Recientemente hemos tenido conocimiento de un nuevo servicio de TGSS para modificar las condiciones del autónomo. Os contamos en este artículo en qué consiste y cómo utilizarlo.
¿En qué consiste el nuevo servicio de TGSS para los autónomos?
Según informan desde Seguridad Social, este nuevo servicio ya está disponible en la Sede Electrónica de Seguridad Social.
Esta herramienta permitirá que los trabajadores inscritos en el RETA puedan corregir su condición como trabajador autónomo: titular, colaborador, socio colaborador, etc. Bien sea porque se haya comunicado de forma errónea en el alta, o porque haya que modificarla posteriormente.
Recordamos que existen unos plazos para poder subsanar o modificar la condición del autónomo:
- Plazo para la subsanación de la condición declarada en el alta: 10 días, desde la fecha de presentación del alta.
- Plazo para comunicar una variación: 3 días, desde el momento en que se produzca la variación (este cambio tendrá efectos a partir del mes siguiente al que se comunique).
¿Cómo se utiliza el nuevo servicio de Seguridad Social para los autónomos?
Para poder acceder, debes dirigirte a la Sede Electrónica de TGSS. Dentro de la opción de «Ciudadanos», tendrás que hacer clic en «Afiliación e Inscripción».
Importante: para realizar este trámite necesitarás disponer de Certificado Digital o Cl@ve.
Una vez dentro de esta opción, aparecerán los datos no editables del autónomo. A continuación, se deberá indicar si se trata de una corrección o variación.
Al indicar el tipo de petición que se solicita, se deberá elegir la nueva condición de entre las 21 situaciones posibles, que se han dividido en 4 apartados: Familiares, sociedades, cooperativas y otros.
Al marcar la situación, ya aparecerán los campos a rellenar para la comunicación. Una vez introducidos, si los datos son correctos, aparecerá un aviso de que se ha realizado correctamente la operación.
Recuerda tener a mano los documentos que te puedan requerir según el tipo de modificación: número de Seguridad Social del autónomo, Código de Identificación Fiscal, Código IAE, etc..
También en los últimos días han publicado otra nueva herramienta interesante para el autónomo en la Sede Electrónica, para solicitar la base reducida por pluriactividad en el RETA.
Más artículos que también te pueden interesar:
Motivos por los que podrías recibir una carta de Inspección en estos días
Ya es obligatorio comunicar el convenio colectivo en las altas del trabajador
Si eres autónomo, debes cumplir esta obligación antes del 1 de Octubre
Claves de la nueva campaña de Inspección tras el Plan Director por un trabajo digno
Cómo solicitar las nuevas ayudas para contratos de formación de Garantía Juvenil
Sanciones de 3000 euros por no hacer el alta previa de los autónomos.
Fuente: Seguridad Social.
0 comentarios