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¿Qué cambios traerá para las empresas el Estatuto del Becario?

¿Qué cambios traerá para las empresas el Estatuto del Becario?

Ayer, 12 de diciembre, se abrió el plazo para presentar aportaciones al Estatuto del Becario, lo que nos acerca cada vez más a su aprobación definitiva. Este plazo estará abierto hasta el 3 de enero de 2025.

Ya conocemos el contenido del Anteproyecto de Ley del Estatuto de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa, más conocido como el Estatuto del Becario. 

Hace casi un año, se dio un paso importante para las personas trabajadoras en prácticas quienes comenzaron a cotizar a la Seguridad Social.

Este Estatuto del Becario extiende y refuerza las medidas de protección previamente implementadas para las personas en prácticas.

Para comprender mejor qué implicaciones tendrá esta nueva normativa para las empresas, en este post analizamos ¿qué cambios traerá para las empresas el Estatuto del Becario?

Entre las principales novedades se incluirá la compensación de gastos y la implementación de un régimen sancionador. Descúbrelo todo, a continuación:

 

Estas son las claves de la creación del Estatuto del Becario

La disposición adicional segunda del RD Ley 32/2021 estableció la convocatoria de negociaciones para el Estatuto del Becario en un plazo de 6 meses desde su entrada en vigor.

Desde abril de 2022 el Gobierno inició conversaciones con sindicatos y patronal (UGT, CCOO, CEOE y CEPYME) para su elaboración.

A pesar de un inicio aparentemente fluido surgieron debates sobre la participación de la CEOE, específicamente en relación con las prácticas extracurriculares.

Desde la CEOE pidieron al Gobierno, entre otras cosas, que se especificase si las prácticas extracurriculares podrían cubrirse a través de becas o no.

En octubre de 2022 parecía que el Gobierno había logrado cerrar un principio de acuerdo con los sindicatos tras modificar el texto previamente presentado, pero las negociaciones duraron más de lo previsto.

El 15 de junio de 2023 el Ministerio de Trabajo firmó un acuerdo con los sindicatos en el que se incluía una limitación a las prácticas extracurriculares.

La cuestión es que desde CEOE no participaron en el acuerdo y hubo sectores que consideraron que la norma aún requería de trabajo y esfuerzo.

Indicaron que el texto podría servir como punto de partida pero faltaba trabajo técnico en el que se incluyesen las posiciones de universidades y empresarios.

La última novedad se produjo en el día de ayer cuando el Ministerio de Trabajo abrió a audiencia pública el Anteproyecto de Ley del Estatuto del Becario.

Aunque aún debemos esperar su publicación definitiva, parece que estamos muy cerca de su aprobación y entrada en vigor.

Mientras tanto, detallamos las novedades recogidas en el Anteproyecto de Ley, a continuación.

El Estatuto del Becario restringe el uso de las prácticas

Una de las novedades más destacadas del Anteproyecto es la sustitución del término «becario» por el de «persona en prácticas formativas no laborales», con el objetivo de evitar la posible degradación del colectivo y ofrecer una denominación más respetuosa.

Además, el Estatuto incluye que no será posible realizar prácticas mediante cualquier programa formativo, ya que redefine las reglas para garantizar que las prácticas sean auténticamente formativas y no laborales, es decir, que no se utilicen para cubrir puestos de trabajo.

¡Importante! Queremos recordarte que en 2024 ha entrado en vigor una novedad y es que los becarios que realicen prácticas formativas o académicas externas ya han empezado a cotizar en la Seguridad Social.

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¿Qué novedades incluirá el Estatuto del Becario?

Resumimos las principales novedades que podrían entrar en vigor una vez se publique el Estatuto:

 

Los becarios tendrán derecho a disfrutar de sus vacaciones

El Estatuto del Becario recogerá el derecho de los becarios a tener vacaciones y al pago de desplazamientos.

En caso de que las prácticas no sean remuneradas o no exista otra beca la empresa tendrá que hacerse cargo de los gastos de transporte, alojamiento y manutención, entre otros.

 

Se limitarán a un máximo de 480 horas las prácticas extracurriculares

Una de las principales novedades que introduciría el Estatuto del Becario es la limitación a un máximo de 480 horas de las prácticas extracurriculares.

Las prácticas curriculares (son las que se realizan durante el período de estudios) no podrían superar el 25% de las horas en que se concreten los créditos ECTS de la titulación.

Los grados universitarios de cuatro años tienen 240 crédito. En este caso, las prácticas no podrían superar los 60 créditos. Es decir, son 1.500 horas, que corresponderían a 188 días con jornadas de 8 horas.

Por su parte, las prácticas extracurriculares se limitarían al 15% de las horas en que se concreten los créditos de la titulación o un máximo de 480 horas.

La persona trabajadora podría realizar sus prácticas extracurriculares durante 60 días dedicando 8 horas por jornada.

 

Las empresas podrán contratar a un número limitado de becarios

Además, no se permitirá que las empresas tengan contratados a un número de becarios que superen el 20% de la plantilla total.

No obstante, cualquier empresa podrá concertar formación práctica con 2 personas, independientemente del número de personas empleadas.

El Estatuto del Becario tiene como fin principal regular la formación práctica tutorizada en empresas u organismos equiparados, así como la actividad formativa desarrollada en el marco de las practicas curriculares o extracurriculares previstas en los estudios oficiales.

Este instrumento servirá a las personas trabajadoras en período formativo para reforzar sus derechos y su protección para lograr unas condiciones dignas.

 

Se presumirá que existe relación laboral cuando la actividad desarrollada sustituya las funciones de una persona trabajadora por cuenta ajena

También cuando no exista una vinculación directa entre la actividad desarrollada en la empresa y el programa, currículo o competencias incluidas en el itinerario formativo al que está asociada la práctica.

 

Los becarios tendrán derecho a la protección frente a la violencia y el acoso

El Estatuto del Becario reconocerá a las personas en prácticas el derecho a la protección frente a la violencia y el acoso, cumpliendo así con lo exigido por el artículo 2 del Convenio sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, 190 de la Organización Internacional de Trabajo.

 

¿Por qué es necesario el Estatuto del Becario?

En España, según un informe de la OCDE, las personas en prácticas enfrentan desafíos significativos, como la baja remuneración y la escasa probabilidad de ser contratadas al finalizar sus prácticas.

Solo alrededor del 30% de los becarios logran obtener un contrato laboral al acabar sus prácticas.

Por lo tanto, la creación de un Estatuto del Becario es crucial para establecer bases sólidas y especificar los derechos que deben tener los becarios, incluida una mejora en los salarios.

Es importante limitar el número de horas de trabajo y restringir el número de becarios contratados en una sola empresa.

Este Estatuto incluiría límites en el encadenamiento de periodos de prácticas. Para ello, se impondría un limite al número de becarios según el tamaño de la empresa.

Se limitaría al 20% del total de la plantilla de la empresa el número máximo de becarios. No obstante, independientemente de cuál sea tamaño y plantilla, cualquier empresa podrá incorporar a dos becarios.

Si bien las prácticas son una excelente oportunidad para que los jóvenes sin experiencia obtengan su primer contacto laboral es vital que las empresas respeten sus derechos y proporcionen condiciones laborales mínimas y adecuadas.

Además, el Estatuto podría incluir una novedad importante: el derecho de los becarios a recibir una prestación por desempleo, una medida que podría ofrecer una red de seguridad adicional para aquellos que finalizan sus prácticas sin encontrar empleo inmediatamente.

 

¿Cómo influirá el Estatuto del Becario en las empresas?

El Estatuto del Becario no obliga a las empresas a asignar un salario a los becarios pero sí obliga a las compañías a abonar los gastos en que incurran esos becarios.

Las empresas tendrán que ofrecer una cuantía mínima suficiente para compensar los gastos en los que la persona en formación práctica incurra a consecuencia de esta.

Se incluyen gastos de desplazamiento, alojamiento o manutención.

Es decir, la remuneración tendrá que cubrir los gastos de la actividad de los estudiantes. Y, por supuesto, todas las personas trabajadoras en prácticas tendrán que ser dadas de alta en Seguridad Social.

¡IMPORTANTE! Si existen otras becas o ayudas que cubran esos gastos entonces la compañía no va a estar obligada a abonar la compensación.

Los becarios disfrutarán de los mismos derechos que el resto de las personas trabajadoras de la empresa, incluyendo descansos, días festivos y vacaciones correspondientes.

Además, las empresas deberán garantizar condiciones de calidad durante las prácticas, proporcionando servicios como zonas de descanso, restaurante y estacionamiento.

El Estatuto del Becario establecerá límites en el número de horas de trabajo y número de becarios contratados en una sola empresa, así como en el encadenamiento de períodos de prácticas.

Esto significa que las empresas no podrán contratar becarios de forma ilimitada, sino que deberán ajustarse a las disposiciones del Estatuto.

Además, las actividades formativas no podrán realizarse en horario nocturno ni a turnos, excepto cuando sea necesario por la naturaleza de la actividad y no exista otra alternativa.

Los becarios contratados también tendrán derecho a recibir información completa sobre las condiciones de la formación y éstas deberán garantizar la compatibilidad de dichas prácticas con sus estudios.

En caso de enfermedad o accidente, los becarios tendrán derecho a una interrupción temporal de sus prácticas para recuperarse adecuadamente.

 

¿Qué son las prácticas no laborales?

El Estatuto del Becario incluirá una definición de las prácticas no laborales. Estas se refieren a actividades vinculadas a la formación que no constituyen una relación laboral.

Cualquier actividad que esté asociada a la formación y no sea considerada práctica no laboral deberá formalizarse según los contratos formativos, como son el contrato de formación en alternancia o el contrato para la obtención de la práctica profesional.

 

El Estatuto del Becario limitará el número de becarios por tutor

No hay que olvidar la figura del tutor. En algunos casos, los becarios no cuentan con esta figura en sus empresas.

Con el Estatuto del Becario se establecerá como medida obligatoria la designación de un/a tutor/a comprometido ante el que el becario pueda acudir en caso de aparecer un problema.

Para garantizar una tutorización personalizada y de calidad se limitará el número de becarios asignados a un tutor.

Este límite será de 5 becarios para empresas con más de 30 empleados y de 3 becarios para empresas con menos de 30 empleados.

Es importante resaltar dos datos significativos:

  • Desde el año 2018 la Inspección de Trabajo ha descubierto casi 5.000 falsos becarios.
  • España enfrenta uno de los índices más altos de desempleo juvenil en la Unión Europea.

Por eso, es importante aumentar las sanciones a las empresas que recurran a la figura del falso becario para acabar con estos problemas.

 

El Estatuto del Becario incluye incentivos a la contratación

La contratación de personas en formación práctica dará derecho a las bonificaciones previstas en el artículo 25 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

 

Se va a crear una Comisión de seguimiento de la formación práctica en el ámbito de la empresa

El Estatuto del Becario incluirá la creación de una Comisión de seguimiento de la formación práctica en el ámbito de la empresa.

Esta comisión tendrá un papel crucial en el análisis y mejora de la formación práctica que se realiza en las empresas, con el objetivo de mejorar la conexión entre el ámbito educativo y el laboral.

La comisión deberá ser regulada dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la ley y se reunirá dos veces al año.

Su función principal será estudiar y diagnosticar la situación de la formación práctica en las empresas. Esto incluirá identificar las áreas de mejora y garantizar que las prácticas formativas se alineen mejor con las necesidades tanto de las empresas como del sistema educativo.

 

¿Qué sanciones incluye el Estatuto del Becario?

El Estatuto del Becario contempla un régimen sancionador con multas de carácter muy grave que podrían oscilar entre los 7.501 y los 225.018 euros dependiendo de la gravedad de la infracción.

Las infracciones consideradas muy graves en su grado máximo tendrán una multa de entre 120.006 y 225.018 euros.

Si las infracciones son consideradas muy graves pero en su grado mínimo las multas irán de 7.501 a 30.000 euros.

Las multas de grado medio supondrán entre 30.001 a 120.005 euros.

 

Bruselas planea intensificar las inspecciones contra los falsos becarios

Junto con las sanciones mencionadas es crucial considerar que desde Bruselas se está trabajando en una directiva para aumentar las inspecciones contra los falsos becarios.

Esta directiva deberá ser incorporada a la legislación de los Estados miembros en un plazo máximo de dos años tras su aprobación.

El propósito principal de esta medida es impedir a las empresas que usen a los becarios como si fuesen personas trabajadoras regulares.

Además, se espera que la Inspección evalúe diversos aspectos, como:

  • La duración de las prácticas para evitar abusos.
  • Las tareas asignadas.
  • La exigencia de experiencia previa para dicha contratación.
  • El número de becarios en la empresa.

¡Importante! Será necesario establecer un mecanismo de denuncia para facilitar a los becarios que informen de casos de discriminación.

 

¿Cuándo entrará en vigor el Estatuto del Becario?

Aunque aún no se ha confirmado la fecha exacta de publicación del Estatuto del Becario, se espera que entre en vigor en los próximos meses.

Seguiremos atentos al desarrollo de esta noticia y te informaremos de todo en nuestro blog.

¿Qué te parece el Estatuto del Becario? ¿Crees que resolverá el problema? Nos encantará leer tu opinión, déjanos tus comentarios más abajo. ¡Gracias!

 

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¿Cómo será la Tarifa Plana de autónomos en 2025?

¿Cómo será la Tarifa Plana de autónomos en 2025?

¡Novedades que afectan a la Tarifa Plana! ¿Cómo será la Tarifa Plana en 2025?

Hay que recordar que tras la entrada en vigor del RD Ley 13/2022 se estableció un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia.

Este RD Ley incluyó una serie de modificaciones que afectaron a los autónomos con Tarifa Plana. ¿Cómo es la Tarifa Plana actualmente? ¿Sufrirá modificaciones en 2025?

Te explicamos cuál ha sido su evolución en los últimos años y qué autónomos ya no van a poder disfrutar de ella.

 

¿Qué es la Tarifa Plana para autónomos?

La Tarifa Plana para personas trabajadoras autónomas es una medida que consiste en el pago de una cuota mensual reducida a la Seguridad Social durante uno o dos años.

Se aplica antes de que el autónomo o autónoma pase a formar parte del nuevo sistema de cotización por ingresos reales.

Esta medida suele ser muy útil para las personas trabajadoras autónomas que comienzan su actividad.

Hay que destacar que en los últimos años la Tarifa Plana ha sufrido algunas modificaciones. Te las contamos:

 

¿Cómo es la cotización para los autónomos con Tarifa Plana?

Desde el año 2019 la Tarifa Plana venía teniendo un coste de 60 euros para los trabajadores autónomos, pero tras el RD Ley 13/2022 surgió una novedad.

El nuevo sistema de cotización modificó la cuantía de la Tarifa Plana. Pero, ¡ojo! Esto no afectó a los autónomos que hubiesen solicitado la bonificación antes de enero de 2023 (cuando entró en vigor).

Es decir, los autónomos acogidos a la modalidad de Tarifa Plana antes del 1 de enero de 2023 continuaron con las mismas condiciones.

Para que lo entiendas mejor:

  • Si una persona trabajadora por cuenta propia se dio de alta en el RETA antes del 1 de enero de 2023 continuó pagando 60 euros de Tarifa Plana a lo largo del año pasado.
  • Una vez que vaya agotando el tiempo en el que se puede disfrutar de la Tarifa Plana, esa cuota va aumentando de forma progresiva hasta alcanzar la base mínima de cotización actual.
  • Si esa persona trabajadora se dio de alta en el RETA a partir del 1 de enero de 2023 entonces estará pagando una cuota fija de 80 euros.

Esta cuantía de 80 euros se mantendría durante los siguientes 12 meses si los rendimientos del autónomo son iguales o inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.

Con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales los autónomos que se den de alta con la Tarifa Plana estarían pagando menos cuota, ahorrando alrededor de 900 euros.

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¿Cómo será la Tarifa Plana para los autónomos en 2025?

Tal y como recoge el RD Ley 13/2022 durante el periodo comprendido entre los años 2023 y 2025 la cuantía de la cuota reducida regulada en el artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, es de 80 euros mensuales.

A partir del año 2026 el importe de dicha cuota será fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.

Con esta modificación de la Tarifa Plana se reduciría el gasto en cotizaciones sociales durante los primeros años.

Es decir:

  • Los autónomos que se acojan a la Tarifa Plana van a pagar durante los primeros 12 meses una cuota mensual de 80 euros.
  • Y si su rendimiento anual en el segundo año no supera al SMI continuarían pagando la misma cantidad durante otros 12 meses.

Sin embargo, en 2025 habrá cambios importantes. La Seguridad Social ha emitido un aviso a las personas trabajadoras autónomas beneficiarias de la Tarifa Plana para advertirles sobre la posibilidad de perderla si no cumplen ciertos requisitos.

Más abajo, te contamos todos los detalles.

 

¿Cuál será la cuantía de la Tarifa Plana para autónomos en 2025?

Como comentamos, la Tarifa Plana ha pasado a ser de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad.

Esta cuantía podrá mantenerse un año más si los ingresos netos de la persona trabajadora autónoma están por debajo del SMI.

Esto conllevaría un pago de 1.920 euros en concepto de cuotas a la Seguridad Social, suponiendo un ahorro de más de 900 euros para los autónomos en esos 2 años.

 

¿Todos los autónomos pueden acogerse a la Tarifa Plana?

No todos los autónomos pueden acceder a la Tarifa Plana.

Para acogerse a la Tarifa Plana en 2025 los autónomos:

  • No podrán haber estado dados de alta en el RETA en los 2 últimos años o durante los últimos 3 años en el caso de solicitarse anteriormente esta prestación.
  • No podrán tener deudas pendientes con la Seguridad Social y Hacienda.
  • No podrán ser autónomos colaboradores.

Además, el RD Ley 13/2022 estableció un nuevo requisito: los autónomos que quieran disfrutar de la Tarifa Plana tendrán que tener unos rendimientos netos en el segundo año no superiores al SMI.

 

¿Y si un autónomo que disfruta de la Tarifa Plana sobrepasa el SMI el segundo año? Este es el dinero que podría reclamar Seguridad Social

Antes de continuar debes tener presente algo muy importante:

  • Los autónomos pueden acogerse a la Tarifa Plana y disfrutar de una cuota reducida de 80 euros mensuales durante su primer año.
  • Este beneficio puede extenderse al segundo año, siempre que sus ingresos no superen el SMI.

El problema surge cuando algunas personas autónomas solicitan esta extensión sin tener certeza de si sus ingresos estarán por debajo del SMI establecido.

En caso de superar el SMI la Seguridad Social reclamará el abono de las cuotas no pagadas durante ese segundo año de actividad.

 

¿Cuánto tendría que abonar el autónomo a Seguridad Social?

El mínimo que una persona trabajadora autónoma debería pagar sería de 214 euros al mes, lo que supone 2.568 euros anuales.

Sin embargo, dependiendo de los ingresos las cantidades a pagar podrían aumentar alcanzando hasta 5.400 euros anuales si el autónomo gana más de 6.000 euros al mes.

 

¿Cuándo reclamaría Seguridad Social estas cantidades?

La Seguridad Social podría tardar hasta 3 años en reclamar estas cantidades. Esto podría tomar por sorpresa a las personas trabajadoras autónomas, que quizá no estarían preparadas para cubrir esas deudas.

Para justificar los ingresos los autónomos tendrían que presentar dos declaraciones de la Renta, ya que suelen darse de alta a comienzos de año.

Por ejemplo, un autónomo que se dio de alta en 2024 deberá presentar su Renta de 2025 y 2026, siendo en 2027 cuando Hacienda enviaría los datos a la Seguridad Social, la cual podría reclamar las diferencias de cotización más de tres años después de iniciar la actividad.

 

Regularización y excepciones

Quienes extiendan la Tarifa Plana al segundo año y no mantengan ingresos por debajo del SMI serán quienes van a tener que abonar más a la Tesorería en la regularización de cuotas.

Esta regularización no afectará a los nuevos autónomos que disfrutan de la Tarifa Plana en su primer año, independientemente de sus ingresos.

 

¿Qué autónomos van a perder la Tarifa Plana en 2025?

En 2025 dos escenarios pueden llevar a los autónomos a perder la Tarifa Plana:

  1. Finalización del período bonificado:
    La Tarifa Plana tiene una duración máxima de 2 años. Los autónomos que se dieron de alta en 2023 agotarán este período en 2025 y deberán pasar al sistema de cotización por rendimientos netos.
  2. Superación del SMI:
    Para renovar la Tarifa Plana un segundo año, los autónomos dados de alta en 2024 no deben superar el SMI durante su primer año de actividad. Si sus ingresos lo exceden, perderán esta bonificación.
 

Por tanto, los grupos de autónomos afectados que podrían ver cómo se les acaba la Tarifa Plana en 2025 son:

  • Autónomos dados de alta en 2023: habrán agotado ya los dos años de su bonificación.
  • Autónomos dados de alta en 2024 con ingresos superiores al SMI: no van a poder renovar la Tarifa Plana un segundo año.

No obstante, hay excepciones ya que algunos colectivos sí que pueden mantener la Tarifa Plana más de 2 años, como las personas con una discapacidad igual o superior al 33% o las víctimas de violencia de género o terrorismo.

Te lo explicamos, más abajo.

 

¿Podrán los autónomos societarios solicitar la Tarifa Plana en 2025?

Sí, desde el año 2020 los autónomos societarios también pueden acogerse a la Tarifa Plana siempre y cuando cumplan los requisitos anteriormente mencionados.

 

Tarifa Plana para autónomos de municipios con menos de 5.000 habitantes

La Tarifa Plana rural para autónomos ha desaparecido. En su momento, se estableció como una medida para fomentar el emprendimiento y el desarrollo económico en zonas rurales o con baja densidad de población.

Las personas trabajadoras autónomas que operaban en municipios con menos de 5.000 habitantes podían acceder a esta Tarifa Plana disfrutando de un pago reducido de las cuotas de la Seguridad Social.

Sin embargo, desde 2023 esta medida fue eliminada a nivel estatal. En su lugar, se estableció una cuota reducida de 80 euros mensuales para ciertos casos de alta inicial en el RETA o para autónomos que no hubieran estado dados de alta en los dos años anteriores al momento del alta.

A pesar de esta eliminación a nivel estatal, algunas comunidades autónomas han implementado programas y convocatorias específicas para apoyar a los autónomos que operan en zonas rurales o despobladas.

 

¿Qué autónomos pueden ampliar la Tarifa Plana durante más de dos años?

Por lo general, la Tarifa Plana para autónomos tiene una duración inicial de un año, con la posibilidad de extenderse a dos años.

Sin embargo, ciertos colectivos pueden beneficiarse de una extensión por un período aún mayor si cumplen con ciertos requisitos adicionales.

Te damos, a continuación, toda la información:

 

Tarifa Plana para autónomos en situación de pluriactividad

Los autónomos que se encuentren en situación de pluriactividad, es decir, que trabajen por cuenta ajena y por cuenta propia al mismo tiempo, podrán solicitar la Tarifa Plana en 2025 con una duración de 3 años.

Sin embargo, hay que destacar que los autónomos en pluriactividad disponen de una bonificación específica.

¡Importante! No es posible acceder a la Tarifa Plana y a la bonificación por pluriactividad a la vez, por lo que los autónomos deben elegir la que más le convenga.

La bonificación por pluriactividad conlleva una reducción en la base de cotización que variará según el contrato laboral del que se disponga y del tiempo que haya pasado desde el inicio de la actividad.

  • Contrato a jornada completa: se podrá aplicar hasta un 50% de descuento sobre la base mínima de cotización durante los primeros 18 meses de alta. Después, y hasta el mes número 36 la deducción será del 25%.
  • Contrato a jornada parcial: se podrá aplicar hasta un 25% de deducción durante los primeros 18 meses. Después, desde el mes número 19 y hasta el 36 se aplicará un 15%.

Por otra parte, los autónomos menores de 30 años y las mujeres autónomas menores de 35 podrán solicitar la Tarifa Plana (con una ampliación de 1 año con respecto a otros autónomos).

 

Tarifa plana para autónomos con discapacidad o que hayan sido víctimas de violencia de género

De la misma manera, aquellos autónomos que tengan discapacidad o hayan sido víctimas de violencias de género o terrorismo podrán solicitar la Tarifa Plana en 2025.

Durante 2 años su cuota será de 80 euros y desde el mes 25 hasta el 36 pagarán 160 euros si sus rendimientos netos son inferiores al SMI.

¡Importante! En todos los casos, si una persona trabajadora autónoma desea ampliar la Tarifa Plana deberá solicitar la prórroga correspondiente para continuar pagando la cuota reducida.

  • Las personas trabajadoras autónomas, de manera general, tendrán que solicitar la ampliación antes de que acaben los primeros 12 meses de bonificación.
  • El resto de personas trabajadoras (con una discapacidad superior al 33%, víctimas de violencia de género o de terrorismo) dispondrán de un período de 24 meses para gestionar la ampliación de la Tarifa Plana.

 

¿Cómo solicitar la Tarifa Plana para autónomos en 2025?

Para solicitar la Tarifa Plana tendrás que acceder al portal de trámites online de la Seguridad Social (Import@ss) y entrar con tu Certificado Digital, Cl@ve PIN o vía SMS.

Después, simplemente elegirás ‘Alta’ en trabajo autónomo e indicarás que es un alta inicial.

 

¿Cómo pedir la prórroga de la Tarifa Plana?

Si lo que quieres solicitar es la ampliación de la Tarifa Plana entonces deberás:

  • Entrar en la web de la Seguridad Social y hacer clic en ‘Solicitar’.
  • Identificarte a través de Cl@ve, SMS, DNIe o Certificado Digital.
  • Rellenar y enviar el formulario de prórroga a la Seguridad Social antes de que acabe el derecho a la bonificación.
  • Adjuntar una declaración relativa indicando que los rendimiento netos previstos son inferiores al SMI.

 

¿Cuándo acaba la Tarifa Plana?

La Tarifa Plana se pierde cuando pasa el tiempo máximo para disfrutar de ella o cuando el autónomo deja de cumplir alguno de los requisitos.

Por ejemplo, si la persona trabajadora autónoma cobra más del SMI en el segundo año no podrá seguir disfrutando de la Tarifa Plana.

¡Importante! Para acceder a la Tarifa Plana debes tener en cuenta pedirla siempre en el momento del alta.

 

¿Es compatible la Tarifa Plana con la Cuota Cero?

Sí, es totalmente compatible. La Cuota Cero es una ayuda que ofrecen algunas Comunidades Autónomas para cubrir los gastos de los autónomos a la Seguridad Social en sus primeros años inscritos en el RETA.

Esta ayuda permite bonificar la cuota a la Seguridad Social al 100%.

Algunas de las Comunidades Autónomas que han activado la Cuota Cero son Andalucía, Murcia o Madrid.

En general, la Cuota Cero permite bonificar durante 2 años el 100% de la cuota de los nuevos autónomos que inicien su actividad en la Comunidad Autónoma que corresponda.

Los autónomos que accedan a la Cuota Cero van a disfrutar de un ahorro anual de 960 euros (si compaginan con la Tarifa Plana).

Si los autónomos pueden beneficiarse de la Tarifa Plana en su segundo año disfrutarán de un ahorro de 1.920 euros.

¿Qué te parecen las modificaciones en la Tarifa Plana? ¿Sabías que la Tarifa Plana era compatible con la Cuota Cero? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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¿Usan las empresas la formación bonificada para formar a sus plantillas?

¿Usan las empresas la formación bonificada para formar a sus plantillas?

Hoy abordamos una cuestión que ha generado debate en las últimas semanas: ¿usan las empresas la formación bonificada para formar a sus plantillas?

Según estudios recientes, más del 70% de las empresas pierde anualmente sus créditos de formación bonificada, desaprovechando la oportunidad de mejorar las competencias de su plantilla sin coste adicional.

A continuación, analizamos las razones por las que esto está ocurriendo:

 

¿Forman las empresas españolas a sus plantillas con formación bonificada?

La formación es un factor clave para mantener la competitividad empresarial.

La Formación Bonificada es una ayuda incluida en la Ley 30/2015 que permite a las empresas recuperar parte del dinero que han aportado a a la Seguridad Social durante el año anterior destinándolo a la formación de su personal durante el año en curso.

En otras palabras, la formación bonificada permite a las empresas ofrecer formación a sus empleados, enfocada en mejorar sus competencias o actualizar sus conocimientos en relación con su puesto de trabajo o la actividad de la empresa, sin ningún coste adicional para las empresas.

Esta formación es gratuita para las personas trabajadoras y no implica ningún gasto para la empresa.

Todas las empresas españolas tienen derecho a acceder a esta formación bonificada disponiendo de un crédito de formación anual para ello.

Este crédito depende de las cotizaciones realizadas en el ejercicio anterior por concepto de formación profesional y del tamaño de la empresa.

Es importante destacar que incluso las pymes de menos de 5 personas empleadas o las empresas recién creadas pueden beneficiarse de la formación bonificada, con un crédito mínimo de 420 €.

Sin embargo, la pregunta es: ¿están realmente las empresas aprovechando estos créditos formativos disponibles para mejorar la capacitación de su personal?

A pesar de este beneficio, muchas empresas optan por no gastar el crédito para la formación de sus equipos, perdiendo una valiosa oportunidad.

No obstante, no debemos subestimar los factores que convierten a la formación bonificada en una herramienta esencial para fortalecer la competitividad empresarial.

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¿Por qué las empresas no usan la formación bonificada para formar a sus trabajadores?

Según los últimos estudios, las empresas suelen evitar utilizar la formación bonificada por varias razones:

  • Consideran que el nivel de formación de su plantilla es adecuado.
  • La elevada carga de trabajo de las personas empleadas limita el tiempo disponible para realizar cursos.
  • Prefieren contratar nuevo personal ya cualificado con las competencias necesarias para desempeñar sus funciones.

Sin embargo, además de estos motivos, existen otros factores como la falta de oferta formativa adecuada.

Un sector particularmente rezagado en cuanto a formación es el de la hostelería, donde menos del 50% de las empresas proporciona formación a su personal.

 

Estas son las competencias formativas más importantes para las empresas

Las empresas que aprovechan la formación bonificada suelen optar por cursos en las siguientes áreas clave:

 

¿Qué tipo de acciones formativas se pueden realizar en las empresas?

Las empresas que deseen formar a sus plantillas tienen diversas opciones de acción formativa, entre las que se incluyen:

  • Cursos de formación: Programas estructurados para mejorar competencias específicas.
  • Rotación de puestos de trabajo: Cambio de tareas entre empleados para diversificar habilidades.
  • Conferencias: Charlas o presentaciones sobre temas relevantes para el desarrollo profesional.
  • Seminarios: Sesiones formativas centradas en temas específicos, con un enfoque más práctico.
  • Talleres: Actividades interactivas para aprender nuevas habilidades de manera aplicada.

 

¿Conoces las ventajas de la formación bonificada para las empresas?

La formación bonificada ofrece una serie de beneficios clave para las empresas que deciden aprovechar este recurso:

  • Mejora del capital humano: Las  personas trabajadoras adquieren conocimientos actualizados en su área, lo que aumenta su competencia y, en consecuencia, la competitividad de la empresa. Esto permite a la empresa sobresalir frente a competidores con personal menos capacitado o con conocimientos obsoletos.
  • Desarrollo personal y profesional del personal: La formación bonificada es un estímulo para el crecimiento de los trabajadores, incentivándolos a mejorar y renovar sus habilidades. Además, puede estar orientada a ascensos o cambios a puestos de mayor responsabilidad, lo que refuerza la motivación y la confianza del empleado en la organización.
  • Mejora de la imagen corporativa interna: Una empresa que invierte en la formación continua de sus empleados proyecta una imagen de crecimiento y competencia. Las personas trabajadoras perciben esta formación como una tendencia hacia la evolución empresarial, lo que mejora el ambiente laboral y refuerza la fidelidad al empleador.
  • Optimización de recursos y costes: La formación bonificada contribuye a que los empleados utilicen de manera más eficiente los recursos materiales y técnicos disponibles. Al mejorar las habilidades, se reducen los errores y se optimiza el uso de los medios técnicos, lo que genera un ahorro significativo para la empresa, todo sin coste adicional, ya que los cursos son gratuitos para la empresa.

 

Desde Grupo2000 te ofrecemos un amplio catálogo de cursos para formar a tus trabajadores

Si eres una empresa, ahora que ya conoces los beneficios de utilizar el crédito para formar a tu plantilla, no dejes pasar la oportunidad de consultar los créditos disponibles para tu negocio.

Y si eres un trabajador, ¡también puedes solicitar tu formación para obtener una titulación competente y de alta calidad!

Infórmate en Grupo2000 sobre cómo bonificar tus cursos.

Grupo2000 somos un centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal, con más de 24 años de experiencia gestionando e impartiendo este tipo de formación. Ofrecemos cursos actualizados y adaptados a las necesidades del mercado.

Si quieres conocer todas las opciones disponibles, accede a nuestro catálogo.

¿Qué opinas de la formación bonificada? ¡Nos encantaría conocer tu opinión! Deja tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!

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Últimos días para usar los créditos de formación bonificada

Últimos días para usar los créditos de formación bonificada

¿Sabías que hay un límite de tiempo máximo para solicitar los cursos de formación para el personal de tu empresa? Pues así es, pero si vas a hacer un curso de corta duración, ¡aún estás a tiempo!

Estamos en los últimos días para usar los créditos de formación bonificada de este año.

Si deseas solicitar acciones formativas bonificadas es fundamental que nos remitas la solicitud de los cursos lo antes posible.

¡Importante! Si planeas bonificar un curso de hasta 20 horas, ¡tienes tiempo hasta el 5 de diciembre para hacerlo!

Sin embargo, ten en cuenta que para cursos de mayor duración el tiempo es muy limitado y sería difícil completarlos a tiempo.

Por eso, si tienes en mente un curso breve, aprovecha ahora antes de que cierre el plazo.

 

¿Hasta cuándo pueden usarse los créditos de formación bonificada en 2024? 

Si tu compañía no va a usar su crédito de formación tuviste hasta el 30 de junio la opción de marcar la casilla «acumular el crédito» para el año siguiente desde FUNDAE.

Esta opción está disponible para compañías con plantillas inferiores a 50 personas trabajadoras.

Si marcaste esa casilla entonces vas a poder gastar tu crédito de formación en lo que queda de este año y si no lo haces no lo vas a perder, podrás usarlo en 2025.

En el caso de no solicitarlo o si tu plantilla tiene más de 50 personas empleadas y no tuviste esta opción tienes que tener muy presente que si no se consume el crédito se pierde y no podrá recuperarse en los próximos años.

Por tanto, debes usar tu crédito de formación antes de que finalice el año para no perderlo.

Recuerda que no puedes esperar hasta el 31 de diciembre de 2024 para usarlo, todos los cursos bonificados deben tramitarse a través de FUNDAE, donde se va a notificar la fecha de inicio y finalización.

Ambas fechas deben estar dentro del año natural de 2024.

Además, debes asegurarte de que haya tiempo suficiente para que tu plantilla complete la formación, o de lo contrario no será posible bonificar los cursos con los créditos de formación programada de este año, créditos que se perderían, ya que si no marcaste la casilla mencionada no son acumulables.

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¿En qué consiste el crédito de formación bonificada?

Todas las empresas españolas tienen derecho a realizar formación bonificada para mejorar las competencias de su personal.

Este sistema permite a las empresas proporcionar formación a sus plantilla sin coste directo, ya que se bonifica a través de las cotizaciones a la Seguridad Social.

Cada año, a las empresas se les asigna un crédito anual de formación, cuyo importe varía en función de las cotizaciones y el tamaño de la empresa durante el ejercicio anterior.

Es una manera de garantizar que, aunque haya compañías que hayan cotizado poco, puedan acceder a formación que les permita contar con plantillas competitivas y con conocimientos relevantes y actualizados.

En el año 2024 el crédito para las plantillas se calcula según el volumen de plantilla durante el año 2023:

  • 1 a 5 personas trabajadoras: las empresas disponen de una cantidad mínima de 420 €.
  • 6 a 9 personas empleadas: 100% de la cantidad cotizada.
  • 10 a 49 personas trabajadoras: 75% de la cantidad cotizada.
  • 50 a 249 personas empleadas: 60% de la cantidad cotizada.
  • 250 personas trabajadoras en adelante: 50% de la cantidad cotizada.

En nuestro post ¿Cuánto es el máximo que puedo bonificar en un curso de formación? tienes toda la información necesaria sobre cuál es el crédito para formación bonificada.

El crédito asignado es el máximo que una empresa podrá bonificar en los seguros sociales, independientemente del coste del curso.

Esto significa que la cantidad que la empresa podrá bonificar será determinada por el crédito disponible, no por el precio del curso.

Lo ideal es que el coste del curso no supere el crédito disponible para que la empresa pueda proporcionar formación a sus plantillas sin coste alguno.

 

¿Y si mi empresa está en ERTE durante 2024? ¿Tiene crédito para formación bonificada?

Así es, el crédito para las compañías en ERTE es:

  • 1 a 9 personas trabajadoras: 425 euros por persona.
  • 10 a 49 personas empleadas: 400 euros por persona.
  • 50 o más personas trabajadoras: 320 euros por persona.

En Grupo2000 podemos ofrecerte formación para tu ERTE. Somos centro acreditado por el SEPE.

 

¿Qué requisitos tienen que cumplir las empresas para poder usar sus créditos para formación bonificada?

Para poder acceder al crédito de formación bonificada las empresas tienen que:

  • Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y Hacienda.
  • Tener personas contratadas en el Régimen General.
  • Ser empresas privadas con sede en el territorio nacional.
  • Utilizar los créditos disponibles del 1 de enero hasta el 31 de diciembre, ya que en el caso de no usarlos los perderían.

 

¿Qué tipo de cursos bonificados puede realizar mi plantilla?

Los cursos de formación bonificada deberán estar relacionados con el puesto a desempeñar y la actividad de la empresa.

Existen diversas materias que están consideradas transversales por FUNDAE, ya que se entiende que pueden precisarse en diferentes áreas laborales, como por ejemplo idiomas, ofimática, etc.

Grupo2000 somos un centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir formación bonificada.

Disponemos de cursos disponibles para todo tipo de sectores: recursos humanos, igualdad, laboral, informática y prevención de riesgos laborales, entre otros.

 

¿Cómo puedo solicitar un curso de formación bonificada?

Solicitar un curso de formación bonificada es muy sencillo. Únicamente tendrás que consultar nuestro catálogo de cursos y seleccionar el que más te interese.

Después, deberás enviarnos la solicitud firmada y sellada cuando antes.

Recuerda que tiene que haber tiempo suficiente para la finalización del curso dentro del mes de diciembre y su posterior facturación. Así que debes darte prisa y hacer las gestiones en esta misma semana.

El crédito de formación te permitirá ofrecer a tu plantilla formaciones relevantes que mejoren sus competencias o formaciones que les permitan conocer y mantenerse al día sobre las novedades laborales.

Podrás ofrecerles formación sobre cómo realizar el registro retributivo o cómo elaborar un Plan de Igualdad.

¿Tienes dudas? Contacta con nosotros en el teléfono 958 80 67 60 o escríbenos a nuestro chat online, ¡te ayudamos en todo lo que necesites!

 

Grupo2000, centro especializado en contratos de formación y formación bonificada para empresas

Grupo2000 somos un centro acreditado por el SEPE para dar formación bonificada con más de 24 años de experiencia en el sector.

Disponemos de un amplio Catálogo de cursos en el que podrás encontrar el que mejor se adapte a las necesidades de tu plantilla.

Además, en Grupo2000 estamos especializados en contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Te permitirá contratar hasta 2 años sin costes en los Seguros Sociales.

Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

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Los importes del sistema de módulos se mantienen en 2025

Los importes del sistema de módulos se mantienen en 2025

En los últimos años, ha surgido un amplio debate en torno al sistema de módulos y su posible eliminación.

La Agencia Tributaria ha estado negociando durante meses con las organizaciones de autónomos para reformar la fiscalidad de las personas trabajadoras autónomas.

Parece que estamos más cerca que nunca de un cambio significativo y que los autónomos podrían dejar de declarar por módulos antes de 2030.

No obstante, y mientras se estudia esta situación, para el próximo año el sistema de módulos continúa: los importes del sistema de módulos se mantienen en 2025.

Te contamos, a continuación, todos los detalles.

 

¿En qué consiste el sistema de módulos?

El sistema de módulos es un método de estimación objetiva para la declaración del IRPF dirigido a determinados autónomos.

Sus principales ventajas son:

  • Impuestos fijos. No se pagan impuestos dependiendo de los ingresos y gastos que tenga el negocio. Se establece una cantidad fija que aplica unos porcentajes que permiten calcular el rendimiento de cada actividad.
  • Simplificación fiscal. Facilita la gestión fiscal y contable de los autónomos.

 

¿Por qué se quiere eliminar el sistema de módulos para autónomos?

Es cierto que este método ofrece ventajas en términos de simplificación de trámites burocráticos para pequeñas empresas y personas trabajadoras independientes.

Sin embargo, tiene un inconveniente y es que supone un importante foco de blanqueo de capitales y fraude fiscal.

Lo que ocurre es que al ser un sistema tan arraigado está siendo difícil de eliminar, pero en los últimos años se están realizando medidas que podrían suponer que su fin esté mas cerca.

Hablamos, por ejemplo, de la futura eliminación del IVA para autónomos que ganen menos de 85.000 euros.

Bajo este régimen de IVA franquiciado las compañías que cumplan con los criterios determinados van a quedar exentas de presentar declaraciones trimestrales de IVA y, en algunos casos, también de emitir facturas con IVA.

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¿A quiénes afecta el sistema de módulos?

El sistema de módulos afecta a todo tipo de autónomos, entre los que se incluyen taxistas, peluquerías, restaurantes o transportistas.

Como comentamos, las personas trabajadoras autónomas llevan tiempo negociando junto a ATA por el temor a que el sistema de módulos se modifique de manera brusca.

En particular, los sindicatos de transportistas han solicitado que cualquier cambio sea progresivo para evitar un impacto negativo en la continuidad de su actividad.

 

¿Cuándo dejarán los autónomos de declarar por módulos?

Los autónomos dejarán de declarar por módulos en un plazo transitorio que se espera que oscile entre 3 y 5 años, según un borrador de conclusiones de Hacienda.

Esto supondría la desaparición de las declaraciones por módulos entre 2028 y 2030 y un gran cambio para los autónomos que pasarían del actual régimen de estimación objetiva, que es voluntario para ciertos sectores, a un sistema de estimación indirecta.

Hasta que se concrete la reforma, el sistema de módulos se mantendrá vigente.

 

Hacienda va a empezar a revisar en los próximos meses si los autónomos cumplen con los límites para estar en el sistema de módulos 

En los próximos meses, Hacienda comenzará a revisar si los autónomos cumplen con los límites establecidos para tributar en el sistema de módulos.

Generalmente, se evalúa si los autónomos tienen derecho a seguir en este régimen tras la presentación del IRPF anual, comparando las declaraciones de ingresos y gastos del año fiscal.

A partir de esa revisión, se determina si los autónomos que han tributado por módulos en un ejercicio debían seguir haciéndolo o, por el contrario, si deberían haber tributado por el régimen de estimación directa.

Si Hacienda detecta que un autónomo ha superado los límites permitidos para seguir en el sistema de módulos puede tomar las siguientes acciones:

  • Emitir una liquidación.
  • Cambiar al autónomo al régimen de estimación directa y cobrar la diferencia de impuestos no abonados por estar en el sistema incorrecto.
  • Imponer una sanción.

Sin embargo, si es el propio autónomo quien detecta que ha superado los límites y corrige su situación voluntariamente, ajustando su modelo de IRPF para pasar a tributar en estimación directa, solo deberá pagar la diferencia correspondiente, sin que se le aplique ninguna sanción.

¡Importante! Hasta ahora, la facultad para cambiar a los autónomos al régimen de estimación directa correspondía únicamente a la Inspección.

Sin embargo, el Tribunal Supremo ha reconocido que los Órganos de Gestión de la Agencia Tributaria también tienen potestad para emitir una liquidación mediante la declaración paralela, eliminando del sistema de módulos a aquellos autónomos que superen los límites permitidos.

 

 

Se mantiene para 2025 el límite de facturación del sistema de módulos

Ya se ha publicado en el BOE la Orden HAC/1347/2024 por la que se desarrollan para el año 2025 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Tal y como se preveía, se mantienen los límites y las normas de aplicación establecidas para el ejercicio anterior, y que entrarán en vigor con el comienzo del próximo año.

Aun así se incluyen ciertas modificaciones en algunos sectores de actividad y para los afectados por la DANA.

 

¿Cuál es en 2025 la reducción del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva?

Para el ejercicio 2025 se van a mantener las cuantías de los signos, índices y módulos, así como las instrucciones para su aplicación en el IRPF.

Los contribuyentes que calculen el rendimiento neto de sus actividades económicas por el método de estimación objetiva van a continuar pudiendo aplicar una reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos obtenido.

Esta reducción es para todos los autónomos por lo que se elimina la reducción especial para autónomos del campo (que se puso en marcha en 2024).

 

A partir de 2025 el aceite de oliva será considerado un bien de primera necesidad

Una de las novedades incluidas será la incorporación del aceite de oliva al tipo reducido del 4% en IVA:

  • Desde el 1 de enero de 2025 el aceite de oliva tributará de forma permanente al tipo reducido.
  • Para ello, se van a ajustar los módulos para actividades relacionadas con su elaboración.

 

Se aprueba una rebaja en el IRPF para autónomos afectados por la DANA que tributan por módulos

Otra novedad es que se incluye una rebaja para las personas trabajadoras autónomas afectadas por la DANA.

Es decir, se contempla una rebaja del 25% en el IRPF para los autónomos afectados por la catástrofe natural en el sistema de módulos.

Esta medida permitirá un ahorro medio de casi 400 euros a más de 22.600 contribuyentes.

También se reducirán un 25% las cuotas devengadas en el régimen simplificado de IVA, lo que permitirá un ahorro de 92 euros de media para otros 4.900 autónomos.

 

¿Qué requisitos deben cumplir los autónomos para acogerse al sistema de módulos?

Para acogerse al sistema de módulos los autónomos deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Su actividad debe estar incluida en la Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que desarrolla el Régimen de Estimación Objetiva.
  • La actividad económica no puede realizarse, ni total ni parcialmente, fuera del ámbito de aplicación del IRPF.

Además, su volumen de rendimientos íntegros debe:

  • No haber superado el umbral de ingresos de 250.000 euros en el año 2024, en el caso de trabajadores por cuenta propia que venden directamente a particulares.
  • Si facturan a empresas, el umbral no puede superar los 125.000 euros anuales en 2024.

El sistema de módulos está diseñado para facilitar la gestión fiscal de los autónomos permitiendo que los pequeños negocios tributen de manera simplificada en función de sus ingresos.

 

¿Se puede renunciar al sistema de módulos?

Sí, el sistema de módulos es voluntario, por lo que es posible renunciar a su aplicación. Para hacerlo, es necesario presentar una declaración censal mediante el Modelo 036 o 037 (renuncia expresa).

Esta renuncia debe formalizarse durante el mes de diciembre anterior al inicio del año natural en el que se desea que surta efecto.

Sin embargo, también se considerará efectuada la renuncia si, dentro del plazo reglamentario, se presenta la declaración correspondiente al pago fraccionado del primer trimestre del año aplicando el régimen de estimación directa.

En caso de inicio de actividad, la renuncia puede formalizarse presentando el pago fraccionado del primer trimestre del ejercicio en el que se inicie la actividad, aplicando también el método de estimación directa.

Para los sujetos pasivos del IVA, la renuncia se entenderá realizada cuando se presente en plazo la declaración-liquidación del primer trimestre del año natural aplicando el régimen general.

Del mismo modo, en caso de inicio de actividad la primera declaración del sujeto pasivo deberá presentarse aplicando el régimen general para que la renuncia surta efecto.

 

Los autónomos en módulos recibirán ayudas fiscales para compensar las pérdidas por la reducción del IVA en alimentos básicos

El Gobierno ha anunciado un ajuste en la próxima declaración de módulos para ayudar a los autónomos que se vieron afectados por la rebaja del IVA en productos básicos.

Esta medida busca compensar las pérdidas que soportaron sectores como el agrícola y ganadero, que mantuvieron los mismos impuestos a pesar de una reducción en el IVA cobrado al consumidor.

En enero del año pasado, se implementó una rebaja del IVA en productos esenciales, incluyendo la eliminación de este impuesto en la venta de algunos artículos, como el aceite de oliva, lo que generó un impacto significativo en las ganancias de muchos autónomos.

Esta medida finalizó el 1 de octubre de 2024 y se espera que el IVA en estos productos vuelva a sus valores habituales en enero de 2025.

A raíz de esta situación, los autónomos han experimentado un «desacoplamiento» entre el IVA que debían abonar y el que efectivamente ingresaban, una carga que ha afectado sus finanzas.

En respuesta, el Gobierno ha asegurado que compensará a estos profesionales para aliviar el impacto de esta diferencia, que ha ocasionado pérdidas en sus liquidaciones de IVA.

Con esta nueva ayuda fiscal, se espera que los autónomos puedan recuperar parte de sus ingresos y mantener sus actividades económicas con mayor estabilidad

Estaremos pendientes para ofrecerte la información lo más actualizada posible.

¿Qué te parece el sistema de módulos? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

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Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

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