Queda solo un mes para que pymes y autónomos puedan solicitar el Kit Digital. La mayoría de las convocatorias para esta ayuda finalizan en diciembre, a menos que el Gobierno decida extender de nuevo el plazo.
¡Importante! Los autónomos que tengan menos de 3 personas en plantilla sí que van a poder solicitar las ayudas hasta octubre de 2025.
Tienes los detalles, más abajo. Así es el programa Kit Digital para la digitalización de pymes y autónomos.
Además, desde el Gobierno han anunciado que podría ampliarse el Kit Digital para microempresas con menos de 5 personas en plantilla con el fin de facilitarse la adaptación a la futura reducción de la jornada laboral. Más abajo, te contamos todo sobre esta novedad.
¿Qué es el Kit Digital para pymes y autónomos?
El programa Kit Digital forma parte de las ayudas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y está financiado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation EU.
Este programa nace con el objetivo de apoyar e impulsar la digitalización de un millón de pymes y autónomos en España, permitiéndoles acceder a nuevos mercados y desarrollar su potencial.
En su momento, el Gobierno publicó en el BOE la Orden ETD/734/2022, de 26 de julio, en la que se introdujeron algunos cambios para esta ayuda.
Entre las modificaciones se incluyeron nuevas categorías, una ampliación en el número de entidades beneficiarias y la incorporación del concepto de mejora funcional.
Meses después, se volvieron a producir modificaciones en las bases del Programa Kit Digital, recogidas en la Orden ETD/1498/2021:
- Un aumento de la cuantía de la ayuda para las empresas del Segmento III (de entre 0 y menos de 3 personas empleadas), pasando de los 2.000 euros a los 3.000 euros.
- Una nueva solución denominada ‘Puesto de trabajo seguro’, exclusivamente para empresas beneficiarias del Segmento III.
- La inclusión de 2 nuevos Segmentos para solicitar la ayuda. Se trata del Segmento IV (medianas empresas de entre 50 y menos de 100 personas empleadas); y el Segmento V (medianas empresas de entre 100 y menos de 250 personas en plantilla).
- La creación de 4 nuevas Categorías de soluciones exclusivas para los Segmentos IV y V.
Tienes toda la información, a continuación:
¿Quiénes pueden ser beneficiarios de la ayuda Kit Digital?
Pueden ser beneficiarias de las convocatorias de Kit Digital:
- Las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.
- Las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida que ejerzan una actividad económica, siempre que su domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.
Según el número de empleados y la categoría de la empresa, las compañías beneficiarias se clasifican en:
- Pequeñas empresas de entre 10 y 49 personas trabajadoras (Segmento I).
- Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y 9 personas en plantilla (Segmento II).
- Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y 2 personas empleadas (Segmento III).
Además, la Orden TDF/435/2024 incluyó 2 nuevos segmentos para solicitar el Kit Digital:
- Segmento IV: medianas empresas de entre 50 y menos de 100 personas trabajadoras. En este segmento se incluyen las empresas con menos de 50 personas empleadas que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y balance general anual de 10 millones de euros.
- Segmento V: medianas empresas de entre 100 y menos de 250 personas en plantilla.
¿Qué convocatorias del Kit Digital permanecen abiertas?
Aún permanecen abiertas todas las convocatorias de Kit Digital para autónomos y pymes.
Se podrá solicitar la ayuda hasta el 31 de diciembre de 2024 en estos casos:
- Empresas del Segmento I, formadas por una plantilla de entre 10 y 49 personas empleadas.
- Pymes y autónomos del Segmento II.
- Explotaciones agrarias, sociedades civiles y comunidades de bienes.
El plazo de solicitudes permanecerá disponible hasta octubre de 2025 para las empresas del Segmento III.
Más abajo, te dejamos todos los detalles de cada convocatoria de Kit Digital.
Nuevas convocatorias de Kit Digital en 2024
Además de las convocatorias mencionadas se ha adelantado la publicación de dos nuevas convocatorias más con el fin de establecer dos nuevos segmentos según el número de personas empleadas.
- El segmento IV: cuya cuantía será de 25.000 euros.
- El segmento V: en el que el Bono Digital supondrá 29.000 euros.
En ambos casos, las solicitudes podrán comenzar a gestionarse una vez se publique la convocatoria correspondiente y se abra el formulario de solicitud, previsto para estos próximos meses.
¿Cómo mido la plantilla de mi empresa para saber en qué Segmento estoy del Kit Digital?
¿No tienes claro a qué Segmento pertenece tu empresa?
El número de personas empleadas de los segmentos I, II, III, IV y V se debe calcular:
«Teniendo en cuenta los datos de trabajadores existentes en el Régimen General de la Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o por cualquier otro medio válido en Derecho, en el momento de presentar la solicitud».
Algunas empresas quedaron excluidas de los Segmentos I y II porque no alcanzaban las 10 personas en la plantilla para el Segmento I o superaban las 9 personas trabajadoras para el Segmento II.
Con la ampliación de la convocatoria del Segmento I hasta el 31 de diciembre de 2024 estas empresas podrían solicitar la ayuda en 2024 para el Segmento I si su plantilla, según el último ejercicio cerrado (2023), cumple con los requisitos.
Si superan las 10 personas empleadas podrían solicitar el Bono dentro de la primera convocatoria de solicitudes.
¡IMPORTANTE! Para la convocatoria de Kit Digital para explotaciones agrarias las entidades tendrán que cumplimentar un formulario único independientemente del Segmento (I, II, III, IV o V) al que pertenezcan.
Posteriormente, Red.es realizará las verificaciones necesarias para determinar el Segmento correspondiente de cada entidad solicitante.
¿Qué requisitos tienen que cumplir las empresas del Segmento I para beneficiarse del Kit Digital?
Para ser beneficiarias del Bono Kit Digital las empresas del Segmento I tienen que cumplir los siguientes requisitos:
- Ser pequeñas empresas o trabajadores autónomos con domicilio fiscal ubicado en territorio español.
- Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa.
- Estar inscrita en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.
- Si se ha realizado un cambio del Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Administración Tributaria Foral y viceversa, se tendrá en consideración el período que haya permanecido inscrito en ambos.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- La compañía no puede estar incursa en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas de minimis.
- Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
¿Qué requisitos tienen que cumplir las pymes y autónomos del Segmento II para ser beneficiarios del Kit Digital?
Para resultar beneficiarios de la segunda convocatoria de Kit Digital se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser una pequeña empresa, microempresa o persona en situación de autoempleo con domicilio fiscal ubicado en España.
- Pertenecer al Segmento II (tener una plantilla entre 3 y 9 empleados).
- Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener la antigüedad mínima de 6 meses.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas de minimis.
- Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital de acuerdo con el test de diagnóstico.
¿Qué requisitos tienen que cumplir las empresas del Segmento III para ser beneficiarias del Kit Digital?
Para ser beneficiarias del Kit Digital las pequeñas empresas o microempresas del Segmento III (entre 0 y menos de 3 empleados) deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser una empresa, microempresa o persona en situación de autoempleo con domicilio fiscal en España.
- Pertenecer al Segmento III (tener entre 0 y menos de 3 empleados).
- Estar inscrita en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No estar incursa en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas de minimis.
- Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
¿Qué requisitos se deben cumplir para acceder a la convocatoria de Kit Digital para explotaciones agrarias y sociedades civiles?
Para solicitar la ayuda de Kit Digital, las entidades solicitantes tienen que estar inscritas en:
- El Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- O en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que tendrá que reflejar la actividad económica que desarrollan a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.
Además, deberán cumplir estos requisitos:
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No estar incursa en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas de minimis.
- Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico.
¿Qué empresas están excluidas del Kit Digital?
No podrán ser beneficiarias del Bono Digital:
- Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización.
- Las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores.
- Las uniones temporales de empresas (UTE).
- Las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la condición de beneficiarias en alguna de las Convocatorias del Programa Kit Digital.
- Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
- Los Colegios profesionales, las sociedades civiles (con la excepción de las sociedades civiles con objeto mercantil y las sociedades civiles profesionales), las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
Para la segunda, tercera, cuarta y quinta convocatoria de Kit Digital se excluyen también:
- Las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la condición de beneficiarias en alguna de las Convocatorias del Programa Kit Digital.
¿Cómo se pide el Kit Digital?
Las pymes, autónomos y entidades de la convocatoria de Kit Digital para sociedades civiles y explotaciones agrarias deberán solicitar su Bono del Kit Digital a través de un solicitante, representante legal o representante voluntario autorizado.
La solicitud se realizará únicamente a través del formulario automatizado disponible en la Sede Electrónica de Red.es. Este formulario también es accesible desde el portal Acelera Pyme e incluirá:
- NIF del solicitante.
- Nombre de la persona física o razón social de la persona jurídica.
- Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
- Teléfono y datos de contacto.
- En su caso, autorización del representante voluntario.
Información importante para los representantes voluntarios
Los representantes voluntarios deberán aportar junto a la solicitud una autorización de representación voluntaria, que podrán descargar en la Sede Electrónica de Red.es.
Cada representante voluntario podrá presentar un máximo de 500 solicitudes al día.
En caso de error en la solicitud, el Órgano Instructor requerirá la subsanación mediante notificación electrónica, y las pymes y autónomos tendrán un plazo de 10 días hábiles para resolverlo.
Test de autodiagnóstico para el Kit Digital
Antes de solicitar las ayudas para la transformación digital se realizará un test de autodiagnóstico en la plataforma Acelera Pyme.
Este test permitirá a las pymes conocer su estado de digitalización y los aspectos a mejorar.
Fases y convocatorias del Kit Digital
- La primera fase: comenzó el 15 de marzo de 2022, con 600 millones de euros destinados a empresas de entre 10 y 49 personas empleadas. El importe máximo de las ayudas por beneficiario es de 12.000 €.
- Segunda fase: Iniciada el 2 de septiembre de 2022, con 500 millones de euros destinados a pymes y autónomos del Segmento II. El importe máximo de ayuda por beneficiario es de 6.000 €.
- Tercera fase: disponible desde el 20 de octubre de 2022, con 500 millones de euros destinados a pequeñas empresas y microempresas del Segmento III. Inicialmente, la ayuda era de 2.000 €, pero se ha ampliado a 3.000 €. Este aumento de la ayuda tendrá carácter retroactivo, permitiendo a las empresas beneficiarias del Segmento III que ya la hubieran solicitado acceder a la nueva cuantía una vez se abra el formulario de solicitud, previsto para junio.
Es decir, podrán solicitarla aquellas empresas beneficiarias del segmento III que ya la hubieran pedido con anterioridad e incluso si ya han consumido su Bono Digital.
¿Cómo pueden las pymes del Segmento III solicitar la ampliación de su Bono en 1.000 euros adicionales?
Si ya has sido una empresa beneficiaria de la ayuda y quieres solicitar la ampliación de 1.000 euros, simplemente tendrás que:
- Entrar en tu expediente.
- Seleccionar el botón habilitado.
- Firmar la conformidad.
La concesión será automática en estos casos.
Nuevas convocatorias de Kit Digital
Para la convocatoria de Kit Digital para sociedades civiles se ha destinado un presupuesto de 100 millones de euros.
En el caso del Segmento IV (medianas empresas de entre 50 y menos de 100 personas empleadas) el importe del Bono puede ser de hasta 25.000 euros.
Mientras que para el Segmento V (medianas empresas de entre 100 y menos de 250 personas en plantilla) el importe del Bono asciende a los 29.000 euros.
¿Cómo se cobra la ayuda del Kit Digital?
Para ejercer el derecho de cobro de la subvención del Kit Digital la empresa beneficiaria tendrá que seguir estos pasos:
- Seleccionar y contratar la solución digitalizadora que más se adapte a sus necesidades.
- Formalizar el Acuerdo de Prestación. El plazo máximo para formalizar el Acuerdo de Prestación será de 6 meses desde que se notifique la resolución de concesión de la ayuda.
- Usar, si así lo desea, el importe total del Bono. La empresa podrá formalizar acuerdos de prestación hasta agotar el importe total de la subvención concedida.
¿Qué se puede hacer con el Kit Digital?
El Bono Digital podrá destinarse a adoptar soluciones de digitalización que permitan sustituir las ya existentes, siempre y cuando estas supongan una mejora funcional.
Para ello, las soluciones deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Ser una solución totalmente nueva que cumpla los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca.
- La solución que se sustituye debe no cumplir alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.
No se entenderá como mejora funcional:
- El desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
- La actualización de versiones de software por el proveedor.
- Upgrades o mejora de versiones.
¡Importante! No se pueden contratar 2 soluciones de digitalización de la misma Categoría.
Por ejemplo, no podrás elegir 2 soluciones de facturación electrónica, pero sí podrás solicitar 2 soluciones que pertenezcan a diferentes categorías, como facturación electrónica y gestión de procesos.
En general, no se consideran subvencionables los gastos asociados a hardware.
Sin embargo, sí se podrá subvencionar cuando su suministro sea imprescindible para la prestación de la solución contratada, o bien, se solicite la Categoría de Solución “Puesto de trabajo seguro” subvencionable en la Convocatoria dirigida al Segmento III.
¿Cuál es el importe de la ayuda del Kit Digital para pymes y autónomos de entre 10 y 49 empleados?
Los importes máximos de la ayuda del Kit Digital dependiendo de la Categoría de Soluciones de Digitalización, así como de la duración de la prestación del servicio, serán los siguientes:
Categoría de soluciones digitales | Meses de prestación del servicio | Importe para pymes y autónomos (Segmento I) |
Sitio Web y Presencia en Internet | 12 | 2.000 € |
Comercio electrónico | 12 | 2.000 € |
Gestión de redes sociales | 12 | 2.500 € |
Gestión de clientes | 12 | 4.000 € (incluye 3 usuarios) |
Business Intelligence y Analítica | 12 | 4.000 € (incluye 3 usuarios) |
Gestión de procesos | 12 | 6.000 € (incluye 10 usuarios) |
Factura electrónica | 12 | 2.000 € (incluye 3 usuarios) |
Servicios y herramientas de oficina virtual | 12 | 250 € por usuario (hasta 48 usuarios) |
Comunicaciones seguras | 12 | 125 € por usuario (hasta 48 usuarios) |
Ciberseguridad | 12 | 125 € por dispositivo (hasta 48 dispositivos) |
Presencia Avanzada en Internet | 12 | 2.000 € |
Marketplace | 12 | 2.000 € |
El importe de la ayuda aplicable a cada solución de digitalización será el menor de los siguientes:
- Ayuda máxima de la Categoría de Solución de Digitalización a la que corresponde la solución de digitalización.
- Coste de la solución de digitalización contratada.
- El importe de la subvención concedida no asociado a Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización formalizados.
Serán subvencionables los gastos que tenga la persona beneficiaria para adoptar las soluciones de digitalización disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización, siempre en el límite de las cuantías máximas.
¿Cuál es el importe de la ayuda del Kit Digital para pymes y autónomos de entre 3 y 9 empleados?
Categoría de soluciones digitales | Meses de prestación del servicio | Importe para pymes y autónomos (Segmento I) |
Sitio Web y Presencia en Internet | 12 | 2.000 € |
Comercio electrónico | 12 | 2.000 € |
Gestión de redes sociales | 12 | 2.500 € |
Gestión de clientes | 12 | 2.000 € (incluye 1 usuario) |
Business Intelligence y Analítica | 12 | 2.000 € (incluye 1 usuario) |
Gestión de procesos | 12 | 3.000 € (incluye 3 usuarios) |
Factura electrónica | 12 | 2.000 € (incluye 3 usuarios) |
Servicios y herramientas de oficina virtual | 12 | 250 € por usuario (hasta 9 usuarios) |
Comunicaciones seguras | 12 | 125 € por usuario (hasta 9 usuarios) |
Ciberseguridad | 12 | 125 € por dispositivo (hasta 9 dispositivos) |
Presencia Avanzada en Internet | 12 | 2.000 € |
Marketplace | 12 | 2.000 € |
¿Cuál es el importe de la ayuda del Kit Digital para pymes y autónomos de entre 0 y 2 empleados?
Categoría de soluciones digitales | Meses de prestación del servicio | Importe para pymes y autónomos (Segmento III) |
Sitio Web y Presencia en Internet | 12 | 2.000 € |
Comercio electrónico | 12 | 2.000 € |
Gestión de redes sociales | 12 | 2.000 € |
Gestión de clientes | 12 | 2.000 € (incluye 1 usuario) |
Business Intelligence y Analítica | 12 | 1.500 € (incluye 1 usuario) |
Gestión de procesos | 12 | 2.000 € (incluye 1 usuario) |
Factura electrónica | 12 | 1.000 € (incluye 1 usuario) |
Servicios y herramientas de oficina virtual | 12 | 250 € por usuario (hasta 2 usuarios) |
Comunicaciones seguras | 12 | 125 € por usuario (hasta 2 usuarios) |
Ciberseguridad | 12 | 125 € por dispositivo (hasta 2 dispositivos) |
Presencia Avanzada en Internet | 12 | 2.000 € |
Marketplace | 12 | 2.000 € |
Puesto de trabajo seguro | 12 |
1.000 €/Dispositivo (máximo 1 dispositivo) |
¿Cuál será el importe de la ayuda del Kit Digital para el Segmento IV?
Categoría de soluciones digitales | Meses de prestación del servicio | Importe para pymes y autónomos (Segmento III) |
Comercio electrónico | 12 | 5.000 € |
Gestión de redes sociales | 12 | 5.000 € |
Gestión de clientes | 12 | 10.000 € (incluye 10 usuarios) |
Business Intelligence y Analítica | 12 | 7.000 € (incluye 10 usuarios) |
Gestión de procesos | 12 | 15.000 € (incluye 10 usuarios) |
Factura electrónica | 12 | 3.000 € (incluye 6 usuarios) |
Servicios y herramientas de oficina virtual | 12 | 250 € por usuario (hasta 99 usuarios) |
Comunicaciones seguras | 12 | 125 € por usuario (hasta 99 usuarios) |
Ciberseguridad | 12 | 125 € por dispositivo (hasta 99 dispositivos) |
Presencia Avanzada en Internet | 12 | 5.000 € |
Servicio de Ciberseguridad Gestionada | 12 | 200 € por dispositivo (hasta 99 dispositivos) |
Gestión de clientes con IA asociada | 12 |
18.000 € (incluye 10 usuarios y mínimo capacitación a 3 de ellos) |
Business Intelligence y Analítica e IA asociada | 12 |
8.000 € (incluye 10 usuarios y mínimo capacitación a 3 de ellos en IA asociada) |
Gestión de procesos con IA asociada | 12 |
16.000 € (incluye 20 usuarios y mínimo capacitación a 3 de ellos en IA asociada) |
¿Cuál será el importe de la ayuda del Kit Digital para el Segmento V?
Categoría de soluciones digitales | Meses de prestación del servicio | Importe para pymes y autónomos (Segmento III) |
Comercio electrónico | 12 | 5.000 € |
Gestión de redes sociales | 12 | 5.000 € |
Gestión de clientes | 12 |
14.000 € (incluye 15 usuarios) |
Business Intelligence y Analítica | 12 |
8.000 € (incluye 15 usuarios) |
Gestión de procesos | 12 |
18.000 € (incluye 25 usuarios) |
Factura electrónica | 12 | 3.000 € (incluye 6 usuarios) |
Servicios y herramientas de oficina virtual | 12 | 250 € por usuario (hasta 116 usuarios) |
Comunicaciones seguras | 12 | 125 € por usuario (hasta 232 usuarios) |
Ciberseguridad | 12 | 125 € por dispositivo (hasta 232 dispositivos) |
Presencia Avanzada en Internet | 12 | 5.000 € |
Servicio de Ciberseguridad Gestionada | 12 | 200 € por dispositivo (hasta 145 dispositivos) |
Gestión de clientes con IA asociada | 12 |
24.000 € (incluye 15 usuarios y mínimo capacitación a 5 de ellos) |
Business Intelligence y Analítica e IA asociada | 12 |
9.000 € (incluye 15 usuarios y mínimo capacitación a 5 de ellos en IA asociada) |
Gestión de procesos con IA asociada | 12 |
19.000 € (incluye 25 usuarios y mínimo capacitación en IA a 5 de ellos en IA asociada) |
¿Cómo saber si te han concedido el Kit Digital?
El Bono del Kit Digital se concede de forma directa y siguiendo el criterio de orden de presentación de solicitudes.
Las resoluciones se notifican a través de la Sede Electrónica de Red.es y también se informará de manera individual a los beneficiarios.
¿Cómo se paga el Kit Digital?
El Bono Digital del Kit Digital se cobrará una vez que se justifique la solución digitalizadora implantada. Aquí te explicamos cómo:
Selección y Contratación de la Solución
- La pyme o autónomo beneficiario deberá elegir una solución digital disponible en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.
- Deberá formalizar el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización a través de la Sede Electrónica de Red.es.
Plazo para la formalización del Acuerdo de Prestación
El plazo máximo para formalizar el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización será de 6 meses desde la notificación de la Resolución de concesión de la ayuda.
En los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización correspondientes a sustituciones de soluciones ya adoptadas por el beneficiario se detallarán las mejoras funcionales de la solución con respecto a la adoptada previamente por el beneficiario.
Justificación y documentación
El Agente Digitalizador, en nombre del beneficiario, tendrá que justificar el uso del Bono Digital proporcionando justificantes de gasto detallados.
Esta justificación se realizará a través de un formulario electrónico que estará disponible en la Sede Electrónica de Red.es (accesible desde la Plataforma Acelera Pyme).
Plazos de presentación de la justificación
Se establecen dos plazos máximos para la presentación de la justificación:
- 6 meses desde la validación del Acuerdo de Prestación para la primera fase de prestación de la solución.
- 3 meses desde la finalización de la segunda fase de prestación de la solución.
Pago de las ayudas
Se realizará en dos fases:
- En la primera fase los pagos tendrán la consideración de pagos a cuenta. Para recibir este pago el beneficiario tendrá que estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- En caso de incumplimiento de requisitos, el beneficiario deberá asumir la obligación de pago al Agente Digitalizador Adherido por los costes incurridos.
Este proceso asegura que las pymes y autónomos puedan implementar soluciones digitales de manera efectiva y recibir el apoyo financiero correspondiente conforme avancen en la digitalización de sus operaciones
¿Qué pasa si supero el importe de mi Bono de Kit Digital?
No pasa nada, simplemente la empresa beneficiaria del Bono Digital tendrá que asumir la diferencia entre el importe de la solución y el importe de su Bono.
¿Qué requisitos deben cumplir los Agentes Digitalizadores para prestar sus servicios a las pymes y a los autónomos?
Desde el 10 de marzo de 2022 está activo el Catálogo de Agentes Digitalizadores con los agentes que participan en el programa. Puedes consultar la información en la Plataforma Acelera Pyme.
Los agentes digitalizadores son los encargados de ofrecer las herramientas necesarias para las pymes y autónomos con el fin de conseguir una evolución y una completa digitalización de sus procesos de trabajo.
Los requisitos que tienen que cumplir los agentes digitalizadores para ofrecer sus servicios son:
- Estar al corriente de pago con Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
- Facturar más de 100.000 € al año. Para el caso de las personas en situación de autoempleo sin trabajadores a su cargo, la facturación acumulada deberá ser de, al menos, 70.000 euros en los dos 2 anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión.
- No estar en una situación de crisis.
- Tener al menos 2 años de antigüedad.
¿Cuáles son las categorías incluidas en el Catálogo de servicios para impulsar la transformación digital?
El Catálogo de soluciones de digitalización del programa es accesible desde la plataforma Acelera Pyme.
Todas las categorías de soluciones de digitalización exigen a las soluciones de digitalización la prestación de un servicio de soporte ante incidencias con un plazo de resolución de menos de 24 horas, que podrá realizarse de forma remota.
Además, los agentes digitalizadores tendrán que impartir la formación necesaria que permita a los beneficiarios adquirir conocimientos básicos para su uso inicial.
- Presencia en Internet y sitio web. En esta categoría se incluyen las soluciones que enseñan cómo crear una página web para la pyme con el fin de dar visibilidad a los productos que ofrece en Internet y alcanzar a mayor número de usuarios.
- Comercio electrónico. El fin es crear una tienda online de compraventa de productos y/o servicios.
- Gestión de redes sociales para promocionar la pyme en Instagram, Facebook, LinkedIn, etc.
- Gestión de clientes y/o proveedores. El objetivo es mejorar y conseguir una evolución positiva de la gestión de las relaciones comerciales con los clientes.
- Business Intelligence y analítica para mejorar la toma de decisiones de la pyme.
- Servicios y herramientas de oficina virtual con el fin de establecer medidas interactivas para que la comunicación y colaboración entre los empleados sea más sencilla y eficiente.
- Gestión de procesos para automatizar aspectos relacionados con la pyme.
- Factura electrónica para agilizar el ritmo de emisión de facturas utilizando programas informáticos con opciones avanzadas que permitan a los trabajadores aumentar la productividad.
- Comunicaciones seguras. Esta categoría tiene como fin afianzar la seguridad en los dispositivos de los trabajadores de la pyme.
- Ciberseguridad para garantizar un uso seguro y fiable de los dispositivos electrónicos y evitar posibles hackeos y robos de información confidencial.
La Orden ETD/734/2022, de 26 de julio incorporó 2 nuevas Categorías:
- Presencia Avanzada en Internet para asegurar el posicionamiento de la empresa beneficiaria del Kit Digital en Internet, aumentando su alcance e incrementando el tráfico de visitas en su plataforma.
- Marketplace para ayudar a la empresa beneficiaria a aumentar su nivel de ventas seleccionando los canales de distribución adecuados.
Meses después, la Orden TDF/435/2024 incluyó nuevas Categorías exclusivamente para los Segmentos IV y V:
- Servicio de Ciberseguridad Gestionada para acceder a un servicio que combine técnicas de EDR y MDR para detectar incidentes de ciberseguridad en tiempo real y abordarlos de la forma más rápida y eficaz posible.
- Gestión de clientes con IA asociada para favorecer las capacitaciones en inteligencia artificial con el fin de optimizar procesos y agilizar las interacciones y relaciones con los clientes.
Business Intelligence y Analítica e IA asociada cuyo objetivo es mejorar el proceso de toma de decisiones empresariales.
- Gestión de procesos con IA asociada para aprender a digitalizar y/o automatizar procesos de negocio relacionados con los aspectos operativos o productivos de la empresa a través de la IA.
Para el Segmento III se incorporó la Categoría:
- Puesto de trabajo seguro cuyo objetivo es potenciar o mejorar la productividad.
En este caso, te preguntarás ¿sirve el Kit Digital para la compra de ordenadores? Despejamos tus dudas, a continuación:
Así es la ayuda de 1.000 euros para que los autónomos compren un ordenador
En la nueva Categoría «Puesto de trabajo seguro» para el Segmento III se permite usar 1.000 euros para la compra de un ordenador portátil o de sobremesa nuevo.
En nuestro post Guía para solicitar la ayuda de 1.000 € para autónomos para comprar un ordenador te contamos detalladamente qué requisitos debe cumplir el nuevo dispositivo y cómo tramitar la ayuda.
¡Importante! Esos 1.000 euros para la compra de un ordenador los recibe el Agente Digitalizador, que es quien deberá ceder el ordenador.
Durante el año de servicio del Kit Digital ese ordenador es propiedad del Agente Digitalizador, después la empresa beneficiaria del Bono Digital podrá comprar el quipo con su dinero usando un 15% del contrato al beneficiario.
¿Cuándo finaliza el Kit Digital?
Los plazos para solicitar el Kit Digital finalizarán el 31 de diciembre de 2024. Excepto para el Segmento III donde se ha ampliado el plazo hasta octubre de 2025.
No obstante, podría ampliarse el Kit Digital para microempresas con menos de 5 personas en plantilla para facilitar la adaptación a la reducción de la jornada laboral.
Las microempresas podrían solicitar ayudas para adoptar soluciones digitales, como la creación de páginas web o la contratación de software, que ayuden a mejorar su digitalización.
El plazo de solicitud se extendería hasta el 30 de junio de 2026.
Las empresas que ya hubiesen recibido la ayuda previamente podrían solicitarla de nuevo, siempre que la nueva solicitud se destinase a la digitalización del sistema de registro de jornada, si este aspecto no fue cubierto en la subvención anterior.
Habrá que esperar para conocer más detalles.
Los autónomos y los agentes digitalizadores podrían ampliar el Kit Digital con un nuevo préstamo del ICO
¡Importante! El Instituto de Crédito Oficial (ICO) tiene una línea de financiación con el fin de complementar las ayudas de Kit Digital
¿Qué puedes hacer con la ayuda del ICO?
- Los autónomos beneficiarios del Bono de Kit Digital podrían ver ampliado el importe del Bono Digital para acceder a más servicios.
Es muy útil en el caso de autónomos o empresas beneficiarias que hayan cobrado un Bono de 2.000 euros, por ejemplo, y necesiten otros 2.000 euros más para implantar nuevas soluciones digitales.
La línea ICO permitiría financiar hasta el 100% del importe del proyecto, restando el importe de la ayuda concedida a través del Kit Digital.
- Los Agentes Digitalizadores podrían acceder a un adelanto del dinero que todavía no habrían cobrado.
Recordemos que el pago del Bono Digital no es inmediato y el Agente Digitalizador debe implementar la solución, emitir la factura y justificar el proceso antes de acceder al dinero.
Imagina que eres Agente Digitalizador y has firmado dos acuerdos con dos personas beneficiarias diferentes, cada uno por 2.500 euros para la gestión de redes sociales. Puede suceder que haya un retraso con el tema de la justificación y todavía no hayas obtenido el pago.
A través del aval de ICO podrás financiar esos 5.000 euros a través de créditos.
¿Quiénes pueden acceder a los préstamos ICO para el Kit Digital?
Podrán solicitarlo autónomos y empresas que hayan suscrito un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización dentro de cualquiera de las convocatorias de ayudas del Programa Kit Digital y que tengan la consideración de:
- Empresa beneficiaria de la ayuda.
- Agente Digitalizador Adherido.
¿Cuál es la cuantía que cubre el préstamos ICO?
El préstamo ICO cubre:
- A las empresas beneficiarias de las ayudas de Kit Digital: el coste de la solución de digitalización no cubierto por la ayuda.
- A los Agentes Digitalizadores: les ofrece un anticipo de la cuantía concedida para adquirir las soluciones de digitalización.
¿Cómo tienen que solicitar los autónomos el préstamo ICO para el Kit Digital?
Tanto autónomos como Agentes Digitalizadores tienen que ser beneficiarios del Kit Digital y, por tanto, haber suscrito un acuerdo de prestación de servicios.
Después, podrán solicitar el préstamo ICO. Será necesario que revisen qué entidades de crédito están adheridas a la línea.
Seguidamente, tendrán que acudir al banco con la documentación básica y se estudiará la posibilidad o no de concederles la ayuda.
El tipo de interés será fijo o variable, más el margen que se haya establecido por la entidad según el plazo de amortización.
El plazo de amortización y carencia será de 180 días, 1 o 2 años con la posibilidad de 1 año de carencia principal.
Este préstamo ICO podrá solicitarse hasta el 31 de diciembre de 2025.
¿Cuáles son los principales motivos de subsanación en la ayuda Kit Digital?
Antes de finalizar es necesario destacar qué existen 2 motivos principales de subsanación en la solicitud de Kit Digital:
El firmante de la solicitud no tiene poderes para representar la empresa
Si necesitas subsanar tu solicitud de Kit Digital porque no están acreditados los poderes del firmante de dicha solicitud deberás presentar una escritura de la empresa o poder notarial.
De esta manera, estarás acreditando que esa persona que firmó la solicitud sí tiene poder de representación en la empresa.
Otra forma de subsanar este error es la ratificación ante notario de una persona con poderes que acredite que quien firmó la solicitud sí estaba autorizado para hacerlo.
Apuntarse en la convocatoria errónea
Si no has calculado de manera correcta el número de empleados de tu plantilla, quizá hayas solicitado la convocatoria que no le corresponde a tu compañía.
Por ejemplo, imagina que tu empresa tiene 10 personas en plantilla (corresponderías al Segmento I) y te inscribes en el Segmento II (de 3 a 9 empleados).
¿Qué puede hacer para subsanar este error? Para acreditar el número de empleados que tiene tu compañía es necesario que presentes el Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social.
En este Certificado se muestra cuál es la plantilla media que tiene tu compañía.
Si en tu empresa tienes contratados autónomos societarios o colaboradores entonces deberás aportar un informe de alta del autónomo.
También será necesario que aportes una factura para acreditar esa vinculación entre el autónomo y tu compañía.
Si eres una pequeña o mediana empresa o un autónomo y necesitas mejorar la digitalización y las habilidades digitales de tus empleados, esta es una gran oportunidad para acelerar e innovar en tu propuesta empresarial.
El Bono Digital supone una solución para que las pequeñas y medianas compañías estén presentes en el mercado y puedan competir ofreciendo mejores productos y facilitando la información a los clientes a través de Internet y de las redes sociales.
¿Qué te parece el Kit Digital? Déjanos tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!
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Buenos días,
Somos una empresa de construcción/fontanería con 2 trabajadores en nomina + el gerente de la empresa. Necesitaríamos información sobre la solicitud de kit digital. Tampoco se muy bien que nos pueden obligar a tener digitalizado, entiendo que solamente seria la facturación, es así?. Si fuese así, primero tendríamos que solicitar el kit y luego contratar un informático que nos haga la instalación del programa de la factura electrónica? que cantidad nos darían, 2000 euros?
Muchas gracias
Hola Inma, te contactamos por privado para informarte de todo. Un saludo.
Una asociación sin actividad económica con 1 trabajador podría solicitar el kit digital?
Hola Elena, te contactamos por privado para informarte. ¡Un saludo!
Si somos 3 autonomos, uno es el dueño y los otros 2 son autonomos colaboradores ¿en que segmento estaria?
¡Hola, Patricia! Seríais 3 personas, estaríais en el segmento II de kit digital. Un saludo
Hola,
En el apartado de facturación electrónica entraría el TiketBai.
Hola, Raquel. Se supone que sí, tendríais que encontrar a una empresa que os lo implemente con el kit digital. Un saludo
Hola buenas,
Somos agentes digitalizadores. Hay proyectos que ya hemos terminado y están en fase de justificación. Sabéis de agentes que hayan cobrado ya la ayuda? Cuanto están tardando en cobrar el bono?
¡Hola, Lucía! Están tardando en pagar el bono por lo que están comentando otros agentes que todavía están a la espera. Un saludo
Hola, quiero hacer una consulta con respecto a los pagos. Soy Agente Digitalizador y estoy justificando un trabajo ya realizado. Me encuentro con que me piden el justificando de pago por parte de mi cliente, pero no me queda claro qué debe pagarme.
Si la factura es de 2000 + IVA – IRPF= 2120, ¿debe pagarme 120 € para poder justificar su abono??
Muchas gracias.
Si tienes un woocommerce en uso y necesitas apoyo en posicionamiento (SEO) y RRSS ¿es posible solicitar el Kit? Gracias.
Hola, Eli. Sí, al ser servicios y categorías diferentes en el kit digital, sí sería posible. Si quieres, nos ponemos en contacto contigo para ayudarte a solicitar el kit digital por privado. Un saludo
Hola. Tengo una duda, las subvenciones también sirven para comprar un sofware de facturación? es decir tener un programa de facturación completo?
¡Hola, Ana! Sí sería posible solicitar un programa de facturación con el kit digital. Un saludo
Hola, ¿¿podemos utilizar el bono con mas de un solo agente digitalizador?? ¿¿Como se debería proceder??
Hola, Patricio. Así es, podéis contratar servicios con varios agentes digitalizadores si tenéis presupuesto disponible con vuestro kit digital. Nos ponemos en contacto por privado para informarte. Un saludo
Buenas noches , mi empresa ha solicitado el kit digital,somos 3 empleadas.
Mi pregunta es si está obligada a mantener a las empleadas hasta tener el bono? O puede prescindir de alguna. Gracias
Hola, María. Esta ayuda no exige mantenimiento de empleo al ser una ayuda destinada a fomentar la digitalización. No obstante, a lo mejor les podría perjudicar si se produce el despido antes de la concesión de la ayuda, ya que cambiarían de segmento al tener menos plantilla. Un saludo
Hola:
Quería saber si la FORMACIÓN (en alguna las categorías de soluciones digitales) está incluida.
Y también si todo lo que se contrata debe hacerse a agentes digitalizadores adheridos o no.
Muchas gracias.
Hola, Amaia. Todos los servicios son tecnológicos, la formación no sería uno de los servicios. Los servicios deben contratarse con agentes digitalizadores siempre. Si se contrata el servicio, el propio agente digitalizador deberá facilitar formación sobre cómo utilizar su servicio. Un saludo
Hola!
Si la web y tienda online existe pero queremos hacer mejoras que están dentro de los puntos de kit digital ¿es posible? por ejemplo web responsible, accesibilidad, optimización….
Hola, Lara. Tendría que poder demostrarse que son mejoras importantes y necesarias para la web, como por ejemplo lo que comentas para que sea responsive. Un saludo
Buenos días,
Acabamos de iniciar tramites para la creación de una SL de un solo trabajador. Se puede acceder al kit digital o se necesita antigüedad de la empresa?
Hola, Raquel. Se pide que la empresa tenga al menos 6 meses de antigüedad para solicitar el kit digital. Un saludo
buenos dias
queria saber si la compra de ordenadores o programas se incluyen en el kit digital
Hola, Victor. Con el kit digital no se puede comprar ordenadores, sólo cubre software, sólo se podría si fuese estrictamente necesario para implementar un software nuevo y tendría que justificarse claramente. Un saludo
Buenas tardes
Soy una Sociedad Limitada, con un solo trabajador, me interesaría conocer mejor el tema, especialmente para crear una pagina web, que no tengo, presencia en internet y comercio electrónico.
Me Pueden informar mas detalladamente.
Gracias
Hola, Antonio. Nos ponemos en contacto para explicarte sobre el kit digital. Un saludo
Hola, somos una sociedad de profesionales con 3 autónomos que son socios y 1 una autónoma colaboradora queríamos saber si podemos pedir la subvención de KIT Digital como PyME (de 3 o más empleados).
Gracias!
Hola, José. La convocatoria del segundo segmento de Kit Digital permite que se cuente como plantilla a todas las personas de Régimen General junto con las personas inscritas en el RETA, por lo que sí podríais solicitar la ayuda. En Grupo2000 os podemos ayudar a solicitarla, simplemente tenéis que enviar este formulario. Un saludo
Buenos días,
¿Las socias autónomas trabjadoras de una cooperativa se deben tener en cuenta a la hora de calcular la plantilla? En el certificado de plantilla media en TGSS solo constan las personas contratadas en régimen general, por lo que no tengo claro si pertenecemos al segmento II o III.
Por otro lado, ¿Cuando se puede realizar la solicitud de ayuda para dichos segmentos?
Y por último, ¿Se puede realizar la contratación de un servicio, y posteriormente, en caso de recibir la ayuda, justificar ese gasto ya realizado previamente?
Muchas gracias,
Hola, Garazi. Para calcular la plantilla media para el kit digital tendrías que contar a los trabajadores en régimen general que te aparecen en TGSS y sumar a las autónomas societarias. La convocatoria para los segmentos de empresa II y III todavía no se ha publicado, se espera que se publique en las próximas semanas. Para contratar el servicio hay que esperar a que te concedan la ayuda y realizar la contratación después del servicio, según el procedimiento del kit digital. Un saludo
En ningún sitio indica que se sumen los autónomos societarios o es que se van sacando de la manga los requerimientos en función de los que les van preguntando. Es la plantilla media de la SS
Hola. Así es como están informando desde Red.es en sus ponencias, donde resuelven dudas frecuentes sobre el kit digital. Un saludo
Hola, no está claro desde cuando se debe solicitar la justificación y cobro de la ayuda por parte del Agende Digitalizador, si desde que se finaliza el servicio realizado, o una vez pasan los 3 meses máximos para realizar la primera fase de la prestación de servicios.
Si yo realizo el servicio en dos semanas, a partir de estas dos semanas puedo realizar la justificación y pedir el pago de la ayuda?
Se puede solitar el kit digital con dos proveedores diferentes?
Hola, Cristina. Se puede solicitar el kit digital con dos proveedores diferentes si pertenecen a diferentes categorías dentro de la ayuda. Un saludo
Hola, buenos dias, tengo dudas sobre si una SOCIEDAD CIVIL dedicada a la Asesoría de empresas y formada por 2 profesionales autónomos puede solicitar el KIT digital, ya que en algún sitio he visto que están excluida las sociedades civiles y no se si es nuestro caso.
Muchas Gracias.
Hola, Daniel. No podrán ser beneficiarios del kit digital las empresas públicas, entidades de derecho público, los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica. Por tanto, al ser sociedad civil, no podríais beneficiaros del kit digital. Un saludo
Buenas tardes
Accesorios como tablets, king kong,… hay forma de incluirlos en la subvencion de kid digital?
Hola, Jordi. La ayuda del kit digital está dirigida sobre todo a la implementación de software, no cubriría los soportes de hardware. Sólo lo cubriría si para la solución que vais a implementar es imprescindible esa herramienta y por supuesto, se debe poder acreditar que es así. Un saludo
Buenos días. Una empresa con 8 trabajadores en régimen general, y dos autónomos socios, que trabajan también en la empresa. ¿Cumple requisito o tienen que ser trabajadores en régimen general? Gracias
Hola, Juan. Según comentan desde Redes, para medir la plantilla para el Kit Digital van a tener en cuenta la cifra indicada en el informe de Seguridad Social. Un saludo
Indicarle, que los autónomos societarios deberán de tenerlos en cuenta a la hora del computo para establecer el Segmento al que pertenece la empresa, tal y como se establecen en las bases reguladoras.
Puedes indicar donde aparece esto, yo ni en las bases, ni en la convocatoria veo ninguna referencia para tenerlos en cuenta.
Mucha gente no lo solicitó precisamente por esto y yo lo pregunte y me contestaron que era la plantilla media del informe de la SS
Hola! cómo se calcula el número de trabajadores para determinar en qué paquete entramos? tenemos muchos profes pero ninguno hace jornada completa
Gracias!!
Hola, Ana. Para ver en qué tramo del Kit Digital estáis, podéis solicitar el certificado de plantilla media en TGSS. Un saludo
Hola, como se justificaria el nunero de trabajadores que tiene la empresa? Y al agente digitalizador es necesario? En caso de que si lo sea como?
Hola, Ana. Para ver el número de trabajadores podéis solicitar un certificado de la plantilla media a Seguridad Social. El agente digitalizador es necesario, sólo se pueden contratar para el Kit Digital servicios con agentes digitalizadores. Los agentes digitalizadores están todavía terminando de publicarse por Redes. Si necesitas ayuda con tu Kit Digital, puedes contactar con nosotros por privado y te ayudamos. Un saludo
Buenos días,
Mi pregunta es, si al tratarse de un grupo de consolidación fiscal, se puede acceder a las ayudas por cada empresa del grupo si estas tienen diferente CIF.
Gracias, un saludo.
Hola
Cuando empieza el plazo de presentación de solicitudes para autónomos sin trabajadores( segmento III)
Hola, Lidia. Por el momento sólo se han publicado las bases para la solicitud del primer segmento de kit digital, para empresas de 10 a 49 trabajadores. Para el resto de segmentos se irán publicando a lo largo de los próximos meses. Os informaremos en nuestro blog. Un saludo
Soy autónoma y la única trabajadora, la.empresa que tengo es una comunidad de bienes, puedo acceder al kit digital?
Hola, Montse. Las comunidades de bienes estarían excluidas del kit digital, no se podría solicitar la ayuda. Un saludo
Buenos días, para recibir las ayudas, en el caso de un autónomo sin empleados, entiendo que voy a recibir 2000€ en total, no para cada uno de los servicios ofertados, como por ejemplo: 2000 € para creación de tienda online + 2000€ para gestión de redes sociales… ¿Es correcto?
Muchas gracias!
Hola, Lucas. Para las empresas sin trabajadores contratados, también se podrá solicitar el Kit Digital, estarías en el tramo de hasta 2.000 euros. En el post podrás encontrar una tabla de los límites máximos para gastar en cada categoría. Habrá algunas como la página web que puedes gastar hasta 2.000 € y otros, como gestión de procesos, que tendrían un límite máximo por categoría para gastar tu kit digital de 500 euros.
Si lo deseas, podemos informarte y ayudarte con tu solicitud de kit digital, te dejo un enlace a la información. Un saludo
Solicito información sobre sus servicios y la subvención comentada para el Kit Digital.
Muchas gracias por adelantado
Hola, Susana. Nos ponemos en contacto por privado contigo para facilitarte información sobre la ayuda del kit digital y la solicitud. Un saludo
Hola, buenas tardes, no tengo claro si cumplo todos los requisitos para poder solicitar la ayuda. Gracias
Hola, Concepción. Nos ponemos en contacto contigo para ayudarte. Un saludo
buenas tardes
Soy autonomo, me interesaria saber un poco mas del tema, sobretodo para crear una pagina web, que no tengo, presencia en internet y comercio electronico.
Me Pueden informar mas detalladamente
Gracias
Hola, Jaume. Muchas gracias por contactar. Nos ponemos en contacto por privado para informarte sobre la ayuda del Kit digital. Un saludo
Buenos días! es compatible esta ayuda con la Subvención en especie para la «prestación de servicios de asesoramiento
y acompañamiento para la transformación digital de las Pymes andaluzas en el
marco del programa Empresa Digital» y las de «SUBVENCIONES DESTINADAS A LA MODERNIZACIÓN DIGITAL Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD», ambas de la Junta de Andalucía?
Muchísimas gracias.
Hola, Lucía. El kit digital sería compatible con estas subvenciones, siempre que no se vaya a subvencionar el mismo servicio y que haya alguna exclusión en esas otras subvenciones, te recomendaría consultar las bases de las ayudas de la Junta, por si acaso. Un saludo
Hola. He escrito en el chat que aparece en vuestra página pero no obtengo respuesta. ¿Podéis poneros en contacto con nosotros? Muchas gracias.
Hola, Pablo. Gracias por contactar. Le he pasado nota a los compañeros para que os informen sobre el kit digital. Un saludo
Buenos días,
estoy interesada en recibir más información.
Gracias.
Hola Maribel. Nos ponemos en contacto contigo por privado al email que nos has dejado. Un saludo
Buenos días, soy Maribel. No me quedó claro cuándo empiezan con las empresas de 4 a 9 e
empleados; me gustaría mejorar la digitalización de mi empresa y acceder a estás ayudas
Hola, Maribel. Todavía estamos esperando a que se publique la convocatoria de solicitud de la ayuda de Kit Digital para las diferentes categorías de Pymes. En Grupo2000 podemos ayudarte a solicitar tu Kit Digital, si lo deseas. Un saludo
La empresa tiene que pagar el servicio primero? O paga el Estado al agente digitalizador?
Hola, Manuel. La empresa elige el servicio o servicios que quiere dentro de su kit digital, los contrata con la empresa y después el Gobierno es quien paga al agente digitalizador. Un saludo
Buenas tardes, Ángela,
Según leo yo, este punto que comentas es incorrecto. Copio y pego el BOE. Según lo entiendo yo, una mejora funcional SÍ es subvencionable.
Si tienes información que lo contradiga, me gustaría tenerla.
¡Gracias!
Fernando
Perdón… El texto del BOE:
Las ayudas a la adopción de soluciones de digitalización podrán destinarse a sustituir
a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario siempre que supongan una mejora
funcional. En la página web AceleraPyme.es, gestionada por la Entidad Pública
Empresarial Red.es, se recogerá el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Kit
Digital, entre las que, la empresa, beneficiaria de la ayuda y titular del «bono digital»,
podrá consultar y seleccionar una o varias, y un sistema de autoevaluación del nivel de
digitalización de la empresa. Las soluciones ofertadas deben permitir a los beneficiarios
avanzar en su nivel de madurez digital y mejorar su competitividad a través de su
digitalización
Hola, Fernando. Tendría que suponer una mejora notable. En las ponencias de Redes siempre han hecho hincapié que la ayuda del Kit Digital no se puede utilizar para renovar licencias. Un saludo
Muy interesante. ¡Gracias!
¡Muchas gracias, Sensi! Nos alegra que te haya resultado útil nuestro artículo sobre el kit digital. Un saludo
Hola, la digitalización se debe hacer obligatoriamente con estos agentes digitalizadores? no se puede contratar otra empresa para hacerlo con esta subvencion?
Hola Nina. La subvención especifica que tendrá que contratarse los servicios con los agentes digitalizadores, porque el Gobierno quiere asegurarse que las empresas que ofrezcan servicios a los beneficiarios del Kit digital sean empresas consolidadas. Un saludo
Hola mi empresa tiene 7 trabajadores y en concreto queremos valorar disponer de ERP- CRM, página web corporativa, página de comercio electrónico y presencia en redes sociales. Nuestra principal duda es si podemos aspirar a solicitar diferentes bonos para cubrir estas necesidades. ¿Es posible ?
Hola Manuel. Se solicita un bono digital único y dependiendo del perfil de la empresa, tiene derecho a unas cantidades que se podrán después gastar en cada una de las áreas, con empresas que os realicen esos servicios de ERP, CRM, web, etc, que sean agentes digitalizadores. Un saludo
Quiero saber más información sobre esta ayuda
Buenos días. Nos ponemos en contacto para informarte. Muchas gracias. Un saludo
Hola, buenas.
Si la empresa ya cuenta con una página web existente (es muy antigua), también se puede acceder a esta ayuda, para rehacer la página web y modernizarla? Los requisitos que piden los cumplimos.
Muchas gracias.
Buenos días. Si la empresa necesita crear una nueva página web, se supone que es uno de los servicios subvencionables. Muchas gracias. Un saludo
Perfecto, gracias.
Lo digo más que nada porque una agencia nos dijo que las ayudas no servían para «renovar» servicios (en este caso la web ya existente) que la empresa ya tiene.
Un saludo.
Hola Elisabeth. Entiendo por lo que comentas que no se trataría tanto de una «renovación» como de tener que hacer la web a lo mejor nueva si es tan antigua. Probablemente sea necesario utilizar un sistema para crearla que obligue a que sea nueva realmente. Es lo que os recomendaría si la que ya tenéis hace mucho tiempo que se creó. Un saludo
Hola, para solicitar la ayuda siendo autónomo es necesario llevar dos años ejerciendo? Gracias
Hola Rocío, no necesitas una antigüedad de 2 años para beneficiarte de la ayuda. Tienes los requisitos especificados más arriba.
Únicamente se requieren 2 años de antigüedad para aquellos que quieran ser agentes digitalizadores.
Muchas gracias por contactar. Un saludo.
Hola.
Querríamos contactar con Ustedes por teléfono para obtener amyou información de esta ayuda
Gracias
Hola Edurne. Nos ponemos en contacto para informarte. Muchas gracias. Un saludo
Pues es un palo, pensaba aprovechar esta ocasión para emprender lanzando mi software de gestión a las empresas, pero si se requiere una antigüedad de 2 años, estoy excluido de inicio.
Hola,
si lo que quieres es convertirte en agente digitalizador, si, necesitas antiguedad y un mínimo de facturación.
Si quieres aprovechar la ayuda, no necesitas antiguedad.
Grupo2000 ayuda a solicitar a las pymes el kit digital?
¡Hola! Sí, te ayudamos a solicitar el Kit digital tu vuestra empresa. Te escribimos por privado para ayudarte. Un saludo
Hola, nos interesan mucho estas ayudas. Hace un año hemos iniciado un negocio de tienda on line y nos hace falta formación e información.
Gracias.
Hola Edurne. Nos ponemos en contacto para informaros. Un saludo