Las empresas que reciban incentivos tendrán que mantener el empleo tres años

1 septiembre, 2023
Las empresas que reciban incentivos tendrán que mantener el empleo tres años

El RD 1/2023 incluye nuevos incentivos a la contratación laboral ante los que surgen algunas dudas: ¿pueden todas las empresas acceder a estos incentivos? ¿Qué obligaciones tendrán las compañías para obtenerlos?

Las empresas que reciban incentivos tendrán que mantener el empleo tres años. Te contamos todos los detalles, a continuación:

 

Las nuevas ayudas a la contratación exigirán mantener el empleo durante 3 años

Ya ha entrado en vigor el RD Ley 1/2023 que incluye nuevos incentivos a la contratación laboral con el fin de promover el empleo estable.

Los nuevos incentivos a la contratación surgen para impulsar la contratación de colectivos vulnerables como jóvenes, mujeres, parados de larga duración o personas con discapacidad.

El fin del RD Ley 1/2023 es que las ayudas públicas se destinen de manera exclusiva a fomentar el empleo estable.

Hasta el momento habían existido una serie de bonificaciones para la conversión de contratos temporales en contratos indefinidos.

¿Cuál era el problema de esos incentivos? Algunas empresas se han estado beneficiado de las bonificaciones pero despedían a las personas trabajadoras después de hacerlas fijas.

Desde el 1 de septiembre de 2023 las empresas que reciban las ayudas van a tener la obligación de mantener a las personas trabajadoras durante mínimo 3 años en su puesto de trabajo.

Es decir, los contratos que sean financiados a través de las nuevas bonificaciones tendrán que mantener la situación de alta de la persona trabajadora durante al menos 3 años desde que se inicie el contrato.

¡IMPORTANTE! Existe una excepción: a los contratos de formación en alternancia no se les exigirá ese mantenimiento de la situación de alta durante 3 años. Más abajo, te explicamos los detalles de esta modalidad.

Además, las empresas que contraten a colectivos vulnerables, personas en riesgo de exclusión o parados de larga duración ahorrarán más.

Contrato de formación en alternancia blog

¿Cómo son las nuevas bonificaciones para contratar en 2023?

Los nuevos incentivos a la contratación ponen su foco en los contratos indefinidos dando prioridad a aquellos contratos celebrados con colectivos en riesgo de exclusión.

Las ayudas van a impulsar la contratación de mujeres, jóvenes y mayores de 45 años.

También se incluyen incentivos para fomentar la transformación de contratos temporales en indefinidos y bonificaciones para impulsar el autoempleo.

En las sociedades laborales y en las cooperativas se permitirá a los trabajadores por cuenta ajena adquirir la condición de socios trabajadores.

 

Los nuevos incentivos dan prioridad a la contratación a tiempo completo

Las nuevas bonificaciones para contratar dan prioridad a jornadas completas (ya que la cuantía de la bonificación sería mayor en estos casos).

Siempre que se contrate a tiempo parcial se reducirán las cuantías de manera proporcional en función de la jornada que se establezca.

Las jornadas parciales inferiores al 50% de la jornada a tiempo completo no se van a incentivar, excepto en los supuestos de permisos por conciliación.

 

Se impulsa la negociación colectiva en materia de empleo

El RD 1/2023 incluye una ventaja: se da mayor relevancia al papel de la negociación colectiva en materia de empleo.

Esto es con el fin de que se pueda mejorar la calidad del empleo a través de compromisos pactados.

 

¿Tendrán que devolver sus bonificaciones las empresas que trasladen su actividad fuera de la UE?

Así es, las empresas que trasladen su actividad fuera de la UE deberán devolver sus bonificaciones.

Todas las compañías que deslocalicen su actividad y la trasladen fuera de la UE van a tener que devolver las bonificaciones a la Seguridad Social realizadas durante los 4 años anteriores.

Se incluyen también las subvenciones públicas que hayan recibido en materia de contratación y empleo.

 

¿Cuáles son las bonificaciones para contratar en 2023?

Entre las nuevas bonificaciones aprobadas destacan:

  • Incentivos para la contratación indefinida de personas en exclusión social. En este caso la cuantía a recibir pasa de 55 a 128 € al mes.
  • Incentivos para la contratación de personas desempleadas de larga duración. Esta bonificación se extiende a mayores de 45 años y pasa de 110 a 128 € si la persona contratada es mujer.
  • Incentivos para la contratación indefinida de jóvenes en Garantía Juvenil. Para disminuir la tasa de desempleo juvenil se bonifica la contratación indefinida de jóvenes que sean beneficiarios del Sistema de Garantía Juvenil con un incentivo de 275 € al mes durante 3 años.
  • Incentivos para la transformación en fijos discontinuos de contratos temporales del sector agrario. Durante tres años se recibirá una bonificación en la cotización de 55 € al mes para hombres y 73 € para mujeres. Este incentivo es muy importante ya que el sector agrario siempre está afectado por una elevada temporalidad.

Si quieres conocer a fondo todas las bonificaciones para contratar te recomendamos leer el post: Así son las nuevas bonificaciones para la contratación laboral.

 

¿Cuáles son las bonificaciones para los contratos de formación en alternancia en 2023?

El RD 1/2023 incluye un apartado sobre los incentivos para la formalización de contratos de formación en alternancia y fija unas cuantías de bonificación de 91 € al mes para la empresa y de 28 € al mes en el caso de las cuotas de la persona trabajadora.

Además, las nuevas bonificaciones para los contratos de formación en alternancia permitirán financiar tanto los costes de formación como los costes de tutorización en la empresa.

La empresa podrá bonificar las cuantías de la formación que realice hasta por un máximo de horas que sea equivalente al 35% durante el primer año de contrato y 15% para el segundo año.

El contrato de formación en alternancia permite contratar de 3 meses a 2 años. Por lo que en este caso, no se exigirá mantener el empleo durante 3 años para acceder a la bonificación.

Se podrá disfrutar de la bonificación anteriormente descrita durante la vigencia del contrato.

Va a ser algo similar a las bonificaciones aplicables para los contratos de formación dados de alta antes del 1 de septiembre de 2023.

En estos casos, la bonificación continuará suponiendo un 100% de bonificación de los seguros sociales y 75% para empresas con más de 250 trabajadores.

Ahora, todas las compañías que firmen contratos de formación con fecha de alta a partir del 1 de septiembre van a tener acceso a los mismos beneficios, independientemente de cuál sea el número de su plantilla.

Además, se mantienen las bonificaciones actuales para la formación y en concepto de tutorización.

Al sumar la bonificación de los Seguros Sociales y la bonificación en concepto de tutorización la cuota fija de Seguridad Social de los contratos de formación (170,69 euros) quedaría totalmente bonificada.

 

¿Cuándo entran en vigor las nuevas bonificaciones para contratar?

Las nuevas bonificaciones para contratar están en vigor desde el 1 de septiembre de 2023.

 

¿Hasta cuándo estarán disponibles las nuevas bonificaciones para contratar?

El nuevo sistema se evaluará de manera permanente por lo que ningún incentivo va a tener carácter estructural. Únicamente se van a mantener los incentivos que funcionen.

Hay que recordar que el RD 1/2023 también incluye una novedad para el sector cultural: una prestación especial por desempleo para sus trabajadores artísticos.

¿Conocías las nuevas bonificaciones para contratar? ¿Sabías que existe la obligación de mantener el empleo durante 3 años para acceder a los incentivos?

No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

Contrato de formación en alternancia blog
Olga Agea

2 Comentarios

  1. natalia

    y en el caso de que se contrate a un menor 30 años inscrito como demandante para cubrir a un/a trabajador/a que disfruta del periodo de descanso por nacimiento de hijo. en este caso tambien la empresa tiene que mantener a la trabajadora 3 años.
    O solo es para las contrataciones indefinidas que se hagan a partir del 01/09/2023. Es que no me queda claro, por que si la trabajadora ya estaba en la empresa contratada indefinidamente antes del 01/09/2023 y ahora causa baja por maternidad, por acogerse a la bonificación por sustitución de maternidad (366€ al mes) tiene la empresa la obligación a mantenerla 3 años.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Natalia, la obligación del mantenimiento de empleo de 3 años se exige únicamente en las contrataciones indefinidas y en las transformaciones bonificadas. Un saludo

      Responder

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