, trata de dar solución a las dificultades que presentaba el tradición Programa PADRE. Para ello, la AEAT ha realizado una serie de cambios que tenemos que tener presentes si queremos realizar bien la declaración de la renta.

Hemos detectado los siguientes cambios en:

  • Programa RENO. El Programa RENO, unificará la identificación del usuario. Si recordamos la funcionalidad del Programa RENO, éste era un servicio que nos remitía un SMS al teléfono móvil con el número de referencia de nuestro borrador y con el que podíamos acceder al asistente para realizar el borrador de la renta y consultar nuestros datos fiscales. Gracias a los cambios del sistema Renta Web, podremos acceder sin salir del Programa RENO tanto a nuestro borrador como a nuestros datos fiscales con el número de referencia.
  • Número de referencia del borrador y la declaración. El número de referencia del borrador y la declaración ya no estarán vinculados a un número de expediente. Esto permitirá que no se genere de forma automática ni el borrador ni los datos fiscales. El número de referencia deja de ser una referencia única, ésto permitirá presentar un número de referencia diferente por cada solicitud (máximo 3 al día) y sólo será válida la última. La última referencia será la que te permita acceder a la declaración de la renta del IRPF 2015 y consultar los datos de estado de devolución de la renta o realizar cambios y consultas.

Recuerda: Si eres autónomo y percibes rendimientos de actividades económicas no podrás realizar la declaración de la renta mediante Renta Web. Tendrás que utilizar el Programa PADRE.

Si quieres saber más sobre los cambios en la declaración del IRPF 2015, Renta Web y evolución del Programa PADRE puedes consultar este documento sobre Renta Web-Declaración de la Renta de las Personas Físicas 2015.

Además, esta semana es interesante que leas estas noticias sobre empresa, emprendedores y contratos de formación:

Agtamar propone un plan de regeneración empresarial a través de los contratos de formación.

Agtamar propone un plan de regeneración empresarial a través de los contratos de formación.

La iniciativa emprendedora de Agtamar (Asociación Gallega de Trabajadores Autónomos y del Mar), tras su aprobación, tratará de evitar el cierre por jubilación de cien empresas en este año en la Provincia de Pontevedra. Este plan permitirá tomar el relevo del negocio gracias a la incorporación de jóvenes menores de 30 años durante dos años en contrato en formación. De este modo, se pretende evitar el cierre de cien negocios e impulsar la formación y el empleo entre los jóvenes pontevedreses.

El presidente de UPTA-Agtamar Eduardo Abad y el vicepresidente Jesús Diéguez han presentado ante la Diputación de Pontevedra este ambicioso plan enunciando que va para permitir la integración de jóvenes en el mercado laboral y la supervivencia de negocios tras la jubilación del empresario.

Esta iniciativa de relevo generacional se consolida como una propuesta en la que el autónomo, en edad próxima a la jubilación (entre 63 y 65 años), contrate mediante el Programa de Garantía Juvenil durante el periodo de dos años a una persona de 30 años sin formación previa bajo la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje.

Resulta perfecta la propuesta presentada por parte de UPTA-Agtamar ante la Diputación ya que:

  • El autónomo tendrá bonificada al 100% la Seguridad Social del joven y la base mínima de cotización neta a la Seguridad Social. El empresario a este efecto, sólo tendría que pagar la diferencia, si la hubiera, entre el mínimo y la cotización elegida.
  • Evitará el cierre de cien empresas que, de manera ineludible, iban a cesar su actividad en los próximos dos años.
  • Generará cien puestos de trabajo entre jóvenes sin experiencia profesional con el fin de que tomen el relevo de un negocio. Serán autónomos en dos años.
  • Los jóvenes, gracias al programa formativo que presenta el nuevo contrato en formación, accederán a estudios oficiales de Certificado de Profesionalidad aportándole una formación teórica-práctica que le ayudará en su aprendizaje y futura gestión del negocio.

De este modo, surgen sinergias únicas que fomentan el empleo y la formación entre los jóvenes y garantizan la supervivencia de las pymes de la provincia gallega frenando la desertización comercial progresiva que se estaba produciendo en la zona.

La financiación del programa se otorgará, tras su aprobación, con la colaboración de la Diputación de Pontevedra, el Programa de Garantía Juvenil del Gobierno central y del apoyo de fondos europeos destinados a fines formativos y de empleo según indica Diéguez. El plan incluye como medida el pago por parte de la administración del coste de la cotización neta de los seleccionados.

Los costes supondrían 340.000 euros que revertirían en las arcas del Estado en el caso de aprobarse esta medida de relevo generacional ante la Diputación de Pontevedra.

Desde Grupo 2000, os mantendremos informados de todas las novedades referentes a este plan tan atractivo para trabajadores y autónomos de Pontevedra. Queremos matizar que, aún se está estudiando por parte de los agentes implicados en este plan cómo se va a establecer y cuál será la forma en la que seleccionarán las pymes beneficiarias del plan. En los próximos días, os informaremos de primera mano cómo acogerse a estas medidas de regeneración empresarial, donde podrás presentar la solicitud y cuáles son los requisitos del programa.

Puedes leer más sobre el nuevo contrato de formación que se utilizará para realizar plan de regeneración empresarial:

Ayudas para pymes y autónomos que puedes solicitar en 2016

Ayudas para pymes y autónomos que puedes solicitar en 2016

En este artículo te queremos ofrecer un resumen de ayudas muy interesantes para pymes y autónomos que puedes solicitar en 2016 para tu empresa.

Te comentamos a continuación las ayudas que se pueden solicitar a nivel nacional:

El Ministerio de Economía y Competitividad ha lanzado una nueva convocatoria de ayudas, las líneas ICO 2016, para fomentar la actividad productiva. Están orientadas a autónomos y empresas que realicen inversiones en España y necesiten liquidez para su proyecto.

Algo muy interesante de esta ayuda es que no es necesario estar dado de alta como autónomo para solicitarlas, simplemente en el Impuesto de Actividades Económicas, por lo que se convierte en una alternativa recomendable para las nuevas empresas.

Se trata de un programa de ayudas para mejoras relacionadas en eficiencia energética que realicen las pymes y empresas del sector industrial. Estas ayudas, que se pueden solicitar hasta el 5 de mayo de 2016, consisten en una entrega dineraria sin contraprestación. La cuantía máxima recibida será de hasta el 30% de la inversión realizada.

Las ayudas se concederán por la implantación de mejoras tecnológicas en equipos y procesos industriales, y/o sistemas de gestión energética.

Las empresas españolas tendrán el apoyo de la Cámara de Comercio española para sus planes de expansión internacional. Esta ayuda, que se encuentra enmarcada dentro del Plan Xpande.

La Cámara de Comercio ofrece de forma gratuita asesoramiento y acompañamiento para constituir un plan de competitividad y sostenibilidad de tu empresa en el mercado internacional. Contarás con la asistencia de técnicos cualificados.

El autónomo que tenga a su cargo menores de 7 años, familiares de hasta segundo grado de consanguinidad, o situaciones de dependencia acreditadas recibirá una bonificación del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes durante 12 meses por contratar a una persona que le ayuda en su negocio, con el fin de conciliar su vida familiar y profesional.

A continuación te comentamos varias ayudas que tienes a tu disposición si tu empresa está ubicada en la Comunidad de Andalucía:

Recientemente se ha aprobado la convocatoria de esta ayuda por la contratación de jóvenes andaluces. La empresa o autónomo que contrate durante 12 meses a un beneficiario de este colectivo podrá recibir hasta 4.800 euros.

Destinada a fomentar la contratación de desempleados de larga duración, mayores de 45 años, esta subvención concede una cuantía de hasta 7.500 euros por cada contrato indefinido, que se mantenga al menos durante 12 meses.

En Castilla la Mancha también hay ayudas activas:

Las empresas, autónomos o sociedades que contraten a jóvenes menores de 30 años con contrato de formación podrán solicitar esta ayuda de 5.040 euros, siempre que se realice un contrato de al menos 1 año.

También te pueden interesar algunos de nuestros últimos artículos:

Novedades en la cotización del autónomo tras el Orden ESS/70/2016.

Abierto el plazo para solicitar la ayuda del Cheque familiar.

Ya se puede hacer el nuevo contrato de formación.

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