El Gobierno ampliará la baja por nacimiento a 20 semanas

27 junio, 2024
El Gobierno ampliará la baja por nacimiento a 20 semanas

En 2021 entró en vigor una novedad importante: el permiso de paternidad comenzó a ser de 16 semanas para ambos progenitores.

La medida fue aprobada en 2019, tras el Real Decreto Ley 6/2019.

¿Qué sucede en 2024? Las últimas informaciones han indicado que el Gobierno ampliará la baja por nacimiento a 20 semanas.

Sin embargo, pese a que hace unos meses el Consejo de Ministros dio luz verde a la Ley de Familias aún no se ha cerrado esta medida.

Lo que sí incluye la mencionada Ley es que el segundo progenitor o el padre podrá anticipar su suspensión de contrato 10 días antes de la fecha prevista del parto.

Te lo contamos, a continuación:

 

¿Cuántas semanas dura la baja por nacimiento actualmente?

En 2021 España marcó un hito al convertirse en el primer país donde tanto madres como padres disfrutan de un permiso por nacimiento equitativo:

  • 16 semanas desde el nacimiento.
  • Intransferibles.
  • Con remuneración completa.

Ahora, el Gobierno tiene como objetivo ampliar este permiso a 20 semanas.

Masterclass Medidas de conciliación y nuevos permisos

¿Cómo es el permiso de paternidad y maternidad en 2024?

La ampliación del permiso de paternidad y maternidad tiene como objetivo mejorar la conciliación familiar y reducir la discriminación laboral. Es crucial garantizar la participación equitativa de ambos progenitores en el cuidado de los hijos e hijas.

Al extender el permiso de paternidad se permite a los padres involucrarse desde el principio en el cuidado de sus hijos/as, fortaleciendo así los vínculos familiares. Esta medida busca crear un entorno más equitativo donde ambos progenitores compartan las responsabilidades.

 

El permiso de paternidad podrá adelantarse 10 días

En 2024, la Ley de Familia contempla importantes cambios en el permiso de paternidad, destacando la posibilidad para el segundo progenitor de adelantar 10 días del permiso para acompañar a la embarazada antes del parto.

Esta medida modificaría el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores.

Hasta ahora, el permiso se estructura de la siguiente manera:

  • Se suspende el contrato de cada progenitor por cuidado de menor después de las primeras 6 semanas inmediatamente posteriores al parto.
  • Estas semanas pueden disfrutarse en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, hasta que el hijo cumpla 12 meses.
  • La madre biológica puede anticipar su ejercicio hasta 4 semanas antes del parto.

Con la nueva Ley, el segundo progenitor también podrá anticipar su permiso hasta 10 días antes de la fecha prevista para el parto. Esta medida tiene como objetivo asegurar que la madre pueda ser acompañada y atendida en la recta final de su embarazo.

Además, se están considerando enmiendas para aumentar el permiso hasta las 20 semanas, aunque los detalles específicos se conocerán una vez se publique la Ley de Familia.

De momento, las actuales 16 semanas de las que pueden disfrutar ambos progenitores se dividen de esta forma:

  • 6 semanas obligatorias de baja por paternidad o maternidad, ininterrumpidas y a jornada completa tras el parto o resolución (en el caso de adopción).
  • Las 10 semanas siguientes se podrían disfrutar en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida hasta que el bebé cumpla 12 meses.

Es importante tener en cuenta que el permiso es individual para cada progenitor y no puede transferirse a la pareja.

La comunicación del disfrute de cada período o su acumulación debe hacerse a la empresa con al menos 15 días de antelación.

Si ambos progenitores trabajan en la misma empresa se puede limitar el ejercicio simultáneo del permiso por escrito, basándose en razones fundadas y objetivas.

Estos cambios buscan mejorar la conciliación familiar y reducir la discriminación laboral, promoviendo una distribución más equitativa de las responsabilidades parentales

 

¿En qué casos se puede ampliar el permiso de paternidad o maternidad?

Existen varios supuestos que dan lugar a una ampliación del plazo por permiso de paternidad o maternidad de 16 semanas, como son:

  • En caso de partos, adopciones o acogimientos múltiples, se ampliaría 1 semana por progenitor por cada hijo, a partir del segundo hijo.
  • En caso de discapacidad del hijo, se ampliaría 1 semana por progenitor.
  • Por parto prematuro u hospitalización superior a 7 días, se ampliaría hasta 13 semanas.
  • Por fallecimiento del hijo o hija, el período de duración del permiso no se reducirá. A no ser que una vez que finalicen las 6 semanas de descanso obligatorio se solicite la reincorporación al puesto de trabajo.

 

¿Pueden los autónomos disfrutar del permiso de paternidad o maternidad?

Así es, las personas trabajadoras por cuenta propia también pueden solicitar los permisos de paternidad o maternidad.

En este caso, recibirán una prestación equivalente al 100% de su base de cotización en los últimos 6 meses anteriores al nacimiento o la adopción.

 

Requisitos para solicitar la baja de paternidad o maternidad para autónomos

Para solicitar estos permisos las personas trabajadoras autónomas deberán:

  • Estar en alta en Seguridad Social y Hacienda.
  • Estar al día de todos los pagos.
  • Solicitar el permiso en un plazo máximo de 15 días desde que nace el hijo o hija.

Además, se les exigirá una cotización mínima según la edad que tengan:

  • Si la persona trabajadora autónoma tiene 26 años o más: será necesario que haya cotizado 180 días en los últimos 7 años o 360 días en la vida laboral.
  • Si tiene entre 21 y 26 años: deberá haber cotizado 90 días en los últimos 7 años o 180 días en la vida laboral.
  • Si es menor de 21 años: no existe período mínimo de cotización.

 

¿Cómo se solicitan el permiso de paternidad y maternidad?

Para solicitar el permiso de maternidad o paternidad de manera telemática será necesario:

  • Acceder al portal Tu Seguridad Social.
  • Autenticarse a través de Certificado Digital o usuario y contraseña en Cl@ve.

Después, simplemente habrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente:

  • Solicitud de la prestación.
  • Acreditación de identidad de los progenitores (DNI, pasaporte o NIE).

Las personas trabajadoras por cuenta ajena tendrán que presentar un Certificado de empresa donde se incluya la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.

Si este Certificado ya ha sido enviado por la empresa, no hará falta.

También tienes la opción de realizar la solicitud:

  • Por correo ordinario. Para ello tendrás que descargar, rellenar el formulario de solicitud y enviarlo por correo junto a la documentación que detallaremos más abajo. Tendrás que realizar el envío a la Dirección Provincial del INSS o del ISM que corresponda.
  • De manera presencial, solicitando cita previa y presentando la solicitud y la documentación requerida.

Para solicitar la baja por nacimiento habrá que aportar documentos específicos según el motivo:

Si se solicita la baja por nacimiento de un/a hijo/a:

  • Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud.
  • Libro de Familia o certificado de la inscripción en el Registro Civil de su hijo.

 

En caso de gestación por sustitución:

  • Inscripción de la filiación del nacido en el Registro Civil a favor del progenitor comitente (persona que confía la gestación de su hijo a otra persona) o la inscripción de la filiación del hijo en el Registro Civil español a favor del comitente y de la madre biológica.

 

Por adopción o acogimiento:

  • Libro de Familia o Certificado de la inscripción en el Registro Civil de su hijo/a.
  • Resolución judicial por la que se constituye la adopción o resolución administrativa o judicial por la que se concede el acogimiento familiar.
  • Cuando sea necesario el desplazamiento previo al país de origen del niño adoptado, deberá aportar la documentación emitida por el órgano competente de su comunidad autónoma, en la que se justifique el inicio de los trámites para la adopción.

 

¿Cuál es plazo para solicitar el permiso de paternidad y maternidad?

El permiso de paternidad o de maternidad debe solicitarse en un plazo de 15 días desde el nacimiento, acogida o adopción. Pasado este período el derecho a solicitar el permiso se pierde.

Es recomendable avisar a la empresa con antelación para que puedan tomar las medidas necesarias para cubrir la baja. Así es más fácil garantizar una transición sin problemas.

 

¿Es obligatorio acogerse a la baja por paternidad o maternidad? 

Sí, las 6 primeras semanas de baja son obligatorias, por lo que la persona trabajadora no puede renunciar al permiso.

 

¿Es posible ceder semanas del permiso de paternidad al otro progenitor?

No, la baja por paternidad no se puede transferir al otro progenitor.

El objetivo de esta baja es asegurar que ambos padres dediquen tiempo igualitario a las responsabilidades familiares y al cuidado del recién nacido.

 

¿Me pueden despedir durante la baja de paternidad o maternidad?

Si la empresa se ve obligada a realizar un despido debido a problemas económicos pueden despedirte aunque coincida con el período de baja por paternidad o maternidad.

Sin embargo, si la empresa no tiene problemas económicos y sigue siendo solvente, el despido durante este período se podría considerar nulo.

 

 

¿Cuánto se cobra durante el permiso de paternidad?

La prestación económica por nacimiento equivale al 100% de la base reguladora, calculada según la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al del nacimiento, dividida entre el número de días de ese mes.

  • Si la persona trabajadora lleva de alta todo el mes natural: la base de cotización se divide entre 30.
  • Si la persona trabajadora ingresó en la empresa el mes anterior: se toma la base de cotización del mes previo al inicio del permiso.
  • Si la persona trabajadora ingresó en el mismo mes del nacimiento: se utiliza la base de cotización de ese mes.

Para los autónomos la prestación es del 100% de una base reguladora diaria, resultante de dividir la suma de las bases de cotización de los seis meses anteriores entre 180.

 

¿Qué parte de la prestación por paternidad o maternidad corresponde a la empresa?

Para personas trabajadoras por cuenta ajena la prestación del permiso la cubre al 100% la Seguridad Social. La empresa debe mantener el puesto de trabajo y pagar las cotizaciones a la Seguridad Social de la persona empleada.

Para autónomos si la baja es de al menos un mes se aplica una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, calculada sobre la base media de cotización de los 12 meses anteriores. Si el autónomo lleva menos de 12 meses dado de alta, se calcula desde la fecha de alta.

 

¿Existen otros permisos parentales en 2024?

Sí, el RD Ley 5/2023 incluyó 3 nuevos permisos:

  • Permiso de 8 semanas para el cuidado de los hijos e hijas.
  • Permiso de 5 días para cuidar de un familiar.
  • Permiso de 4 días por causas de fuerza mayor.

Tienes toda la información en nuestro post Así son los nuevos permisos para cuidado de hijos y convivientes.

 

¿Cuándo entrará en vigor la ampliación de la baja por nacimiento a 20 semanas?

Todo apunta a que el aumento del permiso hasta las 20 semanas será propuesto mediante enmiendas y se prevé su publicación a lo largo de este año.

Estaremos pendientes de todas las novedades que surjan respecto a este tema.

¿Conocías la futura ampliación del permiso de paternidad y maternidad? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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Ángela M. Labrador

65 Comentarios

  1. Nael

    Hola.

    Si el nuevo permiso de paternidad de 20 semanas entra en vigor a partir de agosto por ejemplo y mi hijo nace en diciembre, tendremos derecho a estas 20 semanas ?

    Gracias.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Nael, de producirse finalmente la entrada en vigor de la ampliación del permiso de paternidad en agosto, tendrías derecho a las 20 semanas de permiso si tu hijo nace en diciembre. Un saludo.

      Responder
      • Rita

        Hola, la empresa para la que trabaja mi marido pone problemas para que se tome las 16 semanas seguidas, a pesar de tener solvencia económica y de habérselo comunicado con más de un mes de antelación. Nuestro hijo nacerá a finales de julio.
        ¿Pueden negarse, o tienen que aceptar? Gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Rita, la empresa de tu marido no puede negarle el permiso de paternidad de 16 semanas seguidas. Este permiso es un derecho reconocido por ley y la empresa está obligada a concederlo. Un saludo.

          Responder
      • Pablo

        Hola. Si mi hijo nace en noviembre y la ampliación del permiso de paternidad de 20 semanas entra en vigor en enero, nosotros tendríamos derecho a esa ampliación o nos quedaríamos con las 16 semanas?

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Pablo, en el que caso que describes si tu hijo nace en noviembre de 2024 la duración del permiso de paternidad sería la que esté vigente en el momento (16 semanas). Un saludo.

          Responder
    • Natalia

      Hola, ¿Se sabe ya cuando entra en vigor la nueva Ley que amplía la baja por maternidad a 20 días?
      Gracias!

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Natalia, de momento no tenemos más información al respecto. Estamos a la espera. Un saludo.

        Responder
  2. Michael

    Hola.

    Si el nuevo permiso de paternidad de 20 semanas entra en vigor a partir de agosto por ejemplo y mi hija nace a finales de julio, tendremos derecho a estas 20 semanas ?

    Gracias.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Michael, actualmente no se ha publicado la normativa que amplíe el permiso de paternidad, por lo que no tenemos mucha información al respecto. Tendremos que esperar a que se publique para saber si tendrá efectos retroactivos o no. En cualquier caso, si tu hija nace antes de agosto, de momento se aplicará la normativa vigente, que establece un permiso de paternidad de 16 semanas. Un saludo.

      Responder
  3. Mohamed

    Hola mi hija nació el 14 de junio de 2024 y yo empezó cinco días después a trabajar puedo solicitar la patirnidad

    Responder
    • Leticia

      No, tienes que coger las 6 semanas obligatorias desde el nacimiento. Y después puedes coger el resto durante el primer año de vida del bebé. Si vuelves al trabajo sin usar esas 6 semanas renuncias a todo el permiso remunerado.

      Responder
      • Antono

        Hola, si cojo la paternidad 10 antes del parto,para cobrarla me cuenta el día del parto? O de los 10 días antes?

        Responder
  4. Cositas Chulas

    Sin duda un gran avance el que se mejoren los permisos de paternidad, incluyendo al padre de la criatura que está por nacer. Los bebés vienen y hay que atenderlos de la mejor manera posible. Hasta la fecha los tiempos asignados por la administración eran muy cortos, no podías ni disfrutar de tus cositas chulas (así llamamos a los bebés que acaban de nacer), como atenderles debidamente. Todas las madres y padres agradecen de corazón el que les permitan estar con sus recién nacidos más tiempo. Saludos

    Responder
  5. Cristina Martin Sancho

    Hola! Si me pido el permiso parental de 4 semanas para agosto ya, será remunerado?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Cristina, se preveía que el permiso sería remunerado a partir de agosto. Sin embargo, será necesario esperar a que se publique la normativa que incluya esta novedad. Un saludo.

      Responder
  6. Nora

    Buenos dias, mi hijo nacio en febrero , me puedes indicar si eso correcto que solo desn 14 dias de lactancia acumulados? O puedo rascar mas? (Me he cogido maternidad, 30dias d vacaciones y en el trabajo me dicen q son 14 dias de lactancia pero yo creo que son mas) ya me indicais..

    Responder
    • Angely

      Hola se puede pedir la baja de paternidad con el bebé teniendo 14 meses? Mi marido no la pidió antes y queremos saber si ya la a perdido

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola. Ya no se podría solicitar el permiso de paternidad. Un saludo

        Responder
    • Carlota

      Me encuentro en excedencia por cuidado del menor de 3 años desde octubre 2023 hasta marzo 2026 y estoy embarazada de 5 meses y nace mi segundo hijo en noviembre de este año 2024.Me corresponde la. Baja maternal o tengo que darme de alta para poder cobrarla?? Gracias

      Responder
      • Ana

        yo también querría saber esto.

        gracias

        Responder
  7. Sandra López

    Buenas noches me podrían explicar mejor por favor como funciona el periodo de lactancia en el trabajo

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Sandra, este permiso es un derecho laboral al que se puede acoger cualquier persona trabajadora con hijos/as de menos de 9 meses. Consiste en ausentarse una hora al día para la lactancia del bebé. Un saludo.

      Responder
    • Carlos lopez

      Hola mi hija nace ahora el 22 de mayo me corresponde las 20 semanas?

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Carlos, la ampliación de la baja por nacimiento a 20 semanas aún no ha entrado en vigor. Por lo tanto, la normativa aplicable a tu caso sería la vigente en la actualidad, que establece una baja por nacimiento de 16 semanas. Un saludo.

        Responder
  8. Jesus

    Buenos días!! Los 10 días que se contemplaban de permiso para el padre justo antes de la fecha prevista del nacimiento de la criatura están ya autorizados? En caso negativo, cuando hay previsión de que se vote y apruebe la reforma? Lo de las 4 de las 8 semanas remuneradas a apartir de agosto ya esta aprobado? Gracias!!!

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Jesús, los 10 días de permiso de paternidad anticipado que se contemplaban en el proyecto de ley aún no están autorizados. Desde el Gobierno ha manifestado su compromiso de que la ampliación del permiso entre en vigor antes del 1 de agosto de 2024. Sin embargo, es posible que la fecha se retrase un poco más. Un saludo.

      Responder
  9. Rocio

    Hola. Mi hijo nacerá en unas semanas y actualmente mi marido está de baja por IT debido a un accidente de trabajo, que seguramente se prolongue aun unos meses. Con respecto a su permiso de paternidad, se podría posponer mientras dure su IT? O al menos las 10 semanas siguientes a las 6 primeras? O por el contrario es obligatorio que coja el permiso completo de 16 sem a pesar de la IT? Gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Rocio, tu marido podría disfrutar de las 6 semanas obligatorias del permiso de paternidad tras el nacimiento de tu hijo y, posteriormente, posponer las 10 semanas restantes hasta que se reincorpore a su trabajo tras la baja por IT. Un saludo.

      Responder
    • Sandra

      Buenas, me gustara saber si el autónomo cobra el 100% de la base reguladora durante las 16 semanas y a parte no tiene que pagar durante esas 16 semanas la cuota de autónomos

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Sandra, así es. Además de cobrar el 100% de la base reguladora, los autónomos no tendrán que pagar la cuota durante las 16 semanas de baja por maternidad o paternidad. Un saludo.

        Responder
  10. Tamara

    Es que vaya como les cuesta tirar para adelante con la conciliación, de teoría guapísimo, pero en la práctica ?? Las mamás de primer semestre del año, queremos igualmente las 20 semanas.!!! Muy necesarias!! Habría que recoger firmas o algo para que espabilen!!!

    Porque las dudas mias, son las mismas que dice la gente por aqui, cuando votan la ley, cuando entran en vigor, tienen carácter retroactivo….etc etc

    Responder
    • Maternidad

      Todo es muy bonito para el voto y después que? Dijeron que en el 2024 que pasa que lo aprueban en agosto y las de enero no tenemos derecho? Es que me parece increíble después que la anualidad baja… normal

      Responder
    • Maria

      Sinceramente, tener hijos es opcional, la gente que apechugue y si no puede económicamente, pues que no los tengan.
      No quieren igualdad, pues en a trabajar ya…

      Responder
      • Aure

        Mi hija nació 13 Marzo, yo paso de contrato temporal a fijo discontinuo el 22 de Enero, como calculo la base por contingenncias comunes que me corresponde si durante el año 2023 no trabaje 365 días

        Responder
  11. Anabel

    Si entra en vigor en mitad de mi baja maternal me la ampliarán??

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Anabel, aún no sabemos con exactitud si la medida tendrá o no efectos retroactivos. Un saludo.

      Responder
  12. Maria

    Buenas, soy maestra funcionaria en Cataluña y me dicen que para poder interrumpir las 10 semanas (después de las 6 obligatorias) mi pareja tiene que tener un contrato o ser autónomo pero yo no he leído en la ley ninguna condición similar. Es eso legal?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola María, no tenemos constancia de que haya establecida ninguna condición sobre la situación laboral de la pareja para poder disfrutar de la interrupción de las 10 semanas de permiso de maternidad. Un saludo.

      Responder
  13. patricia

    yo tuve a mi niño en febrero pero aun la ley no cambio solo tengo 16 semanas y lo de las 20 cuando seria y tendria de caracter retroactivo , me lo pagarian o me darian esas semanas que me faltaria

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Patricia, aún no ha entrado en vigor la ampliación del permiso de maternidad a 20 semanas y desconocemos si se contemplará la retroactividad o no. Un saludo.

      Responder
    • Alejandro

      Hola, si mi hijo nace en 2024 pero antes de que salga en vigor la ley tambien dispongo de las 4 semanas que amplían? Gracias

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Alejandro, en este momento, y hasta que no se publiquen detalles sobre la ampliación del permiso, no tenemos certeza de si la medida tendrá o no efectos retroactivos. Un saludo.

        Responder
    • Ana

      ¿Solo tengo 16? De verdad. Hace unos años las madres tenían 1 mes y los padres 2 días. Por favor, menos exigir. Todas las leyes tienen que tener un día de entrada en vigor. Si te toca te toca

      Responder
      • Ana

        Cómo se nota que a ti ni te va ni te viene… Hace unos años las madres solo tenían 1 mes, por lo que pocas mujeres volvían a su trabajo remunerado después de ser madres. Hace unos años los hombres tenían solo 2 días, y por eso las empresas preferían contratar a hombres que a a mujeres. Hace unos años las ranas tenían pelo.

        Responder
  14. R.

    Para los nacimientos en 2024 ¿tendrá carácter retroactivo? O solo a partir de la fecha de aprobación?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola R., de momento no hay información oficial sobre si la ampliación de la baja a 20 semanas tendrá carácter retroactivo para los nacimientos en 2024. Estaremos pendientes de todas las novedades que surjan para informaros. Un saludo.

      Responder
  15. Gsfa

    Hola, el disfrute del permiso de las 10 semanas despues de las 6 obligatorias puede ser de forma discontinua en el caso de familia monoparental? O debe ser seguidas obligatoriamente?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Gsfa, las 10 semanas se podrían disfrutar en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida hasta que el bebé cumpla 12 meses. Un saludo.

      Responder
      • Albert

        La ley de Familias es aprobada despues de las enmiendas? Cuanto tiempo pueden estar con este proceso de enmiendas? Se puede prever cuanto puede tardar que se apruebe la ley ? Gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Albert, el proceso de enmiendas a la Ley de Familias aún está en curso. Es un proceso que puede tardar semanas o meses, por lo que es difícil predecir cuándo se aprobará definitivamente dicha Ley. Un saludo.

          Responder
      • Mohamed

        Hola mi hija nació el 14 de junio de 2024 y yo empezó cinco días después a trabajar puedo solicitar la patirnidad

        Responder
  16. Blanca

    La ampliación del permiso a 20 semanas sería con carácter retroactivo para niños del 2024? O sería a partir del momento de la publicación de la ley? Gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Blanca, habrá que esperar hasta que se publique el desarrollo de la normativa para conocer detalles sobre la posible retroactividad del permiso. Un saludo.

      Responder
      • Antonio Serrano Belmonte

        Hola. La anterior ampliación a 16 semanas tuvo carácter retroactivo?

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Antonio, las cantidades percibidas durante el permiso de paternidad han estado exentas de IRPF con efecto retroactivo. Por lo que ha sido posible reclamar lo pagado de más desde el 2014. Un saludo.

          Responder
      • Antonio Serrano Belmonte

        Hola. Y se sabe si en la anterior ampliación se dio con carácter retroactivo?

        Responder
        • Francesca

          Buenas tardes, yo tengo cesarea programada por el 30 de Avril. Tengo derecho a las 20 semanas? Trabajo por una empresa americana, con oficina en Estepona, trabajo desde el lunes Al viernes 8horas, en smart working el Miercoles y viernes. Cuanto dia me esperan de lactancia? Puedo pedir tambien de tomar los 22 dias de vacaciones que tengo? Puedo pedir de pasar a Smart working todos los Dias? Muchas gracias, saludos

          Responder
          • Olga Agea

            Hola Francesca, no sabemos si la ampliación a 20 semanas de la baja por maternidad tendrá efectos retroactivos. En cuanto al permiso por lactancia podrás disfrutar de 1 hora al día hasta que tu hijo/a cumpla 9 meses. Podrás, además, solicitar tus 22 días de vacaciones durante el permiso de maternidad o después del mismo. Es importante que lo notifiques a tu empresa con antelación para que puedan organizarse. Por último, podrás solicitar el teletrabajo a tu compañía y ésta tendrá la obligación de valorar tu petición. Un saludo.

      • Maria jose González

        Se sabe más o menos cuando entrará en vigor las 20 semanas

        Responder
        • Olga Agea

          Hola María José, aún se está tramitando esta medida y hasta que no se confirme su aplicación no podremos conocer cuándo entrará en vigor. Un saludo.

          Responder
    • Rocio

      Hola. Mi hijo nació el 14 de junio del 2023. ¿Tenemos derecho a las 4 semanas hasta que cumpla los 8 años ? Y serían retribuidas o no retribuidas?
      Gracias

      Responder
      • Sandra

        Mi hijo nace en marzo, si se aprueba después podré acogerme a las 20 semanas de baja? Gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Sandra, la ampliación de la baja aún está en trámite parlamentario y no se ha confirmado si tendrá carácter retroactivo. Un saludo.

          Responder
          • Viviana

            La anterior ley de las 16 semanas tenía carácter retroactivo?

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