¿Cómo crear una empresa por internet?

¿Cómo crear una empresa por internet?

En Grupo 2000, siempre tratamos de dar soluciones útiles para empresarios, emprendedores y buenos recursos para asesores y gestores de empresa. Hoy, es turno de los emprendedores y de la puesta en marcha de sus proyectos en internet. Bajo la modalidad de startup ya en España están censadas casi 18.000 empresas y es una tendencia al alza el desarrollo de nuevos negocios que nacen en la Era Digital.

Pero, ¿cómo se constituyen legalmente las startup en nuestro país y cómo se puede agilizar el proceso de creación de nuestra empresa? ¿Es posible hacerlo todo por internet?

La respuesta es sí, y es que, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo a través de la Dirección General de la Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa pone a disposición de los emprendedores en nuestro país el sistema de información CIRCE. CIRCE, Centro de Información y Red de Creación de Empresas, es un sistema que permite de forma telemática realizar los trámites de constitución y puesta en marcha de la mayoría de sociedades mercantiles en nuestro país.

CIRCE facilita la creación de empresas en internet gracias a su red de comunicaciones que permite establecer los acuerdos necesarios para que los organismos competentes den de alta con éxito tu negocio por internet. Gracias a esta entidad podrás consultar tu expediente, pedir la denominación social de tu negocio, buscar puntos de interés y atención al emprendedor y otros servicios necesarios para su constitución como son los notarios.

Los tipos de sociedades que pueden crearse por internet gracias a CIRCE son:

  • Empresario Individual, Autónomo o empleado por cuenta propia.
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada.
  • Sociedad Limitada de Formación Sucesiva (SLFS)
  • Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)
  • Comunidad de Bienes

¿Cómo dar de alta una empresa por internet?

Para crear tu negocio en internet tendrás que cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE) en el Punto de Atención al Emprendedor (PAE) o iniciar los trámites directamente desde CIRCE para lo que se necesitará disponer de un certificado electrónico.

Este trámite en CIRCE te permitirá comunicar el alta y crear tu empresa con un sólo trámite que será validado por los organismos implicados como son Agencia Tributaria, Seguridad Social, Registro Mercantil, Notaría, etc.).

Ahora que ya sabemos cómo crear una empresa por internet te vamos a facilitar algunas pautas para elegir la forma jurídica que mejor se adapte a tu negocio. Debemos tener en cuenta tres aspectos fundamentales:

  • Actividad. Existen formas jurídicas específicas que son obligatorias para formalizar el alta de ciertos negocios. También debemos pensar el tipo de actividad que vamos a desempeñar y cuál es la mejor forma jurídica si vamos a contratar personal o si queremos acceder a alguna ayuda estatal o autonómica.
  • SociosDependiendo del número de socios y la responsabilidad del capital invertido. Según elijamos una forma u otra afectará a nuestro patrimonio civil o mercantil y estará limitado o no a lo aportado para su creación.
  • Economía y fiscalidad. Debemos tener en cuenta el capital mínimo que queremos aportar para su constitución así como los costes fiscales y tributos que repercuten a cada tipo de forma jurídica.

Esperamos que te haya sido útil conocer cómo funciona el sistema informático CIRCE para la creación de empresas en internet así como nuestros consejos para elegir una forma jurídica u otra.

FUENTE: CIRCE

Estas noticias te serán muy interesantes si estás interesado en crear un negocio online:

Nuevas limitaciones en las deducciones del Impuesto de Sociedades

Nuevas limitaciones en las deducciones del Impuesto de Sociedades

El pasado 27 de noviembre, Hacienda dispuso bajo la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades un nuevo marco impositivo para la regulación de dicho impuesto y en la revisión general del tributo se ha resuelto el conflicto existente en la partida de gastos que son deducibles como intereses de demora.

Se aprueba para ello la Resolución de 4 de abril de 2016, de la Dirección General de Tributos, en relación con la deducibilidad de los intereses de demora tributarios, en aplicación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Cabe destacar que, si bien la Ley del Impuesto de Sociedades respeta todos los gastos deducibles anteriores a la presente revisión, esta nos ha dejado una novedad importante dentro del artículo 15 de la Ley del Impuesto de Sociedades en la que se establecen algunos gastos adicionales que no serán deducibles para el presente año. Estos son:

  • Retribución correspondiente a valores representativos del capital o retribución de los fondos propios de entidades que generen un gasto.
  • Retribución correspondiente a préstamos participativos otorgados entre entidades del mismo grupo mercantil.
  • Gastos correspondientes a la atención prestada tanto a clientes como proveedores por el importe que exceda del 1% del importe neto de la cifra de negocios. Quedan excluidos los realizados para promocionar, directa o indirectamente, la venta de bienes y prestación de servicios, ni los correlacionados con los ingresos.
  • Gastos de actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico. Se entienden actuaciones contrarias al ordenamiento jurídicos algunas castigadas y perseguidas penalmente como son los sobornos.
  • Gastos realizados en operaciones con personas o entidades vinculadas que dan lugar a un híbrido tributario.
  • Multas y sanciones penales y administrativas. Tampoco los recargos del periodo ejecutivo y el recargo por declaración extemporánea.
  • Donativos y liberalidades.
  • Gastos de contabilización del Impuesto de Sociedades.

Recordamos el resto de artículos que rigen la Ley del Impuesto de Sociedades y que es de interés para el contribuyente.

  • Art. 4. Define el hecho imponible del impuesto y que es la constitución de renta obtenida por el contribuyente.
  • Art. 10.3. Establece que en el método de estimación directa, la base imponible se calculará el resultado contable determinado de acuerdo con las normas previstas en el Código de Comercio, en las leyes relativas a dicha determinación y en las disposiciones que se dicten en desarrollo de las citadas normas.
  • Cabe destacar el objeto de deducción por interés de demora teniendo en cuenta que éste es el derivado del retraso en el pago de una deuda desde la fecha en la que vence y teniendo, tras su origen y vencimiento, una cuantía de carácter compensatoria por la dilatación en el pago de la deuda.

Otras particularidades que recoge la Resolución de 4 de abril de 2016 son:

  • Un límite de deducción del 30% sobre el beneficio operativo del ejercicio para los gastos financieros netos.
  • Un límite a la deducción impuesta por el artículo 16 de la LIS respecto de los gastos registrados en el ejercicio en la cuenta de pérdidas y ganancias.
  • Deberá tenerse en cuenta la norma específica de imputación temporal prevista en el artículo 11.3 de la LIS en relación con los intereses de demora.

Por último, la Administración Tributaria satisfará los intereses de demora que tengan la consideración de ingresos financieros y los integrará en la base imposible del Impuesto de Sociedades.

Adjuntamos, para que podáis profundizar en la información, los dos informes aclaratorios sobre la deducibilidad del Impuesto de Sociedades para los diferentes casos:

Fuente de la noticia: BOE 

Asturias invierte un millón de euros para incentivar el contrato en formación

Asturias invierte un millón de euros para incentivar el contrato en formación

El Gobierno de Asturias aprueba una ayuda de un millón de euros para la subvención de contratos de formación entre las empresas asturianas.

El Consejo de Gobierno de Asturias ha autorizado un gasto plurianual para iniciativas de empleo que garantizará la inserción laboral de 225 jóvenes menores de 30 años mediante la formalización de contratos en formación o prácticas. En concreto, se ha aprobado un gasto de 1,6 millones de euros cuyo presupuesto mayoritario (1.090.880 euros) irá a parar a las empresas que realicen contratos para la formación y el aprendizaje.

Esta iniciativa se enmarca en el Programa de Garantía Juvenil que aporta a los jóvenes la posibilidad de acceder al mercado laboral bajo contratos de formación que refuerzan su perfil profesional presente y futuro.

El portavoz del Gobierno, Guillermo Martín, ha anunciado que la Consejería de Empleo, Industria y Turismo subvencionará a través de diferentes convocatorias los costes salariales de los contratos formalizados en la inserción laboral de los jóvenes asturianos inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Esta iniciativa del Gobierno de Asturias que, promoverá la contratación de 225 jóvenes menores de 30, permitirá a los jóvenes asturianos obtener un certificado de profesionalidad. Los certificados de profesionalidad reconocen de manera oficial las competencias en el ámbito laboral. Estos se constituyen, actualmente, como programa formativo oficial dentro del contrato para la formación y el aprendizaje, modalidad de contrato que permitirá a las empresas asturianas acceder al programa de ayudas. El Gobierno de Asturias subvencionará los costes salariales de los trabajadores durante los años en que esté vigente el contrato.

Las empresas deberán cumplir los siguientes requisitos para acceder a la ayuda:

  • Los contratos deberán realizarse por empresas asturianas y centros de trabajos radicados en Asturias dentro del ámbito temporal que quede determinado para cada convocatoria de subvenciones tras su aprobación.
  • Se formalizará teniendo en cuenta el nuevo modelo de contrato para la formación y el aprendizaje comunicándose al SEPE en la forma reglamentariamente establecida.
  • Las empresas deberán ampliar con estas contrataciones el número de trabajadores en plantilla en comparación con la media de los doce meses previos al mes de contrato. Para la justificar el incremento de plantilla se deberá adjuntar el Informe de Plantilla media de Trabajadores en Alta que expide la Tesorería General de la Seguridad Social. En el caso de que no se incrementara la plantilla, se entenderá cumplida si en los doce meses anteriores a la fecha de contrato no se hubiesen producido despidos reconocidos o improcedentes, objetivos o colectivos.

Los jóvenes contratados deberán a su vez cumplir los siguientes:

  • Estar inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil a la fecha de inicio del contrato.
  • No haber trabajado durante los 30 días naturales anteriores a la fecha de inicio del contrato.
  • Mayores de 16 años y menor de 30 años.
  • Inscritos, al inicio del contrato, como demandantes de empleo no ocupados en cualquier oficina del Servicio de Empleo Público de Empleo del Principado de Asturias.

Las Comunidades Autónomas apuestan por el nuevo contrato para la formación y el aprendizaje.

Cada día más iniciativas autonómicas se unen para impulsar la contratación de menores de 30 años bajo la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje.

Estas ayudas vienen reforzadas por las mejoras que implementa este nuevo contrato de formación que permite a los trabajadores obtener una titulación oficial como son los certificados de profesionalidad con validez estatal y europea.

Grupo 2000, es centro acreditado para impartir certificados de profesionalidad oficiales expedidos por el Servicio Público de Empleo Estatal en todas las Comunidades Autónomas. Contamos, para ello, con más de 200 centros colaboradores en toda España que nos permiten ser el único centro de formación que imparte, de manera reglada, certificados de profesionalidad oficiales para este nuevo contrato para la formación y el aprendizaje en todo el territorio nacional en modalidad de teleformación.

Gracias a nuestras acreditaciones para impartir certificados de profesionalidad podrás contratar trabajadores para las ocupaciones más demandadas en el mercado laboral y acceder a las subvenciones estatales y autonómicas.

Consulta a través de nuestro chat en línea, en el 958 80 67 60 o en contacto@grupo2000.es cómo puedes realizar con Grupo 2000 un nuevo contrato de formación y el aprendizaje.

Fuente de la noticia: Agencia EFE 
Convocatoria oficial: Gobierno del Principado de Asturias 


Última hora: Castilla y León subvenciona realizar contratos de formación con 3.000 euros


 

Suben las contrataciones y bajan los falsos autónomos

Suben las contrataciones y bajan los falsos autónomos

Ayer conocimos los datos que nos aportó el Ministerio de Empleo sobre los movimientos del mercado laboral en el primer trimestre del año.

Como estaba previsto la tasa de paro, un año más, cayó para la temporada de Semana Santa. En este caso, las cifras de paro bajaron en 58.216 personas lo que nos deja una cifra de parados total de 4.094.770 personas en estos primeros meses del año. La tasa de afiliación a la seguridad social ganó 138.086 personas  y ya contamos con más de 17.300.000 afiliados en estos tres primeros meses de 2016.

Algunos datos interesantes que pudimos extraer de los datos oficiales del Ministerio de Empleo y Seguridad Social fueron los siguientes:

Caída del paro entre los jóvenes menores de 25 años.

El Ministerio de Empleo ha hecho un gran incidencia en la caída del paro de los jóvenes menores de 25 años. El número de parados para esta edad se ha reducido en 43.416 personas favorecido especialmente para los oficios en la Hostelería y los servicios auxiliares administrativos, dos de las ocupaciones que se han visto reforzadas por los contratos para la formación y el aprendizaje y ayudas a la contratación de las diferentes Comunidades Autónomas. Contrataciones que, eran altamente estacionales en años anteriores y que contaban con una duración de menos de tres meses dados los picos productivos en estos sectores.

En este aspecto cabe subrayar, en términos de desestacionalización, que el paro se redujo en 59.161 personas.

Disminuye también el número de ‘falsos autónomos’.

El Ministerio de Empleo ha detectado cómo en lo que va del año crece con gran intensidad la afiliación a la Seguridad Social de trabajadores asalariados en las diferentes modalidades de contrato y se ralentiza la creación de puestos de trabajo entre los autónomos. Este dato aunque en principio pudiera resultar negativo no lo es y viene apoyado en las ayudas a la contratación y los contratos que ofrecen ventajas fiscales instaurados desde hace unos años y que articula el SEPE. Una de las tendencias más castigadas entre las empresas de los últimos años ha sido la de contratar ‘falsos autónomos’ con el fin de ahorrarse el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social. Este comportamiento era extendido por ejemplo, en el caso de repartidores o dependientes de comercio menores de 30 años que afrontaban su primer empleo bajo cualquier condición laboral. En este aspecto, cabe destacar el gran papel que el contrato en formación y las ayudas a la contratación, instaurados por el SEPE, han desempeñado en los últimos meses del año en la lucha contra la precariedad laboral. 

Aunque la afiliación de los autónomos en el primer trimestre del año sólo haya crecido un 1,1% creemos que, esta tendencia, nos permite vislumbrar un marco laboral mucho más realista que en años anteriores.

Crece el empleo en todas las Comunidades salvo Ceuta.

Todas las Comunidades Autónomas han sabido incrementar el número de afiliados a la Seguridad Social, salvo Ceuta. Cabe destacar que, Cataluña, Baleares y Andalucía se sitúan a la cabeza del empleo en España. La Región de Murcia, por otro lado, es la Comunidad Autónoma que menos empleo ha generado con tan sólo 4.804 nuevos afiliados.

Seguiremos muy de cerca la evolución del mercado laboral para los próximos meses aunque se prevé, como cada año, una nueva mejora de la empleabilidad de cara al verano. Esperamos que sigan aumentando las contrataciones, en especial, las que sean capaces de romper la estacionalidad y mejoren la estabilidad de los trabajadores bajo modalidades de contratos adaptados que eviten la precariedad.

Grupo2000 ya imparte el nuevo contrato de formación en todas las provincias

Grupo2000 ya imparte el nuevo contrato de formación en todas las provincias

Tras el intenso trabajo de estos últimos meses, vamos recibiendo su recompensa: Grupo2000 ha sido el primer centro de España en recibir la autorización del Servicio de Empleo para comenzar los contratos de formación en todas las provincias, autorización imprescindible para dar de alta un contrato de formación. Y a día de hoy, Grupo2000 ya imparte el nuevo contrato de formación en todo el territorio nacional. Esto ha sido posible gracias a nuestra amplia red de centros presenciales, donde nuestros alumnos podrán acudir a realizar sus exámenes y a la extensa oferta formativa acreditada (ver ocupaciones disponibles).

Recordamos que el nuevo contrato de formación, vinculado a Certificado de Profesionalidad, requiere de la solicitud previa de una autorización de inicio de la formación inherente al contrato de formación y aprendizaje, según establece el artículo 16 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual. Esta autorización es imprescindible para dar de alta el contrato de formación.

Tras estos tres meses trabajando con el nuevo contrato, hacemos balance sobre la autorización de inicio, y hemos podido comprobar que ya hay Delegaciones del Servicio de Empleo de varias comunidades, con las que se puede tramitar la solicitud de forma telemática, que están trabajando bien, y en determinadas provincias, los plazos se están agilizando.

Por otro lado, tenemos el caso de Comunidades Autónomas, como Andalucía, Cantabria y Canarias, donde se siguen presentando de forma presencial en la Delegación correspondiente. En estas provincias, normalmente las autorizaciones se están concediendo por silencio administrativo positivo. Es decir, tal y como recoge el citado artículo 16, tras presentar la solicitud, como no se ha recibido respuesta en el plazo de un mes al respecto, la autorización de la formación de esos contratos de formación se entiende autorizada.

Desde comienzos de 2016, nuestro equipo está dedicado en cuerpo y alma a informar y facilitar todo el trabajo a empresas y despachos profesionales relativo a sus contratos de formación. En nuestro centro estamos en un proceso de mejora contínua para ofrecer a nuestros clientes la mejor formación y un servicio eficiente y de calidad.

La respuesta tan positiva de nuestros alumnos, la confianza de nuestros clientes, y las felicitaciones que estamos recibiendo por parte de los diferentes organismos públicos (como el SEPE y Servicios de Empleo de las Comunidades Autónomas) son nuestra gran motivación, que nos inspira para venir a trabajar cada día con una sonrisa y dar lo mejor de nosotros mismos.

Por eso, no queremos finalizar este artículo sin daros a todos las gracias. Gracias por confiar en Grupo2000.

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Listado de ocupaciones acreditadas por el Servicio Público de Empleo Estatal.

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