¿Puedo realizar un contrato de formación si hay deuda con TGSS?

¿Puedo realizar un contrato de formación si hay deuda con TGSS?

Hoy solventamos una duda muy frecuente: ¿puedo realizar un contrato de formación si estoy en situación de deuda con TGSS?

Una empresa que tiene deudas con la Seguridad Social, sí puede contratar mediante contrato de formación en alternancia, pero antes debe tener en cuenta varias cuestiones.

Más abajo, te contamos cómo formalizar un contrato de formación en alternancia aunque haya deuda en TGSS.

Además, te informamos de una novedad: Seguridad Social ha introducido un servicio esencial para los autónomos, permitiéndoles acceder a informes sobre sus deudas.

¿Quieres saber cómo consultar las deudas de autónomos con TGSS?

Tienes toda la información, más abajo.

 

¿Se puede hacer un contrato de formación en alternancia con deuda en TGSS en 2024?

Sí, es posible formalizar un contrato de formación en alternancia si hay deuda en TGSS, pero hay que tener en cuenta:

  • Al tener deuda con la Seguridad Social o Hacienda al inicio del contrato de formación en alternancia, no va a poder beneficiarse de la bonificación de las cuotas en los Seguros Sociales durante la vigencia del contrato.
  • Afectará al derecho a bonificar el importe de la formación teórica mensual. Los importes de los saldos acreedores correspondientes a estas cantidades bonificadas se emplearán para compensar las deudas que la empresa haya contraído hasta la fecha con la Seguridad Social, siempre y cuando los Seguros Sociales se ingresen dentro del plazo reglamentario.

Por tanto, si es el caso de tu empresa, y vas a contratar mediante contrato de formación en alternancia, antes de firmar te recomendamos contactar con la Administración de la Seguridad Social, y solucionar la deuda previamente.

Ya que, aunque quede solucionada, si has contratado con fecha anterior al abono de la deuda, no tendrás derecho a la bonificación de los Seguros Sociales.

Si solicitas un aplazamiento de la deuda con la Seguridad Social, desde el momento en que se concede el aplazamiento, se te considerará al corriente del pago de tus obligaciones.

Una vez concedido sí podrás acceder a todas las bonificaciones del contrato de formación, por lo que éste tendrá un coste 0 euros en las cuotas de los Seguros Sociales durante su vigencia.

Ahora bien, Seguridad Social ha incluido una novedad para que sea más sencillo consultar las deudas con TGSS.

Banner contratos de formación en alternancia Grupo2000

¿Cómo pueden los autónomos consultar sus deudas con Seguridad Social?

Los autónomos tienen la opción de obtener un informe en el que aparezcan detalladas las deudas que tienen con TGSS.

El nuevo servicio de la Seguridad Social les permite acreditar que están al corriente con TGSS.

Dentro del Sistema RED, en el apartado ‘Certificados e informes de deuda’, en ‘Cotización online’, podrán hacer clic en:

  • Solicitud de certificados e informes de deuda.
  • Consulta de certificados e informes de deuda.

 

¿A quién va dirigido el nuevo servicio de Seguridad Social?

El nuevo servicio de Seguridad Social va dirigido a cualquier persona física o jurídica que quiera obtener el certificado de estar al corriente con TGSS o el informe de deuda.

Además, ofrece la posibilidad de obtener una lista de los certificados e informes emitidos durante un período seleccionado.

Tanto los empresarios como los ciudadanos pueden acceder a la información solicitada, así como a la obtenida por sus apoderados o autorizados RED.

Los apoderados y autorizados RED solo pueden ver la información solicitada por ellos a través de este sistema.

 

¿Para qué sirve el informe de deudas de autónomos con Seguridad Social?

Este documento es parte fundamental y permitirá obtener un informe genérico o un informe para:

  • La financiación de una entidad bancaria. Por ejemplo, sirve para acceder a un préstamo o crédito.
  • Participar en un concurso de una licitación o contratar con entidades del servicio público.
  • Solicitar ayudas y subvenciones, o bonificar contratos como el caso de la bonificación en los contratos de formación.
  • Subcontratar servicios.

 

¿Qué tipos de certificados pueden obtener los autónomos?

Podrán obtener:

  • Un certificado genérico.
  • Un certificado para solicitar ayudas o subvenciones. Permitirá acreditar que no hay deudas con TGSS.
  • Un certificado para la subcontratación. Este certificado es necesario para cumplir con el artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Un certificado para la licitación de un contrato con la Administración.
  • Un certificado de deuda a una fecha anterior para acreditar que la persona autónoma está al corriente de una deuda anterior.

 

¿Cómo obtener el informe de deudas con la Seguridad Social?

Para obtener el informe de deudas con TGSS los autónomos tendrán que entrar en la página web de la Seguridad Social e identificarse a través de Cl@ve, SMS, DNI o Certificado Digital.

El autónomo podrá acceder a dos documentos:

  • Documento de estar al corriente de pago.
  • Documento de deudas con TGSS.

 

¿Es posible solicitar el aplazamiento de la deuda en Seguridad Social?

Si, para solventar tu deuda puedes realizar el abono de manera virtual a través del pago con tarjeta.

Recuerda que es fundamental estar al día con la Seguridad Social, ya que de no ser así las consecuencias pueden ser graves y estarás obligado a pagar multas por incurrir en una infracción.

¿Qué te ha parecido este post? Déjanos tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!

Banner contratos de formación en alternancia Grupo2000
¿Hasta qué edad se puede realizar un contrato de formación en 2024?

¿Hasta qué edad se puede realizar un contrato de formación en 2024?

Hoy queremos aclarar varias dudas que nos habéis planteando sobre los requisitos para formalizar un contrato de formación, en concreto, sobre la edad máxima permitida. ¿Hasta qué edad se puede realizar un contrato de formación en 2024?

En este artículo, te contamos con qué edad se puede formalizar este contrato y cuál es la normativa vigente en cuanto a su regulación.

 

¿Cuál es la edad permitida para realizar un contrato de formación en 2024?

Según el RD Ley 32/2021, la edad máxima para realizar un contrato de formación es de hasta 30 años, aplicable a Certificados de Profesionalidad de nivel 1, 2 y Catálogo de Especialidades.

Este requisito se exige para contratos vinculados con el nivel 3 ni para personas con discapacidad reconocida o en situación de exclusión social. En estos casos, no hay límite de edad, como detallaremos a continuación.

El requisito de la edad se aplica para contratos formalizados a partir del 30 de marzo de 2022, fecha en la que entró en vigor la normativa.

En otras palabras, desde marzo de 2022 se amplió la edad del contrato de formación, pasando de 25 a 30 años, inclusive.

Recordamos que en 2018, se limitó la realización de estos contratos, permitiéndose únicamente para personas de hasta 24 años inclusive (Disposición Derogatoria Única del Real Decreto Ley 28/2018).

No obstante, la Reforma Laboral volvió a ampliar la edad permitida.

Esta ampliación de la edad abrió la posibilidad para que más personas jóvenes accedieran al empleo a través de esta modalidad de contrato.

El contrato de formación en alternancia se ha consolidado como la gran alternativa a la temporalidad y como la mejor opción para impulsar la inserción laboral de trabajadores jóvenes.

Por lo tanto, en respuesta a la pregunta: ¿cuál es el límite de edad para un contrato de formación en 2024? Se puede formalizar un contrato de formación en alternancia con jóvenes de hasta 30 años.

A continuación, veremos los colectivos que estarían excluidos de esta limitación:

 

Banner contratos de formación en alternancia Grupo2000

¿Se puede hacer un contrato de formación a personas con más de 30 años? ¿A qué colectivos no se aplica el límite de edad?

Según la normativa vigente no existe límite de edad cuando la persona contratada realice formación vinculada a:

  • Certificados de Profesionalidad de nivel 3.
  • Estudios universitarios.
  • FP.
  • O cuando el contrato de formación en alternancia se celebre con personas con discapacidad reconocida.

Además, no se exige requisito de edad en el caso de personas en situación de exclusión social, según lo establecido en la Ley 44/2007, cuando sean contratadas por empresas de inserción que estén cualificadas y activas en el registro administrativo que corresponda.

 

¿Qué normativa regula la edad del contrato de formación en 2024?

La normativa que regula la edad del contrato de formación en 2024 se encuentra establecida en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores.

Este artículo, modificado por el Real Decreto-ley 32/2021, especifica lo siguiente:

«En el supuesto de que el contrato se suscriba en el marco de certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2, y programas públicos o privados de formación en alternancia de empleo–formación, que formen parte del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo, el contrato solo podrá ser concertado con personas de hasta treinta años».

«El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad ni con los colectivos en situación de exclusión social previstos en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, en los casos en que sean contratados por parte de empresas de inserción que estén cualificadas y activas en el registro administrativo correspondiente«.

 

¿Cómo tramitar los contratos de formación para personas con 30 años o más en Sistema Red y Contrat@?

Seguridad Social informó, tras habilitarse los campos que permiten dar de alta en Sistema RED contratos de formación en alternancia para personas que realicen estudios universitarios, de FP o certificados de profesionalidad de nivel 3 asociados al contrato, las claves requeridas.

Estas son las claves a indicar en Sistema RED:

  • 9935: CT FORMACIÓN ALTERNANCIA – CERTIFICADO PROFESIONALIDAD NIVEL 3
  • 9936: CT FORMACIÓN ALTERNANCIA – ESTUDIOS UNIVERSIDAD/FP.

En el caso de los contratos de formación en alternancia con formación de catálogo de especialidades, se puede dar el alta con los trámites habituales.

En nuestra página ¿Cómo tramitar el contrato de formación en alternancia en 2024? tienes todos los detalles.

Pero si la persona a contratar tiene una edad de 30 años, aunque la norma indica «hasta 30 años», están surgiendo problemas cuando se superan los 29 años.

En estos casos, para dar de alta tendrías que solicitarlo por Casia y esperar.

Algunos contratos están siendo aprobados y otros no por lo que esperamos que se solucione pronto la situación.

 

¿Puedo prorrogar el contrato de formación si el trabajador cumple más de 30 años?

La duración de los contratos de formación en alternancia es de mínimo 3 meses y máximo 2 años, debiendo formalizarse en un sólo contrato, sin prórrogas.

Excepto si no se ha agotado la duración máxima y es necesario prorrogar para que finalice su formación.

Desde Grupo2000 te aconsejamos formalizar el contrato de formación con la duración máxima desde el inicio.

Si cuando se formalizó el contrato inicial esa persona tenía 30 años o menos, si se va a realizar la prórroga, sí sería posible. Ya que en el momento del alta inicial sí se cumplía el perfil.

 

Grupo2000, centro de formación especializado en el contrato de formación en alternancia

Grupo2000 somos un centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación del contrato formativo en modalidad online a nivel nacional.

Si deseas realizar un contrato de formación, te recomendamos contactar con nosotros antes incluso de seleccionar el candidato.

Nuestra Agencia de Colocación lo seleccionará gratis para ti y, además, se asegurará de que cumpla el perfil para esta modalidad. Este proceso te ahorrará mucho tiempo y trabajo.

La persona trabajadora recibirá formación de Catálogo de Especialidades sobre la ocupación que desempeña en su puesto. Es una formación 100% online y sin eventos presenciales.

Nosotros nos encargamos de todo. Llámanos al 958 80 67 60 o escríbenos a nuestro chat online.

¿Conocías qué edad hay que tener para hacer un contrato de formación en 2024? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

Banner contratos de formación en alternancia Grupo2000
Las empresas están obligadas a dar formación contra la violencia sexual

Las empresas están obligadas a dar formación contra la violencia sexual

Desde octubre de 2022 y tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022 las empresas están obligadas a dar formación contra la violencia sexual a su plantilla.

Sin embargo, uno de los desafíos clave radica en que muchas empresas aún no están al tanto de este requisito, lo que dificulta su cumplimiento.

Con el objetivo de facilitarte la tarea de mantener al día tus responsabilidades en materia de igualdad, en este artículo repasamos las principales novedades que introdujo esta normativa y cómo puedes llevar a cabo su implementación de manera efectiva.

 

¿Qué novedades laborales introdujo la Ley Orgánica 10/2022?

La Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual estableció nuevos derechos y obligaciones, te los resumimos a continuación:

Recogió nuevos derechos para las trabajadoras víctimas de violencia sexual, que pueden solicitar:

  • Reducción de su jornada.
  • Re-ordenación de su tiempo de trabajo.
  • Adaptación de su puesto de trabajo y los apoyos que necesiten por razón de su discapacidad para la reincorporación.
  • Cambio del centro de trabajo.
  • Movilidad geográfica.
  • Suspensión de la relación laboral con reserva de su puesto de 6 meses. Esta suspensión podrá ser prorrogada hasta un máximo de 18 meses por un juez.
  • Extinguir el contrato laboral.

Las víctimas de violencia sexual tienen derecho a acceder a la protección por desempleo. Si se trata de una autónoma que cesa su actividad por motivos de protección o asistencia social puede solicitar el cese temporal de actividad.

Las ausencias o faltas de puntualidad a causa de situaciones físicas o psicológicas que tengan su origen en violencia sexual están remuneradas y se van a considerar justificadas cuando se establezca por los servicios de salud o servicios sociales.

La trabajadora tiene que comunicar las citadas ausencias a la empresa lo antes posible.

El contrato de interinidad para cubrir a víctimas de violencia sexual está bonificado en las cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes durante todo el periodo de suspensión.

Si se trata de una movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo, se puede aplicar la bonificación hasta 6 meses.

Las autónomas TRADE víctimas de violencia de género o sexual pueden adaptar su horario y suspender su contrato por motivos relacionados con la violencia sexual.

La violencia sexual puede ser causa de extinción del contrato.

El periodo de suspensión con reserva de puesto por violencia sexual se va a considerar como cotizado de cara a futuras prestaciones como incapacidad, jubilación, maternidad, desempleo, etc.

Las empresas deben formar a su plantilla para la protección integral contra la violencia sexual.

 

Banner Curso Proteccion Integral Contra Las Violencias Sexuales Grupo2000

Las empresas están obligadas a dar formación para la protección integral contra la violencia sexual

El artículo 12 de la Ley Orgánica 10/2022 fijó las medidas para la prevención y sensibilización en el ámbito laboral frente a la comisión de delitos y conductas contra la libertad sexual e integridad moral en el trabajo, especialmente en lo relativo al acoso sexual y por razón de sexo.

El texto introdujo una nueva obligación para las empresas, que se sumó a la de establecer medidas para la prevención del acoso laboral sexual o por razones de género, indicando que:

«Las empresas promoverán la sensibilización y ofrecerán formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio«.

Por tanto, desde octubre de 2022 las empresas deben ofrecer a toda su plantilla formación contra las violencias sexuales.

Como comentábamos al inicio, aún existen compañías que no están cumpliendo con su deber.

Es muy importante que te pongas al día con tus responsabilidades, ya que desde Inspección están vigilando las obligaciones en materia de igualdad que tienen las empresas.

Además, el citado artículo introdujo la obligación de implantar procedimientos específicos para la prevención de estas conductas y un canal de denuncias para las víctimas, que debe contemplar también los casos que se produzcan en el ámbito digital.

De igual forma, es importante tener presente una obligación introducida en la Ley Orgánica 3/2007: todas las empresas deben establecer medidas para prevenir la violencia de género o por razón de sexo.

Para ello, las compañías pueden incluir medidas para la prevención de la violencia sexual, difundir códigos de buenas prácticas, realizar campañas informativas o formar a su plantilla.

Estas obligaciones se suman a otras medidas que deben cumplir las empresas, como el Plan de Igualdad o el Registro Retributivo.

Puedes encontrar toda la información en el post ¿Cuáles son las obligaciones de igualdad para tu empresa?

¿Qué te parecen estas medidas, crees que serán positivas? ¡Nos encantará leer tus comentarios!

 

Desde Grupo200 te ayudamos a cumplir con las obligaciones de igualdad para tu empresa

En Grupo2000 te proporcionamos todos los servicios en materia de igualdad que requiere tu empresa.

Te ayudamos a crear el Plan de Igualdad y te damos las pautas necesarias para implementarlo de forma satisfactoria según la normativa vigente.

Además, te asesoramos en la realización del Registro Retributivo, elaboración del Protocolo de Prevención y te ayudamos en la implementación de un canal de denuncias efectivo.

¿Necesitas formar a tu plantilla? En Grupo2000 disponemos, además, de un amplio catálogo de cursos de igualdad para sensibilizar a tu personal.

Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

Banner Solicita Tu Plan De Igualdad Grupo2000
Cómo transformar en indefinido un contrato de formación en 2024

Cómo transformar en indefinido un contrato de formación en 2024

Hoy vamos a resolver una de las dudas que más nos planteáis: ¿Cómo transformar en indefinido un contrato de formación en 2024?

Haces unos meses, tras la entrada en vigor del RD Ley 1/2023, se produjeron algunos cambios en las cuantías de bonificación por la transformación y los trámites para comunicarlo en Sistema RED.

En este artículo te contamos todos los detalles y los pasos para transformar el contrato de formación en alternancia en indefinido.

Banner contratos de formación en alternancia Grupo2000

¿Qué bonificaciones aplico por transformar un contrato de formación en indefinido?

El contrato de formación en alternancia tiene una duración máxima de 2 años. Durante toda la vigencia del contrato, la empresa se beneficia de una bonificación en los seguros sociales.

Una vez que se agota la duración máxima permitida para este tipo de contrato, la empresa puede transformar en indefinido el contrato y aplicar una bonificación en los seguros sociales durante los 3 años siguientes.

El Real Decreto Ley 1/2023 modificó en septiembre de 2023 las cuantías de bonificación por transformación y requisitos.

Por transformar un contrato de formación en alternancia en indefinido, la empresa tiene derecho a aplicar una bonificación de 128 € al mes durante los 3 años siguientes, 147 €/mes, si es mujer.

Es decir, la empresa podría bonificar 1.536 € al año por la transformación a indefinido, 1.764 €/año, si es mujer.

En el caso de que el contrato indefinido sea a tiempo parcial la bonificación se calcula proporcionalmente. Por ejemplo, si es a media jornada la bonificación será de 768 euros anuales.

Para poder beneficiarte de estas bonificaciones es imprescindible que se cumplan los nuevos requisitos para estas transformaciones en indefinido, los vemos a continuación:

 

¿Qué requisitos debe cumplir la transformación del contrato de formación en alternancia para acceder a la bonificación?

Para que la transformación de un contrato de formación en indefinido tenga derecho a esta ayuda, es imprescindible que la transformación se realice al finalizar el contrato inicial y no antes.

El RD Ley 1/2023 introdujo una nueva obligación para aplicar la bonificación de la transformación: la empresa deberá mantener el empleo de la persona a la que realiza la transformación de contrato a indefinido durante 3 años.

Además, la empresa deberá cumplir estos requisitos para bonificar:

  • Debe estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda o Seguridad Social.
  • No puede haber sido excluida de la aplicación de beneficios en los seguros sociales.
  • Tiene que contar con un plan de igualdad implantado y registrado, si la empresa está obligada a tener el plan de igualdad (LO 3/2007).
  • No puede haber realizado un despido reconocido improcedente o despido colectivo de un contrato bonificado en los 12 meses previos.
  • El contrato indefinido tendrá una jornada de al menos un 50%.
  • No se podrá bonificar la contratación de carácter especial o a familiares de hasta segundo grado de consanguinidad.

Si tu empresa cumple estos requisitos, continúa leyendo para ver las instrucciones paso a paso para transformar el contrato de formación en alternancia en indefinido.

 

¿Cómo transformar un contrato de formación en indefinido en 2024?

Muy importanteHay que hacer la transformación al finalizar el contrato de formación en alternancia.

No se puede realizar la transformación antes o haber días intermedios entre el contrato de formación en alternancia o el indefinido, ya que si se dejan días de diferencia entre la transformación y la finalización no se podrá aplicar este beneficio.

Este trámite sería similar a la transformación de un contrato temporal normal: se realiza a través de Sistema RED modificando el tipo de contrato el mismo día de finalización del contrato de formación en alternancia.

Estas son las instrucciones facilitadas por Seguridad Social en los últimos boletines RED:

 

Trámites en Seguridad Social

A continuación te indicamos los campos que tienes que completar en la afiliación del trabajador en Seguridad Social para transformar el contrato de formación en alternancia y te mostramos un ejemplo.

Accede en afiliación de Sistema RED y haz clic en «Cambio de contrato/Tipo de coeficiente».

Más adelante, tendrás que incluir el número de afiliación y todos los detalles de cotización. Al continuar, podrás hacer la variación de datos para la transformación.

Importante: recuerda borrar el código 087 de la casilla de exclusión de cuotas que aparecerá en el contrato de formación en alternancia a transformar antes de realizar el cambio. Es un error muy habitual no eliminarlo, si no lo haces, no te dejará realizar la gestión.

Tipo de contrato a indicar: el código 109, si es una transformación a contrato indefinido a jornada completa o 209, si va a estar a tiempo parcial.

Es fundamental que el contrato que estés transformando en Sistema RED proceda de un modelo de contrato 421.

Aquí puedes ver un ejemplo de la variación de datos que tienes que realizar en sistema RED para transformar el contrato de formación de forma indefinida.

 

Ejemplo de cómo Transformar un Contrato de Formación en Indefinido en Sistema Red

Trámites en Contrata

También tendrás que comunicar el cambio de contrato al SEPE, para ello, accede a Contrat@.

Haz clic en la sección de «Comunicación de contratación», en el apartado «a través de la comunicación de datos».

Te aparecerán diferentes opciones, escoge «Transformación a indefinido».

A continuación, tendrás el campo para incluir el identificador del contrato.

En el desplegable que encontrarás selecciona el código de contrato 109, si el contrato de formación se transforma en indefinido a tiempo completo, 209, si se transforma en indefinido a jornada parcial y 309, para fijos discontinuos.

Marca la casilla de bonificación de cuotas, e indica el colectivo al que pertenece para acceder a la ayuda: Transformación indefinido mujer/hombre.

 

¿Si se transformó un contrato de formación antes de septiembre de 2023, se está obligado al mantenimiento de empleo?

Si el contrato de formación en alternancia se transformó antes del 1 de septiembre de 2023 no te afectarían los nuevos requisitos para bonificar, ni el mantenimiento de empleo.

La Disposición Transitoria Primera del RD Ley 1/2023 establece que a las transformaciones suscritas antes de septiembre les es de aplicación la normativa vigente en el momento de la variación de datos o transformación.

En el caso de que tengas un contrato de formación en alternancia anterior a septiembre de 2023 y quieras transformarlo en indefinido ahora, como ya han entrado en vigor los cambios, sí tendrías que mantener el empleo de esa persona durante 3 años (si deseas bonificar).

 

¿Qué ocurre si se incumple el mantenimiento de empleo?¿En qué casos no se considera incumplido?

Si estás bonificando los seguros sociales del contrato transformado, pero incumples el mantenimiento de empleo o alguno de los requisitos anteriores, Seguridad Social te exigirá la devolución de las cantidades aplicadas, junto al correspondiente recargo e intereses de demora.

No obstante, la norma prevé algunas situaciones en las que no se entenderá incumplido el mantenimiento del empleo:

Extinciones por causas objetivas, despidos disciplinarios o colectivos no declarados improcedentes, dimisión, no superar el periodo de prueba, jubilación, muerte, incapacidad, extinción por jubilación, muerte, incapacidad absoluta, total o gran invalidez del empresario/a.

Tampoco te afectará a efectos de cómputo del mantenimiento del empleo el fin de llamamiento para los contratos fijos discontinuos, subrogaciones por causas legales, o extinciones de centros especiales de empleo cuando la persona discapacitada pasa a una empresa ordinaria.

 

Grupo2000 es un centro de formación acreditado por el SEPE para impartir la formación del contrato de formación en alternancia

Si necesitas ayuda para realizar un contrato de formación en alternancia, o alguno de estos trámites, nuestro equipo te atiende encantado en el teléfono 958 806 760, o nuestro chat online.

Banner contratos de formación en alternancia Grupo2000
Modelo de contrato de formación en alternancia en 2024. Descárgalo aquí

Modelo de contrato de formación en alternancia en 2024. Descárgalo aquí

Tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley 1/2023 se modificó el modelo de contrato de formación en la página web del SEPE para acogerse a la legislación actual. ¿Necesitas acceder a este nuevo modelo de contrato?

Modelo de contrato de formación en alternancia en 2024. Descárgalo aquí.

El nuevo modelo de contrato de formación en alternancia ya no incluye la reducción de cuotas.

Es decir, no tendrás que marcar, como sucedía hasta hace unos meses, si el contrato de formación se acoge a la reducción de cuotas según el artículo 3 de la Ley 3/2012.

A continuación, te contamos todos los detalles.

Además, más abajo, encontrarás todas las novedades y podrás descargar el modelo oficial de contrato de formación en alternancia.

 

Así es el nuevo Modelo Oficial de Contrato de Formación en Alternancia del SEPE en 2024

Hay que recordar que tras la entrada en vigor de la Reforma Laboral el modelo del contrato de formación se adaptó a las características y requisitos del contrato de formación tras el RD Ley 32/2023.

Después, tras la entrada en vigor del RD Ley 1/2023, el modelo de contrato de formación se volvió a modificar.

Para acogerse a la legislación actual en la página web del SEPE se puede encontrar el nuevo Modelo Oficial de Contrato de Formación en Alternancia.

A continuación, analizamos lo más destacado:

Banner contratos de formación en alternancia Grupo2000

 

Ya no hay que marcar la casilla de reducción de cuotas

En el antiguo modelo de contrato de formación era necesario marcar si ese contrato se acogía a la reducción de cuotas a la Seguridad Social contemplada en el artículo 3 de la Ley 3/2012, de 6 de julio.

Ahora, el nuevo modelo de contrato de formación en alternancia no incluye la casilla de reducción de cuotas.

Ahora bien, esto no afecta a las bonificaciones del contrato de formación en alternancia.

Las compañías que firmen un contrato de formación van a seguir disfrutando de:

  • Seguros Sociales bonificados.
  • Una bonificación del 100% de la formación teórica.
  • Una bonificación adicional de entre 60 y 80 euros en concepto de tutorización.

La diferencia es que en el antiguo modelo de contrato de formación se indicaba que éste daba derecho a una reducción del 100% (75% en caso de empresas de plantilla igual o superior a 250 personas) durante la vigencia del contrato en las cuotas a la Seguridad Social.

El nuevo modelo de contrato de formación recoge que esta modalidad contractual da derecho a una bonificación de 91 euros al mes durante toda su vigencia, incluidas las prórrogas.

También da derecho a una bonificación de 28 euros en las cuotas de la persona trabajadora por los conceptos de recaudación conjunta.

Es decir, ya no hay distinción según cuál sea la plantilla de las empresas, sino que se aplica a todas las compañías la misma bonificación en los seguros sociales.

 

Formación asociada al contrato de formación en alternancia

Además, es necesario recordar y destacar uno de los cambios principales que trajo la reforma laboral para el contrato de formación.

El contrato es compatible con:

 

Requisitos del contrato de formación en alternancia 2024

Desde el apartado segundo al sexto, se indican los requisitos que debe cumplir la persona trabajadora para firmar un contrato de formación.

La persona trabajadora tiene que ser:

  • Mayor de 16 a 30 años inclusive. Es importante tener en cuenta que este límite se aplica para catálogo de especialidades y certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2.
  • Trabajador/a contratado/a en el marco de estudios universitarios, formación profesional o certificados de profesionalidad de nivel 3. En este caso, no hay límite de edad.
  • Trabajador/a con discapacidad.
  • Alumnos/as participantes en un programa de empleo y formación al amparo de lo previsto en el artículo 13.3 b) de la Ley 3/2023
  • Trabajador/a en situación de exclusión social y, el contrato se realiza en una empresa de inserción.
  • Trabajador/a con capacidad intelectual límite.

Será necesario aportar la certificación oficial que acredite su condición en caso de discapacidad o capacidad intelectual límite.

 

Tutor/a de empresa del contrato de formación

En la cláusula primera se detallan los datos del tutor/a en el centro de trabajo que va a acompañar y guiar a la persona contratada durante todo su contrato.

Es imprescindible que cuente con una formación o experiencia relacionada con el puesto a tutorizar.

El modelo de contrato pone énfasis en que dicha persona va a ser la encargada de realizar el seguimiento del plan formativo individual vinculada al contrato, que se adjunta en el Anexo.

La empresa debe garantizar que la persona que sea designada como tutora cuenta con el tiempo y los medios necesarios para asegurar el cumplimiento del plan formativo individual del trabajador/a.

Clausula Primera Modelo Contrato De Formacion Grupo2000

 

Jornada del contrato de formación en alternancia 2024

La cláusula segunda se centra en el número de horas de jornada laboral, que puede ser a jornada completa o media jornada.

Importante: hay que indicar el número de horas de la jornada que la persona trabajadora va a dedicar a trabajo efectivo, formación y el horario real de trabajo, que es el que te van a supervisar si tienes posteriormente una Inspección.

El trabajo efectivo no puede superar el 65% de la jornada durante el primer año. Es decir, como máximo 26 horas (34 horas si fuese el segundo año).

Además, se recoge la posibilidad de realizar parte de la jornada a distancia o teletrabajo, que como máximo podrá suponer un 50% de su jornada de trabajo (Ley 10/2021).

En cuanto a la duración del contrato de formación, desde Grupo2000 te recomendamos realizar el contrato por la duración máxima permitida, que puede ser de 2 años, mientras que el contrato mínimo podrá ser por 3 meses.

 

Códigos de contrato para la formación en alternancia

En la página cinco del modelo oficial de contrato del SEPE podemos ver los códigos de contrato según sea un contrato de formación a jornada completa o media jornada:

 

Sin bonificación de cuotas a la Seguridad Social

  • Código de contrato a tiempo completo: 421
  • Código de contrato a tiempo parcial: 521

 

Con bonificación de cuotas a la Seguridad Social

  • Código de contrato a tiempo completo: 450
  • Código de contrato a tiempo parcial: 550

 

Con bonificación de cuotas a la Seguridad Social para personas con discapacidad

  • Código de contrato a tiempo completo:450
  • Código de contrato a tiempo parcial: 550
Codigos Modelo De Contrato Formacion Grupo2000

 

Descarga aquí el nuevo modelo oficial de contrato de formación en alternancia del SEPE

Haz clic, a continuación, para descargar el nuevo modelo oficial del SEPE para el contrato de formación en alternancia 2024, acogido a las novedades del RD Ley 1/2023:

 

Plan Formativo Individual del contrato de formación en alternancia

El plan formativo individual es fundamental, ya que en él se especifica el contenido de la formación, actividades, calendario y requisitos de la tutoría para el cumplimiento de los objetivos.

Desde Grupo2000 nos encargamos de todo. Somos centro acreditado por el SEPE para impartir la formación asociada al contrato de formación.

Te facilitamos la formación para tu contrato y el plan formativo individual. Además, te ayudamos a realizar tu contrato de formación y todos los trámites.

Por ello, es recomendable que tu empresa contacte de manera previa al alta con Grupo2000. Puedes contactarnos en nuestro chat online o llamando al 958 806 760.

¿Has firmado alguna vez un contrato de formación en alternancia? ¡Cuéntanos tu experiencia en comentarios! Nos encantará leerte 😉

Fuente: SEPE

Banner contratos de formación en alternancia Grupo2000
Ir al contenido