Nueva convocatoria de ayudas a la contratación de 4.950 euros de PICE

Nueva convocatoria de ayudas a la contratación de 4.950 euros de PICE

Por segundo año consecutivo la Cámara de Comercio ofrece unas subvenciones para contratar a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil muy interesantes para las empresas. Te contamos cuáles son las condiciones para acceder a esta nueva convocatoria de ayudas a la contratación de 4.950 euros del Plan PICE.

¿En qué consiste la ayuda para la contratación del Plan PICE?

El Programa Integral de Cualificación y Empleo, PICE, de las Cámaras de Comercio tiene el fin de ayudar a las empresas a contratar empleados para el puesto a cubrir.

Dentro del Plan PICE, se encuentra el Plan de Capacitación, que permite que la empresa obtenga una ayuda directa de 4.950 euros por cada contrato formalizado de al menos 6 meses de duración.

Esta ayuda además es compatible con el contrato para la formación y el aprendizaje, y con las bonificaciones o reducciones en las cuotas de la Seguridad Social, por lo que puedes sumar a los beneficios de esta subvención la reducción del 100% en los seguros sociales durante toda la vigencia del contrato. Siendo una opción muy interesante para aquellas empresas que necesitan ayuda para crecer.

¿Qué perfil deben tener los jóvenes contratados?

Una de las principales ventajas del Plan de Cualificación es que, al suscribirte, la Cámara de comercio te facilita una serie de candidatos que cumplen con el perfil solicitado para el puesto.

El requisito fundamental para el trabajador es estar inscrito en Garantía Juvenil, a continuación te resumimos el perfil:

  • Menor de 30 años.
  • Inscrito como demandante de empleo al menos 1 día.
  • No debe estar estudiando en ese momento.

El joven puede solicitar su inclusión en Garantía Juvenil en el momento de inscribirse en la oficina de empleo o directamente en la Cámara de Comercio. Lo que sí debe hacer obligatoriamente es inscribirse en el Programa PICE para poder participar en las selecciones.

¿Cómo puede mi empresa solicitar esta ayuda?

Para poder acceder a esta ayuda puedes visitar tu Cámara de Comercio más cercana o cumplimentar el formulario que encontrarás en su página web.

Por nuestra experiencia con la anterior convocatoria, lo ideal es que visites la oficina de la Cámara de Comercio, puesto que los criterios a aplicar para el proceso pueden variar según la Cámara de la que se trate.

Lo que sí te podemos anticipar es que, para poder participar, tu empresa deberá suscribirse también al Programa.

La ayuda se puede solicitar hasta finales de este año o hasta fin de fondos. Si vas a contratar en 2018 no dejes pasar esta oportunidad.

La Cámara de Comercio y el SEPE apuestan por el contrato para la formación y el aprendizaje

Recientemente se ha publicado en el BOE un convenio de colaboración firmado entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Cámara de Comercio destinado a fomentar la formación dual en la empresa.

El fin de este acuerdo es favorecer la inserción laboral de los jóvenes a través del contrato de formación y desarrollar acciones de comunicación, difusión, soporte y formación para las empresas, de forma que éstas puedan tramitar adecuadamente esta modalidad, y que el tutor de empresa y el joven realicen adecuadamente su rol dentro del contrato de formación.

Grupo2000 somos un centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación inherente al contrato de formación, estamos a tu disposición para ayudarte a solucionar todas las dudas que tengas acerca de esta modalidad contractual y a realizar todos los trámites. Contacta con nosotros en el 958 806 760.

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Así es el plan de la Inspección de Trabajo para 2018 publicado en el BOE

Así es el plan de la Inspección de Trabajo para 2018 publicado en el BOE

El pasado 19 de abril se publicó la Resolución por la que se aprueba el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para el período 2018-2020, que contiene las actuaciones previstas para dicho margen temporal. Así es el plan de la Inspección de Trabajo para 2018, publicado en el BOE recientemente:

Principales objetivos del plan de la Inspección 2018-2020

Según se indica en el BOE, este plan surge como una prolongación del ya existente en el periodo 2012-2017, a través del cual se detectaron 499.855 empleos y se convirtieron en indefinidos 346.065 contratos temporales.

En el Plan se recogen los Estatutos del Organismo Estatal de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que regulan su estructura y régimen económico. Así mismo, se fijan los objetivos que se plantean para el periodo 2018-2020, entre ellos destacan los siguientes:

  • Detectar el empleo irregular con el fin de regularizar las condiciones de trabajo y generar recursos económicos a la Seguridad Social.
  • Corregir las situaciones de disfrute de prestaciones por desempleo en fraude de ley, como la creación de empresas ficticias para acceder a éstas o la compatibilización con trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena.
  • Aflorar situaciones fraudulentas en el alta de los trabajadores y en el acceso a otras prestaciones de Seguridad Social.
  • Detectar los supuestos de aplicación indebida de bonificaciones o reducciones a la Seguridad Social.

 

Líneas de actuación de la Inspección para 2018-2020

A continuación os detallamos cuáles son las líneas de actuación que plantean para garantizar el cumplimiento de la legislación en materia laboral y de empleo:

  1. Control de la contratación temporal encadenada.
  2. Centrarán el foco en los contratos celebrados en fraude de ley.
  3. Verificarán el mantenimiento del empleo en el caso de empresas que regularicen su plantilla tras una actuación.
  4. Inspección del tiempo de trabajo: jornada ordinaria, horas extras y complementarias.
  5. Detectar los casos de falsos autónomos, para ello intensificarán su labor en las empresas que por su actividad puedan favorecer este tipo de fraude.
  6. Supervisión de los contratos a tiempo parcial, especialmente sobre lo que se refiere a requisitos y jornada.
  7. Revisión de contratos de prácticas y contratos para la formación.
  8. Inspección de becarios y prácticas no laborales para detectar si se encubren relaciones laborales.
  9. Detectar casos de subcontratación y cesión ilegal de trabajadores.
  10. Vigilar el cumplimiento de la obligación de reserva de empleo de trabajadores con discapacidad en empresas de más de 50 trabajadores.
  11. Crear un plan especial para proteger los derechos laborales de los trabajadores inmigrantes.
  12. Detección de discriminación salarial por razón de género.
  13. Especial atención en los trabajadores que disfruten de permisos de paternidad o maternidad.
  14. Revisión en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
  15. Detectar delitos contra la seguridad social y contra los derechos de los trabajadores.
  16. Incrementar el control sobre las mutuas colaboradoras.
  17. Vigilar las empresas que operan a través de internet.
  18. Intensificar la cooperación con otros países de la UE en materia de lucha contra el fraude.

Para ello, tienen previsto implementar mejoras, tanto a nivel informático, como formativo. Así como fomentar la cooperación con Comunidades Autónomas y diferentes organismos, para lograr un mayor control.

Fuente: ImagenGobierno y BOE.

Jornada sobre IVA intracomunitario en colaboración con CGS Granada

Jornada sobre IVA intracomunitario en colaboración con CGS Granada

La próxima semana tendrá lugar una interesante jornada sobre IVA intracomunitario en colaboración con CGS Granada. Esta formación será impartida por D. Andrés Rodríguez Vegazo, Jefe de Equipo Regional de Inspección de Aduanas.

A continuación os ofrecemos todos los detalles de este curso:

Curso sobre IVA intracomunitario

Horario: 24 de abril, de 16:30 a 20:30 horas.

Lugar: Sede colegial, ubicada en Lope de Vega, 3. Granada.

Contenidos:

  1. Tráfico intracomunitario. Conceptos previos.
  2. Concepto IVA de establecimiento permanente.
  3. Régimen de medios de transporte nuevos, adquisiciones intracomunitarias no sujetas (PRE´S)
  4. Adquisiciones intracomunitarias de bienes (AIB).
  5. Entregas intracomunitarias de bienes (EIB).
  6. Ventas a distancia.
  7. Operaciones triangulares, transfer.
  8. Localización de AIB y EIB.
  9. Registro de operadores intracomunitarios (VIES).
  10. Declaración informativa Modelo 349.
  11. Diversas consultas sobre la Declaración del Modelo 349.

 

Esta jornada es gratuita para los colegiados del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Granada y sus trabajadores (previa justificación), Precolegiados y alumnos de la Facultad de Ciencias del Trabajo.

Si no estás colegiado y deseas asistir a esta interesante jornada, también puedes asistir, el coste del curso es de 50 €.

Inscripción 

Si deseas inscribirte al curso, debes dirigirte al Colegio de Graduados Sociales de Granada. Puedes ampliar información haciendo clic aquí.

No pierdas la oportunidad de asistir a este curso tan especializado sobre IVA intracomunitario, impartido por un experto en la materia. ¡Te esperamos!

 

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Ya es obligatorio enviar por sistema RED los certificados por maternidad

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Seguridad Social recuerda en el Boletín RED 1/2018 que ya es obligatorio enviar por sistema RED los certificados por maternidad. Os explicamos esta novedad y plazos de aplicación.

Nueva obligación para las empresas de transmitir certificados por Sistema RED

Recordamos que en la Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social, incluía en su artículo 1 una nueva obligación para las empresas, por la que deberán transmitir mediante el Sistema RED (RECEMA) las siguientes situaciones de los trabajadores por cuenta ajena o asimilados:

  1. Comunicación empresarial del inicio de la suspensión del contrato de trabajo o del permiso de prestaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
  2. Comunicación del inicio de reducciones de jornada de trabajo de los progenitores, adoptantes o acogedores, a efectos de tramitación de la prestación de cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

 

Fecha de entrada en vigor de esta nueva obligación

Según el tipo de situación que genera el derecho al beneficio del trabajador, hay un plazo diferente de entrada en vigor.

  • Los certificados de empresa para tramitar las prestaciones de maternidad o paternidad ya se deben enviar por Sistema RED desde el 1 de abril de 2018.
  • Los certificados por prestaciones por riesgo durante el embarazo, riesgo de lactancia natural y reducciones de jornada de progenitores para el cuidado de menores con enfermedades graves se deberá comunicar a partir del 1 de enero de 2019.

En el Boletín RED 6/2017 ya se avanzaba esta nueva obligación y se publicaba un manual en Seguridad Social para facilitar esta labor. A través de este servicio de RECEMA se pueden introducir certificados, consultarlos, modificar o eliminarlos. Haz clic aquí para descargar el manual.

 

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Fuente: Boletín RED 6/2017 y Boletín RED 1/2018

Novedades para cambios de trabajadores en grupos de empresas

Novedades para cambios de trabajadores en grupos de empresas

El último Boletín RED incluye novedades para cambios de trabajadores en grupos de empresas. Seguridad Social aclara cómo actuar cuando se dan situaciones especiales de cambio de trabajadores entre empresas que pertenezcan al mismo grupo.

Mantenimiento de bonificaciones cuando se cambia a un trabajador a otra empresa del grupo.

Estas situaciones vienen recogidas en el apartado 2, del artículo 8, de la Ley 43/2006, sobre mantenimiento de bonificaciones, que establece que:

«Se podrán mantener las bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social que se vinieran disfrutando por la contratación indefinida de un trabajador cuando éste haya extinguido voluntariamente un contrato acogido a medidas previstas en los programas de fomento del empleo de aplicación a partir del 17 de mayo de 1997, incluidas las medidas reguladas en este programa de fomento, y sea contratado sin solución de continuidad mediante un nuevo contrato indefinido, a tiempo completo, parcial, o fijo discontinuo, por otra empresa o entidad del mismo grupo de empresas.»

Actualmente, cuando se da este tipo de casos, para dar el alta del trabajador en la otra empresa del grupo, en la que se pretende mantener el beneficio del trabajador, se identifica con la fecha de alta del trabajador donde se produjo la primera contratación con derecho a incentivos de la anterior empresa. Para indicar este dato se debe utilizar el campo «Fecha inicio contrato».

El hecho de utilizar dicho campo, según indica TGSS, constituye en sí mismo una declaración responsable de la entidad que da el alta, por la que se entiende que esta gestión se realiza bajo su entera responsabilidad, y que se ha asegurado que se cumple con los requisitos necesarios en la norma para mantener el beneficio de la cotización.

Cuando haya estas circunstancias sobre el mantenimiento de beneficios de cotización respecto al alta de trabajadores contratados sin solución de continuidad dentro del mismo grupo de empresas, Seguridad Social establece en el Boletín RED que deberá ponerse a disposición de TGSS la documentación que acredita la integración en el grupo de empresas.

En el mismo Boletín RED, se recoge otra noticia sobre el fin de la utilización de los códigos de cuenta de cotización específicos, que se producirá en los próximos meses, y que puedes leer haciendo clic aquí.

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Fuente: Boletín RED.

 

 

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