El pasado sábado, 24 de enero, se publicó la normativa prevista en el Real Decreto Ley 8/2014, que desarrolla el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para el contrato de formación y aprendizaje concertado con jóvenes beneficiarios de este colectivo.
La Orden ESS/41/2015, de 12 de enero, modifica varios artículos de la Orden ESS/2518/2013, que regula los aspectos formativos del contrato de formación y aprendizaje, para adaptar la normativa a esta las condiciones específicas del contrato de formación para el colectivo de Garantía Juvenil.
Sin embargo, debes saber que este modelo de contrato específico para Garantía Juvenil sólo se podrá aplicar para los contratos con formación de Certificado de Profesionalidad. El contrato de formación a distancia está excluido expresamente, por lo que no se podría aplicar cuando la formación se imparta en esta modalidad, vinculada a ficheros formativos.
Para cualquier duda o consulta, estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760, o nuestro chat online.
Podéis ampliar información sobre el contrato de formación en la modalidad de teleformación, con formación de Certificado de Profesionalidad en nuestra web:
Así es el nuevo contrato de formación para 2016.
El contrato de formación en teleformación tiene una bonificación adicional para la empresa.
Ya se puede hacer el nuevo contrato de formación.
Fuente: BOE.
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