Kit Consulting, ¿qué empresas se pueden beneficiar de la ayuda?

18 junio, 2024
Kit Consulting, ¿qué empresas se pueden beneficiar de la ayuda?

Desde hoy, 18 de junio, ya puedes solicitar la ayuda para la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital.

Esta ayuda se conoce como Kit Consulting y se incluye en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-20526 del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En este post te contamos todo sobre el Kit Consulting, ¿qué empresas se pueden beneficiar de la ayuda y cómo funciona?

 

¿Qué es el Kit Consulting?

El Kit Consulting es un programa de ayudas que tiene como fin impulsar la transformación digital en las pymes.

Se trata de un Bono de Asesoramiento Digital para facilitar la digitalización de los negocios.

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¿Kit Consulting y Kit Digital son el mismo programa de ayudas?

No, el Kit Digital y el Kit Consulting no son el mismo programa.

  • El Kit Digital subvenciona a las pymes la adquisición de soluciones de digitalización.
  • Mientras que el Kit Consulting subvenciona la contratación de servicios de asesoramiento en transformación digital pero no financia la adquisición de soluciones ni herramientas de digitalización.

Es decir, podría considerarse el Kit Consulting como un paso previo al Kit Digital al enfocarse en el asesoramiento para afrontar el proceso de digitalización de las pymes.

 

¿Quiénes pueden beneficiarse del Kit Consulting?

Podrán ser beneficiarios del Kit Consulting las entidades con domicilio fiscal ubicado en territorio español, comprendidas en los siguientes Segmentos:

  • Segmento A: Empresas de entre 10 y menos de 50 personas empleadas.
  • Segmento B: Empresas de entre 50 y menos de 100 personas trabajadoras.
  • Segmento C: Empresas de entre 100 y menos de 250 personas en plantilla.

 

¿Qué requisitos deberán cumplir las empresas para beneficiarse del Kit Consulting?

Las empresas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser pequeña o mediana empresa de entre 10 y menos de 250 personas empleadas.
  • Tener su domicilio fiscal ubicado en España.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No estar incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • Estar inscrita en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.
  • No superar el límite de ayudas de minimis.

No podrán ser beneficiarias:

  • Las uniones temporales de empresas (UTES).
  • Las personas físicas o jurídicas que sean Asesores Digitales, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de servicios de asesoramiento.
  • Las personas en situación de autoempleo.
  • Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público
  • Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

 

¿Cuál es la cuantía del Bono del Kit Consulting?

La cuantía del Bono va a variar en función del tamaño de la empresa:

  • Para empresas de entre 10 y 49 personas empleadas (Segmento A): 12.000 euros.
  • Para compañías de entre 50 y menos de 100 personas en plantilla (Segmento B): 18.000 euros.
  • Para negocios de entre 100 y menos de 250 personas trabajadoras (Segmento C): 24.000 euros.

El número de personas empleadas se calculará teniendo en cuenta los datos de las personas trabajadoras existentes en el Régimen General de la Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o por cualquier otro medio válido en el momento de presentar la solicitud.

 

¿Cómo funciona el Kit Consulting?

Si como pyme cumples con las condiciones para ser una de las beneficiarias podrás acceder a un Bono de Asesoramiento Digital.

Tras haberte concedido el Bono tendrás que usarlo contratando uno o varios servicios de asesoramiento del Catálogo del Programa, formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Servicios de Asesoramiento con los Asesores Digitales Adheridos.

Puedes elegir entre las siguientes categorías:

 

Servicio de asesoramiento en Inteligencia Artificial: 6.000 euros

Este plan está diseñado específicamente para pymes que aún no han implementado un sistema de IA, proporcionando una guía detallada sobre la inversión necesaria y las medidas requeridas para su adopción.

En este caso, el servicio de asesoramiento se enfoca en la aplicación práctica de técnicas de IA, incluyendo el aprendizaje automático y procesamiento automático de textos, ofreciendo soluciones efectivas para mejorar la eficiencia y productividad de la empresa

 

Servicio de asesoramiento en análisis de datos (básico): 6.000 euros

Este plan tiene como fin realizar un análisis de datos adaptado a las necesidades específicas del negocio, determinando la inversión requerida y las medidas necesarias para implementar eficazmente esas soluciones en la empresa.

 

Servicio de asesoramiento en análisis de datos (avanzado): 6.000 euros

Este plan incluye una evaluación detallada de la inversión necesaria y las medidas clave para establecer un sistema avanzado.

El fin es priorizar la mejora, automatización y aprendizaje de procesos para extracción y análisis de datos.

 

Servicio de asesoramiento en ventas digitales: 6.000 euros

El fin de este plan es determinar la inversión necesaria y las técnicas de marketing digital efectivas, incluyendo el uso de tecnologías de inteligencia artificial para mejorar el rendimiento de ventas en línea de la empresa.

 

Servicio de asesoramiento en procesos de negocio o proceso de producción: 6.000 euros

Este servicio está diseñado para identificar las áreas de mejora y optimización en los procesos empresariales actuales.

Para ello, se definirá un plan de mejora de procesos adaptado al negocio abordando aspectos clave como recursos humanos, económico-financiero, operaciones, productos o clientes, entre otros.

 

Servicio de asesoramiento en estrategia y rendimiento de negocio: 6.000 euros

El objetivo del plan es implementar una estrategia de negocio para mejorar el posicionamiento competitivo.

Esto se consigue definiendo la inversión necesaria, y seleccionando las herramientas adecuadas para alcanzar los objetivos comerciales.

 

Servicio de asesoramiento en ciberseguridad (básico): 6.000 euros

Este plan sirve para definir y aplicar la documentación básica del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información.

 

Servicio de asesoramiento en ciberseguridad (avanzado): 6.000 euros

El objetivo del plan es implementar y mejorar sistemas de protección avanzados para garantizar la seguridad de los datos y sistemas informáticos.

 

Servicio de asesoramiento en ciberseguridad (preparación para certificación): 6.000 euros

El fin de este plan es implementar sistemas de protección avanzada, aprovechando las capacidades de la inteligencia artificial, y preparar el Sistema de Gestión de Seguridad para la certificación (certificación no incluida).

 

Servicio de asesoramiento “360” en transformación digital: 6.000 euros

Por último, el objetivo de este plan es realizar una transformación digital adaptada al negocio, definiendo claramente la inversión necesaria y las medidas estratégicas requeridas para evolucionar digitalmente en todas las áreas de impacto de la organización.

 

¿Cómo funciona el Bono de Asesoramiento Digital del Kit Consulting?

Los Asesores Digitales realizarán el servicio de asesoramiento que la pyme haya seleccionado y la guiará para continuar con su proceso de digitalización.

El plazo para la firma del primer Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento será de hasta 3 meses a partir de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.

El plazo máximo para presentar los Acuerdos firmados es el 31 de mayo de 2025, salvo que la convocatoria establezca otra fecha.

El Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento incluirá:

  • Las características específicas del servicio a prestar.
  • El plazo de prestación.
  • Las obligaciones entre ambos.
  • El importe del Bono de Asesoramiento Digital.

Posteriormente, se procederá a la prestación del servicio de asesoramiento por parte del Asesor Digital Adherido del servicio escogido.

La comprobación de las justificaciones se realizará mediante la documentación justificativa aportada por el Asesor Digital Adherido en nombre del beneficiario.

Esta comprobación podrá incluir, en su caso, requerimiento de documentación adicional y requerimiento de subsanación.

El Asesor Digital Adherido recibirá el pago del Bono una vez presente la justificación de la ayuda y se realice la verificación por parte del órgano concedente.

El abono de los costes no subvencionados corresponderá a la empresa beneficiaria.

 

¿Quiénes pueden ser Asesores Digitales?

Los Asesores Digitales que se adhieran al programa deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Disponer de un volumen neto de la cifra de negocio del último año fiscal cerrado anterior al de la presentación de la solicitud de adhesión igual o superior a 100.000 euros, o que la media del volumen neto de cifra de negocio de los últimos 3 años fiscales cerrados desde la fecha de solicitud de adhesión sea superior a 100.000 euros.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Tener el domicilio fiscal en un país de la UE.
  • Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en alguna de las agrupaciones de actividades económicas definidas.

Los interesados en adquirir la condición de Asesor Digital Adherido deberán solicitar su adhesión en la Sede Electrónica del órgano concedente.

Y figurarán en la Plataforma Acelera Pyme, accesible en la sede electrónica de la entidad Red.es.

¡Importante! El importe subvencionable máximo de todos los acuerdos firmados por el Asesor Digital Adherido que hayan sido validados y no desistidos no podrá superar el 75 % del volumen neto de la cifra de negocio del último año fiscal cerrado, anterior al de la presentación de la solicitud de adhesión, salvo que la convocatoria establezca un porcentaje mayor.

 

¿Cómo solicitar la ayuda del Kit Consulting?

La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios telemáticos en la sede electrónica habilitada (puedes encontrarla en Red.es).

 

¿Cómo se concederán las ayudas del Kit Consulting?

Las ayudas se concederán por orden de solicitud, aplicándose el régimen de concurrencia no competitiva.

 

¿Cuál será el plazo de presentación de solicitudes del Kit Consulting?

El plazo de presentación de solicitudes será desde hoy, 18 de junio de 2024, a las 11:00 horas hasta el 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas.

Este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario de la convocatoria.

¿Conocías esta nueva ayuda? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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Olga Agea

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