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Mapfre lanza una nueva convocatoria de 450 ayudas para contratar

Mapfre lanza una nueva convocatoria de 450 ayudas para contratar

¡Nueva convocatoria del programa Accedemos de Fundación Mapfre!

Desde 2013 la Fundación Mapfre impulsa el programa Accedemos con el objetivo de fomentar el empleo en España, ofreciendo apoyo a pymes y autónomos que necesiten contratar.

Este año, Mapfre lanza una nueva convocatoria de 450 ayudas para contratar.

Además, en esta edición se suman 60 ayudas extraordinarias exclusivas para empleados ubicados en los municipios afectados por la DANA. 

Te contamos cuáles son los requisitos y qué empresas pueden disfrutar de esta ayuda, a continuación.

 

Así es la ayuda del programa Accedemos de Mapfre

Como comentamos, esta ayuda está dirigida a pymes, autónomos y entidades sociales para aumentar la creación de puestos de trabajo en España.

La Fundación concederá este año un máximo de 450 ayudas, a las que se le suman 60 ayudas extraordinarias para empresas solicitantes ubicadas en los municipios afectados por la DANA.

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¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

Este programa ofrece diferentes cuantías económicas en función de la jornada del contrato suscrito. A continuación, te detallamos las cantidades disponibles:

 

Ayudas para contratos a media jornada

Las empresas que realicen contrataciones a media jornada podrán recibir:

  • 310 euros mensuales durante un máximo de 9 meses.
  • Importe total máximo: 2.790 euros.

 

Ayudas para contratos a jornada completa

Para contrataciones a jornada completa, la ayuda será de:

  • 515 euros mensuales durante un máximo de 9 meses.
  • Importe total máximo: 4.635 euros.

Esta iniciativa busca apoyar a pymes, autónomos y entidades sociales en la creación de empleo, facilitando la contratación de nuevos profesionales.

 

Plazo de presentación de solicitudes

El periodo para presentar solicitudes comenzó el 10 de febrero de 2025 y estará abierto hasta que se concedan todas las ayudas disponibles.

Si aún quedan fondos, el plazo finalizará como máximo el 30 de septiembre de 2025.

 

Requisitos de las entidades solicitantes de la ayuda

Podrán beneficiarse de esta ayuda pequeñas empresas, autónomos y entidades sociales con domicilio fiscal en España, siempre que cumplan con los siguientes requisitos generales:

  • Empresas y entidades sociales: deben estar legalmente constituidas y en el registro público español correspondiente, con fecha anterior al 31/12/2023.
  • Autónomos: deben estar dados de alta en la Seguridad Social con fecha anterior al 31/12/2023.
  • Para todos los empleadores:
    • Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y la Administración Pública.
    • Cumplir con los límites de número de empleados según el artículo 8 de las bases (detallado más abajo).
    • Contar con un contrato de trabajo en vigor para la persona contratada al momento de presentar la solicitud.
    • Que exista un contrato de trabajo en vigor cuya fecha de inicio de vigencia sea igual o posterior al 1 de enero de 2025.
    • Que se contrato sea por tiempo indefinido y a jornada completa o a media jornada, o por un mínimo de 12 meses continuados para los contratos de formación en alternancia que cumplan los requisitos de la normativa vigente en dicha materia. 
    • Si ya recibiste una ayuda en 2024 la nueva contratación deberá suponer un incremento en la plantilla respecto a la media del año anterior.

Además, hay requisitos específicos en función de la ubicación geográfica del centro donde se cree el puesto de trabajo.

Requisitos específicos para acceder a las ayudas en el ámbito RURAL 

Siempre que el puesto de trabajo se cree en poblaciones de hasta 30.000 habitantes y con independencia del domicilio fiscal en España de la entidad contratante, se tendrán en cuenta los siguientes requisitos:

  • La plantilla media del empleador al cierre de 2024 no debe superar los 9 empleados/as.
  • La persona contratada deberá cumplir al menos una de estas condiciones:
    • Haber estado en situación legal de desempleo de forma ininterrumpida durante al menos 1 mes previo a la contratación.
    • Si es su primera incorporación al mercado laboral, deberá haber finalizado su formación en los 12 meses previos a la contratación.
    • En el caso de los contratados mediante contrato de formación en alternancia, el contrato deberá tener una vigencia mínima de 12 meses.

 

Requisitos específicos para acceder a las ayudas en las zonas afectadas por la DANA 

Siempre que, o el domicilio fiscal del solicitante o la ubicación del centro de trabajo para el que se contrata el empleado se encuentre en alguno de los municipios y códigos postales afectados por la DANA, se tendrán en cuenta los siguientes requisitos:

  • La plantilla media de la empresa al cierre del año 2024 no debe superar los 19 empleados/as.
  • La persona contratada debe tener más de 18 años y acceder al empleo mediante un contrato por tiempo indefinido o de formación en alternancia con una duración mínima de 12 meses.

Requisitos específicos para la obtención de las ayudas en el resto del territorio nacional

Siempre que el puesto de trabajo se cree en poblaciones de más de 30.000 habitantes, con independencia del domicilio fiscal de la entidad contratante, se tendrán en cuenta los siguientes requisitos:

  • La plantilla media de la empresa al cierre de 2024 no debe superar los 4 empleados/as.
  • El trabajador contratado debe:
    • Tener entre 30 y 50 años o más y llevar en situación legal de desempleo como mínimo los 6 meses previos a la contratación para la que se solicita la ayuda.
    • Si es menor de 30 años tendrá que haber finalizado sus estudios dentro de los 12 meses anteriores a dicha contratación y se incorporará por primera vez al mercado laboral con un contrato indefinido.
    • En el caso de los contratados mediante contrato de formación en alternancia, el contrato deberá tener una vigencia mínima de 12 meses.

 

¿Qué requisitos debe cumplir la persona contratada?

La persona que sea contratada debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Debe ser mayor de 18 años.
  • Encontrarse sin empleo en el momento inmediatamente anterior a la contratación.

De forma adicional, se establecen los siguientes requisitos en función de los perfiles de empleados:

  • Empleados/as jóvenes (primer empleo): deben acreditar la finalización de sus estudios en los 12 meses previos a la contratación.
  • Empleados con contrato de formación en alternancia: El contrato deberá tener una duración mínima de 12 meses y se validará con el modelo de contrato según la normativa vigente para esta modalidad.
  • Personas de colectivos vulnerables o en situación de exclusión social: Esta condición se verificará mediante el código del contrato de trabajo correspondiente.

 

¿Cómo solicitar la ayuda?

La solicitud de la ayuda se gestionará de manera sencilla a través de un formulario online que estará disponible en la página web oficial de Fundación MAPFRE.

 

¿Qué ocurre si se produce una baja del trabajador?

En caso de que el empleado/a contratado mediante la ayuda sufra una baja o suspensión temporal de su empleo se interrumpirán los pagos a partir de la fecha en que dicha situación entre en vigor.

Los pagos se reanudarán una vez que se termine esta situación, siempre que no supere los dos meses.

Si la baja o suspensión supera los dos meses sin reincorporación, se procederá a la cancelación definitiva de la ayuda.

En caso de que la relación laboral por la cual se solicitó la ayuda termine, y se comunique debidamente a la Fundación MAPFRE, la ayuda será suspendida.

Sin embargo, existe la posibilidad de rehabilitar la ayuda bajo las siguientes condiciones:

  • Restar un mínimo de 4 mensualidades de la ayuda concedida inicialmente.
  • Plazo máximo de 30 días naturales entre la extinción del contrato inicial y el inicio de un nuevo contrato laboral.
  • El empleador deberá comunicar su voluntad de rehabilitar la ayuda y presentar una nueva solicitud con la acreditación de que el nuevo empleado/a cumple los requisitos establecidos en las bases.

Esperamos que este post te sirva y logres beneficiarte de la ayuda.

¿Conocías el programa Accedemos de Mapfre? No olvides dejar tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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IPREM para 2025, ¿qué es y cómo calcularlo?

IPREM para 2025, ¿qué es y cómo calcularlo?

En los últimos días, ha surgido cierta incertidumbre sobre el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para 2025.

Habitualmente, el IPREM se actualizar anualmente a través de la Ley de Presupuestos. Sin embargo, debido a la falta de aprobación de dicha ley para este año, las cuantías del IPREM permanecerán de momento congeladas, aplicándose los valores nuevamente los valores fijados en los presupuestos de 2023, que ya se utilizaron en 2024.

Esto supone el tercer año consecutivo sin cambios en el IPREM.

En este post, solventamos tus dudas y te proporcionamos la información necesaria. IPREM para 2025, ¿qué es y cómo calcularlo?

 

¿Qué es el IPREM y para qué sirve?

El IPREM o Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples es un indicador muy importante que establece el límite de las rentas personales y sirve de referencia para la concesión de una variedad de ayudas, becas, subvenciones, prestación de desempleo, asistencia jurídica gratuita, etc.

Por ejemplo, al solicitar una beca es probable que uno de los requisitos sea que los ingresos de la unidad familiar no superen una cantidad determinada en relación con el IPREM.

Para aquellos que solicitan alguna ayuda que evalúa sus ingresos se debe realizar el cálculo de las cantidades percibidas teniendo en cuenta el salario bruto (antes de aplicar las retenciones).

Este indicador se actualiza anualmente y se publica en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Sin embargo, en el caso del año actual la Ley PGE no ha sido publicada lo que ha llevado a la prórroga automática de los presupuestos del año 2023, que ya fueron de aplicación también en 2024.

 

¿Cuál es el IPREM para 2025?

El IPREM de 2025 se mantiene con las cuantías fijadas para 2023 y 2024:

  • IPREM diario: 20 euros.
  • IPREM mensual: 600 euros.
  • IPREM anual en 12 pagas: 7.200 euros.
  • IPREM anual en 14 pagas: 8.400 euros.

A pesar de la subida del SMI hasta alcanzar los 1.184 euros mensuales en 2025 se han congelado los valores del IPREM.

Esto implica que las cuantías de los subsidios por desempleo y las ayudas públicas podrían permanecer invariables para este año.

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¿Cómo se calcula el IPREM?

El cálculo del IPREM se realiza por el Gobierno tomando en consideración varios factores, incluida la evolución de los salarios.

Es importante tener en cuenta que, en términos prácticos, cuanto menor sea el incremento del IPREM mayor será el número de personas que podrán acceder a ayudas públicas.

De hecho, el IPREM fue creado con el propósito de reemplazar al SMI como indicador para la concesión de ayudas.

 

¿Cuánto ha subido el IPREM en los últimos años?

Las cuantías de IPREM de 2022, fijadas por la Ley de Presupuestos Generales, eran las siguientes:

  • IPREM diario 2022: 19,30 euros
  • IPREM mensual 2022: 579,02 euros
  • IPREM anual 2022: 6.948,24 euros

El IPREM en 2023 experimentó un incremento anual de 251,76 euros.

Para 2024 y 2025 se mantiene misma cifra señalada.

Es evidente que el IPREM ha experimentado un crecimiento modesto en los últimos años, con un aumento de aproximadamente el 11% en seis años, en comparación con el significativo aumento del 54% en el SMI en el mismo período de tiempo.

Esta discrepancia entre el crecimiento del IPREM y el SMI sugiere la necesidad de una posible subida inminente del IPREM para adecuarlo mejor a las condiciones económicas y sociales actuales.

 

¿Podría subir el IPREM a lo largo de 2025?

Por ahora, no hay una respuesta clara. Mientras no se aprueben los Presupuestos Generales del Estado, el IPREM seguirá congelado.

El año pasado se esperaba una norma que contemplaba un aumento del 3%, pero finalmente no se llevó a cabo.

Si en algún momento se aprueba una revalorización, esto supondría un incremento en las cuantías máximas y mínimas de diversas prestaciones, como la prestación por cese de actividad para autónomos y las prestaciones no contributivas de jubilación, entre otras.

 

¿Qué relación tiene el IPREM y el subsidio por desempleo?

El IPREM tiene una estrecha relación con el subsidio de desempleo, ya que se utiliza para establecer los límites máximos y mínimos de la prestación que las personas beneficiarias pueden recibir.

En este sentido, el año pasado se produjeron cambios recogidos en el Real Decreto Ley 2/2024, que modificaron la prestación y subsidio por desempleo.

Desde el 1 de noviembre de 2024, según recoge el artículo 278 de la LGSS, la cuantía a percibir disminuye en función de los periodos disfrutados, es decir:

  • Durante los 180 primeros días se cobrará el 95% del IPREM (570 euros).
  • A partir del día 181 y hasta el día 360: se cobrará el 90% del IPREM (540 euros).
  • A partir del día 361 y hasta su finalización: se cobrará el 80% del IPREM (480 euros).

Además, también se produjeron novedades respecto a los beneficiarios del subsidio por desempleo para mayores de 52 años (artículo 280) definiéndose la cuantía del subsidio en un 80% del IPREM.

 

¿El IPREM se compara con los ingresos brutos o netos?

El IPREM se compara con los ingresos brutos antes de aplicar las retenciones.

Esto significa que, al solicitar una ayuda donde uno de los requisitos sea tener ingresos por debajo del IPREM, se considerarán los salarios brutos sin tener en cuenta las deducciones.

Esperamos haber aclarado tus dudas sobre el IPREM para el año 2025.

Estaremos pendientes para proporcionarte la información más actualizada en caso de que se produzca una revalorización de este indicador.

Si necesitas más detalles o tienes alguna otra pregunta, no olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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SMI en 2025: el Salario Mínimo Interprofesional sube a 1.184 euros

SMI en 2025: el Salario Mínimo Interprofesional sube a 1.184 euros

¡ATENCIÓN! Ya es oficial, ¡tenemos SMI 2025! El Real Decreto 87/2025 recoge la subida del 4,41% en el Salario Mínimo Interprofesional para este año.

SMI en 2025: el Salario Mínimo Interprofesional sube a 1.184 euros en 14 pagas, lo que supone un incremento de 50 euros respecto a la cuantía fijada para el año 2024.

Este aumento viene recogido en el Real Decreto 87/2025, que establece las nuevas cuantías con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025, tanto para las personas trabajadoras que son fijas como para las que son eventuales o temporeras, así como para las empleadas y empleados de hogar.

A continuación, te contamos todos los detalles de esta subida.

 

Nueva cuantía del Salario Mínimo Interprofesional para 2025

Ya lo adelantábamos hace unos días, el Gobierno y los sindicatos firmaron un acuerdo para fijar el SMI en 1.184 euros mensuales en 14 pagas, lo que supone un incremento del 4,41% con respecto a 2024.

Esta decisión ponía fin a la incertidumbre que había generado la derogación del RDL 9/2024, dejando a empresas y asesorías en un estado de desconcierto ante la falta de una referencia oficial.

Finalmente, el nuevo SMI, publicado en el BOE, se ajusta a las previsiones del III Informe del Comité de Expertos sobre el SMI, que ya anticipaba un aumento de 50 euros mensuales, situándolo en 1.184 euros.

 

El SMI 2025 sube a 1.184 euros

Estas son las nuevas cifras del SMI 2025:

  • 1.184 euros mensuales en 14 pagas.
  • 16.576 euros brutos al año.
  • 39,47 euros/día para las personas trabajadoras que presten sus servicios por jornada.

¿Cómo afectará esta subida a personas trabajadoras y empresas? A continuación, analizamos el impacto de este incremento en el mercado laboral:

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¿A quiénes afecta la subida del SMI 2025?

Este incremento afecta a todas las personas trabajadoras, pero especialmente a:

  • Quienes no tienen convenio colectivo, ya que el SMI actúa como referencia mínima en ausencia de acuerdos sectoriales o empresariales.
  • Personas trabajadoras con salarios más bajos, garantizando que nadie perciba menos de la nueva cuantía establecida.

Además, la subida del SMI también puede influir en cotizaciones sociales, prestaciones y ayudas vinculadas a esta referencia.

 

¿Cuál ha sido la evolución del SMI durante los últimos años?

El Salario Mínimo Interprofesional ha experimentado un notable crecimiento en los últimos años.

Con la reciente subida para 2025 el salario mínimo ha aumentado más de un 50% en siete años, pasando de 736 euros en 2018 a 1.184 euros en 2025.

Para que entiendas cómo ha sido la subida del SMI:

En diciembre de 2020 el Real Decreto Ley 38/2020 prorrogó temporalmente el SMI de 950 € durante 2021 debido a la terrible situación que enfrentaban las empresas por la pandemia. Y se adelantó que habría un incremento en cuanto mejorase la situación.

En septiembre de 2021 el Gobierno aplicó un aumento del salario mínimo hasta los 965 €, recogido en el Real Decreto 817/2021.

La Reforma Laboral mantuvo transitoriamente la cuantía de SMI de 2021 durante 2022. Sin embargo, el Gobierno anunció que no tardaría mucho en abordar un nuevo aumento.

Después de semanas de controversia se publicó la norma que incrementó el Salario Mínimo Interprofesional en 2022 hasta los 1.000 euros con carácter retroactivo.

La evolución del SMI continuó en febrero de 2023 con la publicación del RD 99/2023 qué fijó el salario mínimo interprofesional para 2023 en 1.080 euros mensuales en 14 pagas.

Así, el SMI para 2023 aumentó en un 8%.

En 2024 se volvió a producir una subida del SMI. En este caso, de un 5%, tras publicarse el Real Decreto 145/2024.

La patronal se quedó fuera de las negociaciones sobre la subida del SMI ya que se les denegó la indexación de los contratos con las Administraciones Públicas.

Para 2025 aumenta el SMI tras publicarse en el Real Decreto 87/2025. El Salario Mínimo Interprofesional 2025 se fija en 1.184 euros.

No obstante, la situación se repite, ya que la patronal participó en las conversaciones, pero no ha suscrito el acuerdo final.

 

SMI en 2025: sube hasta 1.184 euros en 14 pagas 

El Salario Mínimo Interprofesional aumenta en 2025 fijándose en 1.184 euros mensuales en 14 pagas.

Esta nueva subida mantiene la tendencia al alza de los últimos años, impulsada en gran parte por la recomendación del Comité de Expertos, que ya en 2021 aconsejó incrementos progresivos de entre 30 y 40 euros anuales.

Si hacemos un repaso a las últimas subidas del SMI:

  • 2022: se produjo un aumento de 35 euros, alcanzando los 1.000 euros mensuales.
  • 2023: el Gobierno inicialmente estimó un SMI de 1.049 euros, pero finalmente se elevó a 1.080 euros para compensar los efectos de la inflación, como recogió el Real Decreto 99/2023.
  • 2024: hubo una nueva subida del 5%, situándolo en 1.134 euros, según el Real Decreto 145/2024.
  • 2025: se incrementa el SMI un 4,41% con respecto al año anterior, estableciendo el SMI en 1.184 euros mensuales en 14 pagas.

 

¿Desde cuándo se debe aplicar la subida del SMI 2025?

La subida del Salario Mínimo Interprofesional en 2025 tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025, al igual que ocurrió en 2024.

Esto significa que las personas trabajadoras deberán recibir el atraso correspondiente en sus pagos de enero, tras haberse hecho oficial la subida.

¿Cuál es el Salario Mínimo Interprofesional 2025 en España (SMI 2025)?

El Salario Mínimo Interprofesional de 2025 se fija en 1.184 € brutos mensuales en 14 pagas (16.576 euros brutos anuales). Esta cantidad supone un incremento del 4,41% respecto a 2024.

  • Salario Mínimo Interprofesional diario en 2025: 39,47€/día.
  • Salario Mínimo Interprofesional mensual en 2025: 1.184 €/mes.
  • Salario Mínimo Interprofesional anual en 2025: 16.576€/año.

 

¿Cuál es el Salario Mínimo Interprofesional 2025 para temporeros y empleadas del hogar?

Estas son las nuevas cuantías para 2025:

  • SMI para personas trabajadoras eventuales 2025, así como temporeras y temporeros cuyos servicios en una misma empresa no pasen de 120 días: 56,08 euros al día.
  • SMI para empleadas/os del hogar que trabajen por horas 2025: 9,26 euros por hora.

 

¿Cuál es el SMI anual en 2025?

El SMI anual en 2025 no puede ser inferior a 16.576 euros brutos anuales, lo que corresponde a 1.184 euros mensuales en 14 pagas.

 

¿Cuál es el SMI por día?

El Salario Mínimo queda fijado en 39,47 euros brutos al día, con carácter general.

 

¿El salario mínimo interprofesional es neto o bruto?

El SMI se refiere al salario bruto de las personas trabajadoras. Por ejemplo, este año los 1.184 euros mensuales en 14 pagas van a representar el total de devengos de la nómina.

En caso de que las pagas extras estén prorrateadas deberás cobrar 1.381 euros mensuales en 12 pagas.

 

¿Cuál es el SMI de 2025 con las pagas extras prorrateadas?

Las cuantías son las siguientes:

  • El SMI 2025 se fija en 1.184 euros mensuales, pero esta cifra solo se aplica en el caso de que recibas 14 pagas de tu empresa.
  • Si las pagas extra se prorratean en 12 mensualidades entonces el SMI 2025 debe ser de 1.381 euros al mes.

 

Bruselas exige un criterio definido para actualizar el salario mínimo

Pese a que en 2025 se ha producido un nuevo aumento del Salario Mínimo Interprofesional desde Bruselas exigen que las cifras no sean el resultado de negociaciones arbitrarias con los agentes sociales, sino que se implemente un sistema de actualización coherente y homogéneo.

Esto implicaría seleccionar indicadores internacionales o nacionales para calcular las futuras subidas del SMI.

 

La subida del SMI en 2025 tiene efectos retroactivos

El Real Decreto 87/2025, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025, señala que la subida del SMI tiene carácter retroactivo.

Esto significa que, como la subida se ha publicado en febrero, va a ser necesario regularizar los atrasos correspondientes al mes de enero.

En otras palabras, las cantidades pendientes desde el inicio del año (durante el mes de enero) deben ser abonadas y ajustadas en las nóminas correspondientes (del mes de febrero).

 

¿Las empresas pueden subir el SMI absorbiendo los pluses de antigüedad?

Tras una sentencia del Tribunal Supremo de 26 de enero de 2022, este avaló que las empresas pudiesen subir el SMI en 2022 absorbiendo los pluses de antigüedad.

Así, se complementaba el sueldo del trabajador para llegar al SMI vigente en 2022 de 1.000 euros al mes.

Es decir, esta sentencia indica que la cuantía que se percibe por el complemento de antigüedad forma parte del salario y, por tanto, se incluirá dentro de ese salario en consonancia con el aumento del SMI.

Te contamos con más detalle el caso: el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña falló a favor de la Associació Empresarial D`Economía Social y consideró que la subida del SMI podía realizarse sumando los trienios que cumplieran los trabajadores.

Según el Tribunal Supremo si un trabajador cobra un salario base inferior al SMI, pero percibe un complemento de antigüedad que hace que el salario sea superior al SMI, ya estaría compensada dicha subida.

No se procedería a un aumento del salario, sino que el incremento del salario tras la subida del SMI saldría del dinero extra que recibe el empleado por su antigüedad.

Los complementos de antigüedad no se suman al salario, sino que ya estarán incluidos dentro del salario a percibir por el trabajo, salvo que el convenio diga lo contrario.

Las empresas, por tanto, podrían adaptarse a las subidas progresivas del SMI a través de los complementos de antigüedad.

Asimismo, encontramos la sentencia Rec. 169/2019 que extiende esa situación a todos los complementos salariales.

 

¿Se puede compensar la subida del SMI con las percepciones extrasalariales?

Por su parte, la sentencia Rec. 60/2020 indica que quedan excluidas las percepciones extrasalariales.

Es decir, no se va a poder compensar el incremento del SMI con complementos que sean de naturaleza extrasalarial.

Además, si una persona trabajadora realiza horas extras complementarias la cuantía del SMI no va a influir en su cobro.

El SMI hace referencia a la jornada ordinaria de una persona empleada. Si esa persona realiza horas extra deberán ser abonadas de manera adicional.

Lo mismo ocurre con la nocturnidad. La cuantía a percibir por realizar horas en horario nocturno debe quedar determinada en el convenio colectivo y requerirá un abono específico, independiente al SMI.

Salvo que por la propia naturaleza de la actividad se acuerde la compensación de la nocturnidad con descansos.

 

¿Qué complementos pueden usar los autónomos para aumentar el sueldo de sus empleados y alcanzar el SMI?

Una pregunta común entre los autónomos es la siguiente: ¿Cómo ajustar el salario al SMI vigente y qué opciones tienen para lograrlo?

Es importante tener en cuenta que los complementos salariales son clave para lograr este objetivo. Por ejemplo, como comentamos, el plus de antigüedad es un complemento que se suma al salario base y ayuda a alcanzar el SMI.

Sin embargo, es crucial realizar un cálculo anual para asegurarse de que la persona trabajadora alcance efectivamente el SMI.

Esto se debe a que algunos complementos pueden variar de mes a mes, lo que significa que habrá meses en los que se reciba más y otros en los que se reciba menos.

Es importante destacar que los complementos extrasalariales no pueden utilizarse para compensar la subida del SMI. Estos complementos no forman parte del salario y no pueden absorberse para cumplir con los requisitos del SMI.

En resumen, los complementos salariales, como el plus de antigüedad, son esenciales para ajustar el salario al SMI, pero es crucial realizar un seguimiento anual y comprender que los complementos extrasalariales no pueden utilizarse para este fin.

 

¿Cómo debe ser tu nómina en 2025?

El SMI 2025 se ha fijado en 1.184 euros en 14 pagas.

Por tanto, resumimos varias claves a tener en cuenta para realizar las nóminas tras haberse publicado el Real Decreto 87/2025:

  • Tu salario bruto no puede ser inferior en su conjunto a 16.576 euros anuales, si realizas jornada completa. (Por supuesto, el salario que debes percibir siempre debe consultarse en tu convenio colectivo de referencia para tu categoría profesional. Sobre todo te afecta si tu salario o conceptos hacen alusión al SMI para su cálculo).
  • Al salario mínimo se le suman, según indique tu convenio o contrato de trabajo, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores, así como el importe correspondiente al incremento garantizado sobre el salario a tiempo en la remuneración a prima o con incentivo a la producción.
  • Los 1.184 € mensuales del salario mínimo proceden si se aplican 14 pagas. En caso de que se prorratearan las pagas extras en 12 meses el salario bruto al mes debe ser de 1.381 euros.
  • Si tu jornada es inferior a las 40 horas el salario bruto se calcula proporcionalmente a las horas de trabajo que realices.
  • Según una sentencia de la Audiencia Nacional sí se pueden compensar los complementos y primas a la hora de calcular el salario bruto del trabajador.

Para valorar si se pueden compensar o no los complementos o pluses es imprescindible revisar lo indicado en convenio colectivo, ya que hay algunos que establecen qué conceptos no se pueden compensar.

Y por supuesto, no se deben compensar aquellos complementos o primas que estén minorando los derechos individuales de la persona trabajadora, como el plus de nocturnidad o peligrosidad.

Si lo deseas, puedes ampliar información en esta sentencia sobre los complementos salariales.

 

¿Me pueden pagar menos del SMI?

No. La cuantía que se fije para una persona trabajadora que realice 40 horas semanales no puede ser inferior ni por convenio colectivo ni por ningún tipo de acuerdo entre empleado y empresa.

Es decir, todas las personas empleadas que presten sus servicios en una jornada laboral de 40 horas semanales tienen derecho a percibir al menos la cuantía fija legal fijada para el SMI 2025.

 

¿Cómo afecta el SMI a los empleados que trabajan menos de 40 horas semanales?

La nómina de las personas empleadas que prestan sus servicios durante menos de 40 horas semanales se debe calcular de manera proporcional al SMI.

 

¿Tributa en IRPF el SMI? Esto es lo que debes saber en 2025

La fiscalidad del Salario Mínimo Interprofesional en 2025 está generando un intenso debate.

El Real Decreto 142/2024, aprobado el año pasado, modificó el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y estableció un mínimo exento de 15.876 euros anuales.

Esto significaba que quienes no superasen esa cantidad en ingresos no debían pagar IRPF, lo que coincidía con el SMI de 2024.

¿Qué ocurre en 2025? Por primera vez, tras la subida del SMI, el Ministerio de Hacienda no ha ajustado el umbral de exención de IRPF.

Esto implica que la normativa vigente sigue estableciendo que no se aplicarán retenciones sobre los rendimientos del trabajo inferiores a 15.876 euros 

Sin embargo, el nuevo SMI anual en 2025 será de 16.576 euros, por lo que la diferencia entre ambas cifras (700 euros) sí deberá tributar.

 

¿Cómo te afecta esta medida?

  • Si ganas hasta 15.876 euros al año seguirás sin pagar IRPF.
  • Si tu salario es el SMI de 2025 de 16.576 euros anuales tributarás, ya que sobrepasas el mínimo exento.

Esta decisión puede suponer un pequeño incremento en la carga fiscal para quienes cobren el SMI en 2025, aunque el impacto dependerá de la escala de gravamen aplicable.

Te lo contamos:

 

Los solteros sin hijos que reciban el SMI deberán pagar IRPF en 2025

Hasta ahora, cada subida del Salario Mínimo Interprofesional solía ir acompañada de un ajuste en el mínimo exento del IRPF.

Sin embargo, en 2025 esto no ocurrirá, lo que hará que algunas personas trabajadoras con SMI comiencen a pagar impuestos.

 

¿Quiénes se verán afectados?

Las personas cuyos ingresos superen los 15.876 euros anuales verán aplicada una retención en su nómina.

  • Solteros sin hijos: serán los más afectados, ya que deberán afrontar una retención del 1,81%, lo que supondrían unos 21,4 euros en una nómina mensual.
  • Otras personas trabajadoras con SMI: el impacto será menor en función de sus circunstancias familiares, ya que podrían beneficiarse de reducciones fiscales. De hecho, se aplicará una retención del 0,6% para las familias, lo que supondrían alrededor de 7,07 euros.

 

Ejemplos según Hacienda

  • Un contribuyente con pareja y un hijo menor de tres años no sufrirá retenciones, por lo que recibirá íntegramente la subida del SMI.
  • Un contribuyente con pareja y un hijo mayor de tres años tendrá una retención de 99,46 euros al año, equivalente a un tipo del 0,6%. Esto reducirá su subida mensual de 50 euros a 43 euros.

Aunque los importes puedan parecer reducidos, la falta de ajuste en la exención del IRPF supone un cambio significativo para muchas personas con salario mínimo.

Hacienda aclara que las retenciones al SMI se aplican sobre los 1.184 euros y no sobre los 50 euros de subida

Es importante tener en cuenta que la retención fiscal se calcula sobre el total del salario y no únicamente sobre el incremento.

Por ejemplo, para un salario de 1.184 euros la retención aplicada por Hacienda sería de aproximadamente 21 euros, y no solo sobre los 50 euros de subida.

 

¿Cómo afectará esta obligación a la declaración de la Renta?

El hecho de que se apliquen retenciones mensuales en la nómina no significa que todos los trabajadores con SMI deban presentar la declaración de la Renta.

  • Aquellos que no superen los 22.000 euros anuales con un solo pagador no están obligados a presentar la declaración.
  • Para quienes tengan tipos de IRPF más bajos, presentar la declaración podría ser beneficioso, ya que podrían recuperar parte de lo retenido.

Estaremos atentos a cualquier novedad sobre este tema para informarte de todo. ¡Ánimo con todos los cambios!

 

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Claves en sistema RED para tramitar las bonificaciones del RDL1/2023

Claves en sistema RED para tramitar las bonificaciones del RDL1/2023

El 1 de septiembre de 2023 entraron en vigor los nuevos requisitos y cuantías para los contratos bonificados.

Pese a que hace más de un año desde que se empezaron a aplicar estos incentivos, aún hay ciertas dudas en torno a ellos. Por eso, en este artículo te explicamos cómo comunicar el alta de los trabajadores en Seguridad Social para que se les apliquen los beneficios.

Además, te ponemos al día de todas las instrucciones de TGSS publicadas en el boletín RED para mecanizar los contratos con beneficios.

Más abajo, te indicamos cuáles son las claves en sistema RED para tramitar las bonificaciones del RDL1/2023 definitivas y podrás descargar una Tabla Resumen con todos los requisitos y códigos de afiliación para aplicarlas.

 

¿Qué claves tengo que indicar en sistema RED para el alta de contratos bonificados del RDL 1/2023?

En los boletines Boletín RED 11/2023 y 13/2023 se incluyeron las claves que se tienen que comunicar para realizar el alta en sistema RED de los contratos laborales para que puedan bonificarse en los seguros sociales.

En este artículo destacamos los cambios, que encontrarás con la anotación ¡Novedad! para que los localices más fácilmente.

Además, hemos actualizado la tabla resumen que podrás encontrar más abajo en este artículo.

Antes que nada, te recordamos que las características, requisitos y cuantías de las bonificaciones han cambiado y te recomendamos consultar todo antes de tramitar el alta.

Si los beneficios se aplican porque contratas algún colectivo especial es importante que esa persona aporte acreditación de su situación antes de realizar la afiliación en Sistema RED (por ejemplo, si es un colectivo en riesgo de exclusión) ya que, en muchos casos, se exige enviar la documentación por CASIA.

Asimismo, debes saber que las claves que se indican en Sistema RED en el alta tienen carácter de declaración responsable.

Esto quiere decir que tu empresa al marcar los campos está comprometiéndose a que se reúnen las condiciones y requisitos para aplicar los beneficios.

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¿Para qué colectivos debo aportar documentación acreditativa por CASIA si quiero aplicar bonificaciones?

En el Boletín RED 12/2023 se indican los colectivos para los que debes enviar por CASIA los documentos que acreditan que esa persona contratada cumple los requisitos para bonificar sus seguros sociales.

Al enviar el CASIA tendrás que indicar:

  • En materia: Afiliación, altas y bajas.
  • En categoría: Aportar documentación acreditativa.

Los colectivos que exigen acreditación para el alta en Seguridad Social son los siguientes (recuerda escoger los que tienen la referencia al RDL 1/2023):

  • Víctima de violencia de género.
  • Víctima de terrorismo.
  • Víctima de trata de seres humanos.
  • Víctima de violencia sexual.
  • Excluidos sociales.
  • Cambio de puesto de trabajo por enfermedad profesional.
  • Cambio de puesto de trabajo por riesgo de embarazo o lactancia.
  • Sustitución de víctima de violencia de género.
  • Sustitución de víctima de violencia sexual.
  • Víctima de violencia de género sustituida.
  • Víctima de violencia sexual sustituida.
  • Exclusión social y no inscrito en el SEPE.
  • Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

 

El Boletín Red 13/2023 modificó algunas claves para bonificar los contratos

Tras la publicación del Boletín RED 13/2023 pudimos conocer cuáles son los cambios en los campos para tramitar algunos contratos.

A continuación, te resumimos los más importantes:

  • El contrato de formación en alternancia bonificado debe marcar la casilla beneficios con el código 19.
  • El contrato indefinido para cooperativas o sociedades laborales bonificado: tiene que incluir el código 21 en la casilla beneficios y en condición desempleo: W.
  • Para la transformación de contratos temporales agrarios en fijos discontinuos bonificados es imprescindible añadir el código 20 en beneficios.
  • Personas contratadas en Ceuta y Melilla de determinados CNAE, para la bonificación ahora en condición desempleo no hay que incluir contenido, si se hace, no coge la bonificación.

En los siguientes apartados los destacamos para que puedas identificarlos rápidamente con la palabra ¡Novedad!

 

¿Qué hago si me da error el alta del contrato bonificado porque fallan las claves? 

Desde septiembre de 2023 nos hemos estado encontrando con numerosos fallos en Sistema RED para aplicar las bonificaciones.

En Seguridad Social eran conscientes de que el sistema no estaba preparado del todo y lo fueron avisando en sus boletines.

Esto provocó problemas a la hora de confirmar los ficheros de bases debido a las diferencias en los cálculos.

En estos casos, la solución que se ofreció desde TGSS fue dar el alta del contrato normal, sin bonificación. E inmediatamente enviar solicitud por CASIA para indicar que se trataba de un contrato bonificado.

En el boletín RED ya informaron que determinadas claves podían corregirse de manera posterior.

Por ejemplo, en el contrato de formación en alternancia, si te daba error al tramitar el alta y no te aplicaba la bonificación, podías acceder posteriormente a añadir en beneficios la clave 19 y rectificar la afiliación.

Más abajo, detallamos todas las bonificaciones a la contratación existentes, junto a las claves actualizadas para tramitar el alta totalmente actualizadas.

No obstante, antes de continuar te dejamos una tabla resumen para que puedas descargarla y tener a mano todas las bonificaciones y clave para usarlas siempre que lo necesites.

 

Descarga aquí una tabla resumen con todas las bonificaciones para contratar 2025 y las claves que necesitas para Sistema RED

¿Quieres llevar contigo siempre las claves para Sistema RED?

Completa este formulario y recibirás automáticamente en tu email una completa tabla resumen con todos los requisitos, cuantías y claves que debes incluir en sistema RED para aplicar las nuevas bonificaciones del Real Decreto Ley 1/2023:

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

También encontrarás todas las claves detalladas, a continuación, donde analizamos cada una para que puedas comprenderlas y aplicarlas fácilmente:

 

Personas con discapacidad intelectual límite. Claves en Sistema RED

Bonificación: 128 €/mes durante 4 años.

Si deseas bonificar el contrato indefinido realizado a una persona con discapacidad intelectual límite reconocida tienes que incluir los siguientes campos en afiliación:

  • Campo incapacitado readmitido / Cap. intelectual límite: valor 5
  • Modelo de contrato: 150, 250 ó 350
  • Casilla Cond. Desempleo: 1

 

Readmitidos tras cese por incapacidad permanente total o absoluta con contrato bonificado. Claves en afiliación

Bonificación: 138 €/mes durante 2 años.

Para bonificar el contrato indefinido realizado a personas que hayan sido readmitidas en la empresa tras el cese por incapacidad permanente en otra categoría o personas que sean contratadas en otra empresa, tras recuperar su capacidad, hay que especificar estas claves en el alta:

  • Campo incapacitado readmitido / Cap. intelectual límite: valores del 1 al 4, según sea la situación. Desde Seguridad Social informaron que temporalmente debía incluirse el valor S, hasta que el sistema estuviese preparado.
  • Modelo de contrato para las situaciones de 1 a 3: 130, 230 ó 330
  • ¡Novedad! Casilla Cond. Desempleo: sin contenido

Si existe discapacidad hay que indicar el grado en el campo «grado de discapacidad».

 

Mujeres víctimas de violencia de género, sexual, trata o explotación con contrato bonificado. Claves en Sistema RED

Bonificación: 128 € al mes durante 4 años.

En estas situaciones, si se realiza un contrato indefinido y se quieren aplicar los beneficios en Seguridad Social, hay que marcar las siguientes casillas:

  • Modelo de contrato: 150, 250 ó 350
  • Campo exclusión social/ Víctima de violencia: valores 7, J ó M, según el perfil
  • Casilla Cond. Desempleo: W
  • Nº de Expediente CASIA

Es imprescindible haber enviado la documentación que acredita su situación previamente por CASIA y anotar posteriormente el número de expediente en el alta.

 

Víctimas del terrorismo con contrato bonificado. Trámites a realizar con TGSS

Bonificación: 128 €/mes durante 4 años.

Para bonificar el contrato indefinido a víctimas del terrorismo, en afiliación debes indicar estos campos:

  • Modelo de contrato: 150, 250 ó 350
  • Campo Exclusión social/ víctima violencia: 9
  • Casilla Cond. Desempleo: W
  • Nº de Expediente CASIA

 

Contratos bonificados para personas en situación de exclusión. Claves en afiliación

Bonificación: 128 €/mes durante 4 años.

Si contratas de forma indefinida a personas con situación de exclusión acreditada por servicios sociales o el órgano competente de tu Comunidad Autónoma, tienes que completar estas casillas en Sistema RED para poder aplicar los beneficios en Seguridad Social:

  • Modelo de contrato: 150, 250 ó 350
  • Campo Exclusión social: N ó O
  • Casilla Cond. Desempleo: 1 ó W
  • Nº de Expediente CASIA

Tu empresa debe conservar la documentación que acredita la exclusión social durante 5 años.

 

Contratos para desempleados de larga duración con indefinido bonificado. Alta en Sistema RED

Bonificación de 110 €/mes durante 3 años. Si es mujer o mayor de 45 años: 128 €/mes.

Si quieres acceder a la bonificación para personas desempleadas de larga duración, estos son los campos que debes incluir en afiliación de Sistema RED:

  • Modelo de contrato: 150, 250 ó 350
  • Casilla Cond. Desempleo: L

 

Socios en cooperativas o sociedades laborales que realizan formación práctica. Claves en Sistema RED

Bonificación de 138 €/mes durante 3 años. Si es una persona discapacitada, durante toda la vigencia.

Si contratas de forma indefinida a personas que estén realizando una formación en la cooperativa o sociedad laboral y deseas beneficiarte de la bonificación, debes marcar estas casillas:

  • Modelo de contrato: 150, 250 ó 350
  • Beneficios: 18
  • ¡Novedad! Condición desempleo: sin contenido.
  • Relación laboral de carácter especial: 9924 (si es sociedad laboral)

 

Socios en cooperativas o sociedades laborales con contrato indefinido. Claves en Sistema RED para bonificar

Bonificación: 73 €/mes durante 3 años.

Si son menores de 30 años o menores de 35 discapacitados: 147 €/mes durante los 12 primeros meses.

La contratación indefinida de personas desempleadas en una cooperativa o sociedad laboral también puede bonificarse, estas son las claves:

  • Modelo de contrato: 150, 250 ó 350
  • ¡Novedad! Cond. Desempleo: W
  • ¡Novedad! Beneficios: 21. Si esta casilla no está disponible, será necesario modificar posteriormente el alta.
  • Relación laboral de carácter especial: 9924 (si es sociedad laboral)

 

Contrato indefinido en sectores y actividades en Ceuta y Melilla. Claves en Sistema RED para bonificar

Hasta noviembre de 2024 la bonificación era de 262 €/mes durante su vigencia debiendo la empresa ofrecer 20 horas de formación bonificada al año a esa persona.

A partir de noviembre de 2024, el Boletín RED de 11 de noviembre de 2024, establece que, en lugar de la bonificación fija de 262 €/mes, se aplicará un 50% de bonificación en las aportaciones a la Seguridad Social por contingencias comunes y otros conceptos durante la vigencia de los contratos indefinidos.

Por tanto, los contratos indefinidos que se realicen para determinados sectores (tienes que revisar si tu CNAE está entre los incluidos) pueden bonificarse indicando estos campos en afiliación:

  • Modelo de contrato: 150, 250, 350, 109, 209 ó 309
  • Beneficios CCC: 17. Colectivo 3194
  • ¡Novedad! Cond. Desempleo: sin contenido.

La peculiaridad de cotización se identificará con TPC 13, Fracción de cuota 07, Porcentaje 50%, y Colectivo incentivado 3194 (para Ceuta y Melilla).

¡Importante! se incluye una novedad y es que se admiten contratos de sustitución por IT (valor 14).

 

Contrato fijo-discontinuo en el sector turístico bonificado. Claves en Sistema RED

Bonificación de 262 €/mes en febrero, marzo y noviembre.

Las empresas del sector turístico o sectores comercio y hostelería vinculados al turismo que «alarguen» la contratación de las personas fijas discontinuas en los meses de febrero, marzo y noviembre pueden bonificar en los seguros sociales con estas claves:

  • Modelo de contrato: 3xx
  • Declaración responsable: 017
  • Situación adicional: 420.

 

Contrato de formación en alternancia. Claves en Sistema RED para bonificar

Bonificación de 119 € + 60 ó 80 € adicionales para la empresa al mes. La cuota fija de seguros sociales quedaría totalmente bonificada, por lo que la empresa no pagaría Seguros Sociales.

En el contrato de formación en alternancia a los campos que ya había habitualmente se le añadió un nuevo valor en la casilla beneficios para que se aplicase la bonificación.

Si ya habías dado de alta el contrato y estaba bonificado, desde TGSS dieron indicaciones para que entrases directamente a modificar el alta e incluir la nueva casilla.

  • Modelo de contrato: 421
  • Cond. Desempleo: 1
  • ¡Novedad! Beneficios: 19

Pero sí queremos destacar que en Contrat@ sí hay cambios. En la comunicación al SEPE desde septiembre de 2023 debes escoger estos modelos de contrato, según sea bonificado o no:

  • Contrato bonificado: 450 / 550
  • Contrato no bonificado: 421/521

 

Contrato de sustitución de víctimas de violencia de género, sexual, trata o explotación. Claves en Sistema RED para bonificar

Bonificación del 100% durante ese periodo.

Los contratos de duración determinada para sustituir a víctimas en estos supuestos que hayan suspendido su contrato o solicitado movilidad geográfica pueden beneficiarse de una bonificación en los seguros sociales, tienes que indicar lo siguiente en afiliación:

  • Modelo de contrato: 410 ó 510
  • Causa de sustitución. 06
  • Cond. Desempleo: 1
  • Nº de Expediente en CASIA

 

Contrato de sustitución por nacimiento, cuidados de menor, riesgo de embarazo o lactancia. Claves en Sistema RED para bonificar

Bonificación: 366 €/mes.

Si realizas un contrato de duración determinada para sustituir a personas de baja por nacimiento, cuidados de menor, riesgo de embarazo o lactancia, puedes aplicar la bonificación si la persona contratada reúne los requisitos y si se indican estos campos en el alta del contrato:

  • Modelo de contrato: 410 ó 510
  • Causa de sustitución. 10, 11, 12, 13 y 15
  • Afiliación según causa: 02 ó 10
  • Cond. Desempleo: 1

Debes incluir el Número de Seguridad Social de la persona sustituida.

Es importante que el periodo de contratación coincida durante el periodo que se extienda la baja que está cubriendo.

 

Personas sustituidas por nacimiento, cuidados de menor, riesgo de embarazo o lactancia

Bonificación: 366 €/mes.

Para que puedas bonificar los seguros sociales de la persona de baja por maternidad, paternidad, etc, es imprescindible que se realice una contratación temporal para cubrir ese puesto, que cumpla los requisitos del RDL 1/2023.

En afiliación del contrato de interinidad, como hemos visto anteriormente, debes incluir el NSS de esta persona.

Fundamental que el periodo de la baja coincida con la contratación de la persona interina.

 

Contratos de duración determinada para la situación de personas trabajadoras con discapacidad en situaciones de IT

El Boletín RED de 11 de noviembre de 2024 incluyó una serie de modificaciones para estos casos.

Se introdujo un nuevo valor de causa de sustitución (Valor 17) en el sistema de afiliación en lugar del valor 05.

Para poder aplicar la bonificación a la persona trabajadora sustituta deben cumplirse estos requisitos:

  • El contrato debe comenzar el 1 de septiembre de 2023 o posterior.
  • Tipo de contrato: Los contratos deben ser de los modelos 410 o 510.
  • Condición de desempleo: El trabajador sustituto debe estar en situación de desempleo (código 1 o W).
  • Sistema especial: El sistema especial de cotización debe ser distinto de 34.
  • Número de Seguridad Social del trabajador sustituido: Se debe informar el NSS del trabajador que se sustituye.
  • Discapacidad: Tanto el trabajador sustituido como el sustituto deben tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debidamente acreditado ante la TGSS.

Las bonificaciones para el trabajador sustituto se reflejarán con el código TPC 16, Fracción de cuota 01 y el colectivo incentivado 1108-CT SUSTITUCIÓN DISCAPACITADO IT.

¡Importante! El Valor 05 (anterior causa de sustitución) se seguirá utilizando para las sustituciones realizadas antes del 1 de septiembre de 2023.

Por tanto:

  • El valor 17 se implementará para las sustituciones de trabajadores con discapacidad en IT a partir del 1 de septiembre de 2023.
  • Esto incluye bonificaciones para el trabajador sustituto, pero no para el trabajador sustituido.
  • Las altas previas con valor 05 deberán corregirse al nuevo valor 17.

 

Cambio de puesto por riesgo de embarazo, lactancia o enfermedad profesional. Claves en Sistema RED para bonificar

Bonificación: 138 €/mes.

Cuando se produce un cambio de puesto o función motivado por un riesgo de embarazo, lactancia o enfermedad profesional (para bajas IT de personas discapacitadas que sean cubiertas por otra persona discapacitada desempleada) se pueden aplicar beneficios en los seguros sociales durante el periodo de permanencia en el nuevo puesto.

Estas son las claves a indicar en afiliación:

  • Cambio de puesto de trabajo: 01 ó  02
  • Nº de Expediente CASIA

En CASIA debes aportar la evaluación de riesgos o valoración del INSS, si es por enfermedad.

 

Transformación en indefinido de contratos formativos (alternancia y prácticas). Claves en Sistema RED para bonificar

Bonificación de 128 €/mes durante 3 años, 147 € si es mujer.

Al transformar un contrato de formación en alternancia o contrato para la práctica profesional puedes bonificar en los seguros sociales indicando estas claves:

  • Modelo de contrato: 109, 209 ó 309
  • Siempre que el contrato transformado sea: 420, 421 ó 520

Es importante que la transformación se realice al finalizar el contrato inicial o la prórroga, nunca antes de que termine. Si no, el sistema no te va a dejar aplicar la bonificación.

 

Transformación en indefinido de contratos de relevo. Claves en afiliación

Bonificación de 55 €/mes durante 3 años, 73 €/mes si es mujer.

Al transformar un contrato de relevo, cualquiera que fuese su fecha de celebración, puedes aplicar una bonificación si se cumplen los requisitos.

  • Modelo de contrato: 109, 209 ó 309
  • Siempre que el contrato transformado sea: 441 ó 541

 

Transformación en fijo discontinuo del sector agrario. Claves en afiliación

Bonificación: 55 €/mes o 73 €/mes si es mujer.

Si realizas una transformación de un contrato temporal a fijo-discontinuo durante los 2 años posteriores al 1 de septiembre de 2023, fecha de entrada en vigor del RDL 1/2023, vas a poder bonificar en los seguros sociales al incluir estos campos en afiliación:

  • Modelo de contrato: 309
  • Régimen: 0163
  • ¡Novedad! Beneficios: 20

Esta última casilla debe ser completada para que aplique correctamente la bonificación, según el Boletín RED 13/2023.

 

Personal investigador. Trámites en Sistema RED

Se bonifica un 40% o un 45% si se trata de una mujer o de una persona menor de 30 años.

  • Modelo de contrato: 109, 209, 309, 150, 250 ó 350
  • Relación laboral de carácter especial: 9916
  • Régimen: 0111
  • Cond. Desempleo: sin contenido 

¿Qué te han parecido los cambios en las bonificaciones para contratar? Te leemos en comentarios, déjanos uno más abajo. ¡Gracias!

 

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Cómo afectará tu situación laboral en 2024 a tu declaración de la Renta

Cómo afectará tu situación laboral en 2024 a tu declaración de la Renta

¡Novedades importantes! El Real Decreto-ley 9/2024, publicado en el BOE, establece un cambio significativo en los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores.

La cuantía para obligar a presentar la declaración de la renta se eleva de 1.500 a 2.500 euros.

Esto significa que no estarán obligados a presentar la declaración de la Renta en 2025 los contribuyentes con ingresos de hasta 22.000 euros que tengan más de un pagador, siempre y cuando la suma de las rentas de los segundos o restantes pagadores no superen los 2.500 euros (anteriormente era 1.500 euros).

Además, con la publicación en el BOE del Real Decreto 142/2024, que modificó el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se estableció un mínimo exento de IRPF de 15.876 euros el año pasado.

¿Se va a modificar el límite exento de IRPF para 2025 tras aumentar el SMI?

En este artículo solventamos tus dudas y abordamos una cuestión crucial: ¿cómo afectará tu situación laboral en 2024 a tu declaración de la Renta?

¿Cuándo comienza la campaña de la Renta en 2025? Estas son las fechas clave

La Agencia Tributaria ya ha confirmado cuáles son las nuevas fechas de presentación de la Renta este 2025.

Antes de detallarlas es importante tener en cuenta que:

  • Desde el 12 de marzo se podrá solicitar el número de referencia necesario para descargar el borrador de la Declaración de la Renta.
  • A partir del 19 de marzo estarán disponibles los datos fiscales por lo que todas las personas contribuyentes podrán comprobar si los datos facilitados por la Agencia Tributaria son correctos.

En cualquier caso, los plazos clave serán los siguientes:

  • 2 de abril: comienza el plazo para presentar la Declaración de la Renta (de forma telemática).
  • Del 29 de abril al 27 de junio: período para solicitar cita previa para recibir asistencia telefónica para la confección de la Declaración de la Renta.
  • 6 de mayo: inicia el plazo para presentar la Declaración de la Renta en modalidad telefónica.
  • Del 29 de mayo al 27 de junio: período para solicitar asistencia presencial en oficinas (cita previa para la presentación presencial).
  • 2 de junio: comienza el plazo para presentar la declaración de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
  • 30 de junio: finaliza la campaña de la Renta (excepto en los casos en los que el pago se realice mediante domiciliación que acaba el 25 de junio).

Es fundamental recordar el inicio de la campaña cada año para poder realizar las declaraciones dentro de los plazos establecidos.

Si estás obligado a presentar tu declaración de la Renta y no lo haces podrías enfrentarte a sanciones.

Curso de Gestión de Renta, IRPF y novedades fiscales

¿Qué novedades afectaron a la última declaración de la Renta en 2024?

Según lo establecido en el Real Decreto 142/2024:

  • Se modificó el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
  • Se elevó a 15.876 euros el límite excluyente de la obligación de declarar, en línea con la publicación del SMI anual (en este caso, el que se fijó para el año pasado). No obstante, esta cuantía está generando un gran debate ya que aunque el SMI 2025 se ha fijado en 1.184 euros el límite exento de declaración no se ha vuelto a ajustar. 

Además, de acuerdo con el RD 1008/2023:

  • Se amplió el colectivo de mujeres con derecho a la deducción por maternidad, eliminando el requisito de estar dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, ya sea como trabajadora por cuenta propia o ajena.
  • Se redujo al 7% el tipo de retención aplicable a los anticipos de derechos de autor, así como a aquellos derechos generados por contribuyentes con bajos ingresos por este concepto en el año anterior, siempre que constituyan su principal fuente de renta.
  • Se estableció que la deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla sería aplicable a los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma.
  • Se elevó el importe de la exención de 12.000 a 50.000 euros anuales, aplicable también en casos de ejercicio de opciones de compra previamente concedidas.

El decreto también incluyó novedades para atraer talento extranjero ampliando el ámbito de aplicación del régimen a:

  • Personas trabajadoras por cuenta ajena desplazadas a territorio español para trabajar a distancia mediante medios informáticos, telemáticos y de telecomunicación.
  • Administradores de empresas, sin importar su porcentaje de participación en el capital social.
  • Personas que se desplazasen para realizar actividades emprendedoras, según la Ley 14/2013.

Asimismo, se estableció la posibilidad de optar por la tributación por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes:

  • Hijos del contribuyente menores de 25 años (o de cualquier edad en caso de discapacidad).
  • Cónyuges o progenitores de los hijos, en caso de que no exista vínculo matrimonial, siempre que se cumplan determinadas condiciones.

 

Cambios para autónomos

Hay que tener en cuenta que los autónomos se están enfrentando a cambios significativos en sus obligaciones fiscales que impactan de forma directa en su declaración de la Renta.

  • Todas las personas trabajadoras autónomas tienen ya que presentar obligatoriamente su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (anteriormente, solo estaban obligados aquellos cuyos ingresos superaban los 1.000 euros).
  • Con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales todas las personas que hayan estado dadas de alta en el RETA o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar deben presentar su declaración de la Renta.

Este cambio impacta, especialmente, en autónomos con menos ingresos que ya no pueden evadir el trámite.

 

¿Hacienda obliga a hacer la declaración de la Renta por Internet?

Durante la anterior campaña de la Renta una de las principales inquietudes que surgió fue la obligatoriedad de presentar la declaración de forma online.

El Gobierno incluyó en el Real Decreto Ley 8/2023 una disposición que establecía esta obligación.

¿Es cierto que se exige realizar la declaración de la Renta por Internet? Sí, pero con algunos matices.

El objetivo de la Agencia Tributaria es eliminar el uso de papel en la presentación de la Renta. Sin embargo, los contribuyentes aún tienen la opción de presentar su declaración de manera telefónica o de forma presencial.

La diferencia radica en que, aunque los contribuyentes pueden acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria, la presentación del borrador se realiza de manera digital y no en formato papel.

Durante la última campaña aquellos que se acercaron a las oficinas recibieron asistencia del personal de Hacienda, quien llevó a cabo la gestión de forma digital para quienes así lo solicitaron.

 

¿Cómo se puede presentar la Declaración de la Renta en 2025?

La campaña de la Renta puede presentarse de forma telemática a través de Internet. Los contribuyentes tienen la opción de realizar sus declaraciones ante la Agencia Tributaria de manera online.

Para realizar la declaración vía online es obligatorio disponer de cl@ve PIN, número de referencia o Certificado Digital.

Además, hay períodos específicos en los que se puede presentar la declaración de la Renta por teléfono. En este caso, es fundamental concertar una cita previa.

En la presentación telefónica el contribuyente cuenta con la ayuda de un gestor de la Agencia Tributaria.

¿Qué pasa si se concierta la cita pero ese día finalmente la persona contribuyente no va a estar disponible? Se puede anular la cita hasta 24 horas antes de la fecha programada.

¿Qué datos fiscales usa Hacienda?

Los datos fiscales del ejercicio 2024 estarán a tu disposición en la web de Hacienda.

Cada año es posible conocer cuáles son los datos fiscales que ha usado Hacienda para confeccionar tu borrador a través de Cl@ve PIN, número de referencia, certificado digital o DNI electrónico.

Para visualizar tus datos fiscales deberás localizar el apartado «Gestiones destacadas» y pulsar el enlace «Datos fiscales».

Los datos que Hacienda utiliza para confeccionar tu borrador son:

  • Domicilio.
  • Capital mobiliario.
  • Cuentas bancarias.
  • Ganancias patrimoniales.
  • Donativos que hayas realizado.
  • Lugares en los que has trabajado.
  • Salario percibido.
  • Gastos en Seguridad Social.

¡Importante! Los datos fiscales estarán disponibles a partir del 19 de marzo.

 

Hacienda permitirá pagar la Declaración Renta en 2025 con Bizum 

¡Novedad importante! Este 2025 la Agencia Tributaria está trabajando en la implementación del pago del resultado de la declaración de la Renta a través de Bizum.

Además, se ha anunciado la incorporación del pago mediante tarjeta bancaria permitiendo el uso tanto de tarjetas de crédito como de débito.

El objetivo de estas medidas es facilitar el proceso a los contribuyentes.

Se espera que ambas opciones estén operativas en la campaña que comenzará en los próximos meses.

 

​Estas son las dos nuevas casillas que habrá en la Declaración de la Renta 

Otra novedad importante de cara a la Declaración de la Renta 2024-2025 es la introducción de dos nuevas casillas: casilla 669 y casilla 701, que buscan simplificar la corrección de errores y la reclamación de pagos indebidos

  • Casilla 669: va a permitir a los contribuyentes expresar su desacuerdo con el criterio de Hacienda sobre el cálculo o resultado de su declaración. Esto facilita la corrección de errores directamente en el formulario, sin necesidad de recurrir a declaraciones complementarias o solicitudes de rectificación
  • Casilla 701: va a facilitar la reclamación de pagos indebidos. Los contribuyentes podrán solicitar la devolución de cualquier cantidad pagada en exceso, ya sea por errores en el cálculo o por otros motivos.

Estas nuevas opciones agilizan los trámites evitando pasos adicionales y simplificando la corrección de discrepancias o reclamaciones.

Ahora si has cometido un error o consideras que has pagado de más puedes rectificarlo directamente en tu declaración ahorrando tiempo y complicaciones.

¿Qué beneficios fiscales tienen los autónomos?

Si eres autónomo es fundamental entender los beneficios fiscales a los que puedes acceder para optimizar tu situación fiscal.

Además de las deducciones que reducen tus ingresos sujetos al IRPF existen otras oportunidades que pueden ser de gran ayuda.

Las exenciones han sido, en las últimas campañas, una de estas oportunidades.

En ciertos casos, como las prestaciones por nacimiento las personas autónomas han quedado exentas de soportar la carga fiscal que normalmente les correspondería en la última declaración presentada.

Esta exención ha representado un alivio significativo para el balance fiscal.

Otro beneficio importante son los tipos impositivos reducidos, como los tipos reducidos de IVA. Estos pueden significar un ahorro significativo en las obligaciones fiscales permitiendo mantener más capital en el negocio.

Además, los aplazamientos de impuestos pueden proporcionar flexibilidad financiera al permitir diferir ciertos pagos tributarios a lo largo del tiempo.

Esto puede ser especialmente útil para gestionar el flujo de efectivo y mantener la estabilidad financiera del negocio.

Más abajo, encontrarás las deducciones aplicables a todo tipo de contribuyentes, pero existen unas deducciones específicas que únicamente son de aplicación a personas trabajadoras autónomas:

  • Deducción por gastos de difícil justificación. A partir de la última Declaración de la Renta ha pasado a ser del 7%. Se aplica a autónomos que tributan el IRPF por estimación directa y no puede superar los 2.000 euros al año de deducción.
  • Deducción por planes de pensiones. Los autónomos también tienen la posibilidad de deducirse hasta un máximo de 4.250 euros si contrataron un plan de pensiones de empleo para autónomos el año anterior.
  • Deducción para autónomos que tienen trabajadores a cargo. Es posible deducirse hasta el 10% en la cuota íntegra por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial.

 

¡Cuidado al hacer tu Declaración de la Renta! Podrían faltar datos en tu borrador

¡Mucho ojo! En cada declaración, cuando accedas a tu borrador de la Renta, debes tener en cuenta que no basta con confirmarlo para presentar tu declaración.

También debes comprobar que los datos sean correctos y confirmar que las deducciones fiscales a las que tengas acceso estén incluidas en el mismo.

En declaraciones de la Renta pasadas se informó de que los borradores solían contener fallos que suponían hasta 300 euros de media.

Ten en cuenta que los borradores se elaboran con los datos que tiene la Agencia Tributaria por lo que pueden faltar o ser inexactos.

Por eso, lo mejor es que siempre te lo tomes con calma y revises tranquilamente el borrador para comprobar que todos los datos sean correctos.

 

¿Qué datos debes revisar antes de presentar y confirmar tu borrador?

Para corroborar que tu borrador es correcto debes revisar los siguientes datos en cada declaración de la Renta:

 

 

Deducciones por maternidad

¿Has sido madre trabajadora en el año a declarar y no solicitaste el pago anticipado? Debes incluir la deducción por maternidad en tu declaración de la Renta.

 

Gastos en ingresos de tus propiedades

Si dispones de un inmueble tendrás que verificar que los rendimientos declarados corresponden con tu situación actual.

Para ello, deberás revisar el porcentaje de titularidad en el caso de bienes gananciales.

 

Bienes transmitidos

Si has vendido algún inmueble a lo largo del año a declarar tendrás que incluir las ganancias o las pérdidas de patrimonio en tu declaración.

¡Importante! Hacienda no admite la compensación de pérdidas en el caso de bienes donados.

 

Arrendamientos

Si el contrato de alquiler es anterior al 1 de enero de 2015 vas a poder deducirte hasta un 10,05%.

Sin embargo, si la fecha del contrato es posterior ya no será posible aplicar la deducción, por lo que es importante revisarlo para no cometer errores.

 

Percepción de subvenciones

¿Has recibido alguna prestación o subvención? Hablamos, por ejemplo, del Kit Digital.

 

Otras situaciones a tener en cuenta

Recuerda siempre revisar a qué deducciones familiares tienes derecho, por ejemplo, si eres familia numerosa tendrás que indicarlo.

Además, es importante que te informes sobre las deducciones autonómicas a la que puedes acceder.

En algunas Comunidades Autónomas se ofrecen deducciones, por ejemplo, para gastos educativos.

Y, por supuesto, compara si te sale más favorable presentar la declaración de la renta de manera individual o conjunta.

También debes tener presentes las siguientes deducciones (se han mantenido en la última declaración de la Renta, aunque habrá que verificar si efectivamente también se pueden aplicar para la próxima declaración):

 

Deducción por planes de pensiones

De momento, se ha mantenido la aportación máxima de 1.500 euros en los planes de pensiones individuales, que puede aumentar en 8.500 euros si se hacen aportaciones a planes de pensiones empresariales.

 

Deducción por invertir en empresas de nueva creación

Si compraste participaciones de una empresa de reciente o de nueva creación se ha podido aplicar una deducción del 50 % con un límite de 100.000 euros anuales.

 

Deducción por trabajar para empresas extranjeras

Si realizaste trabajos para empresas en el extranjero no has tenido que tributar hasta un límite máximo de 60.100 euros anuales.

Importante: esta deducción solo se puede aplicar si el lugar donde se han hecho los trabajos tiene un impuesto similar al IRPF y no es un paraíso fiscal.

 

Deducción por rehabilitación de vivienda

Además, se ha podido aplicar una deducción de hasta un 60% por rehabilitación de vivienda.

 

Deducción por la compra de un coche eléctrico

¿Adquiriste un coche electrónico después del 30 de junio de 2023? Habrás podido deducir un 15 %.

 

Deducción por donativos

Si hiciste alguna donación a ONGs o a entidades religiosas habrás podido aplicar una deducción de:

  • Hasta el 80 % en los primeros 150 euros.
  • Entre el 35 % y el 50 % en las siguientes cuantías.

En nuestro post ¿Qué debes hacer antes de 2025 para pagar menos a Hacienda? detallamos en su momento qué podías hacer para optimizar tu situación fiscal.

Si pese a todos tus esfuerzos cometes algún error al enviar tu borrador, no te preocupes. Se puede modificar tu declaración de la renta y corregir los datos antes de que finalice el plazo de presentación señalado para cada año.

 

¿Quién está obligado a presentar la Declaración de la Renta?

Actualmente, la normativa en materia de IRPF obliga a todos los ciudadanos a presentar la declaración de la Renta, aunque establece que si los contribuyentes no alcanzan una determinada cantidad de rendimientos anuales, no están obligados a hacerlo.

Con el Real Decreto-ley 9/2024 se introducen novedades para reducir las obligaciones tributarias de los perceptores de rentas más bajas.

En particular, se eleva a 2.500 euros la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y demás pagadores.

De esta forma, solo se verán obligadas a presentar la declaración aquellas personas cuyos ingresos anuales superen los 22.000 euros, siempre y cuando los rendimientos del segundo o posteriores pagadores no superen los 2.500 euros.

Además, el mínimo exento de tributación en el IRPF de 15.000 euros se elevó a 15.876 euros.

En la última declaración los contribuyentes que ingresasen menos de dicho importe no han tenido la obligación de presentarla.

Para este año será recomendable que tengas en cuenta todos los pagadores que hayas tenido durante 2024 y recopiles los certificados de trabajo emitidos por estos pagadores.

¡Importante! En 2024 también quedaron exentos de presentar la Renta los grupos de pensionistas beneficiarios de:

  • Una incapacidad permanente.
  • Clases pasivas y pensiones de inutilidad.
  • Pensiones de orfandad y de viudedad si derivan de actos de terrorismo si estas derivan de actos de terrorismo (cuando el grado de discapacidad sea igual o superior al 65%).
  • Pensiones en favor de familiares por incapacidad absoluta del titular.

En cuanto a las personas desempleadas quienes sean beneficiarias de la prestación por desempleo tendrán que presentar la declaración de la renta, independientemente de si cumplen o no el importe mínimo para hacerla.

El Real Decreto-Ley 2/2024 señala que «no presentar la declaración supondrá la pérdida automática del derecho a percibir la prestación por desempleo».

 

 

¿En qué casos no es obligatorio presentar la declaración con dos pagadores?

Si se llega al límite de 15.876​ euros y has tenido 2 pagadores o más estarías obligado a realizar la declaración de IRPF.

Solamente estarías excluido de declarar si superado el límite de 15.876 euros las cuantías percibidas por el segundo pagador y restantes pagadores no suponen más de 1.500 euros.

 

¿En qué casos tendrías dos o más pagadores en la Renta?

La Agencia Tributaria considera que existe más de un pagador cuando las personas trabajadoras han cambiado de empleo a lo largo del año.

También se considera que existe más de un pagador cuando los trabajadores han realizado tareas de manera simultanea en varios empleos, han pasado por un ERTE o han cobrado el paro tras finalizar una relación laboral.

De la misma manera, se incluyen los trabajadores que se hayan jubilado tras haber trabajado ese mismo año. Las pensiones se consideran rentas del trabajo.

 

¿​Tengo que presentar la declaración de la Renta si he cobrado el paro? Novedad en 2025

Esta es una novedad de cara a la próxima declaración de la Renta:

Las personas que sean beneficiarias de la prestación por desempleo tendrán que presentar la declaración de la Renta con independencia de que cumplan o no el importe mínimo para hacerla.

 

¿Qué personas no están obligadas a presentar la Renta?

No van a estar obligadas a presentar la declaración de la Renta:

  • Las personas que perciban pensiones compensatorias o anualidades por alimentos del cónyuge.
  • Aquellas que perciban rendimientos sujetos a un tipo fijo de retención.
  • Quienes perciban rendimientos de un pagador que no estuviese obligado a retener.

 

 ¿Cambian los tramos del Impuesto de la Renta para 2025?

Una de las preguntas más frecuentes es sobre las modificaciones o no de los tramos del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para el ejercicio del año 2024-25.

Parece que los tramos quedarían así:

  • Primer tramo: hasta 12.450 € en el que se paga un 19%.
  • Segundo tramo: hasta 20.200 € con un 24%.
  • Tercer tramo: hasta 35.200 € con un 30%.
  • Cuarto tramo: hasta 60.000 € con un 37%.
  • Quinto tramo: hasta 300.000 € con un 45%.
  • Sexto tramo: a partir de 300.000 € con un 47%.

 

 ¿A partir de qué límites se realiza retención de IRPF?

De momento, solo conocemos los datos aplicados a la última declaración de la Renta 2023-2024.

Según el Real Decreto 142/2024 los límites a partir de los cuales se ha realizado la retención de IRPF han sido los siguientes:

En el caso de las personas contribuyentes solteras, viudas, divorciadas o separadas de manera legal:

  • Si tenían 1 hijo o descendientes: 17.644 euros.
  • Si tenían 2 o más hijos o descendientes: 18.694 euros.

En el caso de personas contribuyentes cuyo cónyuge no obtuviera rentas superiores a 1.500 euros, excluidas las exentas:

  • Si no tenían hijos ni descendientes: 17.197 euros.
  • Si tenían 1 hijo o descendientes: 18.130 euros.
  • Si tenían 2 o más hijos o descendientes: 19.262 euros.

Si se han dado otro tipo de situaciones:

  • Si no tenía hijos ni descendientes: 15.876 euros.
  • Si tenía 1 hijo o descendientes: 16.342 euros.
  • Si tenía 2 o más hijos o descendientes: 16.867 euros.

Es decir, depende de la situación familiar.

 

¿Cómo afectará la próxima Declaración de la Renta a los trabajadores que hayan estado en ERTE?

Si en 2024 una persona se encontró en situación de ERTE esto podrá afectar en su declaración de la Renta. El SEPE sería considerado un segundo pagador.

Esto quiere decir que si superas la cuantía establecida sumando los correspondientes a la empresa y el SEPE se tendrá la obligación de declarar.

Lo que se ha realizado hasta el momento en la última declaración 2023-2024:

Como el SEPE no estaba obligado a retener IRPF en las nóminas inferiores a 15.876 euros los cobros que se hubieran recibido se han podido realizar sin retenciones.

En cambio, si la persona percibió solamente ingresos de ERTE, pero estos no superaron los 22.000 euros, no ha existido obligación de declararlo.

Hay 2 aspectos a tener en cuenta para hacer la declaración de la Renta:

  • Si se trata de un ERTE de reducción de jornada.
  • O si se trata de un ERTE completo.

Si es un ERTE de jornada por tiempo determinado las personas trabajadoras afectadas siguen trabajando aunque con horario reducido.

Entonces, las horas que trabaja un empleado las está pagando la empresa, lo que conlleva la retención del IRPF, mientras que el resto del salario lo paga el SEPE.

En este caso, habrá una retención mínima del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Existe otro tipo de ERTE que conlleva la suspensión temporal del contrato de trabajo.

En esta situación, la prestación por desempleo corre a cargo del SEPE en su totalidad, incluyendo la retención a cuenta del IRPF.

 

Hacienda señala cuáles son las nuevas exenciones en el IRPF que entrarán en vigor en abril

Según han señalado desde la Agencia Tributaria la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, introduce cambios en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que entrarán en vigor el 3 de abril de 2025.

Estas modificaciones afectan principalmente a tres tipos de exenciones fiscales:

 

Exención de indemnizaciones por daños personales

Se amplía la exención de las indemnizaciones por daños físicos o psíquicos, incluso cuando la cuantía no haya sido fijada judicialmente, sino mediante acuerdo de mediación u otro medio de resolución de conflictos.

Para que esta exención aplique se deben cumplir tres requisitos:

  • Que la indemnización la pague la aseguradora del responsable del daño.
  • Que haya intervenido un tercero neutral en el acuerdo y este se haya elevado a escritura pública.
  • Que la cuantía no supere la establecida en la ley sobre responsabilidad civil en accidentes de tráfico.

 

Exención de indemnizaciones por despido o cese del trabajador

Se aclara que las indemnizaciones por despido o cese acordadas en conciliación administrativa previa a la vía judicial están exentas de tributar en el IRPF.

Se confirma que estas indemnizaciones no se consideran establecidas por convenio, pacto o contrato, reforzando un criterio ya aplicado por la administración y los tribunales.

 

Exención de anualidades por alimentos para hijos

Se especifica que las anualidades por alimentos percibidas por los hijos estarán exentas si se establecen en:

  • Convenio regulador aprobado judicialmente.
  • Convenio formalizado ante un Letrado de la Administración de Justicia o un notario.

En este último caso, se aplicará independientemente de si el convenio proviene de un proceso judicial o de otro medio de resolución de conflictos.

Curso de Gestión de Renta, IRPF y novedades fiscales

¿Podrían perjudicarme los errores del SEPE en mi declaración de la Renta?

Durante 2020 el SEPE cometió numerosos errores en el pago de los ERTES pagando a algunos trabajadores incluso en exceso.

Si la situación se repite y te han pagado por encima de lo que te correspondía y esta situación no se ha regularizado con el SEPE, esto podría obligarte a pagar impuestos también por ese exceso y a reclamar posteriormente cuando hagas la devolución.

Si el SEPE inició el proceso de regularización en 2024 para solucionarlo no te afectaría.

En el caso de que no se haya realizado la devolución en 2024 Hacienda te avisará de que tienes esta devolución pendiente. Si conoces el importe exacto podrías reducir los ingresos a declarar.

Pero si no sabes cuánto ha sido exactamente lo que te pagó de más el SEPE o estás a la espera de que te lo indique te tocará tributar de más por culpa de ese exceso y luego solicitar la rectificación.

Un consejo: si todavía no te ha regularizado tu situación el SEPE retrasa todo lo posible tu declaración para que puedas saber la cifra exacta por la que debes tributar.

 

¿La indemnización por despido estaría exenta de declarar?

La indemnización que le corresponde al trabajador por un despido objetivo es de 20 días por año trabajado con un límite de 12 mensualidades.

Si es tu caso debes saber que la indemnización por despido estará exenta de declararse en la Renta si el importe es inferior a 180.000 euros.

Si se superan los 180.000 euros tendrá que declararse como rendimiento del trabajo personal.

Pero ojo, que esta exención está condicionada a la desvinculación del trabajador con la empresa.

Si has trabajado para una empresa y vuelves a prestar servicios para ella o una empresa vinculada, en el plazo de 3 años tras el despido, se entenderá que no existe desvinculación y Hacienda te reclamará las cantidades que correspondan.

 

¿Cómo puedo saber si la declaración me sale a pagar o a devolver?

Puedes saber si tu declaración te sale a pagar o a devolver a través del borrador en la casilla 505 (al final del proceso). Ahí aparecerá una cifra:

  • Si se muestra con el símbolo ‘menos’ significa que Hacienda te va a devolver esa cantidad por haber tributado de más y tener unos porcentajes de retención mayores de lo que corresponde. También puede ser motivado por las deducciones fiscales.
  • Si no aparece dicho símbolo entonces la persona contribuyente va a tener que abonar ese importe. Esto puede suceder cuando las retenciones aplicadas durante el ejercicio fiscal hayan sido menores de lo que correspondería.
  • Si aparece un ‘0’ ni se va a devolver nada ni se tiene que abonar ninguna cantidad.

Además, Hacienda habilitará el simulador “Renta Web Open” donde podrás salir de dudas sobre si la declaración te sale a pagar.

En esta plataforma de AEAT habrá que introducir los datos personales, nacimiento, Comunidad Autónoma donde se resida, hijos menores, hijos sujetos a patria potestad (con edad entre 18 y 24 años) o mayores a cargo.

Con estos datos, el simulador ofrecerá todos los datos. ¡Importante! Esto es un ejemplo, no permite hacer la declaración.

Lo más aconsejable es acudir a un profesional llegado el momento para realizar la declaración de la Renta.

 

¿Cómo puedo conseguir el borrador de la Renta?

Se habilitará la opción de usar la App móvil de AEAT para consultar tus datos fiscales y solicitar el número de referencia necesario para los trámites de la declaración.

Para la pasada declaración de la Renta 2023-2024 fue necesario visitar la página de Hacienda, y dentro de la sección “Campañas”, escoger “Renta 2023”.

Para solicitar el borrador te pedían el número de referencia. Una vez obtenido había que hacer clic en el “Servicio de tramitación de borrador”.

Esperamos que esta información te haya servido para resolver dudas. Seguiremos informándote de todas las novedades.

 

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