Ayudas que puede solicitar tu empresa si contrata en 2015

Ayudas que puede solicitar tu empresa si contrata en 2015

¿Necesitas contratar personal? En este artículo hacemos una recopilación de las ayudas a la contratación vigentes durante 2015, que puedes solicitar.

Todas estas ayudas son compatibles con el contrato de formación, por lo que la empresa, además de beneficiarse de una subvención para el fomento del empleo, no pagará seguros sociales durante toda la vigencia del contrato, si escoge esta modalidad.

Ayudas para contratar, aplicables a nivel nacional:

Esta subvención privada, que recientemente se ha ampliado hasta el 31 de diciembre de 2015, consiste en una ayuda de 1.500 euros por contratación. Para acceder a ella es necesario contratar durante 12 meses a una persona inscrita como demandante de empleo, al menos 2 meses. Cada empresa puede solicitar hasta 10 ayudas.

En el Real Decreto Ley 8/2014 se recogen varias medidas para fomentar la contratación de los jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Te resumimos las más importantes a continuación:

Tarifa Joven, que consiste en una bonificación de 300 euros al contratar de manera indefinida, como mínimo durante 6 meses, a un joven beneficiario de este sistema.

El contrato de prácticas concertado con este colectivo, tendrá derecho a una bonificación del 100% de los Seguros Sociales.

El contrato de formación para Garantía Juvenil, por el momento no se puede aplicar, aunque ya hay normativa que lo desarrolla.

En nuestro blog podrás información completa sobre: cómo inscribirse en el Fichero de Garantía Juvenil, inscribir a la empresa o dar de alta los contratos de Garantía Juvenil.

Se trata de una de las medidas que recoge el Programa de Activación para el Empleo del Real Decreto 16/2014, que permite compaginar la ayuda a parados de larga duración, con un trabajo por cuenta ajena, hasta un máximo de 5 meses.

Las empresas que contraten a los beneficiarios de este programa, descontarán del salario la cuantía de la ayuda. Que será compatible con bonificaciones en seguros sociales, siempre que la suma de la ayuda y la bonificación no superen el 80% del coste anual salarial del contrato.

Subvenciones a la contratación por Comunidad Autónoma:

Subvención de la Junta de Andalucía que se concede a la empresa por contratar durante un mínimo de 12 meses a jóvenes beneficiarios del Bono Joven. La ayuda será de 4.800 euros si es un contrato a jornada completa, o de 2.400 euros, si es a tiempo parcial.

Se permiten todas las modalidades de contrato excepto el contrato de primer empleo joven, o el contrato emprendedores.

Esta subvención a la contratación por contratar mediante la modalidad de contrato de formación, cubre los costes salariales del trabajador: salario base, parte proporcional de pagas extraordinarias, complementos y cotización empresarial.

La ayuda podrá extenderse un máximo de 12 meses, y en el caso de parados de larga duración, hasta 24 meses.

Ayuda de hasta 3.750 euros por contratar durante 12 meses a jóvenes propietarios del Cheque Joven de la Comunidad de la Rioja. La cuantía de la subvención varia en función del tipo de cotización del trabajador. Esta ayuda se puede incrementar hasta 7.500 euros si se mantiene esa contratación durante 24 meses.

 

Grupo 2000 es un centro homologado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación vinculada al contrato de formación. Si deseas ampliar información sobre este tipo de contrato, para acogerte a alguna de estas ayudas, estamos a tu disposición en el teléfono 958 806 760, o nuestro chat online.

Se prorroga la ayuda a la contratación Yo soy empleo

Se prorroga la ayuda a la contratación Yo soy empleo

Recientemente hemos tenido conocimiento de la ampliación del plazo para solicitar la ayuda a la contratación “Yo Soy Empleo” de BBVA. Aunque en un principio esta ayuda finalizaba el pasado 31 de diciembre, se ha ampliado el plazo para solicitarla hasta el 31 de diciembre de 2015, o hasta fin que se consigan las 10.000 contrataciones que se pretende conseguir con este programa.

La ayuda consiste en una aportación económica de 1.500 euros por contratación que se realice. Cada empresa podrá solicitar hasta 10 ayudas.

 

Os recordamos las características de esta ayuda:

– Contratar a trabajadores inscritos como demandantes de empleo, al menos 2 meses.

– El contrato debe concertarse por 12 meses. Se admiten todas las modalidades de contrato, excepto el contrato por obra y servicio. La jornada deberá tener un mínimo de 20 horas semanales.

Esta ayuda es compatible con el contrato de formación, y la reducción del 100% en la cuota a la Seguridad Social de este tipo de contrato.

– Se debe domiciliar la nómina del trabajador en una sucursal BBVA, durante al menos 12 meses.

– La empresa debe tener menos de 250 trabajadores, y abrir una cuenta en BBVA. Además de acreditar estar al corriente con los pagos a Hacienda y Seguridad Social.

¿Cómo solicitar la ayuda Yo Soy Empleo?

Si no eres cliente de BBVA, deberás abrir una cuenta para tu empresa (imprescindible para recibir la ayuda).

Tras realizar la contratación, debes presentar el modelo de solicitud oficial antes de 30 días. Una vez comprueben que toda la documentación está correcta, te enviarán un email con el plan de pagos trimestral de la ayuda.

Antes de solicitar la ayuda, te recomendamos consultar las bases del programa.

Grupo 2000 es un centro homologado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación teórica vinculada al contrato de formación a distancia.

Si deseas ampliar información sobre este tipo de contrato, para acogerte a esta ayuda, te atenderemos encantados en el teléfono 958 806 760, o nuestro chat online.

Fuente: Yo Soy Empleo.

Novedades para los alumnos de formación continua 2015

Novedades para los alumnos de formación continua 2015

En este artículo queremos informaros de unas modificaciones que ha introducido recientemente la Fundación Tripartita, en relación a los datos de los participantes en acciones formativas.

Desde el pasado martes, 10 de febrero, la Fundación Tripartita indica que es obligatorio incluir, entre los datos que se transmiten sobre los participantes que realizan cursos bonificados, dirección de email y número de teléfono de contacto del alumno. En caso de que el alumno no dispusiera de una cuenta de correo electrónico, podrá indicar la dirección de email que tiene asignada en su empresa.

A partir de ahora, es imprescindible indicar estos datos en el formulario de solicitud del curso de formación continua, ya que el centro de formación deberá incluirlos en la aplicación de la Fundación Tripartita cuando gestione la acción formativa.

El objetivo de esta modificación es que la propia Fundación Tripartita pueda contactar directamente con los alumnos participantes para realizar un seguimiento de los cursos de formación continua bonificada.

Si quieres ampliar información sobre estos cursos de formación, bonificados en los Seguros Sociales, te recomendamos los siguientes artículos:

Catálogo de cursos 

Cómo tramitar un curso de formación continua

Crédito para formación en 2021

 

Los usuarios de RED Directo se incorporan a CRETA la próxima semana

Los usuarios de RED Directo se incorporan a CRETA la próxima semana

Tras la publicación de la Resolución del 8 de enero de 2015, que fija la fecha de incorporación al nuevo Sistema de Liquidación Directa de cuotas a la Seguridad Social, los usuarios del Sistema RED pueden ser notificados para comenzar a trabajar con CRETA. Esta incorporación será gradual, y en principio, se limitará a aquellas empresas que tengan a todos sus trabajadores en Régimen General.

Pero, ¿cuándo se incorporan los usuarios de RED Directo?

En la publicación del Boletín Especial 2015/1 de enero de 2015, se confirma que los usuarios del sistema RED Directo comenzarán a realizar la liquidación de cuotas a través del Sistema de Liquidación Directa a partir del 9 de febrero.

Por tanto, el cambio a CRETA de RED Directo es inminente. Esta primera semana de febrero todavía no se podrá utilizar, debido a la actualización del sistema, para adaptarlo a las nuevas funciones que requiere el nuevo procedimiento de liquidación. En la página de TGSS se informa que, hasta el día 9 de febrero, RED Directo no estará disponible, estando prevista su apertura dicho día con las implementaciones necesarias para CRETA.

En el boletín se indica que desde el mes de enero, Seguridad Social está comunicando a los autorizados sobre la adaptación del sistema, y confirman que a partir de febrero deberán transmitir las liquidaciones de los CCC asignados a través del Sistema de Liquidación Directa. La presentación del mes de febrero de 2015 deberán realizarla ya con el nuevo sistema.

En la página de Seguridad Social está disponible el manual de usuario con el procedimiento de cotización de RED Directo con el nuevo Sistema de Liquidación Directa.

¿Qué novedades introduce CRETA en RED Directo?

Se están introduciendo nuevos servicios, para poder realizar la liquidación de cuotas a la Seguridad Social a través de CRETA, entre ellas destacan las siguientes:

“Confección de Liquidaciones”, con la que el usuario podrá recuperar las bases de cotización del mes anterior (L00) para realizar la liquidación del mes actual. Estas bases podrán ser modificadas, o aceptadas, según corresponda, y tendrán efectos de presentación si todo es correcto.

En el caso de tener que rectificar liquidaciones confirmadas, hasta el penúltimo día natural del plazo reglamentario, se podrán hacer cambios. La nueva liquidación sustituirá a la anterior a efectos de presentación, y si ya hubiese realizado el pago del importe, deberá obtener un recibo por la diferencia, a través de la opción “Obtención de recibos”.

Se suprime la liquidación L09 “Otras complementarias”, que será sustituida por dos nuevas liquidaciones:

L90: para indicar la cotización por incremento de bases de trabajadores ya presentados.

L91: para la cotización de trabajadores o tramos, dados de alta fuera de plazo.

También hay que destacar el nuevo servicio de “Comunicación de datos bancarios”, para la comunicación de datos bancarios en la modalidad de pago de cargo en cuenta, y para comunicar la cuenta para el abono de una liquidación acreedora. Recordamos que la modalidad de cargo en cuenta tendrá de plazo hasta el día 20 para su presentación.

Muy importante: Es imprescindible llevar un control muy riguroso de todos los cambios relativos a cotización que se produzcan en la plantilla, y especialmente en cuanto a afiliación, debiendo informar lo antes posible de todas las altas, bajas o modificaciones.

Para cualquier consulta, estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

 

Fuente: Boletín RED.

Publicado el contrato de formación para Garantía Juvenil

Publicado el contrato de formación para Garantía Juvenil

El pasado sábado, 24 de enero, se publicó la normativa prevista en el Real Decreto Ley 8/2014, que desarrolla el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para el contrato de formación y aprendizaje concertado con jóvenes beneficiarios de este colectivo.

La Orden ESS/41/2015, de 12 de enero, modifica varios artículos de la Orden ESS/2518/2013, que regula los aspectos formativos del contrato de formación y aprendizaje, para adaptar la normativa a esta las condiciones específicas del contrato de formación para el colectivo de Garantía Juvenil.

Sin embargo, debes saber que este modelo de contrato específico para Garantía Juvenil sólo se podrá aplicar para los contratos con formación de Certificado de Profesionalidad. El contrato de formación a distancia está excluido expresamente, por lo que no se podría aplicar cuando la formación se imparta en esta modalidad, vinculada a ficheros formativos.

Para cualquier duda o consulta, estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760, o nuestro chat online.

Podéis ampliar información sobre el contrato de formación en la modalidad de teleformación, con formación de Certificado de Profesionalidad en nuestra web:

Así es el nuevo contrato de formación para 2016.

El contrato de formación en teleformación tiene una bonificación adicional para la empresa.

Ya se puede hacer el nuevo contrato de formación.

Fuente: BOE.

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