El Gobierno, la patronal y los sindicatos han llegado a un acuerdo en materia de pensiones para equilibrar las cuentas de la Seguridad Social.
¿Sabes qué novedades se incluyen?
A continuación, analizamos lo que debes conocer sobre este tema. Estas son las claves de la última reforma de las pensiones.
Se flexibilizará la jubilación activa
Para acceder a la jubilación activa no será necesario haber completado una carrera de cotización completa.
Es decir, no será necesario haber generado el derecho a cobrar el 100% de la pensión, lo que beneficiará especialmente a las mujeres, ya que suelen tener trayectorias laborales más irregulares.
Por otra parte, se mantiene el requisito de trabajar un año completo tras alcanzar la edad de jubilación sin cobrar ninguna parte de la pensión.
Sin embargo, después de esos 12 meses, los porcentajes de pensión que se pueden cobrar mientras se sigue trabajando aumentarán progresivamente.
Para los asalariados y autónomos sin empleados a cargo, que hasta ahora solo podían cobrar el 50% de la pensión si continuaban trabajando, el porcentaje será del 45% el primer año, subiendo al 55% el segundo año, con incrementos de 10 puntos porcentuales anuales hasta alcanzar el 100%.
En el caso de autónomos con personas empleadas, si estas tienen una antigüedad de 18 meses o firman un contrato indefinido con una de esas personas, podrán compatibilizar el 75% de su pensión y continuar trabajando.
Este porcentaje aumentará en cinco puntos por cada año que pospongan su retiro, hasta llegar al 100%.
Se producirán cambios en la cotización de trabajadores fijos discontinuos
Se ha incorporado también un cambio en la cotización de los fijos discontinuos: su periodo de cotización se calculará con un coeficiente multiplicador del 1,5 a efectos de acceder a la jubilación, incapacidad permanente y pensiones de viudedad u orfandad.
Este cambio supone que la cotización de los fijos discontinuos de un periodo, por ejemplo, 6 meses, equivalga a 9 meses para tener derecho de acceso a las prestaciones.
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Buenas tardes, yo he trabajado media jornada durante 19 años y llevo dos cobrando la ayuda para mayores de 52 años, yo podría beneficiarme de la nueva Ley o solo será para los que estén trabajando ahora?
Hola, María Auxiliadora. No se aplica para las personas que se han jubilado antes de la norma. Un saludo