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Nueva Ley de la Formación Profesional, todo lo que debes saber

8 agosto, 2023
Nueva Ley de la Formación Profesional, todo lo que debes saber

En marzo de 2022, el Consejo de Ministros aprobó la Ley Orgánica 3/2022, de ordenación e integración de la Formación Profesional.

Esta nueva Ley de la Formación Profesional estableció un nuevo sistema de grados de FP e introdujo la formación dual como prioritaria.

Más de año después, se ha publicado el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.

Este RD fija el calendario de implantación del nuevo sistema de FP a lo largo de los próximos cuatro años y, además, fija el curso 2023/2024 para su correcta implantación de manera gradual.

Nueva Ley de la Formación Profesional: todo lo que debes saber. A continuación, analizamos los puntos clave de la Ley de FP y cómo será su implantación.

 

¿Cómo es la nueva ley de la Formación Profesional?

Para responder a las expectativas y a las competencias más demandadas en el mundo laboral, el Gobierno publicó hace ya más de un año la nueva Ley de la Formación Profesional.

La Ley Orgánica 3/2022 llegó para reinventar el sistema educativo y convertirlo en uno más flexible adaptado a todo tipo de personas.

Tras su entrada en vigor, se prevé que el 50% de las oportunidades de empleo en 2025 vana estar reservadas para personas con cualificación intermedia (técnicos y técnicos superiores de formación profesional).

Mientras que únicamente el 16% de los puestos de trabajo requerirán bajo nivel de cualificación.

Este cambio es muy importante, ya que hay muchas personas que no disponen de las capacidades necesarias.

Esto conlleva un fuerte abandono escolar, brechas de género o desempleo estructural, entre otros problemas.

Además, se suma la dificultad del sistema empresarial para cubrir algunas de las ofertas de empleo debido a que las vacantes pertenecen a niveles intermedios de cualificación vinculados con la formación profesional.

La nueva Ley de FP incluye medidas para responder a las aspiraciones de cualificación profesional de las personas.

A continuación, te contamos todas las modificaciones.

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¿Qué cambios introduce la nueva ley de la Formación Profesional?

Existen 3 ámbitos para conformar esta nueva ley de la Formación Profesional:

  • Ofertas de formación profesional.
  • Orientación profesional.
  • Acreditación de competencias profesionales.

Toda la formación profesional va a estar integrada en un sistema único organizado por grados y dirigido tanto a estudiantes y personas trabajadoras como a personal desempleado.

El fin es que todos puedan realizar itinerarios formativos que cumplan sus necesidades.

La nueva ley de la Formación Profesional establece un nuevo sistema de grados que va desde las ‘micro-formaciones’ a los títulos de especialización:

  • A: corresponde a la acreditación parcial de las competencias. Es la unidad de aprendizaje más pequeña.
  • B: implica la obtención de un certificado de competencia profesional.
  • C: certificado profesional. Incluiría a los niveles 1, 2 y 3.
  • D: ciclos formativos de FP.
  • E: cursos de especialización. En el caso de grado medio correspondería a la denominación de especialista, mientras que para grado superior correspondería a un máster profesional.

Toda la FP será dual, es decir, se alternará formación teórica y práctica tanto en el centro de formación como en la empresa, excepto para los grados A y B.

Podrá impartirse la formación en cualquiera de las modalidades presencial, semipresencial, virtual o mixta.

Y se utilizarán los recursos de las tecnologías de la información para garantizar su accesibilidad.

Todos los grados deben adaptarse a las personas con necesidades específicas de apoyo educativo o formativo para garantizar el acceso, la permanencia y la progresión en el aprendizaje.

¡IMPORTANTE! Tras la publicación del RD 659/2023 se introducen otras dos novedades:

  • Se van a poder realizar formaciones de corta duración.
  • Las personas estudiantes van a poder matricularse en cualquier momento del año.

 

¿Qué plazos tendrán las empresas ante la nueva Ley de FP?

Las administraciones competentes procederán a la adaptación, con fecha límite el 1 de enero de 2025, de los medios e instrumentos necesarios para adaptarse a las novedades de la FP.

Esto es en relación con los centros que imparten ofertas del Sistema de Formación Profesional, su autorización administrativa y los aspectos básicos del régimen de funcionamiento.

La implantación de la regulación relativa a admisión y acceso a las ofertas de Grado D y E tendrá efectos a partir del curso 2024-2025, sin perjuicio de su aplicación en el curso 2023-2024 a criterio de las administraciones competentes.

 

¿Se podrán acreditar las competencias profesionales si no se tiene un título oficial?

Sí, con la nueva Ley de FP las personas que no tengan una titulación oficial pero sí acrediten una amplia experiencia profesional van a poder obtener ese título a través de un procedimiento administrativo.

Esta novedad favorecerá a personas empleadas que sin tener cualificación sí cuentan con una amplia experiencia laboral.

Además, será posible estudiar partes o algunas asignaturas de los ciclos, lo que se conocerá como ‘micro-formaciones’ o formaciones de corta duración.

Por ejemplo, se pueden escoger formaciones de 50 horas para especializarse en un ámbito concreto.

Así se fomenta la especialización de personas trabajadoras que llevan tiempo activas en el mercado laboral pero no contaban con titulación. A través de las formación cortas podrán tener una certificación.

 

¿El período de prácticas de la formación profesional será remunerado?

En la FP dual genérica la duración de la formación en la empresa será de entre el 25% y el 35% de la duración total de la formación ofertada en régimen general.

En este caso, la empresa se compromete a asumir un 20% de los contenidos y resultados del aprendizaje.

Hay que destacar que la FP dual genérica no tiene carácter laboral.

En la FP dual intensiva la duración de la formación en la empresa será superior al 35% de la duración total de la formación y, en este caso, la empresa colaborará en más del 30% del currículo.

Para la FP dual sí existe un contrato de formación remunerado para el estudiante según la legislación laboral.

A partir del segundo trimestre del primer curso todos los estudiantes realizarán prácticas remuneradas.

 

¿Qué instrumentos gestionarán la nueva formación profesional?

El Registro Estatal de Formación Profesional incluirá toda la acreditación, certificados, o títulos propuestos o expedidos, además del informe de vida formativa profesional para el ciudadano.

Conectado con este Registro encontramos también el Registro Estatal de Acreditaciones de Competencias adquiridas por experiencia laboral y vías no formales y el Registro Estatal de Centros de Formación Profesional. 

Además, se crea el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales que sustituye al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Otro instrumento será el Catálogo Modular de Formación Profesional que define el currículo de cada módulo profesional.

Y, por último, el Catálogo de Ofertas de Formación Profesional.

 

¿Cómo será la formación con la nueva Ley de Formación Profesional?

La oferta debe incorporar las competencias profesionales emergentes como son la innovación, digitalización, sostenibilidad o emergencia climática.

Se trata de factores estructurales de éxito en el nuevo modelo económico.

La formación dual supone un impulso en el vínculo entre los centros, empresas, sindicatos, organizaciones empresariales y entidades del tercer sector.

En el caso de las empresas, la formación tendrá las siguientes finalidades:

  • Adquirir competencias profesionales propias de cada oferta formativa.
  • Conocer la realidad del entorno laboral del sector productivo.
  • Participar en el desarrollo de una identidad profesional emprendedora.
  • Adoptar habilidades para la realización del trabajo profesional.
  • Facilitar la inserción laboral respetando la normativa de prevención de riesgos laborales.

Para comenzar la formación en una empresa será obligatorio superar la formación de riesgos laborales, que será impartida por los centros de formación profesional.

 

¿Qué información debe incluir el Plan de Formación?

Cada persona en formación tendrá un Plan de Formación en el que se detallarán los siguientes aspectos:

  • Régimen en el que se va a realizar la formación.
  • Decisión del aprendizaje que se va a abordar en la empresa y en el centro de formación.
  • Mecanismos de seguimiento de los aprendizajes.
  • Coordinación, secuencias y duración de los períodos de formación en la empresa.
  • Medidas necesarias para personas con necesidades específicas de apoyo para el desarrollo de sus períodos formativos en empresa.

En cada centro de formación profesional estará la figura del tutor o tutora dual, que desarrollará sus funciones en colaboración con el tutor o tutora de la empresa.

El tutor del centro de formación se encargará de coordinar el Plan de Formación, de preparar a la persona para su incorporación en la empresa, de velar por la igualdad de trato y de oportunidades y garantizar la no discriminación.

Para integrar a las personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral se efectuarán ofertas específicas de formación dirigidas a:

  • Personas mayores de 16 años sin cualificación e incorporadas a la vida laboral, para permitirles la obtención de un Certificado Profesional o de un Título de Formación Profesional.
  • Personas mayores de 16 años que no hayan desarrollado su historia escolar en el sistema educativo español y tengan dificultades para incorporarse al mismo.
  • Personas o grupos desfavorecidos en el mercado de trabajo o en riesgo de exclusión social.

 

¿Cuáles son los objetivos de la nueva Ley de Formación Profesional?

Esta nueva Ley de la Formación Profesional pretende aumentar el número de plazas de formación profesional y ajustar la oferta a las necesidades del mercado.

También, busca ampliar el número de horas de formación que realizan los trabajadores y las personas que están en búsqueda de empleo para equiparar a España con los países más avanzados.

Por eso, desarrollar un sistema flexible, accesible y acreditable se ha vuelto fundamental.

La nueva ley de la Formación Profesional amplía la presencia de la empresa en la formación e incorpora la innovación, emprendimiento, digitalización y sostenibilidad en la oferta formativa.

Otro fin que persigue la Ley Orgánica 3/2022 es posibilitar la acreditación de la experiencia laboral de personas que no tienen acreditadas sus competencias y permitirles progresar en el Sistema Educativo y Formativo.

 

 

¿A qué desafíos se enfrenta la nueva Ley de la Formación Profesional?

Se deben aportar recursos e instrumentos suficientes para orientar a los trabajadores, estudiantes o desempleados. Esto tendrá que ir consiguiéndose de manera progresiva.

Además, es fundamental mejorar  las comunicaciones entre las empresas y los centros educativos y ofrecer estudios de FP que estén relacionados de manera directa con las exigencias del mercado.

Principalmente tendrán que cubrir las exigencias en innovación y sostenibilidad.

Esperamos que este post te sirva de ayuda. ¿Conocías los detalles de la nueva Ley de FP? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

Contrato de formación en alternancia blog
Olga Agea

24 Comentarios

  1. Alberto Romero

    Buenas, soy un alumno de un Grado Medio de Administración al cual el año que viene va a cursar una asignatura de 1er año junto con algunas del 2º año y quisiera saber como podría afectarme esta nueva ley, si fuerais tan amables de resolverme la duda estaría muy agradecido.

    Responder
  2. Ana

    Hola tengo certificado de profesionalidad nivel 2 llevo trabajando en la empresa desde 2007 para estabilización de empleo 1 requisito para 35 plazas fijas es tener la ESO me puede excluir ?tengo diploma de fin de estudios obligatorios de Francia sin homologar

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Ana, te recomendamos homologar tu título para presentarte a la convocatoria. Un saludo.

      Responder
  3. pablo

    Hola.
    Esta nueva ley como afectará para los que estudiamos un FP superior a distancia?
    Yo en mi caso estoy realizando algunos módulos del primer año del ciclo superior de Fp de Automatizacion y Robotica Industrial ya que no es obligatorio matricularse en todos.
    Estoy matriculado en el CIPFPD de Logroño.
    Cuanto tiempo tendria para acabar el FP sin que me viese afectado por esta nueva ley?

    Responder
  4. jesus

    Buenas tardes
    los certificados de profesionalidad (grados 2 y 3) se podrán
    reconocer como «titulo» para opositar con la nueva ley para?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Jesús, la Ley no establece explícitamente la equivalencia de los Certificados de Profesionalidad para efectos de oposiciones. La aceptación de estos certificados variará según cada convocatoria específica. Te recomendamos consultar detenidamente las bases de la convocatoria correspondiente para verificar los requisitos de titulación necesarios. Un saludo.

      Responder
  5. David

    ¿Saben ustedes si es convalidable (Formación y Orientación Laboral) respecto a la nueva EIE (Empresa e Iniciativa Emprendedora) en el curso 2024/25?

    Responder
  6. Carlos Garcia Sanchez

    Estimado, grupo2000

    Quisiera saber si con esta ley, se podría acreditar cualquier formación que integren módulos profesionales (Cúmulos de Grados B) he implican la acreditación de por ejemplo una formación de farmacia o dietética con módulos con referencias en el Instituto Nacional de Cualificaciones Profesionales

    Les explico mi caso, nadie me da respuesta y veo vuestro articulo y no se si con esta ley se puede acreditar todo, (ya que forma parte del mismo sistema de fp) Tengo formación continua en una Academia acreditada por el Sepe, formaciones como Dietética y el itinerario formativo de SAN123_2Farmacia, existiría una acreditación con esta ley para los grados C de dichas formaciones?

    Gracias por la contestación

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Carlos, entendemos que sería posible obtener una acreditación oficial para esos módulos. Sin embargo, como es un tema complejo te recomendamos contactar directamente con las autoridades competentes en materia de educación y formación profesional en tu comunidad autónoma para obtener una respuesta específica y actualizada sobre tu caso particular. Un saludo.

      Responder
  7. Cristina

    Mi centro educativo imparte la oferta parcial diferenciada a distancia, es obligatorio que ofrezca la FP DUAL? o esta nueva ley no obliga en función del tipo de modalidad en la que se imparte

    Responder
  8. LOURDES

    Hola. No he encontrado los requisitos necesarios para ser docente de un certificado de profesionalidad ¿qué titulación docente se requiere (CAP, MASTER….)?

    Responder
    • Nuria

      Hola , es necesario tener el certificado profesional de Docencia para la formación profesional para el empleo (SSCE0110), que actualmente se denomina: Certificado Habilitación Docencia Grados A,B y C

      Responder
    • Elena

      Y para las modalidades online que esten a mitad de curso de 1?

      Responder
  9. Oriol Areloa

    Hola gracias por tu artículo muy bien redactado todo. Hay una cosa que no he encontrado en sitios dónde he mirado está nueva ley, y es la gente que hemos empezado en el curso 2023/2024 y que la nueva ley nos afectará estando en nuestro segundo año. Estaremos también con la influencia y con las nuevas reglas? O cómo tal nosotros ya terminaremos con lo anterior. Lo digo porque en mi centro estaban comentando que por ejemplo si te llevas al segundo año una UF suspendida, se supone que si en las recuperaciones de Junio no las recuperas repetirías la asignatura entera. No sé si es eso así, o va a depender del centro. Gracias.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Oriol, cada centro educativo tiene su propio plan de evaluación, por lo que te recomendamos consultar con tu tutor/a o con la dirección del centro para obtener información más específica sobre cómo se aplicará la nueva ley en tu caso. Un saludo.

      Responder
      • Rubén

        Hola! Curso el segundo año de un grado superior Dual en Cesur en Madrid y nos han comentado que en caso de suspender no tendremos opción a recuperar al año siguiente sino que tendremos que cursar otro módulo diferente para poder aprobar quisiera saber si esto es verdad ya que ellos dicen que es la nueva ley, un saludo!

        Responder
  10. Juan

    Cómo afecta esto a las personas que trabajan y estudian al mismo tiempo y no pueden permitirse dejar el trabajo? Como se compaginan con la fp dual si su empresa no es apta para las prácticas?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Juan, si la empresa no está homologada para las prácticas no se va a poder compatibilizar la FP dual con el trabajo a tiempo parcial. En cualquier caso, te recomendamos contactar con el centro en cuestión para ver qué opciones te ofrecen. Un saludo.

      Responder
      • Sergio

        Buenas tardes,

        Mi consulta era sobre la nueva ley y como afecta a los docentes y requisitos de acceso. Antes se podía acreditar la competencia docente con la carrera de pedagogía. Con la nueva ley esto cambia?. Gracias

        Responder
  11. Jesús Enrique Rivero Espinosa

    Hola soy cubano con nacionalidad española por origen. Tengo un título de grado medio pero no es de mí oficio. He ejercido de mecánico por varios años y quiero un título de formación profesional de mecánico. Les Agradecería me informaron si con mi experiencia laboral, haciendo alguna prueba o algún curso pudiera tener el título.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Jesús, podrías obtener un título de mecánico con tu experiencia laboral a través de la Acreditación de Competencias Profesionales. Un saludo.

      Responder
      • David

        Buenas, saben ustedes si habría alguna opción convalidable entre las asignaturas (Formación y Orientación Laboral) y la nueva implantación de EIE (Empresa e Iniciativa Emprendedora)

        Responder
      • Elena

        Buenas tardes, como afectaria la nueva ley a personas que el año pasado nos matriculamos en primero pero no de todas las asignaturas?por lo que para este año que viene tngo aun unas asignaturas de primero. Y en segundo lugar cuando van a dar información oficial? Puesto que las matriculas para los que ya hemos empezado el fp son en julio y comentan que por entonces aun este nuevo sistema no estara, es imposible matricularte y luego ver la sorpresa, en mi caso mi empresa es homologada para convalidar practicas..pero si no m matricule en ello como las voy a convalidar

        Responder
  12. María José

    ¿Cómo afecta la nueva ley a las pruebas libres de FP?

    Responder

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