Diferencias entre el contrato de formación en alternancia y el de prácticas

Diferencias entre el contrato de formación en alternancia y el de prácticas

Hoy veremos cuáles son las diferencias entre el contrato de formación en alternancia y el de prácticas. Como ambos son contratos formativos, suele haber confusión en su utilización.

A continuación, os mostramos la comparativa actualizada de sus características, según la normativa vigente en 2024:

 

¿Qué requisitos se exigen para un contrato de prácticas?

El contrato en prácticas, conocido tras el RD Ley 32/2022, como contrato formativo para la obtención de la práctica profesional está destinado a titulados universitarios, técnicos superiores o de grado medio de FP.

Y se realiza para una ocupación directamente relacionada con su formación. De esta forma, en su puesto de trabajo, la persona trabajadora puede obtener la práctica profesional necesaria para complementar su formación.

El contrato tiene que celebrarse en los 3 años posteriores a la finalización de dichos estudios, 5 años en caso de trabajadores con una discapacidad reconocida.

 

¿Qué requisitos se exigen para un contrato de formación en alternancia?

En cambio, las personas trabajadoras que realicen el contrato de formación en alternancia no pueden disponer de formación oficial relacionada con el puesto, ya que el fin de este contrato es proporcionársela.

Por ello, está dirigido a jóvenes que carezcan de los estudios para desempeñar esa profesión. Estos se van a formar de manera teórica y práctica para ejercerla.

En el caso de que la persona trabajadora haya realizado formación oficial, pero no tenga nada que ver con el puesto, también podría realizarse el contrato de formación en alternancia porque va a formarse en una ocupación para la que no cuenta con estudios previos.

Además de este requisito, hay que destacar que el contrato de formación en alternancia se puede formalizar con jóvenes de hasta 30 años.

Esos jóvenes no pueden haber desempeñado ese puesto en la misma empresa por tiempo superior a 6 meses.

El contrato de formación en alternancia ofrece una gran ventaja para las empresas: tiene un coste de 0 euros para las empresas en los seguros sociales durante toda su vigencia

Esto es debido a que se pueden bonificar los seguros sociales y, además, aplicar:

  • Una bonificación para la formación teórica.
  • Y una bonificación adicional de entre 60 y 80 euros en concepto de tutorización.

Para que la empresa acceda a estas bonificaciones la persona contratada deberá estar inscrita en el SEPE como demandante de empleo. 

 

¿Qué duración tiene el contrato de prácticas?

El contrato en prácticas tiene una duración mínima de 6 meses y máxima de 1 año.

El convenio colectivo puede indicar otra duración, pero en ningún caso podrá exceder estos límites.

Ojo, también puede ser que limite el uso de este tipo de contrato para determinados puestos o categorías.

 

¿Qué duración tiene el contrato de formación en alternancia?

La duración mínima del contrato de formación en alternancia es de 3 meses, y la máxima 2 años. Debes de tener en cuenta que al formalizar un contrato de formación en alternancia no podrás realizar prórrogas. 

Desde Grupo2000 te aconsejamos formalizar el contrato de formación en alternancia con la duración máxima desde el inicio.

 

¿Qué salario tiene el contrato de prácticas en 2024?

La retribución del contrato en prácticas es fijada en el convenio colectivo aplicable a la empresa para los contratos en prácticas.

Pero en ningún caso podrá ser inferior a la retribución mínima establecida para esta modalidad ni al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Esto quiere decir que, el salario durante 2024 para los contratos de prácticas no podrá ser inferior a 1.134 €, de acuerdo al SMI de este año.

 

¿Qué salario tiene el contrato de formación en alternancia en 2024?

El salario de un contrato de formación en alternancia viene establecido en convenio colectivo.

En su defecto, nunca puede ser inferior al 60% sobre la cantidad fijada para el grupo profesional con esas funciones durante el primer año y 75% durante el segundo.

Además, en ningún caso la retribución podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Puedes ampliar información sobre el salario del contrato de formación y sus cotizaciones.

 

¿Qué jornada puede realizar el contrato de prácticas?

El contrato de prácticas se puede formalizar a tiempo parcial o jornada completa.

 

¿Qué jornada puede realizar el contrato de formación en alternancia?

El contrato de formación en alternancia puede ser también a jornada completa o a tiempo parcial.

La persona trabajadora va a destinar el 65% a realizar trabajo efectivo, y el 35% para formarse de forma teórica, durante el primer año.

Estos porcentajes variarán durante el segundo año, siendo 85% de trabajo y 15% de formación.

En ambos contratos, la jornada deberá estar perfectamente delimitada e indicada en el contrato, y será respetada por empresa y persona trabajadora.

 

¿Qué bonificaciones en los seguros sociales tiene el contrato de prácticas?

La reducción en los seguros sociales del contrato en prácticas fue derogada para las altas desde el 1 de enero de 2019.

Por lo que actualmente, esta modalidad no tendría bonificaciones asociadas, sólo en el caso de colectivos con discapacidad reconocida.

 

¿Qué bonificaciones en los seguros sociales tiene el contrato de formación en alternancia?

Como comentamos, el contrato de formación en alternancia es muy interesante para la empresa, ya que es la única modalidad actualmente que permite:

  1. Bonificar los seguros sociales.
  2. Aplicar una bonificación del 100% del coste de la formación teórica inherente al contrato.
  3. Aplicar una bonificación adicional para la empresa de entre 60 y 80 euros (según la plantilla).

Hay que tener en cuenta que desde el 1 de septiembre de 2023 hay novedades en la bonificación de los contratos tras la entrada en vigor del RD Ley 1/2023.

Cuando se trate de contratos de formación dados de alta con anterioridad al 1 de septiembre del año pasado estos van a tener derecho a aplicar una reducción del 100% de la cuota fija a la Seguridad Social durante el tiempo que dure el contrato.

Esta reducción será del 75% si las compañías tienen más de 250 personas en plantilla.

Si se trata de contratos de formación firmados a partir del 1 de septiembre de 2023 entonces tendrán derecho a aplicar una bonificación de 119 euros sobre la cuota fija de seguros sociales (180,54 euros).

A ella, se le sumaría la bonificación por tutorización, pudiendo bonificar hasta 199 euros y suponiendo el coste final en los seguros sociales de las empresas de 0 euros

 

¿Cómo es la formación del contrato de formación en alternancia?

La formación es algo que caracteriza al contrato de formación en alternancia.

Durante toda su vigencia la persona trabajadora va a recibir una formación que le permitirá adquirir conocimientos para desempeñar de manera correcta y efectiva sus labores diarias.

Grupo2000 es un centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación de Catálogo de Especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo

La persona trabajadora que realiza un contrato en prácticas ya ha obtenido esa formación, puesto que debe acreditar los estudios finalizados, previamente al alta, que posibilitan su acceso a esta modalidad.

Por tanto, no tendrá formación teórica durante su contratación. Y adquirirá de forma práctica, en su puesto de trabajo, los conocimientos que le permitirán completar su preparación.

Para cualquier duda, estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

Esperamos que este artículo haya sido de utilidad para aclarar estas dudas. ¿Te ha gustado? ¡Gracias por compartir!

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Sólo se sube el salario si con la suma de complementos no llega al SMI

Sólo se sube el salario si con la suma de complementos no llega al SMI

El Tribunal Supremo, a través de varias sentencias, ya ha aclarado cómo calcular los salarios ante la subida del SMI: sólo se sube el salario si con la suma de complementos no llega al SMI.

Es decir, la doctrina afirma que los complementos salariales que aparecen en la nómina de una persona trabajadora, según lo que se haya pactado en el convenio, deberán considerarse para calcular la subida del SMI.

A continuación, analizamos todos los detalles:

 

El Tribunal Supremo aclara cómo se calculan los salarios ante la subida del SMI

Las últimas subidas del salario mínimo interprofesional han ido generando un debate en torno a qué complementos podían utilizarse para compensar la subida del SMI.

Existe un debate entre empresas y trabajadores en la forma de calcular el salario bruto, para valorar si correspondería o no ajustar el salario al alza.

La pregunta más habitual es si se podrían compensar o no los complementos salariales y cómo hacerlo.

Es decir, hay dudas sobre si podrían considerarse complementos como el de antigüedad, penosidad o peligrosidad como parte del salario a efectos de considerar si correspondería la subida del SMI a cada persona trabajadora.

Hay que recordar que, para 2024 el SMI se ha fijado en 1.134 € en 14 pagas, lo que se traduce en 1.323 € en 12 pagas. Puedes consultar aquí todos los detalles sobre el SMI actual.

Pues bien, el Tribunal Supremo ya fue tajante hace dos años y, tras 3 sentencias confirmó su criterio: los complementos sí deben tenerse en cuenta para valorar si el salario cumple con el SMI vigente.

En la primera de las sentencias (de 26 de enero de 2022), votada por unanimidad, concluyeron que el complemento de antigüedad se consideraría que forma parte del salario, para comparar la suma resultante con el SMI y determinar si procede el ajuste del salario o no.

En la segunda sentencia de 29 de marzo de 2022 (rec 162/2019) destacó la extensión de ese criterio a todos los complementos salariales, incluso a las cantidades que se cobran por variable.

El último fallo del Tribunal de 29 de marzo de 2022 (rec. 60/2020) llegó para confirmar las anteriores sentencias y sentó jurisprudencia, concretando que quedarían fuera de la compensación las percepciones extrasalariales.

El Supremo añadió que la excepción sólo cabría si existiese una norma con rango de ley que indicase lo contrario o si el convenio colectivo lo especifica expresamente.

Según el alto Tribunal es inevitable hacer esta interpretación porque de otra forma se estaría incumpliendo lo previsto en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, que indica que:

«la revisión del salario mínimo no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel

En consecuencia, a las personas que ya cobraban más del SMI vigente entre su salario base y los complementos salariales, fijos o variables, no se le aplicará una subida de sueldo, aunque haya aumentado el SMI.

Además, en una sentencia de 7 de marzo de 2024, el Tribunal Supremo se ha pronunciado en lo que respecta a los complementos de sobrecargo, nocturnidad y paga de beneficios.

Desde el TS indican que al tener naturaleza salarial procede su compensación y absorción con el incremento del SMI. 

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¿El salario base puede ser inferior al SMI?

Hay que tener en cuenta que el salario mínimo no es lo mismo que el salario base. Por tanto, el salario base no tiene por qué ser equivalente al SMI actual.

El salario de una persona trabajadora se compone por el salario base (la retribución fijada por unidad de tiempo), y por los complementos, como puede ser la antigüedad.

Si un trabajador tiene un salario base de 1.000 euros y un complemento de 30 euros sí se verá afectado por la subida del SMI, ya que la suma total es de 1.030 euros. Esto es inferior al SMI fijado para 2024 de 1.134 euros.

Por el contrario, si un trabajador tiene un salario base de 1.000 euros y un complemento de 250 euros entonces no le va a afectar la subida del SMI porque su salario total es de 1.250 euros.

Por tanto, queda en evidencia que los complementos salariales sí forman parte del SMI a percibir.

 

¿A qué trabajadores les sube el salario en 2024?

Como comentamos, para el año 2024 el SMI ha aumentado hasta los 1.134 euros en 14 pagas, por lo que el salario anual se sitúa en 15.876 euros.

Esta subida del SMI va a afectar a las personas trabajadores que trabajen a jornada completa y en cómputo anual cobren menos de 15.876 €.

 

¿Se pueden compensar todos los complementos y primas?

Según el Supremo sí se podrían compensar los complementos a la hora de calcular el salario bruto del trabajador y compararlo con el SMI para ver si corresponde una subida de salario.

Eso sí, muy importante: antes de compensar estos conceptos, es imprescindible revisar lo indicado en Convenio Colectivo, ya que hay algunos que establecen que complementos no se pueden compensar.

¿Sabías que el salario únicamente se sube si con la suma de los complementos no llega al SMI? Déjanos tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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Cómo se aplica el MEI en el contrato de formación en alternancia

Cómo se aplica el MEI en el contrato de formación en alternancia

En enero de 2023 entró en vigor el impuesto denominado Mecanismo de Equidad Intergeneracional de las Pensiones, conocido como MEI.

Hoy resolvemos algunas de las dudas más habituales que nos estáis planteando: ¿Cómo se aplica el MEI en el contrato de formación en alternancia en 2024?¿Se puede bonificar el MEI en el contrato de formación?

Es importante tener en cuenta que aunque el MEI comenzó suponiendo una cotización adicional a la Seguridad Social del 0,6%, éste porcentaje se va incrementando a lo largo de los años.

¿Quieres saber cuál es el MEI en 2024? Te lo contamos:

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¿En qué consiste el impuesto MEI?

El impuesto MEI es un impuesto destinado a repartir en cierta forma el coste que ocasionará asumir las pensiones entre todas las generaciones de personas trabajadoras.

Es una medida creada por el Gobierno para aumentar la llamada «hucha de las pensiones».

El impuesto MEI se debe aplicar sobre las cotizaciones de cada persona trabajadora y consiste en una cotización adicional de un determinado porcentaje al mes por persona.

El año pasado (2023) el porcentaje fue de un 0,6%, que se distribuyó de la siguiente manera:

  • Un 0,5% en la cotización correspondiente a la empresa.
  • Y un 0,1% en la parte de las personas trabajadoras.

En este 2024 el MEI se ha incrementado hasta un 0,7% de cotización, distribuido así:

  • Un 0,58% a cargo de la empresa.
  • Y 0,12% a cargo de la persona trabajadora.

 

¿Se debe incluir el MEI en la cotización del contrato de formación en alternancia?

Así es. Debes incluir el impuesto MEI en la cotización del contrato de formación en alternancia.

Según la Disposición Adicional Séptima de la Orden PCM/74/2023, la cotización adicional correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional se debe efectuar en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en el sistema de la Seguridad Social en las que exista obligación de cotizar.

Asimismo, la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo, por la que se modificó la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, en su artículo 44 sobre la cotización del contrato de formación, también incluyó la necesidad de cotizar por el mecanismo de equidad intergeneracional.

Es decir, el contrato de formación en alternancia está obligado a incluir el concepto MEI en la cotización.

Por tanto, el MEI comenzó a aplicarse en las cotizaciones desde enero del año pasado para las personas contratadas bajo esta modalidad.

 

¿Desde cuándo se debe incluir el impuesto MEI en la nómina del contrato de formación?

El impuesto MEI o Mecanismo de Equidad Intergeneracional entró en vigor en enero de 2023, de acuerdo a lo previsto en la Disposición Final Cuarta de la Ley 21/2021.

En consecuencia, se ha tenido que incluir el MEI en el cálculo de las cotizaciones para las nóminas del contrato de formación en alternancia desde el 1 de enero de 2023.

 

¿Se bonifica el MEI en el contrato de formación en 2024?

El impuesto MEI no se puede bonificar en el contrato de formación en alternancia, ese porcentaje de cotización debe ser abonado por empresa y persona trabajadora.

Es algo que generó muchas dudas, ya que normalmente el contrato de formación tiene un coste de 0 euros en los Seguros Sociales durante su vigencia, siempre y cuando se reúnan los requisitos para bonificar el contrato de formación.

Seguridad Social confirmó en su Boletín RED 3/2023 que el MEI no es un concepto bonificable.

Este cambio no afecta al resto de conceptos de la cotización del contrato de formación, que sí podrás bonificar desde el primer mes de contrato, el único concepto no bonificable, por tanto, será el % de MEI.

 

¿Cómo se aplica el MEI en la cotización del contrato de formación en alternancia?

Antes de nada, hay que recordar que ya entraron en vigor los cambios para la cotización del contrato de formación en alternancia introducidos en la Reforma Laboral.

Por tanto, a la hora de calcular la cotización se va a distinguir entre contratos que cotizan por la base mínima y contratos que cotizan por cuantías superiores a la base mínima.

En sus boletines RED 3/2023, 7/2023 y 8/2023 Seguridad Social ya indicó que están en proceso de adaptación.

Por tanto, de forma temporal los contratos de formación han seguido cotizando por la siguiente cuota fija, en la que se incluye cotización por MEI y formación.

Así, a la hora de realizar la bonificación del contrato de formación en alternancia nos encontraremos con las siguientes cuantías de cotización durante 2024:

 
Concepto Empresa Persona trabajadora TOTAL  
Por contingencias comunes 53,61 € 10,69 € 64,30 €  
Por contingencias profesionales 7,38 € (3,82 IT + 3,56 IMS) 7,38 €  
Fondo de Garantía Salarial 4,07 € 4,07 €  
Desempleo 72,77 € 20,50 € 93,27 €  
Formación 2,00 € 0,26 € 2,26 €  
MEI 7,67 € 1,59 € 9,26 €  
TOTAL

147,5 €

33,04 €

180,54 €

 

La cuantía total provisional a aplicar desde enero de 2024 en los seguros sociales del contrato de formación en alternancia será de 180,54 €.

Esta cuota fija de seguros sociales normalmente está bonificada durante toda la vigencia del contrato.

Como las cuotas del MEI no se pueden bonificar, pero sí el resto de conceptos, de la cuota fija de 180,54 euros se bonificarán 171,28 euros y los 9,26 euros de MEI tienen que abonarse.

En la práctica, lo que está haciendo Seguridad Social es descontar de forma automática el importe del MEI de la bonificación y, además, parece que están redondeando.

En el caso de que el contrato de formación cotice por encima de la base mínima, a la cuantía que exceda sobre la base mínima tendremos que aplicarle otros tipos de cotización.

Pero por esta cuantía que exceda de la base mínima no deberás aplicar nuevamente un % de MEI, sólo se aplica una vez sobre la cuota fija (Boletín RED 3/2023).

Pero ojo, esto último sólo se aplicará cuando nos encontremos con contratos de formación que coticen por encima de la base mínima y todavía no será necesario.

El Boletín RED 7/2023 indicó cómo será la segunda fase de implantación de la nueva cotización:

«El usuario deberá comunicar las bases de cotización correspondientes, calculadas conforme a lo dispuesto en el artículo 147 de la LGSS, aunque el importe coincida con la base mínima. En caso de que no se presenten, el trabajador quedará sin conciliar».

«En esta fase, el sistema calculará exclusivamente la cuota fija, independientemente de que la base de cotización supere la base mínima». 

Por su parte, el Boletín RED 8/2023 especificó que en la tercera fase se comenzará a cotizar por el exceso sobre la base mínima cuando las retribuciones superen la base mínima.

Para el cálculo se van a habilitar 2 nuevas peculiaridades:

  • 59/59 Contratos formativos en alternancia – Cuota total
  • 09/04 Contratos formativos en alternancia – Exclusión de desempleo

En base a estas peculiaridades se calculará una cuota fija y en los casos en que la base de cotización por contingencias comunes supere la base mínima de cotización del grupo 7, se calculará una cuota adicional por la cuantía que exceda.

De momento, no están habilitadas las nuevas peculiaridades. Hasta su implementación, se seguirán usando las PEC/FC 09/78 y 09/79 incluyendo la cuota de formación profesional.

En Grupo2000 te informaremos de todas las novedades que vayan surgiendo al respecto.

Te recomendamos leer nuestro artículo sobre las bases y tipos de cotización del contrato de formación durante 2024, para ampliar información.

¿Qué te parecen todas estas novedades? ¿Ya estabas aplicando así las bonificaciones del contrato de formación? ¡Nos encantará leer tus comentarios, déjanos uno más abajo!

 

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Sanciones de Inspección por incumplir con el tiempo de trabajo

Sanciones de Inspección por incumplir con el tiempo de trabajo

La Inspección de Trabajo continúa su labor de supervisión en las empresas, aumentando su vigilancia sobre el cumplimiento de la jornada laboral, donde las incidencias son más comunes.

El año pasado, estas infracciones resultaron en multas que alcanzaron los 15,5 millones de euros, mostrando un aumento del 45% en comparación con el año 2022.

Este incremento refleja la importancia de abordar la vulneración de los derechos laborales y garantizar el cumplimiento de las normativas establecidas.

Así son las sanciones de Inspección por incumplir con el tiempo de trabajo y horas extras.

Te contamos todos los detalles, a continuación:

 

¿Cómo son las inspecciones sobre el registro de la jornada?

Desde que se publicara la obligación del registro de jornada, la Inspección de Trabajo ha mantenido una vigilancia constante, y a día de hoy, continúa encontrando infracciones e irregularidades en este ámbito.

En relación con la jornada laboral, se está considerando la posibilidad de reducir la jornada laboral a 38,5 horas semanales.

Esta propuesta busca promover un equilibrio entre la vida laboral y personal de las personas trabajadoras.

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Inspección se centra en la supervisión del registro de jornada y horas extraordinarias

La Inspección de Trabajo ha focalizado su atención en la supervisión del registro de jornada y control de las horas extraordinarias en las empresas.

 

Supervisión del registro de jornada

En este sentido, se destaca la importancia de tener un sistema de registro de jornada que sea verídico y fiable, sin posibilidad de manipulación.

Este registro debe ser diario, detallando claramente los horarios de entrada y salida de las personas trabajadoras, y se recomienda incluir información sobre las pausas, especialmente aquellas que constituyan tiempo de trabajo efectivo.

Es importante señalar que los cuadrantes de horarios u otros sistemas similares no son aceptados como registro de jornada. Se requiere un sistema en el cual la propia persona trabajadora indique su horario de manera clara y precisa.

La falta de un sistema de registro o la inaccesibilidad del mismo durante el tiempo obligatorio puede considerarse una infracción grave, según lo establecido en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, con multas que oscilan entre 751 y 7.500 euros.

El Ministerio de Trabajo está considerando reforzar el régimen sancionador aplicando las multas por cada persona trabajadora afectada y aumentando las cuantías de las mismas.

¡Importante! Para facilitar la labor de Inspección, se pretende que el registro de jornada sea accesible de forma remota para los inspectores.

 

Supervisión de horas extraordinarias

Además, la Inspección ha estado vigilando de cerca las horas extraordinarias para identificar posibles excesos de jornada no compensados o no remunerados adecuadamente a las personas empleadas.

En este sentido, se está evaluando la posibilidad de establecer una remuneración más alta, ya que su cuantía se determina según el convenio colectivo o contrato.

 

¿Qué requisitos debe cumplir el registro horario en los negocios?

El registro de jornada no puede dar lugar a dudas, tiene que ser fiable y accesible.

En nuestro post El registro de la jornada es obligatorio. Así deberá realizarlo tu empresa tienes las pautas necesarias para implantar tu registro según la normativa actual.

¿Tu empresa ha recibido alguna Inspección sobre el registro de la jornada? ¿Te preocupa si estás haciendo bien el registro? Nos encanta leer tus aportaciones. Escríbenos algo más abajo. ¡Gracias!

 

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Requisitos para bonificar un contrato de formación en alternancia en 2024

Requisitos para bonificar un contrato de formación en alternancia en 2024

¿Conoces las ventajas del contrato de formación en alternancia?

Uno de los beneficios más importantes que el contrato de formación puede aportar a tu empresa es poder aplicar el coste 0 € en los Seguros Sociales.

Es decir, tu compañía no va a pagar Seguros Sociales durante la vigencia de este contrato. ¿Quieres saber más?

Te contamos cuáles son los requisitos para bonificar un contrato de formación en alternancia en 2024.

 

¿A qué bonificaciones tiene derecho el contrato de formación en alternancia en 2024?

Desde el 1 de septiembre de 2023 hay novedades sobre la bonificación de los contratos de formación. Esto es debido a la entrada en vigor del RD Ley 1/2023.

Para saber cómo realizar la bonificación de los Seguros Sociales, hay que distinguir cuál es la fecha de alta de ese contrato inicial de formación:

 

Contratos de formación en alternancia dados de alta antes del 1 de septiembre de 2023

Los contratos de formación que se dieran de alta antes del 1 de septiembre de 2023 tienen derecho a aplicar una reducción del 100% de la cuota fija a la Seguridad Social durante todo el tiempo que dure el contrato.

Este porcentaje es de un 75% si se trata de una empresa con más de 250 personas en plantilla.

 

Contratos de formación en alternancia dados de alta a partir del 1 de septiembre de 2023

Si el contrato de formación se dio de alta a partir del 1 de septiembre de 2023, entonces el contrato tiene derecho a aplicar una bonificación de 119 euros sobre la cuota fija de Seguros Sociales.

Esta cuota en 2024 es de 180,54 euros para contratos de formación que cotizan por la base mínima.

A esta bonificación se le sumaría la cuantía por tutorización, pudiendo bonificar hasta 171,28 euros.

 

Estas son las bonificaciones aplicables al contrato de formación en 2024

El contrato de formación se ha convertido en el contrato bonificado más interesante para las empresas, ya que durante su vigencia las compañías pueden aplicar:

Los beneficios en los seguros sociales son aplicables siempre y cuando la empresa cumpla con los siguientes requisitos, que analizaremos a continuación:

 

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Requisitos para bonificar un contrato de formación en alternancia en 2024

Para que tu empresa pueda bonificar los seguros sociales del contrato de formación es necesario que cumpla una serie de requisitos:

  • Los establecidos por los artículos 5 y 6 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.
  • Los recogidos en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores.

 

Requisitos que debe cumplir la persona trabajadora

Os recomendamos verificar que se cumplen los siguientes requisitos antes de formalizar el contrato de formación con la persona contratada:

  • No tener titulación oficial relacionada con el puesto a desempeñar.
  • Edad: hasta 30 años para catálogo de especialidades. Este límite no se aplica para certificados de nivel 3 y personas discapacidad reconocida.
  • Que la persona trabajadora se haya inscrito como demandante en la Oficina de Empleo, al menos 1 día. Es decir, que tenga el justificante de estar inscrita en el paro.
  • No haber realizado ese puesto en tu empresa por tiempo superior a 6 meses.
  • No haber sido contratada en tu misma empresa como indefinido en los últimos 12 meses o 6 meses, si fue contrato temporal, antes del alta.
  • No haber tenido un contrato indefinido en los últimos 3 meses en otra empresa. (No se aplica si la causa del despido fue despido colectivo, o improcedente). Ojo con este requisito que, tras la Reforma Laboral, es bastante frecuente encontrar a personas que proceden de un contrato indefinido para realizar trabajos temporales de apenas días.
  • No podrán ser familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, del empresario, cargos directivos, o miembros de órganos administrativos de una sociedad. Excepto si se trata de una contratación del autónomo a sus hijos. Tal y como recoge la Ley General de la Seguridad Social los autónomos pueden contratar a hijos/as menores de 30 años por cuenta ajena, aunque convivan con ellos.

 

Requisitos que debe cumplir la empresa para firmar un contrato de formación

Tu empresa deberá reunir los siguientes requisitos:

  • No tener deuda en la Seguridad Social, ni Hacienda al dar de alta al trabajador, o durante la aplicación de las bonificaciones. Si estás en alguna de estas situaciones, deberás resolver la situación de deuda con TGSS antes del alta.
  • No haber sido sancionada.
  • No haber sido excluida por cometer infracciones muy graves no prescritas.
  • No haber extinguido contratos bonificados por despido reconocido declarado improcedente (por vía judicial), o colectivo. En estas situaciones no podrían aplicarse bonificaciones durante 12 meses.
  • Estar comprometida con los horarios de trabajo efectivo y de formación.
  • Asignar a una persona en la empresa para que tutorice la evolución de la persona trabajadora.

Además, desde septiembre de 2023, para poder firmar contratos de formación en alternancia las empresas deben tener un Plan de Igualdad (SOLO si están obligadas a ello según la Ley Orgánica 3/2007).

 

Si no se cumplen los requisitos para bonificar, ¿se puede realizar el contrato de formación en alternancia?

Si se reúnen los requisitos para realizar un contrato de formación en alternancia, pero no los requisitos para poder aplicar el coste 0 euros en los seguros sociales, se podrá realizar el contrato, pero no podrá aplicarse este beneficio.

Os ponemos un ejemplo para que veáis la importancia del cumplimiento de estos requisitos:

Si una empresa tiene deuda con la Seguridad Social en el momento del alta, aunque puede formalizar el contrato de formación, aún regularizando posteriormente su deuda, ya no tendrá derecho a aplicar el coste 0 euros en los Seguros Sociales durante toda su vigencia.

Recordamos que la persona que contrates, además de estos requisitos, debe reunir el perfil para un contrato de formación.

Una vez formalizado el contrato es fundamental que la empresa siga la normativa establecida en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores y su normativa de desarrollo:

  • Suscribir el Acuerdo para la actividad formativa, Anexo I, e informar al representante legal de los trabajadores.
  • Asignar un/a tutor/a capacitado dentro del ámbito de la empresa.
  • El puesto de trabajo debe estar relacionado con la actividad formativa.
  • Custodiar los justificantes del pago y coste de la formación.

El cumplimiento de estos requisitos es imprescindible para evitar problemas con las bonificaciones del contrato de formación.

 

¿Cómo puedo contratar personal que reúna los requisitos del contrato de formación en alternancia?

Nuestra Agencia de Colocación te ayuda a seleccionar a la persona idónea para el puesto y además, se asegura de que cumpla todos los requisitos para poder formalizar y bonificar el contrato de formación.

Este servicio de selección de personal es gratuito para nuestros clientes, está incluido en el servicio que prestamos para los contratos de formación.

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