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Webinar gratuito Contrato de Formación en Alternancia

Webinar gratuito Contrato de Formación en Alternancia

Grupo2000, en colaboración con el Colegio de Graduados Sociales de Jaén, hemos organizado este webinar para que puedas ponerte al día de todas las novedades para el contrato de formación en alternancia en 2024:

  • Beneficios en Seguridad Social: Descubre por qué es la única modalidad bonificada con la que la empresa no pagaría seguros sociales.
  • Cambios en su gestión: se simplifica y cambian sus trámites en TGSS y SEPE.

La sesión se realizó el 13 de junio por Ángela Labrador, Graduada Social y CMO de Grupo2000. 

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¿A quiénes se dirige el Webinar Contrato de Formación en Alternancia?

Este Webinar está dirigido a graduados sociales, representantes de empresas, asesorías ubicadas en Jaén y todos aquellas personas interesados en descubrir las ventajas de los contratos de formación en alternancia.

 

Contenido del Webinar Contrato de Formación en Alternancia

A lo largo del Webinar aprenderás:

  • Las características y requisitos del contrato de formación en alternancia.
  • Cuáles son las bonificaciones aplicables al contrato de formación en 2024.
  • Cómo se tramita el contrato de formación en alternancia en 2024

 

¿Tienes dudas o deseas obtener más información sobre los contratos de formación o las ayudas para contratar? ¡Contáctanos! Puedes hacerlo en el 958 80 67 60 o a través de nuestro chat en directo.

Nuestro equipo estará encantado de atender todas tus consultas 😉

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Qué requisitos debe cumplir un contrato de formación en alternancia

Qué requisitos debe cumplir un contrato de formación en alternancia

¿Sabías que el contrato de formación en alternancia se ha convertido en una opción de contratación muy ventajosa para empresas y personas trabajadoras?

Además de ofrecer la posibilidad de estar formando a una persona trabajadora en una profesión, la empresa se beneficia de tener un coste 0 euros en los Seguros Sociales durante toda la vigencia del contrato.

¿Quieres saber más? A continuación, detallamos qué requisitos debe cumplir el contrato de formación en alternancia en 2024:

 

¿Qué requisitos debe cumplir un contrato de formación en alternancia 2024?

Analizamos con detalle qué requisitos deben cumplirse para firmar un contrato de formación en alternancia.

 

Requisitos que debe cumplir la persona trabajadora para firmar un contrato de formación en 2024

A continuación, resumimos los que debe reunir la persona trabajadora para poder utilizar este modelo de contrato:

  • Edad: hasta 30 años para Catálogo de Especialidades. Este límite no se aplica para Certificados de nivel 3 y personas con discapacidad reconocida.
  • Estar inscrita como demandante de empleo, al menos 1 día (para poder acceder a las bonificaciones de los seguros sociales).
  • Titulación: No tener la titulación oficial requerida para realizar el puesto de trabajo en cuestión.

Desde Grupo2000 aconsejamos, además, cumplir estos requisitos para realizar la formación adecuadamente:

  • Estar comprometido/a con la formación.
  • Disponer de las competencias tecnológicas básicas para poder realizar una formación online.
  • Tener acceso a Internet.

 

Requisitos que debe cumplir la empresa para firmar un contrato de formación en alternancia en 2024

Por su parte, la empresa deberá cumplir los siguientes requisitos para poder firmar un contrato de formación en alternancia:

  • No tener deuda con Hacienda ni con la Seguridad Social.
  • No haber sido sancionada.
  • Asignar a una persona de la empresa para tutorizar la evolución de la persona trabajadora contratada.
  • Respetar los horarios de trabajo efectivo y de formación.

 

¿En qué casos no se puede realizar el contrato de formación?

No se podrá firmar un contrato de formación:

  • Si la persona ya ha tenido un contrato de formación del mismo sector productivo o especialidad formativa.
  • Si fue contratada en la misma empresa por más de 6 meses.

En cualquier otro caso, ¡no hay problema! Ahora bien, ¿quieres bonificar el contrato de formación? A continuación, te contamos qué requisitos debes reunir.

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¿Se puede bonificar un contrato de formación en 2024?

Así es, el contrato de formación permite aplicar 3 bonificaciones:

  • Una bonificación en las cuotas de la Seguridad Social.
  • Una bonificación del 100% de la formación teórica.
  • Una bonificación adicional en concepto de tutorización de entre 60 y 80€ que variará en función de la plantilla.

Para ello, es importante distinguir según se haya producido su fecha de alta inicial: si fue antes del 1 de septiembre de 2023 o se firmó de manera posterior.

Tienes toda la información que necesitas en nuestra sección cómo bonificar el contrato de formación en alternancia.

 

Requisitos para bonificar un contrato de formación en alternancia en 2024

Es importante que revises el RD Ley 1/2023 para poder bonificar un contrato de formación en alternancia.

Desde el 1 de septiembre de 2023 para bonificar un contrato de formación la empresa debe tener un Plan de Igualdad (siempre y cuando exista obligación de ello según la Ley Orgánica 3/2007).

Además, hay algunos supuestos ante los que no se podrá bonificar el contrato. 

Por ejemplo, cuando se firme con personas que vengan de un contrato indefinido en los 3 meses previos al alta.

En nuestro post requisitos para bonificar un contrato de formación en alternancia en 2024 tienes toda la información detallada para poder acceder a las ventajas que ofrece esta modalidad contractual.

 

¿Cuáles son las principales ventajas de los contratos de formación en alternancia?

Tras las limitaciones a la temporalidad que se incluyeron en la Reforma Laboral el contrato de formación en alternancia se ha convertido en la modalidad favorita para las empresas.

  • El contrato de formación en alternancia permite contratar de 3 meses a 2 años y se ha posicionado como una gran alternativa al contrato temporal.
  • Tiene coste 0 euros en los Seguros Sociales durante su vigencia.
  • No tiene mantenimiento de empleo.
  • No existe límite de contratos de formación por empresa actualmente, por lo que las empresas pueden formalizar el número de contratos de formación que deseen.
  • La compañía puede acceder a una bonificación por transformación en indefinido de hasta 1.764 €/año.

Asimismo, las personas trabajadoras contratadas a través de esta modalidad tienen derecho a la prestación por desempleo y cobertura total de la Seguridad Social.

El contrato de formación aumenta las oportunidades de empleo entre las personas trabajadoras más jóvenes a la vez que les ofrece una formación teórica de calidad.

 

¿Qué características específicas tienen los contratos de formación el alternancia en 2024?

Las características de los contratos de formación en alternancia en 2024 son:

  • La jornada laboral se divide entre formación y trabajo efectivo. 65% de trabajo y 35% de formación durante el primer año. En el segundo año la proporción de trabajo efectivo será del 85% y 15% se dedicará a formación.
  • La duración mínima del contrato de formación en alternancia es de 3 meses y la máxima de 2 años.
  • La formación que recibe la persona trabajadora es obligatoria y deberá disponer de un/a tutor/a en su centro de trabajo y de un/a tutor/a en el centro de formación.
  • No podrá fijarse período de prueba.

 

¿Es posible hacer horas extra en un contrato de formación en alternancia?

Las personas trabajadoras contratadas a través de un contrato de formación en alternancia no pueden hacer horas extra en las empresas ni trabajar en horario nocturno o turnos. Excepto si es necesario debido al tipo de actividad.

El RD Ley 32/2021 introdujo una flexibilización: se permite el trabajo nocturno cuando las actividades para su aprendizaje “no puedan desarrollarse en otros periodos, debido a la naturaleza de la actividad”.

 

¿Cuál es el salario del contrato de formación en alternancia?

Para confeccionar la nómina del contrato de formación se tiene en cuenta el salario establecido en convenio o, en su defecto, el % trabajado respecto al SMI de 2024.

Al salario mínimo se le deben sumar los complementos salariales establecidos en Convenio Colectivo o contrato de trabajo.

El sueldo a recibir por parte de la persona trabajadora según el convenio colectivo no puede ser inferior al 60% durante el primer año o 75% durante el segundo, teniendo en cuenta la cantidad fijada en dicho convenio para ese grupo profesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

En ningún caso, será inferior al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

En cuanto a la base de cotización del contrato de formación en alternancia durante 2024, tras la subida del SMI:

  • Base de cotización mensual 2024: 1.323 euros.
  • Base de cotización diaria 2024: 44,10 euros.

Puedes acceder a más información visitando nuestra página sobre la cotización del contrato de formación en 2024.

¡Importante! Tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley 32/2021, el SEPE publicó unas instrucciones sobre la tramitación del contrato de formación en alternancia que incluían una novedad.

Desde el 30 de marzo de 2022 no se requiere autorización previa de la actividad formativa para iniciar el contrato de formación en alternancia.

Esto permite tramitar el contrato de formación en el  mismo día, sin esperas.

 

¿Quieres conocer más sobre el contrato de formación?

Si deseas formalizar un contrato de formación en alternancia, ¡te ayudamos! Desde Grupo2000 te informamos encantados en nuestro chat online o en el teléfono 958 80 67 60.

Tenemos más de 20 años de experiencia en la tramitación y formación de esta modalidad de contratos.

Grupo2000 es un centro acreditado por el SEPE para impartir la formación del Catálogo de Especialidades.

Ahora la formación es 100% online, sin eventos presenciales. ¡Contáctanos y disfruta de las ventajas del contrato de formación en alternancia!

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Ayudas de hasta 10.000 euros en Cantabria por contrato de formación

Ayudas de hasta 10.000 euros en Cantabria por contrato de formación

¿Eres una empresa cántabra y necesitas contratar personal? Quizá te interese conocer estas ayudas de hasta 10.000 euros en Cantabria por contrato de formación.

Las ayudas vienen recogidas en el Decreto 71/2022, de 21 de julio, que modifica el Decreto 58/2021, de 24 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación juvenil en pequeñas y medianas empresas

Este Decreto continúa activo sin una fecha de finalización establecida.

A continuación, analizamos las ayudas y te contamos qué requisitos debes cumplir para solicitarlas.

¡Importante! Si quieres beneficiarte de esta ayuda, ¡contáctanos! Te asesoraremos en todo lo que necesites y te proporcionaremos las pautas necesarias para firmar el contrato de formación compatible.

¿Cómo son las ayudas para contratos de formación en Cantabria?

Estas ayudas tienen como objetivo principal favorecer la inserción laboral de personas jóvenes desempleadas en el mercado laboral

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¿Qué tipo de contratos pueden ser subvencionables?

Se subvencionarán los contratos de formación formalizados a partir del 30 de marzo de 2022.

En este sentido, la ayuda se podrá realizar para:

  • La formalización de contratos de formación en alternancia de 6 meses de duración mínima e inferior a 1 año.
  • La formalización de contratos de formación en alternancia de 1 año de duración mínima e inferior a 2 años.
  • La formalización de contratos de formación en alternancia por su duración máxima de 2 años.
  • La prórroga de contratos de formación en alternancia de 1 año como mínimo.

 

¿Cuál será la cuantía de las ayudas por contrato de formación en Cantabria?

La cuantía de la subvención será:

  • Por la formalización de contratos de formación en alternancia de 6 meses de duración mínima e inferior a un año: 2.000 euros en el caso de hombres y 2.300 euros en el caso de mujeres.
  • Por la formalización de contratos de formación en alternancia de 1 año de duración mínima e inferior a 2 años: 4.000 euros en el caso de hombres y 4.500 euros en el caso de mujeres.
  • Por la formalización de contratos de formación en alternancia por su duración máxima de 2 años: 9.500 euros en el caso de hombres y 10.000 euros en el caso de mujeres.
  • Por la prórroga de contratos de formación en alternancia de 1 año como mínimo: 4.000 euros en el caso de hombres y 4.500 euros en el caso de mujeres.

Además, las cuantías mencionadas se pueden incrementar en 1.000 euros adicionales cuando en la persona contratada esté bajo alguna de estas circunstancias:

  • Sea víctima de violencia de género.
  • Tenga alguna discapacidad.

De la misma manera, las cuantías pueden experimentar otro aumento de un 25% adicional cuando la contratación la realice una microempresas, con una plantilla inferior a 10 personas, computando la que se contrata o prorroga y por la que se solicita la subvención.

¡Importante! Todos los incrementos previstos serán compatibles entre sí.

Eso sí, únicamente se podrán subvencionar por la misma persona contratada dos solicitudes de subvención, siempre y cuando una de ellas sea por la formalización de una de las modalidades de contrato inicial y la otra por su prórroga.

 

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas para beneficiarse de la ayuda en Cantabria?

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas, las pequeñas y medianas empresas del sector privado, autónomos, autónomas y mutualistas de colegio profesional, así como las entidades privadas sin ánimo de lucro, que:

  • Desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Formalicen los contratos de trabajo subvencionables o sus prórrogas con las personas que cumplas los requisitos establecidos.
  • Estén al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

¿Qué requisitos deben cumplir las personas contratadas?

Las personas que sean contratadas por las empresas que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad.
  • Estar en situación de desempleo en el período temporal exigido.
  • Tener menos de 30 años.

 

¿Es posible sustituir a la persona contratada o se debe devolver la subvención? 

Para esta subvención no es posible sustituir a la persona trabajadora.

 

¿Hasta cuándo se puede solicitar la ayuda?

El plazo de admisión de solicitudes permanecerá abierto de forma continuada, debiendo presentarse cada solicitud de subvención en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha en que se haya producido en Seguridad Social el alta motivada por el contrato o su prórroga.

Las solicitudes deberán presentarse telemáticamente a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Conocías estas ayudas compatibles con los contratos de formación en Cantabria? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

Grupo2000, centro especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Te permitirá contratar hasta 2 años sin costes en los Seguros Sociales.

Y si deseas aprovechar esta oportunidad y firmar un contrato de formación compatible con esta ayuda disponible en Cantabria, ¡estamos aquí para ayudarte! 

Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

¡Te esperamos!

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Estos son los nuevos modelos para presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil

Estos son los nuevos modelos para presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil

El pasado 8 de mayo, se publicaron en el BOE dos resoluciones que modifican los modelos de presentación en el Registro Mercantil de cuentas anuales individuales y cuentas anuales consolidadas.

Se trata de:

  • Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.
  • Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación.

Estos son los nuevos modelos para presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil.

Analizamos sus novedades, más abajo:

 

¿Cuáles son las modificaciones que afectan a los modelos de cuentas anuales?

Hay que destacar las siguientes modificaciones:

Cambios en la hoja de identificación:

  • La primera (que afecta a todos los modelos) es la eliminación de la información sobre el porcentaje de mujeres en el órgano de administración. En su defecto, se sustituye por dos nuevas informaciones:
    • El número de mujeres.
    • El total de miembros del órgano de administración.
  • Se incluyen test adicionales sobre el número de mujeres en el órgano de gobierno.

 

Cambios en el modelo Normal

  • En segundo lugar, se produce un cambio que afecta de manera exclusiva a la memoria normal. Se modifica el apartado 27 de la memoria y su cuadro normalizado M27 para incorporar información sobre:
    • El número de facturas.
    • Importes de las facturas, siempre y cuando su plazo se encuentre dentro del plazo establecido por el artículo 4 de la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
    • También se informará de los porcentajes que supongan los cálculos sobre el número total de facturas e importes.

 

Cambios en el modelo Pyme

  • En tercer lugar, hay otra modificación que en este caso afecta al modelo pyme eliminando de la parte voluntaria de la hoja medioambiental la referencia a las «emisiones alcance 3».
  • El resto de información continúa siendo de cumplimiento voluntario.

A continuación, detallamos qué modificaciones afectan a los modelos de cuentas anuales consolidadas.

Curso práctico del Impuesto de Sociedades. Incluye novedades 2024

¿Qué modificaciones afectan a los modelos de cuentas anuales consolidadas?

Estas modificaciones afectan a la memoria en su apartado 31 sobre la información del pago a proveedores durante el ejercicio.

  • Se incorpora información sobre el número de facturas e importes de las mismas cuyo plazo de pago esté dentro del plazo establecido por el artículo 4 de la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
  • Además, se introducen nuevos test de errores con el objeto de mejorar la calidad de la hoja IDC2.1 y IDC2.2 de identificación de la estructura del grupo.
  • Igualmente, cuando el grupo sujeto a la obligación de depositar las cuentas anuales consolidadas decida presentarlas en formato electrónico único europeo tendrá que realizarlo mediante la generación del fichero correspondiente, que deberá cumplir las normas y especificaciones de acuerdo a la Taxonomía XBRL del formato ESEF.

 

¿Desde cuándo es obligatorio usar los nuevos modelos para presentar las cuentas anuales?

El uso de los nuevos modelos aprobados será obligatorio para cuentas anuales formuladas y aprobadas por los sujetos obligados, que sean presentadas en el Registro Mercantil para su depósito con posterioridad a la publicación de la Resolución.

Por lo tanto, será obligatorio para las cuentas depositadas a partir del 8 de mayo.

 

Si en mi empresa ya he anticipado las cuentas anuales 2023, ¿tengo que volver a depositarlas en el Registro Mercantil?

No, las empresas que se hayan anticipado y ya tengan sus cuentas anuales del ejercicio 2023 depositadas en el Registro Mercantil no van a tener que volver a realizar su presentación.

Únicamente será obligatorio usar los nuevos modelos para las cuentas anuales formuladas y aprobadas por los sujetos obligados, presentadas a partir del 8 de mayo.

¿Estabas al tanto de estas novedades? Esperamos que este post te resulte útil. No olvides dejarnos tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

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FUNDAE actualiza los créditos para formación bonificada 2024

FUNDAE actualiza los créditos para formación bonificada 2024

Según informa la entidad a través de su página web, FUNDAE actualiza los créditos para formación bonificada 2024 para empresas.

Desde el 11 de mayo, FUNDAE ha comenzado a cargar en su plataforma los datos correspondientes a la plantilla media que tuvieron las empresas durante 2023 y cuotas de formación profesional del pasado ejercicio, tras cruzar sus datos con Seguridad Social.

En base a estos datos, tu empresa ya puede saber cuál es el crédito real que le corresponde para realizar formación bonificada durante 2024.

 

¿Qué ocurre si en FUNDAE mi empresa aparece con los datos de cotización y plantilla pendientes de validar?

Desde FUNDAE avisan que es posible que haya empresas a las que, al consultar su crédito, les salga un aviso sobre sus datos de cotización y plantilla como pendientes de validar.

Esto te va a ocurrir si tu empresa es de nueva creación en 2024.

Si tu empresa no es nueva y recibes este mensaje, podría ser debido a modificaciones en la sociedad el año pasado o a un error en el CIF o número de cuenta de cotización.

Es importante que verifiques lo siguiente:

  • Que todas las cuentas de cotización de tu empresa estén correctamente registradas, ya que esto afecta al crédito asignado.
  • Que el NIF de tu empresa sea el correcto.

En el caso de que tu empresa sea una de las afectadas, te recomendamos contactar lo antes posible con FUNDAE para corregir esa información, para que aparezca correctamente en la aplicación.

Podrás realizar la comunicación a través del apartado de «Observaciones» de empresa, adjuntando la documentación necesaria que acredite los datos correctos.

Así podrás beneficiarte de la realización de formación bonificada para tus trabajadores.

Es posible incluso que hayas recibido un mensaje desde la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo directamente en tu buzón de comunicaciones, desde su aplicación.

Te recomendamos consultarlo.

Nuestro equipo puede hacer las gestiones del crédito de formación bonificada 2024 por ti. Estamos aquí para ayudarte en todo el proceso.

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¿Qué crédito tiene mi empresa para hacer formación en 2024?

Todas las empresas españolas tienen derecho a realizar formación bonificada para sus personas trabajadoras.

Con este fin se les asigna un crédito anual, que varía en función de las cotizaciones y plantilla que hayan tenido durante el ejercicio anterior.

Las pequeñas empresas de hasta 5 personas en plantilla y de nueva apertura disponen de un crédito de formación bonificada mínimo 420 €.

Es una forma de garantizar que, aunque hayan cotizado poco, puedan acceder a formación que les permita adquirir nuevos conocimientos y ser más competitivas y eficientes.

Para empresas con más plantilla, el crédito se calculará en función del volumen de plantilla durante el año 2023:

  • De 1 a 5 personas trabajadoras: disponen de una cantidad mínima de 420 €.
  • De 6 a 9 personas en plantilla: 100% de la cantidad cotizada.
  • De 10 a 49 personas empleadas: 75% de la cantidad cotizada.
  • De 50 a 249 personas trabajadoras: 60% de la cantidad cotizada.
  • Empresas con plantillas de 250 personas en adelante: 50% de la cantidad cotizada.

El crédito de formación bonificada que corresponde a cada tipo de empresa se establece en los Presupuestos Generales del Estado del año correspondiente.

De momento, la Ley PGE 2024 no se ha publicado, por lo que se mantienen las cuantías y porcentajes del año anterior.

 

¿Cómo usar el crédito para formación bonificada en 2024?

Grupo2000 es un centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir formación programada para las empresas o formación bonificada.

Nuestro centro de formación se encarga de todo el proceso formativo y gestiones, incluyendo los trámites con FUNDAE.

Disponemos de un amplio catálogo de cursos de formación bonificada que te ayudará a cumplir con tus obligaciones formativas y a formar a tu plantilla en las competencias más novedosas.

Contamos con cursos especializados en impulsar medidas de igualdad o prevención de riesgos laborales, entre otros ámbitos.

Por ejemplo, puedes aprovechar el crédito de formación bonificada 2024 para ofrecer a tu plantilla cursos obligatorios, como los siguientes:

También puedes aprovechar para mejorar las habilidades de tu equipo con cursos como el de Excel 2019 básico, o proporcionar conocimientos específicos en sectores que suelen generar muchas dudas, como el Curso de Régimen Especial del Sistema Agrario.

 

¿Y si no voy a gastar mi crédito de formación bonificada en 2024?

¿Qué ocurre si no vas a poder gastar el crédito de formación bonificada 2024 este año? Existe una alternativa para empresas de menos de 50 personas trabajadoras.

Si no sabes si vas a utilizar tu crédito de formación bonificada 2024 tienes la posibilidad de guardarlo para el siguiente año.

Es decir, hasta el 30 de junio de 2024 FUNDAE te ofrece la posibilidad de marcar la casilla «acumular el crédito» para el año siguiente.

Si marcas esta casilla puedes gastar tu crédito este año y si no lo haces no lo vas a perder, podrás usarlo en 2025.

¿Tienes dudas? Contacta con nosotros en el teléfono 958 80 67 60 o escríbenos a nuestro chat online, ¡te ayudamos!

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