Hoy se ha publicado la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
En la Disposición Adicional Nonagésima Primera se recoge la financiación de la formación profesional para el empleo, detallando el crédito de formación programada para 2016 al que podrán acceder las empresas.
A continuación os resumimos cuál será el crédito 2016 para formación programada de cada empresa, que dependerá de las cantidades cotizadas en la Contingencia de Formación durante el año 2015, y de su plantilla:
- Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada
- Empresas de 10 a 49 trabajadores: 75%
- Empresas de 50 a 249 trabajadores: 60%
- Empresas de más de 250 trabajadores: 50%
En el caso de las pequeñas empresas, con plantilla entre 1 y 5 trabajadores, tras todos los cambios producidos durante 2015, nos alegra ver que se mantiene el crédito, disponiendo de un crédito mínimo siempre de 420 euros. Este hecho permitirá a muchas empresas ofrecer formación a sus trabajadores, mejorando las competencias de éstos y la productividad de la empresa, algo muy necesario en el ciclo económico actual.
Si se trata de una empresa de nueva apertura, o empresas que contratan por primera vez, que no han tenido la oportunidad de cotizar, contarán también con un crédito mínimo de 420 euros.
También se recoge en la misma Disposición el crédito para Permisos Individuales de Formación para 2016 (conocidos como PIF):
Las empresas que concedan en 2016 permisos individuales de formación a sus trabajadores tendrán un crédito de bonificaciones para formación, adicional al crédito anual, que les correspondería para formación programada. Este crédito adicional no podrá superar el 5% del crédito establecido para cada empresa para formación profesional para el empleo.
¿Quieres ampliar información sobre la formación programada? ¿O conocer qué crédito tiene tu empresa para formación? Contacta con nosotros en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.
Fuente: BOE.
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